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3 de junio de 2015

Sanción por no incluir el Plan Pive en la declaración de la Renta

Los contribuyentes que recibieron la ayuda del Plan PIVE en el año 2013 que no lo incluyó en la declaración de la Renta del 2013 están recibiendo un requerimiento del fisco para que se ponga al día.

Concretamente, estos contribuyentes deben de tributar por esa ayuda de 1.000 euros para comprar un automóvil como ganancia patrimonial en el IRPF y que al no haberlo hecho en plazo deben presentar una declaración complementaria sujeta a recargos que pueden llegar al 15% de la cuota a tributar.

Por nuestra parte hemos estado avisando desde el principio que estas ayudas (Plan PIVE, Plan 2000E) hay que tributar en el IRPF.

¿Cómo hago esa declaración complementaria?

  1. Debes conseguir una copia de la declaración de la renta 2013.
  2. Descarga el programa Padre de la renta 2013.
  3. Rellena con los datos de la declaración presentada (si presentaste entonces la declaración con el Programa Padre seguramente no tengas que hacer los 3 primeros pasos y tengas los datos guardados en el ordenador.
  4. Vete a la página 2 (IV) y rellena la casilla 120, y la cuantía a pagar/devolver de la declaración presentada.
  5. Vete a la página 9 (I) y rellena la casilla 242 (otras ganancias no derivadas de una transmisión).
  6. Imprime la declaración y preséntalo en la Agencia Tributaria. El resultado a pagar van del 247,5 euros hasta 520 euros dependiendo de nuestro nivel de ingresos. (Ver aquí).

¿Y si no presenté la declaración?

Aunque estuvieras exento de hacer la declaración en 2013, al recibir la ayuda del Plan PIVE te obligaba a presentarlo.

En tal caso, has de elaborar tu declaración y presentarlo ahora, aunque fuera de plazo.

Tendrás una sanción de 100 euros por presentarlo fuera de plazo, si no ha sido a requerimiento de Hacienda.

¿Cuál es la sanción?

  • Los que no presentaron la declaración de la renta y que recibieron la ayuda del Plan PIVE han de realizar una declaración fuera de plazo con una sanción de 100€ si no ha sido requerido por Hacienda.
  • Todos los que han sido requerido con una masiva en el que le indica tener de hacer una complementaria, tendrá una sanción de hasta el 15% de la cuota diferencial resultante de dicha declaración complementaria.
  • En el peor de los casos, que Hacienda de momento no lo está haciendo, sería un procedimiento de comprobación que incluye sanciones de entre el 50% y el 100% la cuota diferencial.

¿A qué viene eso ahora, si yo confirmé el borrador que Hacienda me envió?

Hacienda se suele «olvidarse» de ciertas cosas en el borrador de la renta (ver lista). Sin embargo, no te exime de la responsabilidad al confirmarlo.

Hacienda presume que al confirmar tu la declaración, estás conforme con los datos que figuran y que son correctos, y si finalmente no lo es, te sancionan.

¿Y si recibí la ayuda en 2014?

Si has recibido la ayuda del Plan PIVE en el 2014, has de incluirlo en la declaración de la Renta del 2014 que se puede presentar hasta el 30 de junio.

Si ya has presentado la declaración y te has olvidado este dato, has de presentar una complementaria y no tendrá ningún recargo, al estar todavía en el periodo voluntario de presentación de la declaración de la renta del 2014.

Para hacerlo has de seguir los pasos indicados arriba (pero con el programa Padre del 2014).

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112 comments to Sanción por no incluir el Plan Pive en la declaración de la Renta

  • Toni

    Muchas gracias.
    Para hacer ese escrito que me indicais, ¿tengo que pedir en Hacienda un impreso concreto? ¿Cómo lo hago?
    Un saludo.

  • Fran

    ok.y aun en el caso de que no afecte a la liquidacion de la declaracion sabes si estariamos expuestos a algun tipo de sancion por no declarar el pive en su dia?
    un saludo.

    • La multa como indicamos en el artículo superior, podría ser mínimo de 100€, pero ante el desconocimiento general de los contribuyentes de tener que declarar estas ayudas, parece ser que están «haciendo la vista gorda» …

      Salu2

  • Juanjo

    Estoy haciendo la complementaria de 2012 (año de compra del coche)y me estoy dando cuenta que no estoy a la altura.

    En la casilla 120, hay que elegir una opción a,b,c,d,e, cúalk elijo? y no sé dónde introducir los 1000€.

    A la 242 aún no he llegado.

    Necesito algo de luz al final del camino.

    • En 120 debes elegir la opción e. También debes de introducir lo que te devolvieron o pagaste en esa misma ventana.

      En 242 debes de introducir los 1.000€.

      Salu2

  • Jesus

    He seguido los pasos que indicais para realizar una complementaria del ejercicio 2013 (que fue cuando recibí la ayuda) y el resultado final me sale a devolver. ¿Estoy haciendo algo mal?

    • Eso es imposible si presentaste la declaración aquel año y estás haciendo una complementaria.

      Has metido la liquidación que te hicieron en su día en la pantalla de la complementaria?

      ¿Metiste todos los datos correctamente de tu declaración de aquel año si lo presentaste?

      En caso de no haberlo presentado ese año, entonces sí sería posible y no esería una complementaria, seno una declaración normal que se presenta fuera de plazo y susceptible a una multa de 100€ reducible a 50€ por pronto pago.

      Salu2.

    • Jesus

      Si que hice la declaración en su día y me salía a devolver. Incorporando los 1000€ en la casilla 242 (Tras haber volcado los datos en el programa padre de la renta 2013) el resultado sigue siendo a devolver

    • No puede ser.

      Tienes que indicar que es una declaración complementaria e incluir la cuantía que te devolvieron entonces.

      El resultado tiene que ser 0 o positivo; que es lo que te toca pagar por el Plan PIVE.

      Otro tema es que el resultado global (lo devuelvo + lo que tienes que pagar ahora), sera negativo

      Salu2.

  • SofiGiu

    Buenas tardes,

    En primer lugar quisiera agradecer las explicaciones que se dan en esta página ya que me han sido de mucha utilidad para hacer la declaración complementaria por el plan PIVE.

    En mi caso la carta llegó ayer y la ayuda la «percibí» en 2012. Lo que me indigna es que hice la declaración de ese ejercicio en las oficinas de hacienda, les dije que había comprado el coche con el plan PIVE, llamaron a un superior porque no tenían ni idea de que cómo iba y este superior me dijo que me olvidara, que no lo incluía nadie. Le respondí que no quería sorpresas en el futuro y me dijo que estuviera tranquila que no se estaba aplicando la retención del IRPF del plan PIVE. En fin, lo pasado..

    Sólo tengo una duda para terminar la complementaria, en 2012 residía en otro sitio, ¿cómo domicilio habitual tengo que poner el actual o el de entonces? Estaba de alquiler y me lo deduje.

    Muchas gracias

    • Ya.. por entonces nadie lo incluía… de hecho, ahora envian la carta en lugar de una paralela que vendría con sanción.

      Los datos que has de incluir son las de entonces.

      Debes de presentar todo igual que la declaración que presentaste en 2012, cambiando sólo lo de plan pive e indicando que es una complementaria.

      Salu2.

  • jordi

    Hola yo si declare el plan pive en 2012 los 1000€ pero hoy dia 23 de junio me llega una carta de estos sinberguenzas diciendome que yengo que declatar el plan pive de 2012/2013… que tengo que hacer??

    Es una carta solo pata recordarlo a tpdos los del plan pive ??

    Gracias por adelantado

  • maria jose

    Buenas,

    En esta ocasión le pasa a mi padre, es pensionista y no esta obligado a realizar la renta, gana unos 14000 brutos al año, y no realiza nunca la renta y ahora le ha llegado que tiene que hacerla para meter el plan pive, se lo han hecho en una asesoría y le salen unos 600? me parece mucho porque he podido mirar en internet y para rentas de 0 a 17000 son el 24,75%, eso es así. Bueno es que no entendemos nada. gRACIAS

    • Es posible que esté bien…

      Por que a parte del Plan PIVE, por el resto de las rentas es posible que le toque tributar algo también si no le retuvieron bien.

      Pregunta en la asesoría si todo está correcto, y de todas formas, revisa los datos para ver si todo está bien.

      Salu2.

  • MARTA DELGADO

    Buenas,
    He recibido una carta de Hacienda donde se me informa que percibí una ayuda del plan PIVE durante el año 2012/2013.
    El coche fue matriculado en febrero de 2013.
    Supongo que debería hacer una declaración complementaria del ejercicio 2013.
    Tengo las siguientes preguntas:
    – Puede hacerse de forma telemática (en su momento confirmé el borrador)?
    – Hasta cuando puedo hacerla?
    – Debo aplicar yo algun recargo (creo que hay un recargo del 15%) o se encargan ellos?

    Muchas gracias.

    • 1. Debes de presentar una complementaria. Creo que su sede electrónica permita presentarlo. Lo te lo garantizo. Pero has de utilizar el programa padre y elaborar la declaración.

      Lo más probable es que tengas que ir a Hacienda o a entregarlo en un banco.

      2. Has cuando quieras, eso sí, no tardes mucho porque si Hacienda ve que no colaboras, te puede enviar una paralela, entonces vendrá con recargo y sanción.

      3. El programa padre incluirá automáticamente intereses de demora, no tienes que hacer nada extra tu.

      Salu2.

  • José Luis Moreno

    Hola,
    Hoy he recibido la carta de Hacienda, donde se indica que recibí una ayuda del plan PIVE, durante el año 2012/2013.
    Yo compré un coche en el mes de Marzo de 2012 y hay dos cosas que no entiendo, yo no entregué ningún coche al hacer la compra, el que usaba hasta entonces estaba casi nuevo y me lo quedué y a mi no me hicieron ningún abono de Plan PIVE, por otra parte según he leido, ese Plan PIVE 2012/2013 se aprobó por Resolución de 28/Setiembre/2012 y entró en vigor el día 1 de Octubre de 2012, o sea que las compras hasta esa fecha no tenían derecho al Plan PIVE.
    Entonces, si cuando hice la compra no estaba en vigor aún el Plan PIVE y además yo no entregue ningún vehículo para chatarrear, ¿Porque me envía Hacienda esa carta? ¿Que tendría que hacer yo ?
    Gracias
    José Luis Moreno

    Madrid 29.06.2016

    • Hola

      Hubo concesionarios por entonces que hicieron bastante negocio con el tema del PIVE… Es posible que aunque tu no entregaras coche para achatarrar, te aplicarán un plan PIVE de otro coche viejo que tuvieran…

      Y de cara a Hacienda es como si te hubieras beneficiado y tendrás que tributar por ello….

      Lo que puedes hacer es acudir a concesionario, solicitar copia de la factura de tu coche diciendo que te la reclama Hacienda comprobar si está o no aplicado el PIVE (debería estar desglosado), y en función de esto aclararlo con Hacienda y con el concesionario para que te indemnicen si realmente te aplicaron un PIVE sin tu consentimiento.

      Salu2 y ya nos contarás

    • carmen

      Pero como va hacer el concesario esos trapicheos si en el mes de marzo no existía el Pi ve.

    • José Luis Moreno

      Gracias por contestación, sigo sin entender nada y mucho menos que tenga que pagar por algo que no me han aplicado.
      La semana próxima, que ya no hay Renta, me acercaré a mi Delegación para obtener alguna contestacion que pueda entender.
      Jose Luis Moreno

    • Disculpa Jose Luis. Tienes razón. El Plan PIVE comenzó a aplicarse el 1 de Octubre del 2012.

      Imprime el primer folio del Real decreto donde figura su aprobación y acude a Hacienda con ello y con el Permiso de circulación de tu vehículo donde figura la fecha exacta de matriculación.

      https://www.boe.es/boe/dias/2012/09/29/pdfs/BOE-A-2012-12216.pdf

      Esta claro que en tu caso se trata de un error.

      Salu2 y ya nos contarás!

  • Julian

    Justo hoy he recibido la famosa carta por un coche adquirido dentro del plan PIVE en 2013. Siguiendo vuestras indicaciones, he cumplimentado la declaración complementaria. Mi duda es: ¿dónde debo presentarla? ¿Basta con ir al banco y abonar el importe a ingresar resultante o hay que hacer algún otro trámite en Hacienda por posibles intereses o recargos? Mil gracias.

    Julián

    • Sí, puedes ir al banco o entregarlo en Hacienda.

      El programa padre ya calcula automáticamente los intereses de demora al presentarlo fuera del plazo normal de la declaración de la renta de dicho año.

      Salu2.

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