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13 de octubre de 2015

Unos 5.000 deudores aparecerán en la Lista de morosos que Hacienda ultima.

Ya falta menos para que Hacienda publique en su web su Listado de morosos, donde se calcula que figurarán unos 5.000 deudores son sus nombres o razón social, documento de identidad y la cuantía impagada.

Vemos cuándo está previsto que se publique y cuándo enviarán las cartas de aviso a los morosos.

¿Lista de morosos?

Sí, será una lista con las personas físicas y jurídicas que a fecha 31 de Julio de 2015 debieran más de un millón de euros a la Administración.

En ella figurarán el importe de la deuda, el nombre, apellidos y NIF de las personas físicas y la razón o denominación social completa y NIF de las sociedades.

¿Cómo es el proceso de inclusión en la lista?

  • En primer lugar se creará la lista de deudores. Por regla general se hará el 31 de diciembre de cada año, pero el primer año se cerrará en septiembre dada la cercanía de las elecciones.
  • Antes del 20 de octubre Hacienda prevé aprobar la orden ministerial con la fecha de publicación de la lista de morosos.Siendo así, las tan temidas cartas del Fisco a los deudores para avisarles de su inclusión en la lista comenzarán a enviarse entre el 20 y el 23 de octubre:
    • Unos 1.000 contribuyentes, personas físicas, que componen el 20% aproximadamente de los morosos, serán notificados mediante agentes que llamarán «a su puerta»
    • El 80% restante se trata de empresas, unas 4.000, serán notificadas mediante el servicio de notificación electrónica obligatoria.
  • Una vez cerrada la lista, la inclusión en firme será comunicada al deudor afectado, que podrá formular alegaciones en el plazo de 10 días contados a partir del siguiente al de recepción de la comunicación. Estas alegaciones sólo podrán esgrimir cuestiones formales, no cabe en este punto intentar salir de la lista mediante el pago de la deuda. Por lo que se calcula que en la primera semana de noviembre todos los afectados deben darse por enterados.
  • Una vez terminado el plazo de Alegaciones, Hacienda estudiará las quejas presentadas hasta finales de mes o inicios de diciembre y el BOE publicará una Orden Ministerial que establecerá la fecha de publicación de la lista en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Este año, se publicará en el cuarto trimestre, previsiblemente en las últimas semanas de diciembre, pero para siguientes años se hará a lo largo del primer semestre.

¿Tengo una deuda aplazada con Hacienda, también me incluye?

No, según el Consejo de Estado, que recordó que las deudas aplazadas, suspendidas o fraccionadas, o que aún no hayan sobrepasado el plazo voluntario de pago se encuentran dentro de la legalidad y por lo tanto no se trata de una deuda morosa y no figurarán entre los morosos publicados.

Las sentencias condenatorias firmes también serán publicadas

Las sentencias condenatorias firmes de los delitos contra la Hacienda Públicas que alcancen firmeza tras la entrada en vigor de la reforma, aunque deriven de hechos acaecidos previamente, también serán publicadas.

El objetivo es concienciar a los deudores que no cumplen con sus obligaciones fiscales para que paguen y eviten así el reproche social.

Se amplia el plazo para las inspecciones de Hacienda

Se establecerá un plazo temporal de duración de las actuaciones inspectoras de 18 meses con carácter general (actualmente 12 meses) y de 27 meses para entidades que estén en un grupo u obligadas a auditarse (ahora se contempla una prórroga de 12 meses).

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