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27 de octubre de 2015

¿Cómo solicitar la devolución del IVA en la compra de coche con minusvalía?

Si vas a comprar un vehículo nuevo, pero aún no dispones de la aprobación de Hacienda para la aplicación del iva reducido al 4% por minusvalía, te decimos cómo solicitar la devolución del IVA pagado en exceso al matricular el coche.

La diferencia es mucho dinero!

Si llega el vehículo nuevo y aún no dispongo de la aprobación del IVA reducido, ¿qué hago?

Hacienda exige que los beneficios fiscales por minusvalía (Exención del Impuesto de matriculación e Iva reducido al 4%) se soliciten y sean aprobados siempre con fecha previa a la matriculación del vehículo nuevo.

Sin embargo, en ocasiones, el vehículo nuevo encargado llega antes de que Hacienda haya dado su aprobación.

En estos casos, para no perder la aplicación del Iva reducido al 4% por movilidad reducida, la solicitud en Hacienda de la reducción de Iva debe presentarse antes de que el vehículo se matricule.

De esta forma, aunque el reconocimiento del derecho del adquirente se produzca después de que el vehículo haya sido matriculado, el devengo se producirá a partir de la fecha en la que se haya presentado la solicitud.

Por lo que aunque en el momento de la matriculación del vehículo se haya liquidado el IVA general del 21%, el comprador podrá solicitar en la AEAT la devolución de ese IVA pagado en exceso para beneficiarse del tipo reducido del 4%.

¿Cómo se solicita la devolución de ese IVA?

Siempre que la solicitud de IVA reducido por Movilidad reducida se haya presentado con carácter previo a la matriculación del vehículo, el interesado podrá obtener la devolución de las cuotas de IVA repercutidas en exceso presentando en Hacienda una instancia de devolución de ingresos indebidos.

Se solicitará al vendedor del vehículo la rectificación de la factura emitida, el cual estará obligado a reintegrar al adquirente el importe de las cuotas repercutidas en exceso.

En su Delegación de Hacienda le entregarán el impreso correspondiente a rellenar, que deberá ir firmado por la persona con minusvalía en silla de ruedas o con movilidad reducida o adquiriente del vehículo

El impreso deberá presentarse en la Delegación de la Agencia Tributaria correspondiente al domicilio fiscal del adquiriente del vehículo.

¿Qué documentación hay que presentar para solicitar la devolución?

Junto a la solicitud de devolución se deberá adjuntar la documentación siguiente:

  • Certificación o resolución expedida por el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales o el órgano competente de la Comunidad Autónoma que acredite un grado de minusvalía igual o superior al 33% y, en su caso, la movilidad reducida basada en el dictamen de los Equipos de Valoración y Orientación.
  • Certificado de la Compañía Aseguradora del vehículo de producirse el siniestro total del mismo si no han transcurrido al menos cuatro años desde la adquisición de otro vehículo con la aplicación del citado beneficio fiscal.
  • Cualquier otra documentación que el solicitante entienda necesaria para hacer valer su derecho (certificado de afiliación a la ONCE, tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad,…..)

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66 comments to ¿Cómo solicitar la devolución del IVA en la compra de coche con minusvalía?

  • Isabel

    Hola,

    Pedí el IVA reducido con fecha 9 de junio. Con fecha 21 de junio se requirió certificado historico de empadronamiento de la persona que iva a conducir el vehículo. Al día siguiente el concesionario nos avisó del retraso de la llegada del vehículo por lo que decidimos esperar i hacer de nuevo la petición una vez este hubiera llegado al concesionario. Con fecha 8 de agosto repetimos la petición cuando en realidad deberíamos haber interpuesto recurso. Co fecha 13 de septiembre hemos recibido resolución denegatoria aduciendo que el coche ya ha sido matriculado con fecha 17 de agosto. La funcionaria que me atendió me dijo que podía pedir ingresos indebidos pero con esta resolución lo veo mal, ya que la ley 37/92 en su artículo 91 2. se especifica que el reconocimiento tiene que ser previo. Tenemos alguna opcion? Gracias por vuestra atención

    • Hola

      Y cómo es que han matriculado el coche en el concesionario? No deberían haberlo hecho si les avisastéis previamente de que íbais a solicitar ese IVA reducido….

      Así que tendríais que reclamar al concesionario y que os reembolsen.. (a lo que se negarán, porque perderán el beneficio obtenido por la venta…)

      En Hacienda se especifica que no se aplica con carácter retroactivo, y hay que solicitarlo siempre previo a la matriculación del coche… POr lo que aunque puedes intentarlo, lo más probable es que lo denieguen…

      Salu2 y ánimo…

    • Isabel

      Hola,

      Pedido estaba. La solicitud fue previa pero al interponer recurso de reposición la funcionaria que me atendió me aconsejo matricular el coche porque la resolución tardaría más de un mes. La resolución al recurso de reposición ha llegado después de la matriculación y en esto se basan para la denegación.

      Creo que no hay solución.

      Gracias por vuestra atención.

    • Vaya.. Lo sentimos.. Entonces fue la funcionaria la que os indicó mal…

      Acude a Hacienda por si acaso os dan alguna solución, pero lo vemos complicado..

      Salu2

  • Isabel

    Hola de nuevo,

    Entonces cuando se puede pedir la devolución del IVA?

    Es que, claro, no tiene solución: desde el principio reuníamos todas los requisitos y lo deniegan. Presentamos recurso de reposición y como no lo pueden denegar aducen que ya se ha matriculado, cuando la resolución tenía que haber sido positiva desde el principio.

    Siento ser tan pesada.

    Gracias por todo

    • Hola

      EL problema es que en teoría no se puede solicitar la devolución del IVA porque Hacienda especifica que no se aplica con carácter retroactivo y que el IVA reducido por minusvalía debe ser siempre con previa aprobación de Hacienda ANTES de matricular el vehículo.

      Mientras Hacienda no de su aprobación, no se puede matricular.

      Salu2

  • Oleg

    Hola,el concesionario me ha solicitado la exención de minusvalía,cuanto suele tardar en llegar la notificación a mi domicilio.Cumplo con todas las condiciones

  • ramon benlloch

    buenas tardes..
    compramos el coche en julio 2018, ahora me llego la carta definitiva con la discapacidad del 65% y movilidad reducida otorgada, y todo esto con retro desde febrero del 2017..
    podria pedir aun la devolucion del iva de mas que pague??

    graciassssss…

  • Jose

    Buenas tardes,
    hemos comprado un vehículo y el concesionario se ha encargado de presentar el papel de la ONCE acreditando así su afiliación y su movilidad reducida.La cuestión es que el coche esta en el concesionario esperando la contestación de hacienda, ¿cuanto tardan verdaderamente o por norma en contestar?, ya que veo una barbaridad que habiendo apartado un vehículo y pasando la primera letra de este en mayo no pudiera disponer de el hasta pasado 6 meses.
    Un saludo y muchas gracias.

    • No creo que tengas que esperar respuesta de Hacienda, puedes retirar el vehículo. Lo único que piden es que se solicite la reducción antes de matricularlo, pero una vez solicitado ya se puede matricular.

      Otra cosa, es que el concesionario no te quiera entregar el vehículo si no pagas la totalidad (con el IVA normal), y espera la contestación de Hacienda para aplicarte el IVA reducido.

      Salu2.

  • Roberto

    Buenas tardes.
    Solicité la declaración de discapacidad en noviembre de 2017
    En marzo 2018 compré un vehículo nuevo con aplicación del 21% de IVA.
    En mayo de 2018 me llegó el reconocimiento de un 48% de discapacidad y movilidad reducida de 9, con efectos desde noviembre de 2017.
    En septiembre 2018 solicité a la Agencia Tributaria la aplicación del tipo reducido del 4% de IVA y me lo concedió.
    Sin embargo el concesionario no me rectificó la factura y tuve que renunciar a la aplicación del IVA reducido para ese coche.
    La pregunta es: ¿Puedo de nuevo solicitar la aplicación del 4% de IVA reducido con efectos retroactivos a noviembre de 2017, fecha de efectos del grado de discapacidad? ¿Hay alguna otra posibilidad?
    Gracias y un saludo.

    • Pero la concesión y autorización de la aplicación del IVA reducido tiene que ser con anterioridad a la compra.

      Salu2,

    • Rafael

      Hola, no lo entiendo, Roberto dice : “…En septiembre 2018 solicité a la Agencia Tributaria la aplicación del tipo reducido del 4% de IVA y me lo concedió…” lo hizo con la confirmación de la minusvalia. ¿ Para que sirve la fecha de efecto? ¿ Como puedo solicitar con anterioridad algo que desconoco?
      Gracias

    • Rafael

      Hola Roberto, estoy en una situación similar. ¿ Podria contactar directamente contigo?

      Gracias

  • Pablo

    Buenas Tardes.

    Hace 2 meses compre un coche nuevo, en el concesionario me dijeron que como la persona con minusvalia no tenia permiso de conducir no se podia solicitar, ahora veo que sí, pero claro mi duda es podria pedir la devolución del o algo relacionado??un saludo

  • Patxi Martiarena

    Saludos.
    He solicitado la reducción del iva e impuesto de matriculación para una gran dependiente y me lo han denegado ya que necesito una valoración de discapacidad.
    Él caso es que he solicitado esta valoración Y mi pregunta es:
    Peso luego con él vehículo ya matriculado solicitar de nuevo con carácter retroactivo esta deducción o ya no será posible?

  • Mery

    Hola, tengo una duda. Hace un año y medio compramos un coche con la reducción de IVA. Hace unos meses tuve un accidente y la compañía lo dio como siniestro, dandome la opción de que una empresa se encargara de la gestión del coche pagándonos una cantidad. Se firmaron documentos para tramitar la baja y un contrato de compraventa y finalmente no lo han dado de baja, lo han transferido a la empresa que lo recogió. Puedo acreditar ese siniestro del vehículo para no tener que devolver el IVA? o al haberlo transferido estoy obligado a hacerlo?
    Gracias

    • Ufff. Indica que no puede haber una transmisión…

      Si se hubiera dado de baja por causa justificada (siniestro), sólo te harían devolver la parte proporcional de las ayudas, pero al transferirlo…

      Consulta en la Agencia Tributaria.

      Suerte!!

  • Diego

    Muy buenas,

    Tengo una incapacidad permanente absoluta reconocida por la Seguridad Social, con la correspondiente pensión asociada.

    Hemos comprado un coche cuya fecha de matriculación se prevé para antes del 31/01/2021. Con fecha 07/01/2021, solicitamos en Hacienda a través del formulario habilitado, la reducción del tipo del IVA al 4% en la adquisición del vehículo.

    Con fecha 14/01/2020, nos notifican la denegación de la solicitud, alegando que no acreditamos movilidad reducida o baremo positivo.

    Mi pregunta es, si ahora solicito la movilidad reducida y me la conceden (después de matricular y pagar el coche?, ¿podemos reclamar a posteriori el 17% de IVA restante a través de un escrito de ingresos indebidos?, adjuntando como documentación la movilidad reducida concedida con fecha posterior?

    O por el contrario es necesario que la fecha de concesión de la movilidad reducida sea previa a la matriculación?

    Muchas gracias de antemano,

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