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15 de octubre de 2019

Ya está a la venta los viajes de IMSERSO 2019/2020, condiciones y coste

Los que quieran acogerse al programa de viajes del Imserso 2019/2020 pueden reservar sus vacaciones desde el pasado lunes 14 de octubre en las comunidades de Andalucía, Cantabria, Extremadura, Madrid, Murcia y Comunitat Valenciana, y de la ciudad autónoma de Melilla.

A partir de mañana, día 16 de octubre  lo podrán hacer el resto de las comunidades: Asturias, Aragón, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Galicia, Illes Balears, Canarias, La Rioja, Navarra, País Vasco y Ceuta.

El orden de reserva será:

  1. Día 1: sólo acreditados preferentes con salida desde su provincia de residencia y con destino que consta en la carta.
  2. Día 2: resto de acreditados con salida desde su provincia de residencia con destino que consta en la carga
  3. Día 3: Todos con libre elección de destino.
  4. Día 4: total libertad de elección.

Está previsto para 900.000 plazas:

  • Costa peninsular
  • Costa insular
  • Turismo de interior

El precio varía dependiendo del destino y la duración (4, 5, 6 8, 10 o 15 días) y oscila entre los 114,53€ (capitales de provincia y 4 días) hasta los 60984€ (15 días a Canaria).

Esa tarifa puede estar bonificada para personas con ingresos iguales o inferiores al importe de las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez de la Seguridad Social.

Los viajes son con aloojamiento en régimen de pensión completa (Capitales de provincia con media pesión), transporte de ida y vuelta, póliza de seguros colectiva, servicio de medicina general y programa de animación socio-cultural.

¿Condiciones?

  • No padecer alteraciones del comportamiento que puedan alterar la normal convivencia en los establecimientos hoteleros, ni tener enfermedades contagiosos.
  • Poderse valers por sí mismo para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
  • Pueden ir ir acompañados por su cónyuge, pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan alguno de los requisitos exigidos.
  • Los hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45%, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación

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