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9 de abril de 2009

¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

En el caso de vender nuestro vehículo antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto de Circulación, indicamos a quién correspondería legalmente abonarlo.

¿Qué es el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)?

El Impuesto municipal de Circulación o de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) es un impuesto que están obligados a pagar todos los vehículos matriculados que no hayan causado baja, así como los provistos de permisos temporales y grava la titularidad de dichos vehículos aptos para circular por las vías públicas.

¿Quién está obligado a pagarlo?

Está obligado a pagarlo la persona o entidad que figure como titular del vehículo y por tanto en el Permiso de Circulación, a día 1 de Enero de cada año.

Es decir, el titular registral, independientemente de que coincida o no con el titular real, o de que el coche vendido haya sido transferido antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto.

¿Qué ocurre si nuestro vehículo vendido al concesionario lo dan de baja temporal por transmisión?

Este caso es muy habitual cuando en la compra de un vehículo nuevo, entregamos nuestro antiguo coche en el concesionario.

El concesionario muchas veces procede a dar de Baja Temporal el vehículo entregado hasta que haga la venta a un tercero y se transfiera.

Por lo que para evitar que en el año siguiente nos llegue el recibo del Ayuntamiento del Impuesto de Circulación, deberemos proceder a darlo de baja en el Ayuntamiento correspondiente (que será el que figure en el Permiso de circulación).

De esta forma, el concesionario podrá mantener el vehículo de baja temporal hasta 1 año, sin tener que abonar dicho impuesto, ya que a fecha 1 de Enero, será poseedor registral y no titular registral de ese vehículo.

Si pasado ese año máximo que lo puede tener de baja temporal el concesionario no lo hubiera vendido, deberá poner el vehículo a su nombre, y por tanto darse de alta y pagar dicho impuesto en el Ayuntamiento correspondiente.

Si el vehículo se vendiera antes de transcurrirse ese año, será el nuevo adquiriente el que al transferir el vehículo deberá liquidar ese Impuesto de Circulación.

De todas formas, hay que tener en cuenta que muchas veces el precio de venta pactado por el vehículo puede incluir ya, habiéndose pactado, los impuestos, aunque legalmente el obligado sería el comprador.

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1.207 comments to ¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

  • Amaia Saldias Saez

    Hola,
    En febrero de este año vendí mi coche. Este mismo mes me compré otro. El mismo mes me llegó el recibo de mi coche antiguo, del que pagué el impuest de circulación.
    A los pocos días me llamaros del concesionario donde había comprado el otro coche ( de segunda mano ) para decirme que pasara a pagar el impuesto de circulación.
    Pregunté em el ayuntaminto de mi pueblo, y me dijeron que pagaba el que a principios de año era el propietario.
    Por ello, no se si me corresponde amí pagar el impuesto del coche nuevo. DEsde el concesionario no han insistido… así que no he ido todavía… ¿ qué debería hacer?

  • Daniel jara garcia

    Hola e comprado el coche en septiembre de este año y es de segunda mano a kien le coresponede pagar el impuesto de circulacion

    • Hola

      El de este año 2017 le corresponde al vendedor (ya que es quien figura como titular del coche en enero de 2017)

      Si el coche ya está transferido a tu nombre, el año que viene te llegará a ti el Impuesto de circulación de tu ayuntamiento directamente.

      Salu2

  • Natalia

    Hola. En julio 2017 compré un coche de segunda mano. Ahora me viene el antiguo dueño con el recibo de contribución y encima pasado de plazo. A quien le toca pagar ese recibo a él o a mi. Gracias

    • Buenos días

      Le toca pagarlo íntegro al vendedor aunque el coche lo haya vendido, ya que era quien figuraba como titular del mismo a fecha 1 de enero de 2017.

      Va a su nombre y en caso de impago su ayuntamiento se lo reclamará siempre a él, no a ti, así que no te preocupes. (debería haberlo incluido en el precio de venta del vehículo y así no tener que reclamártelo ahora..)

      A ti te llegará el del 2018 de forma automática.

      Salu2

  • clara

    En septiembre de 2016, vendí mi vehículo a un particular, y ésta persona no hizo la transferencia hasta abril de 2018, por lo que me vino el impuesto a mi.
    La otra persona se niega a pagarlo.
    ¿Que se puede hacer?

    Saludos

    • Buenos días

      En ese caso te corresponderá pagar el impuesto de los años 2016 y 2017.

      Esos impuestos te corresponde abonarlos a ti aunque el coche se haya vendido. El problema es que eras tú la titular del vehículo a fecha 1 de enero de esos años, por lo que el Ayuntamiento te gira ese impuesto a ti.

      Para evitar que esto suceda, en el momento de la venta es muy importante que el vendedor acuda a Tráfico a realizar la Notificación de Venta (sólo cuesta unos 8€ en tasas). De esta forma, aunque el comprador no haga la transferencia, todo lo relativo a impuestos y multas de ese vehículo se lo reenviarán y reclamarán a él, no a ti.

      Al no haber hecho en su día esa Notificación de venta, legalmente no puedes hacer nada para evitar el pago de esos impuestos. Si no los abonas tu ayuntamiento te los reclamará con recargo..

      Salu2

  • maria

    Buenos días,

    En el mes de diciembre de 2016 vendimos nuestro coche a una empresa que se dedican a comprar coches usados.

    El contrato de compra-venta lo firmamos el 19/12/2016 pero ellos no hicieron el cambio de titular hasta el día 02/01/2017. Ahora nos ha llegado el recibo del impuesto de circulación de todo el año 2017.

    ¿Podemos hacer algo en este caso para que se haga cargo del impuesto la empresa que nos compró el vehículo? Nuestro ayuntamiento nos cobra el impuesto de un vehículo del que no pudimos disponer desde el día 19/12/2016 puesto que se lo quedaron ellos. En su día nos informaron que si firmábamos cuanto antes mejor ya que el coche no figuraría a nuestro nombre el 01/01/2017.

    Muchas gracias por su ayuda y un saludo

    • Buenos días

      La empresa de compraventa sabía perfectamente que si se esperaba para transferir el coche al mes de Enero, se ahorrarán el pago del impuesto de circulación del 2017..

      Podéis acudir a reclamar a ver si conseguís negociando que os reembolsen al menos una parte.

      Pero legalmente si no aceptarán os corresponde abonarlo íntegro a vosotros.

      La única forma de haberos librado del pago de ese impuesto, es si hubiéseis notificado la venta de ese coche en Tráfico antes de que acabara el año.. (trámite que cuesta unos 8€ aprox en la DGT) pero ya no hay remedio…

      En caso de que no lo paguéis, el ayuntamiento disponde para reclamaroslo un plazo de 4 años.

      Salu2 y ánimo.

  • Miguel P.M.

    Buenas tardes.

    Acabo de comprar un coche para el cual doy mi actual vehículo como entrada. Este cambio se hace a finales de enero de 2018

    En la documentación a aportar me piden entre otras cosas el recibo del impuesto de circulación de 2017 (hasta aquí normal) pero también el de 2018, el cual no gira mi ayuntamiento hasta mayo.

    Me dicen que hasta que no les de este recibo, no pueden aceptar mi coche, y siendo este parte del pago, no pueden entregarme el nuevo.

    Que me corresponde a mi pagarlo, siendo el propietario del vehículo a 01/01/2018, está fuera de discusión. Sin embargo me extraña la premura por el recibo antes de la fecha normal para pagarlo.
    En casos de conocidos y familiares que se encuentran en la misma situación de renovar el coche en estas fechas, les dicen que una vez haya pasado la fecha de pago del impuesto, desde el concesionario se pondrán en contacto con ellos para pedirles el recibo.

    ¿Es habitual esta practica? ¿Es siquiera posible pagar el impuesto antes de lo que marca el calendario?

    Muchas gracias y un saludo.

    • Buenos días

      El recibo del 2018 te lo va a girar a ti tú ayuntamiento cuando corresponda, ya que al figurar a fecha 1 de Enero de 2018 aún como titular del vehículo te corresponde abonarlo a ti.

      En el caso de que no lo pagues, y el concesionario no consiga venderlo a otro en este 2018, el año que viene no podrán realizar la transferencia a un tercero mientras el impuesto del 2018 no se abone, y es eso lo que el concesionario quiere evitar…

      Lo cierto es que si tu Ayuntamiento no lo gira a cobro hasta por ejemplo Mayo… es posible que hasta entonces no lo puedas pagar…y dejarte sin el coche nuevo hasta esa fecha por este motivo es ABSURDO!!!

      IMPORTANTE: no le pagues el coche nuevo hasta que esto no se aclare. Mientras no se lo pagues se darán prisa para buscarte soluciones alternativas. Una vez que lo abones estarás a merced de lo que el concesionario diga…

      – Habla con tu ayuntamiento para ver si hay alguna forma de abonarlo ya y a ver qué te indican.

      Ya nos contarás.

      Salu2 y ánimo!

  • Carlos

    Hola buenas tardes, me voy a comprar el coche en este mes de febrero y mi mujer tiene un grado de minusválida del 37%, el IVA creo que no lo puedo deducir, pero para no pagar el impuesto de circulación debe estar el coche a nombre de mi mujer o puede estar a mi nombre ?, el impuesto de circulación no me preocupa porque es híbrido

    • Buenos días

      Para el Impuesto municipal de circulación exigen (por lo general en todos los ayuntamientos, debéis consultarlo en el vuestro) que el vehículo esté a nombre de la persona con minusvalía.

      Lo mejor es que consultéis las condiciones antes de nada en vuestro ayuntamiento, ya que algunas también exigen condiciones respecto al tomador del seguro…

      Salu2

  • Amanda

    Hola he comprado un coche en febrero el impuesto de circulación de este año lo pagó yo o el concesionario???

    • Buenos días

      Como a fecha 1 de enero de 2018 ese vehículo no estaba a tu nombre, este año ese impuesto le llegará y tocará pagarlo a quien figure como titular del vehículo en ese fecha (no sabemos si será un particular o el propio concesionario..pero te da igual).

      En cualquier caso no te corresponde a ti, ni te va a llegar a ti. Otra cosa es que te pidan que lo pagues (por si cuela..). Pero al no estar a tu nombre, si te niegas legalmente no te lo pueden reclamar.

      Salu2!

  • Vicgar

    Hola buenas me gustaría hacer una pequeña consulta ,he comprado un coche a un particular y se lo he comprado en marzo de 2018 ,quisiera saber si el numerito que llegaría este año me tocaría pagarlo ami o al que le compré el vehículo ?familiares me dicen que me tocaria pagarlo a mí pero no estoy muy segura por lo que estoy leyendo por aquí ,espero que me puedan ayudar ! Gracias !!!!

  • David

    Hola, he comprado un coche de segunda mano en marzo 2018. El dueño anterior todavía no ha pagado el impuesto circulación de este año porque aún no se lo han girado. Si me para la policia tengo obligación de tener copia o duplicado del permiso de circulación de este año o simplemente lo comprobarían por matrícula ? Gracias

    • Debes de tener el de año pasado, o el contrato de compra-venta para por si acaso y así explicar a la policía de los hechos.

      Ellos deberían de verificarlo con tu matricula para ver si está o no al día de los pagos-

      Salu2.

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