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13 de agosto de 2009

Subsidio de 420 Euros para desempleados sin paro

El gobierno aprueba una prórroga (20/07/2010) del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro o que han dejado de percibir el subsidio de desempleo entre el 1 de enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2011.

El subsidio sólo se puede percibir durante un plazo máximo de 6 meses no prorrogables.

ÚLTIMA HORA: ZP anuncia que no habrá nueva prórroga del PRODI

¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?

  • El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) entre el 1 de Enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2010 (ambos inclusive)
  • Carecer de ingresos propios superiores a 530,70 euros mensuales (75% del SMI 2017).
  • Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 530,70 euros mensuales (para 2017). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
  • No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
  • No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
  • Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.

¿Cuál es la cuantía del subsidio?

La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.

Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.

¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?

Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.

¿Qué documentación hay que presentar?

  • Impreso de solicitud.
  • Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
  • Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.

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3.192 comments to Subsidio de 420 Euros para desempleados sin paro

  • Greta

    Buenas tardes.
    Yo estava cobrando Rai.
    Día 1/03/2018 tenía sellar y no he sellado.
    Estava enferma, ha llevado el certificado de médico. Pero no ha servido.
    Me quedaba cobrar 82 días para cumplir 330 días.
    Mi pregunta es siguente.
    Podría cobrar otro ayuda? O tengo que esperar x tiempo. Tengo 60 años.
    Un saludo

    • Imagino que tampoco lo sellaste en los días posteriores.

      Si es la primera vez que te ocurre, te sancionará con 1 mes de ayuda.

      La sanción es desde el día que cometiste la infracción, es decir, desde el día 1 de marzo.

      Ahora en Abril, no te pagará nada.

      El mes siguiente lo cobrarás, si arreglas todos los papeles. Vete a SEPE.

      Salu2.

  • Ellena

    Buenas tardes quisiera saber si puedo solicitar la rai yo llevo 9 años sin trabajar hace poco me han dado una discapacidad del69%la duda que tengo es que mi esposo tiene una nómina de 735 euros viví en Canarias tengo 55años e cobrado solamente una vez la ría u eso hace seis años gracias

  • paco puertas

    Hola, mi pregunta es la siguiente: actualmente cobro el subsidio de mayores de 52 años, me quiero vender un coche por 14000 euos, puedo ingrasarlo en cuenta o me quitaran el subsido, como es logico perdere dinero en la venta. muchas gracias.

  • eduardo curto quiros

    tengo 77 años no cobro pension vivo de un alquiler yo estoy también de alquiler entre lo que cbro y lo que pago por propietario y inquilino solo me quedan menos de 500 euros porque tengo que pagar el ibi soy soltero sin familia estoy solo en el mundo me veo apurado para salir adelante mi pregunta es hay alguna ayuda para mi o para pagar el alquiler y la comunidad.gracias.

  • Hola .Me llamó Diana. Una pregunta si yo a empezar trabajar del 2009 y a cambiar 2 veces de empresa hasta 2011 contrato de 3 o 4 meses a veces 5 meses. Y ya no a trabajar hasta ahora y tengo 265 días y nunca aido pedir nada que el paro tampoco no tengo días completo..Y tampoco nunca aido sef la inem a sellar algo como demandante..ahora que teabajo 2 o 3 h la un restaurante pero no siempre .Me llama cuando ellos quiere . Bueno ya estoy 8 años que nunca no a pedio nada..Me podia dar una ayuda o un renta o ayuda del Rai .Vivo sola aquí en España de 8 años que no trabaja solo en fin de semana me llama a trabajar 2 o 3 h en un bar.No tengo ningún ayuda soy divorciada y tengo un hija pero no está conmigo esta con su padre .Y estoy pagar le pensión 50€pe mes ..y tengo que ir a trabajar en fine para pagar a ella..Y estoy con alquiler viviendo de 8 años aquí con una amiga que estoy ayudar con alquiler la mitad .Porfavor si tengo 8 meses de antes cotizado del2009 y 2011 que se puede a ser para pedir ayuda

    • Diana

      me olvidó tengo 31 años

    • Para las ayudas que exigen cotizaciones, se cuenta lo cotizado en los últimos 6 años (prestación de desempleo y subsidio de desempleo).

      La RAI si tienes más de 45 años.

      Lo mejor es que vayas a SEPE y pregunte y lo más importante, darte de alta en la demanda de empleo, sin eso, no te da ninguna ayuda.

      Salu2.

  • María Eugenia

    Hola, tengo 54 años, tengo nacionalidad española, vivo en España hace 7 años.
    Recibí ayuda en el 2012 – 2013 de 420€ por ser española retornada.
    Tengo trabajos muy puntuales y esporádicos por horas, me divorcié hace 2 años y recibo una pensión de manutención para mis 3 hijos de 525€ mensuales.
    Cobré un mes de RAI y lo perdí porque sellé el desempleo por internet y cometí el error de no hacerlo correctamente.
    Nunca coticé.
    Recibo atención psicológica a través de la Comunidad de Madrid por maltrato psicológico aunque nunca lo denuncié.
    ¿Tengo derecho a alguna ayuda económica?.

  • JAIME MORALES GARCÍA

    Tengo un contrato de trabajo por 7 meses. Terminado este contrato si me hacen uno nuevo de 3 meses dentro de los 15 días siguientes a la terminación del primer contrato y no he solicitado ningún tipo de subsidio por cotización insuficiente, ¿Puedo solicitar ese subsidio cuando termine el segundo contrato?. ¿Se acumulan los meses para no perder esta prestación?. Muy agradecido¡¡

  • Nika

    Hola Equipo,
    Mi pregunta es si tengo derecho a alguna ayuda tengo 46 años son madre soltera de un hijo de 14 años, estoy separada de ex pareja pero nunca me case solo me junte estuvimos juntos menos de un año viviendo en casa de mis padres. Mi hijo nunca le pude hacer el DNI y nunca e cobrado ni un duro ni por parte del gobierno ni menos de mi ex. Estoy en paro hace ya años luz.
    Un saludo cordial.

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