Compara tu inversión
¿Cuánto? 
¿Tiempo? 
Comparar
24 de noviembre de 2009

RAI: Renta Activa de Inserción

La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda de 426€ al mes para incrementar las oportunidades de retorno al mercado laboral de determinados colectivos de trabajadores desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar trabajo.

14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda. Editado este artículo con las nuevas condiciones.

¿Quién puede acceder a esta ayuda?

  • Los mayores de 45 añosdiscapacitados de grado igual o superior al 33 % o tener reconocida una incapacidad que suponga una disminución en su capacidad laboral del 33%;
  • Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica:
    • No convivir con el agresor.
    • Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
    • Carecer de rentas.
  • Ser trabajador emigrante retornados:
    • Haya retornado del extranjero en los 12 meses anteriores a la solicitud.
    • Haya trabajado como mínimo 6 meses en el extranjero desde su última salida de España
    • Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
    • Carecer de rentas.

Todos los posibles beneficiarios deberá de buscar ectivamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad. La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos.

¿Qué es carencia de rentas?

  • La suma de los ingresos de la unidad familiar entre el número de miembros debe de ser inferior a este límite.

Se computará como renta el importe de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.

No obstante, para las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica las rentas individuales del cónyuge o del hijo agresor no se computarán como rentas familiares y estos no deben ser considerados miembros integrantes de la unidad familiar de la víctima.

¿Se puede solicitar varias veces la ayuda?

  • Sí, se puede beneficiarse de hasta de 3 veces de la RAI.
  • Para poder solicitar una segunda y una tercera vez la RAI, hay que esperar al menos 12 meses desde la última percepción de esta ayuda, salvo que se demuestre condición de discapacitado o víctima de violencia.

¿Cuánto durará la RAI?

La duración máxima de la renta es de 11 meses.

¿De cuánto es la ayuda?

La cuantía de la renta es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento: 430,27 euros al mes para el año 2017.

En el caso de las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica tienen una ayuda adicional por cambio de residencia:

  • Ayuda de 3 mensualidades de RAI adicional.
  • El cambio de residencia se ha de hacerse en los 12 meses anteriores a la solicitud de la RAI o durante la permanencia en el programa.

¿Cuándo y cómo se pagar esta ayuda?

El pago de la renta se realizará por mensualidades de treinta días y el mes siguiente al que corresponde el devengo, y se suele pagar los días 10 de cada mes.

Se abonará en la cuenta de la entidad financiera que el trabajador determine, salvo en los casos justificados en los que el Servicio Público de Empleo Estatal autorice el pago en efectivo o por ventanilla.

La Renta Activa de Inserción se percibe a partir del día siguiente a la fecha de incorporación al programa.

¿Es compatible con el empleo parcial?

Sí, siempre que se siga cumpliendo los requisitos económicos. SEPE pagará la parte proporcional de la jornada laboral no trabajada.

¿Es compatible con el empleo a tiempo completo?

No, la RAI en sí se suspende, eso sí, SEPE otorga una ayuda del 25% del importe de la RAI durante un plazo máximo de 180 días como forma de incentivar el empleo tanto por cuenta propia como cuenta ajena.

Artículos relacionados:

8.251 comments to RAI: Renta Activa de Inserción

  • ISABEL CHECA MORA

    Buenas tardes:

    En Julio me ha finalizado el subsidio por desempleo, ¿cuanto tiempo tengo que esperar para solicitar la RAI?

    Gracias

  • Mario

    Si finalizo en septiembre de cobrar un minisubsidio concretamente el 19 de septiembre puedo solicitar ya al día siguiente la RAI o tengo que esperar un mes?soy parado de larga duración y con cargas familiares muchas gracias.

  • Roberto M.

    Tengo el 33% de discapacidad, no trabajo desde principios de Octubre del año pasado y, como tengo el paro agotado, no he estado cobrando ningún subsidio desde entonces. ¿Cuándo puedo pedir la RAI? Muchas gracias.

    • Cuando lleves al menos 12 meses inscrito en la demanda de empleo.

      Puedes pedir 3 RAIs de 11 meses de duración de forma consecutiva por tener condición de discapacitado del 33%.

      Salu2.

    • Roberto M.

      Me explico, llevo más de un año inscrito en la demanda de empleo porque los dos últimos trabajos que he tenido han sido a media jornada. Me recomendaron que podría tener opción para cobrar la RAI al año de terminar en mi último trabajo. ¿Debería ir pidiéndola ya? Muchas gracias.

    • Si llevas 12 meses dado de alta, puedes pedirlo ya.

      Salu2.

  • Liliana C.Vire Gonzalez

    He tramitado la RAI el 12 de agosto del 2016,me fue concedida, pero no me han enviado la carta para saber el período o sea hasta cuando la cobraré.
    Gracias

  • Claudio

    Acabo de cobrar el segundo año de la rai hasta que vuelva solicitar el tercero..tengo derecho a alguna prestacion pues durante 12 meses no voi cobrar nada y no tengo recursos y tengo dos hijos gracias

  • Natalie

    Mi marido tiene en nómina 1042€ quisiera saber por favor si con esa cantidad podemos solicitar la rai o el subsidio somos tres personas. Gracias y perdón por las molestias pero es importante para mi saber algo. Gracias

  • Anonino

    Cuanto es el.máximo de salario que puede cobrar mi marido ya que va a trabajar ahora dos meses y para que yo pueda seguir cobrando la rai ?hace un mes que solicite la rai tengo dos niños pequeños y mi marido se va a poner a trabajar dos meses ahora

  • Maria J.

    HOla Buenos Dias, mi pregunta es la siguiente, yo ya cobre los 11 primeros meses de la rai en el año 2014-2015, y estuvo otros 11 meses, sin cobrar.2015-2016
    El 29 de agosto cumpli los 47 años y pedí cita para volver a solicitarla los 11 meses de rai, y en principio me la dieron la cita para el 13 de septiembre, pero por motivos que desconozco no se grabó bien y no me dieron la cita, ahora la tengo para el 26 de septiembre, mi pregunta es si estoy todavía en plazo

    • Sí, no hay un plazo determinado para pedir la ayuda. Sólo exigen que lleves al menos 12 meses en la demanda de empleo y llevar al menos 12 meses sin cobrar la RAI.

      Además, la fecha que para los plazos es el momento de la solicitud de cita, no cuando te toque la cita.

      Salu2.

  • maricarmen

    hola.mi pregunta es la siguiente.acabo de terminar de cobrar la Ray 3 veces.pero ahora tengo otra orden de alejamiento pero de otra persona,¿puedo volver a solicitar la ray?

  • María

    Me quedaron pendientes dos meses de subsidio cuando empecé actividad como autónoma, y se me pasó el plazo para reanudarlo despúes de finalizar el trabajo de autónoma. Ahora llevo 12 meses de paro sellando y tengo más de 45 años, sin cargas familiares. Veo que existe la ayuda RAI y cumplo requisitos. Solicito cita previa antes del 15sep16 que cumple el año de paro y me dan el 27sep. Mis dudas: ¿cuando lo solitite el 27 la ayuda comienza con fecha 15 que cumple dicho año? ¿Hay algún plazo para RAI, Estoy en plazo?. Y, esos dos meses, que no me dieron puedo ahora recuperarlos junto con la ayuda de Rai o quedan perdidos en algún lugar?
    Mil gracias por adelantado. Saludos.

    • La ayuda comienza cuando vayas a la cita, el 27.

      La RAI se puede solicitar cuando se quiera, siempre que lleves al menos 12 meses dado de alta en la demanda de empleo.

      Los 2 meses perdidos, son pedidos ya para siempre, ya que no fue reanudado, y las ayudas se puede reanudar en el plazo de 12 meses, y en algunos casos hasta de 2 años, pero más allá, nada;

      Salu2.

Deje un Comentario

Más consultas y respuestas sobre este tema en el FORO...

 

 

Puedes utilizar estas etiquetas HTML

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>