La renta básica de emancipación entró en vigor el 1 de enero del 2008, que consiste en una ayuda de 210 euros mensuales para los jóvenes entre los 22 y 30 años para que alquilen una vivienda y se independicen de sus padres.
La ayuda está destinada para los los gastos del alquiler de una vivienda, y su duración máxima es de 4 años.
Adicionalmente se puede obtener:
- 600 euros de préstamo para la constitución de la fianza, este préstamo deberá devolverse cuando se termine de recibir la renta de emancipación o cuando finalice el contrato de alquiler.
- 120 euros para los gastos de tramitación del aval.
De esta forma, un jóven puede «ahorrarse» el desembolso de hasta 930 euros durante el primer mes.
Los requisitos para acceder a esta ayuda son:
- Tener entre 22 y 30 años.
- Disponer de una fuente regular de ingresos que no superen los 22.000 euros brutos anuales.
- Acreditar una vida laboral de al menos 6 meses de antigüedad, inmediatamente anterior al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos 6 meses contados desde el día de su solicitud.
- Ser titular del contrato de alquiler o uno de los firmantes.
- Los extranjeros no comunitarios deben contar con la residencia legal permanente en España.
Ultimas noticias (01/01/2012): A partir de esta fecha queda derogada la Renta Básica de Emancipación de los jóvenes (RBE). (RD 20/2011, de 30 de diciembre)
- Los beneficiarios que tengan reconocido el derecho a la Renta Básica de Emancipación continuarán disfrutando de dicho derecho en las condiciones establecidas en la norma que se deroga y de acuerdo con los términos de la resolución de su reconocimiento.
- Excepcionalmente, podrán ser beneficiarios del derecho a la Renta Básica de Emancipación quienes lo hubieran solicitado a 31 de diciembre de 2011 y siempre que cumplan a dicha fecha los requisitos contemplados en la norma que se deroga, y en los términos que se establezca en la resolución de su reconocimiento.
14 de Julio de 2012: El Consejo de Ministro decreta que la ayuda a partir de ahora serán de 147 euros en lugar de los 210 euros.
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hola, yo vivo de alquiler y no percibo el subsidio de emancipacion. mi preguntas es si podria recibir este subsidio auque el inmueble alquilado fuese de algun familiar directo mio, padres, tios, primos, etc…
Sí que puedes recibir la renta de emancipación siempre que cumplas las condiciones descritas en el artículo y pagues un alquiler por la vivienda.
Pero ten en cuenta que tanto el arrendador como tú tenéis que declarar la vivienda en alquiler y por parte del arrendador pagar los impuestos de la renta del alquiler.
Salu2.
Holas, yo pago el alquiler de un piso y cumplo todos los requisitos, excepto uno, la cual es mi siguiente consulta;
Si yo gano 24000 euros brutos al año, por que trabajo en dos empresas, pero en neto al mes me gano menos de 1500. Podria Yo presentar la solicitud de ayuda. y que probabilidades tendria de que me la acepten.
gracias.
Siento decirte que lo que importa son los ingresos brutos anuales independientemente de los ingresos netos mensuales y por lo tanto lo más seguro es que te rechacen tu solicitud, pero por intentarlo no se pierde nada.
Salu2.
ola¡
estoy de alquiler,quisiera saber si cobrando el subsidio por desempleo puedo solicitar igual la ayuda??
la ayuda la recibirè durante seis meeses…
un saludo
Son compatibles… Puedes solicitar ambas ayudas a la vez.
Salu2
hola! cumplo los requisitos para pedir la ayuda pero quiero saver que pales tengo que reyenar ? de donde los saco? , donde se entregan? y cuanto tiempo tardan en concederla? la conceden siempre? gracias
Documentación:
Basta con presentar el impreso de solicitud en el que figuran los datos personales necesarios para comprobar que se cumplen todos los requisitos como, la edad, el número de la Seguridad Social, la referencia catastral de la vivienda, el número de cuenta, etc. Y una copia del contrato de alquiler
En algún caso deberás presentar otra documentación que demuestre que cumples algún requisito exigido. Infórmate en tu Comunidad Autónoma
Salu2.
Hay que presentar la solicitud ante el departamento competente en materia de vivienda de la Comunidad o Ciudad Autónoma donde esté situado el piso de alquiler.
Si nos dice en qué comunidad autónoma vive, le decimos dónde tiene que dirigirse para realizar su solicitud.
Salu2.
Buenas, yo tengo un contrato d trebajo que es temporal pero a su extincion (el dia 17 de mayo) pasara a ser indefinido, la empresa me expidiio un certificado acreditanto que cuando terminara el contrato me harian indefinida, dicho certificado lo presente junto los papes de la ayuda.
Ahora me llaman i me piden mi vida laboral, dicen q tienes q tenir seis meses anteriores a la solicitud con ingressos, yo e tenido ingressos pero hubo un mes que estube al paro. Esto me afectara para que me den la ayuda??
Muchissimas gracias.
Si durante ese mes que estuviste en el paro, recibiste la prestación de desempleo, creo que puedes acreditar que has recibido ingresos durante ese mes.
Los requisitos establecen que tienes que acreditar una vida laboral de al menos 6 meses de antigüedad, inmediatamente anterior al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos 6 meses contados desde el día de su solicitud.
Salu2.
yo solicite la ayuda por el alquiler de vivienda, por lo que todos los meses me pagan 210euros, y de alquiler pago 600, quiero saber que tanto porciento me puedo deducir en la declaracion de la renta por el alquiler y que tanto porciento tengo que pagar por haber solicitado la ayuda.
MUCHAS GRACIAS
Las 2 cosas van a parte.
Por un lado puedes deducirte por el alquiler de la vivienda habitual:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/13/deducciones-por-alquiler/
Y por el otro lado tienes que tributar las ayudas como ganancias patrimoniales no procedentes de una transmisión en la casilla 320 del programa Padre.
Salu2.
hola, hace 1 año que solicite la ayuda para el aquiler, soy divorciada, con dos hijos y presente toda la documentacion necesaria a fecha de hoy 5 de mayo de 2010 todavia no he recibido ningun mes la ayuda, donde puede dirigirme para que me den informacion, me dijeron que tardaban pero todavia no he cobrado nada, pago 550 de alquiler y cobro 600, gracias
La gestión de estas ayudas lo hacen las comunidades autónomas.
Díganos en qué comunidad autónoma reside y le daremos los puntos de contacto.
Salu2
Hola,
Yo solicité la ayuda en Diciembre de 2008. En Febrero de 2009 pasé a cobrar más de 22.000 € y un año después (en febrero 2010) escribí la carta de renuncia y la presenté al ayudantamiento.
Hoy, mayo, he cobrado la ayuda por 16 meses… no se qué debo hacer ahora para devolver la parte que no me pertenece y que dejen de ingresármelo ¿
Gracias y un saludo
Acude al mismo organismo donde has hecho la solicitud y ellos te dirán cómo tienes que hacer para la devolución y renuncia de las ayudas.
Salu2.
estoy cobrando la prestaciones (el paro )desde abril 2010 hasta en junio ,perro tengo despues derecheo de subsidio tiempo de un ano,la cantidad sera de 426 euros por mess.tengo la renta basica desde 2 anos,y quiero cambiarme el alquiler empensando con 1 de junio de 2010.tengo derechos de recibir renta basica aunque voy a cobrar el subsidio de 426 euros ??tengo 28 años(edad)
gracias por su repuesta ,espero que sea pronto !!1
gracias
Por favor, haga la consulta en el lugar que corresponda. Aquí se está hablando de la renta de emancipación.
Haga su consulta en el Foro de trabajo:
– http://foro.preguntasfrecuentes.net/foros/trabajo/
Salu2.
hola muy buenas mi pregunta es si es obligatorio meter la ayuda de 210 euros en la declaracion de renta?
si alguine lo supiera por favor que me envie un email derek123__@hotmail.com
Sí, lo tienes que poner como ganancias patrimoniales no provinientes de una transmisión, casilla 320.
Salu2.