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16 de diciembre de 2010

Garantía compra-venta coches segunda mano entre particulares

A la hora de comprar un coche de ocasión uno de los problemas que más nos preocupa es qué tipo de garantía tendremos o cómo podremos reclamar ante cualquier avería.

Por ello es importante saber que la garantía legal que tiene que ofrecer un concesionario o compraventa es diferente de la que tiene que dar un particular.

Indicamos las diferencias y cómo reclamar si fuera necesario.

¿Es igual la garantía en la compra de un coche de ocasión a un particular o a un concesionario?

No es el mismo tipo de garantía. Cuando se realiza una compra o venta de un vehículo entre particulares no se aplica la Ley de Garantías en la venta de Bienes de Consumo sino el Código Civil.

La Garantía en la Venta de Bienes de Consumo se aplicaría sólo en el caso de que quien venda sea un concesionario o compraventa profesional y quien compre un particular, es decir un consumidor tal como define la Ley.

De esta forma, cuando el comprador particular no puede exigir los mismos derechos a un vendedor particular que a un concesionario o compraventa profesional.

¿Qué garantía se puede exigir o hay que dar entonces en la compra venta de un vehículo entre particulares?

La compra venta de un vehículo entre particulares se rige según el Código civil, que indica la obligación general del vendedor de entregar el vehículo sin cargas ni gravámenes y sin vicios ni defectos ocultos, teniendo el comprador un plazo para presentar una demanda judicial por estos motivos de 6 meses.

No existe obligación por parte del vendedor de entregar nada referente a este tema de garantía por escrito.

En este caso quien reclama debe probar el perjuicio.

¿Qué derechos se tendrían respecto a la compraventa de un vehículo de segunda mano entre particulares?

  • El comprador dispone de un plazo de 6 meses desde la compra del vehículo para presentar reclamación judicial según el código civil (art. 1490)
  • El vendedor estará obligado a la reparación por los defectos ocultos que tuviera el vehículo; pero no será responsable de los defectos manifiestos o que estuvieren a la vista, ni tampoco de los que no lo estén, si el comprador es un perito que, por razón de su oficio o profesión, debía fácilmente conocerlos. (según art. 1484)

¿Y si el vendedor no supiera de la existencia de esos vicios ocultos?

Aunque el vendedor ignorase la existencia de los mismos, deberá responder al comprador saneándolos, salvo que se haya estipulado lo contrario en contrato (art. 1485).

¿Tendría derecho a indemnización en caso de rescindir el contrato?

En los casos anteriores, el comprador podrá optar entre:

  • Desistir del contrato, teniendo que serle devueltos los gastos que pagó.
  • Rebajar una cantidad proporcional del precio, a juicio de peritos.
  • Indemnización por daños y perjuicios: además, si optará por la rescisión del contrato, el comprador tendrá derecho también a indemnización por daños y perjuicios si el vendedor conociera los vicios o defectos ocultos del vehículo y no los manifestara al comprador. (art. 1486.)

¿Qué garantía tendría si por el contrario comprara el vehículo a un concesionario o compraventa profesional?

La garantía Comercial que tienen que ofrecer los concesionarios y compraventas profesionales debe cubrir el plazo de 1 año desde la fecha de la venta del vehículo de ocasión.

Como consecuencia de esta garantía, el vendedor responde del buen estado y de las cualidades del vehículo vendido, de modo que si presentase algún defecto, el consumidor podría recurrir contra el vendedor mediante arbitraje de Consumo.

El consumidor tendría derecho a la reparación gratuita de los defectos originarios, sustitución del coche por otro de idénticas características, o devolución del precio pagado.

Guía de vehículos de ocasión:

1.272 comments to Garantía compra-venta coches segunda mano entre particulares

  • GUSTAVO CAMACHO S

    yo estoy en mexico , como opera mi caso en este pais gracias por su atencion

    • Hola de nuevo.

      Desconocemos cómo tramitan las reclamaciones en Mexico.

      En cualquier caso, la definición de vicio oculto entendemos que es la misma que en España, así que en ambos paises, si hubiera algún problema en la suspensión que afecte al funcionamiento del vehículo, tendría que haberse notado en la prueba del coche antes de comprarlo.

      Así que pensamos que no sería defecto oculto y por tanto no correspondería reclamación por ello.

      Salu2!

  • Rakel

    Hola
    Hace 1 mes compre 1 Peogeot 206 de 1 concesionario de compra-venta sin garantia, el coche aparentemente estaba bien de chapa, pintura y mecanica, al ser 1 compradora inexperta me fie del vendedor ya que me dijo que estaba todo correcto, ayer al pasar la ITV me dijeron que el salpicadero estaba cambiado que era el suyo y que no lleva los airbag.
    Mi pregunta es si al tener 1 contrato de compra-venta sin garantia ¿puedo denunciar al vendedor, ya que en el contrato expone que no se hace cargo de las condiciones de chapa, pintura y mecanica indicandonos que estabamos de acuerdo? lo cual el salpicadero y sus correspondientes airbag no entra dentro de estas condiciones y no nos indico nada de este problema.
    ¿ Que puedo hacer al respecto ?
    Saludos

    • Hola.

      Si has comprado el vehículo a un concesionario o compraventa, por Ley están obligados a darte un año de garantía (ver artículo superior, el punto
      «¿Qué garantía tendría si por el contrario comprara el vehículo a un concesionario o compraventa profesional?»

      Esta garantía te cubriría los defectos ocultos del vehículo, independientemente del contrato de compraventa que firmásteis que podría considerarse con claúsulas abusivas.

      Si no has podido pasar la ITV por que faltan los airgbags y el vendedor no te avisó de ello, tendrías que reclamarle ya que se consideraría defecto oculto.

      Para reclamar te aconsejamos que vayas primero a la Oficina de Información al Consumidor con el contrato que firmasteis para que te indiquen como interponerla y así cuando vayas al concesionario, si no llegas a un acuerdo con ellos tengas todo preparado y redactado para presentar dicha reclamación.

      Salu2 y ánimo.

  • juan antonio

    Hace 15 dias mi hija compró un Renault clio dci a un particular, el coche aparentemente estaba bien, pero al 4º día el coche se quedó sin aceite, le llené el depósito y a la semana volvío a quedarse sin aceite. Ante estás pérdidas lo llevé a un taller para ver que avería tenía, y me dicen que lo que tiene mal es el turbo. Pregunto si le puedo reclamar al vendedor por esta avería. Ya que la misma asciende a unos 700 euros.
    Muchas gracias.

    • En el artículo superior puedes ver la información más ampliada sobre la garantía de venta dentre particulares.

      Comentarte que puedes hablar con el vendedor para indicarle primero el fallo que está dando el coche y ver qué te dice al respecto.

      A veces conviene llevar el vehículo (si es que puede circular) a otro taller para pedir una segunda opinión.. En muchas ocasiones el origen de la avería y el coste de la reparación varía mucho de unos talleres a otros.

      Y una vez evaluada la avería exacta si quereis reclamar al vendedor en el caso de que éste no acceda a reparar el vehículo tendría que ser ya con denuncia de por medio, y tendréis que sopesar si los gastos que tendríais por ello os compensan.

      Salu2 y ánimo.

  • carlos

    Hace cinco días compre un vehículo usado, en un concesionario,con cuatro años y perfecto estado
    con los km garantizados,me extraño que el libro de mantenimiento se extraviara , de vuelta a casa con el nuevo coche, note unas vibraciones y un ruido de fondo
    muy raro.Al dia siguiente lo lleve a un taller para que hicieran el equilibrado de las ruedas,pues el vendedor
    me pillaba como a 180 km y algo se soluciono las vibraciones, pero el molestoso ruido continuaba , llame al vendedor y me dijo que seguramente eran las ruedas que estaban taqueadas, yo por mas que las miraba no vía nada
    y el mecanico que me hizo el equilibrado no me dijo nada sobre el tema. Decidi ir a otro taller , pues el primero no tenia elevador y elevar el coche y hacerlo rodar,aquí
    viene el disgusto, la transmisión al eje trasero era la que chillaba no se que habra que hacer, dos fuelles y una
    cruceta rotos.Tengo un seguro particular del vendedor con una compañía, que segun el coje, motor,cambio y transmision
    con un tope para cada averia de 700 Eu ,las crucetas y fuelles no se si lo cojera.El vendedor piensa que con este
    seguro el esta cubierto , siempre que el perito de la aseguradora de el visto bueno.
    Estoy esperando a que el perito lo vea, con el consiguiente trastorno para mi, pues tengo que dejar el vehiculo en el taller a 40 km de mi casa, sin poder utilizarlo siendo una herramienta de trabajo, pues ese es su fin.
    Muchas gracias por escucharme y agradeceria su opinión.

    • Buenas tardes Carlos.

      Lo primero es esperar a que lo vea el perito del seguro y a ver qué dice al respecto.

      Esperamos que la respuesta sea favorable y que te lo cubra.

      En caso contraria, tendrías que ponerte en contacto con el vendedor para que te lo repare como garantía por daño oculto.

      En el peor de los casos que se negara, tendrías que acudir a Consumo con el contrato de compraventa firmado para que te aconsejen e indiquen cómo interponer la reclamación.

      Pero esperamos que no tengas que llegar hasta ese punto.

      De momento a esperar a ver qué te dicen.

      Salu2 y ánimo. Ya nos contarás.

  • josue rodriguez

    hace tres meses compre un audi a4 1900tdi del año 1997 a un particular con 189mil kms.
    ahora el coche tiene 194 mil kms y me ha dado bastantes problemillas 5mil kms despues:
    mecanismo alzacristales roto, suspension izq trasera agarrotada, tope de amortiguador derecho delantero carcomido, luz de calentadores extraida de su sitio que no se apaga nunca(se arreglo al cambiar el rele) y lo peor, hay que cambiar distribucion( el propietario anterior me dijo que llevaba medio uso y que me llamaria en unos dias para confirmar fecha y kms del cambio que hizo lo cual indica que, a juicio del m,ecanico, podria aguantar otros 20mil kms por lo menos)
    a dia de hoy el señor aun no me ha llamado, tengo el coche sin poder darlo uso pues un tensor de la correa ha gripado, ademas de los pequeños problemillas que he comentado.
    ¿que le puedo reclamar? si hubiera que denunciar, ¿acudo a la comisaria o a los juzgados? cuaquier aclaracion y ayuda es bienrecibida. muchas gracias

    • Buenas tardes.

      Comprar un coche de ocasión es siempre una lotería. Puede que no de fallos o puede que debido a su antigüedad comience a tener averías.

      Hay fallos que pueden considerarse como defectos ocultos, pero hay otros que no.

      Conviene revisar muy bien el coche antes de comprarlo, y si es necesario, llevarlo a un taller, subirlo a un elevador y ver bien todo.

      En tu caso, convendría que hablaras con el vendedor para indicarle todo lo que te está sucediendo. No está obligado a pagarte todas esas reparaciones, pero quizás podáis llegar a un acuerdo en algunas piezas..

      En el caso de que no os pongais de acuerdo, tendrías ya que acudir a un abogado para tramitar la denuncia correspondiente, aportando las facturas de las reparaciones y demás.

      En este caso, será ya un juez quien decida quién tiene razón y si efectivamente se trata de defectos ocultos o no…

      En la mayoría de los casos, meterse en trámites judiciales, por un vehículo del año 97, no compensaría..

      En el peor de los casos, intenta reparar el vehículo localizando las piezas en desguaces para abaratar costes.

      Salu2 y ánimo. Esperamos que te puedas poner de acuerdo con el vendedor.

    • josue rodriguez

      muchas gracias por la aclaracion.
      intentare arreglarlo por mis medios.
      he aprendido una valiosa leccion que voy a aconsejar:
      compren siempre a profesionales o en su defecto contraten una garantia a mayores aunque encarezca la compra.
      GRACIAS.

    • Intenta hablar con el vendedor y si no hay remedio, intenta arreglarlo de la forma más económica.

      Respecto a comprar a profesionales, no creas que por ello obtienes mayor fiabilidad.. La única ventaja que tendría es que en caso de comprarlo a un compraventa, podrías acudir a Consumo para que intermedien por ti ante una reclamación.

      Sobre lo de contratar una garantía a mayores, tampoco es la panacea.. Habría que leer muy bien la letra pequeña para ver que piezas incluye y hasta qué kms antes de nada.

      Lo mejor es revisar lo más detallado posible el coche antes de comprarlo y tener un poco de suerte en que no dé fallos.

      Salu2 y ánimo

  • Man

    A ver si pudieseis ayudarme.

    Hace dos meses y medio compré un coche de segundamano a un particular.
    Aparentemente el coche estaba muy bien,.. Lo compre y en estos dos meses y medio no ha dado problema.
    El otro dia circulando por la autovía comenzo a echar humo el motor, lo paré enseguida. Vino la grúa me lo llevo al taller y en el taller me dicen que al coche se le ha gripado el motor. Y que para repararlo habria que cambiarle el motor entero.
    El coche me costó 800 euros. El mecanico me dice que me costaria unos 1.000 euros arreglarlo como mínimo.

    Mi pregunta es, que hago yo ahora? puedo reclamarle al vendedor?

    El coche ha ido perfectamente y sin ningun tipo de aviso el motor se gripo?

    A ver si podeis ayudarme, mil gracias. Tengo derecho a algo? que puedo hacer?

    • En muchos casos la compra de coche de ocasión es una auténtica lotería. A pesar de revisarlo bien antes de la compra, dependiendo de la antigüedad que tenga el vehículo puede dar fallos inesperados.

      Habiéndote costado el coche 800€, no te merece lógicamente realizar una reparación así.

      Y sobre reclamar al vendedor, al ser compraventa entre particulares, sólo se resolvería por vía judicial. Y por ese importe del coche, tampoco merece la pena.

      Aparte de que te sería muy complicado demostrar que se trata de defecto oculto, ya que se puede alegar a los kms o tiempo que tenga el vehículo ya..

      Lo sentimos, pero no vemos mucho que puedas hacer al respecto. Salvo arreglarlo con piezas de desguace para abaratar coste o venderlo al desguace a ver si te dan al menos algo por él, por poco que sea.

      Ha sido un poco mala suerte.

      Salu2 y ánimo

  • matias

    Hola buenas tardes, hace 5 meses compre un vehículo por el cual me dieron 6 meses de garantía, el coche tiene menos de 10 año, y se le ha ido el alternador, el concesionario que tambien es taller me quieren cobrar el arreglo entero. En una hoja que me dieron de garantia aparecian las partes del vehiculo que cogia, señalando que la mano de obra no estaria incluida en los arreglos. Es legal esto, o deberian cambiarme la pieza gratias.

    • Hola.

      Por la Ley de Garantías el concesionario está obligado a darte una garantía de 1 años sobre vicios o defectos ocultos.

      El inconveniente es que es muy subjetivo diferencia que es defecto oculto de lo que es avería por desgaste o antigüedad normal del vehículo.

      En este caso deberías revisar bien lo spuntos que te incluyeron en esa garantía de 6 meses, y si no estuviera incluido, negociar con ellos la reparación y que abonen una parte, o sino interponer reclamación ante la Oficina del Consumidor para que intermedien en la resolución del problema.

      Salu2, mucho ánimo y no dejes de insistir.

  • matias

    hola muchas gracias por responder tan rápidamente, que ellos den una garantía que te hacen firmar por 6 meses sigue siendo ilegal ya que dices que es un año, ademas de la mano de obra que tendria que pagar y especificandote que partes del coche entran. Lo que te agradeceria que me aclarases es la parte de los vicios o defectos ocultos, que quieres decir que si una averida a sido causada por el propio desgaste al ser un coche de segunda mano no entra y solo entraran las averias que el coche pudiera tener y allan sido omitidas por el vendedor. Muchas gracias un saludoo.

    • Hola Matías.

      Aunque ellos te den una garantía de 6 meses por escrito, no es que sea ilegal, está bien.

      Lo que pasa es que está bien que tu sepas que independientemente de esa garantía de 6 meses, tendrías realmente un año para reclamar por defectos ocultos si te fuera necesario.

      Respecto a qué averías entran o no en la garantía, pr ejemplo el embrague, las pastillas o discos de freno serían elementos de desgaste que no entrarían claramente.

      Sin embargo hay otras averías que no están tan claras y ya es posible que tenga que intervenir Consumo con una reclamación para que se determine quién tiene la razón.

      El tema del alternador es uno de los que no están tan claros. Por lo que tendrás que revisar el contrato de garantía que firmaste para ver si está incluido, y si no estás de acuerdo, interponer Reclamación en Consumo.

      Esperamos que el concesionario finalmente te lo solucione. Ya nos contarás a ver qué te dicen.

      Salu2

  • carlos

    El perito no llego a verlo , la compañía
    me remitió un fax despues de recibir el
    presupuesto (2000 Eu)que las piezas que hay
    que sustituir no entran en la garantía unos
    caras, pues es problema de transmisión y en
    el contrato pone que si entra.El vendedor esta
    de vacaciones a su pais rumania o eso me dicen
    por telefono y asta primeros no me atiende.
    La furgoneta lleva en el taller 8 dias, solo la
    e disfrutado 300 km. de los cuales 180 fueron
    para traérmela a casa.E dado orden de arreglarla
    y que sea lo que dios quiera.
    Me huele fatal y no dejo de pensar como puedo
    haber sido engañado de esa forma.

    • Si en el contrato firmado especifica que sí que entra esa pieza, lo que pasa es que se excede en el presupuesto que cubrirían, que te abonen la parte económica hasta el límite, aunque el resto lo tengas que abonar tú.

      Sino, antes de hacer nada o dar orden de reparar, tendrías que acudir a Consumo para interponer la Reclamación.

      En el caso de que des orden de reparar sin reclamción de por medio, corres el riesgo de tener que correr con todos los gastos de la misma, o sino no te dejarán sacar el vehículo del taller.

      Que te digan que el vendedor está en Rumania, no suena muy bien..

      Acude a Consumo y pon reclamación cuanto antes.

      Salu2 y ánimo.

  • Juan Carlos

    Buenos dias
    el uno de Julio compre un coche de segunda mano en un concesionario. El contrato compra-venta se firmo con el antiguo dueño, asi como el pago del mismo. En este contrato venia reflejada una garantia de un año (por medio de un contrato de seguro con una compañia. Toda la documentacion (cambio de titular etc) lo gestiono el concesionario (tengo documentos que lo acreditan) El coche se recogio en sus instalaciones y hasta aqui todo correcto. La sorpresa es que transcurridos apenas un mes, el coche se para en marcha y nos vemos obligados a llamar a la grua. El mecanico que lo reviso (de un concesionario oficial de la marca del coche) nos informo que el motor se habia quemado, que no arracaba y que habia que cambiarlo. Al ponerme en contacto con el seguro que me entregaron , nos dicen que para este coche no tienen noticias que se hubiera contratado ningun seguro. Tengo en mi poder un recibo del dueño del coche que me dice que efectivamente se entrego el dinero al concesionario. Este me dice que ha sido un error burocratico y que efectivamente no esta contratado, que me espere un mes para dar noticia del siniestro que van a contratarlo. En mi circunstancias: ¿Cual es el protocolo que debo seguir? Ya que entiendo que son ellos los que se tienen que hacer cargo de esta averia y que or el hecho de no haber pagado el seguro en su dia, el contrato no es valido y tendria que requerirle al dueño (que fue l que firmo) su anulacion y que me devolviera el dinero….
    Un saludo y gracias por adelantado

    • Buenos días.

      En este caso tú con quién firmaste el contrato de garantía a través de un seguro fue con el antiguo dueño. Así que es a él a quién debes reclamarle por incumplimiento de contrato firmado y quién debe encargarse de contratar ese seguro o proceder al abono de la reparación.

      El antiguo dueño debió asegurarse de que el concesionario efectivamente contrató ese seguro con el dienro que él le dió para ello. Y como el concesionario no lo ha cumplido, deberá interponerles por su cuenta una reclamación a ellos.

      El caso es que entre el antiguo dueño y el concesionario tendrán que ponerse de acuerdo para costear el arreglo.

      No te va a ser fácil.., por lo que te aconsejamos que vayas a Información al Consumidor con todos los datos y contrato que firmaste para que te indiquen como proceder mejor en este caso complejo.

      Salu2 y ánimo.

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