Los trabajadores eventuales agrarios de Andalucía y Extremadura tienen una cobertura especial por desempleo que contempla las siguientes ayudas:
En este artículo vamos a hablar de los beneficiarios y los requisitos que se han de cumplir para recibir la Renta Agraria.
¿Qué requisitos se ha de cumplir?
- Haber residido y estar empadronado un mínimo de 10 años en alguna localidad de las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura.
- Estar inscrito en el censo del REASS de forma ininterrumpida en los 12 meses anteriores a la solicitud.
- Si es mayor de 45 años, es preciso haber permanecido inscrito en el REASS, a lo largo de toda su vida laboral, los siguientes períodos cotizados:
- De 45 a 51 años de edad: 5 años de inscripción en el SEASS.
- De 52 a 59 años de edad: 10 años de inscripción en el SEASS.
- – De 60 o más años de edad: 20 años de inscripción en el SEASS.
- Haber trabajado en el REASS en los 12 meses naturales inmediatamente anteriores a la situación de desempleo un mínimo de 35 jornadas reales cotizadas (en 2020 se requiere 20 jornadas según el Real Decreto aprobado el 25 de febrero de 2020).
- Tener extinguido el subsidio agrícola o el REASS anterior y haber transcurrido al menos un año desde su nacimiento.
- Carecer en el momento de la solicitud y durante su percepción de rentas individuales de cualquier naturaleza que en cómputo anual no superen la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente, excluidas dos pagas extraordinarias (950€ mensuales en 2020).
- Inscribirse como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
¿Cuál es la duración de la ayuda?
Con carácter general la ayuda es de 180 días, salvo para mayores de 52 años que pueden disfrutar de 300 días.
¿Cuándo se paga la renta?
- Se inicia al día siguiente en que se cumplan tres meses desde la fecha de solicitud, salvo que en dicho plazo se coloque o participe en acciones de inserción laboral, en cuyo caso se inicia al día siguiente de su finalización.
- El número máximo de días de percepción mensual será igual a la diferencia entre 30 y el número de días trabajados o percibidos de prestación por incapacidad temporal o maternidad/paternidad.
¿Cuál es la cuantía de la renta?
Se calcula en función del número de jornadas reales cotizadas, cantidad que se actualiza anualmente (2020):
- De 35 a 64 jornadas: 430,27€.
- De 65 a 94 jornadas: 457,16€.
- De 95 a 124 jornadas: 489,43€.
- De 125 a 154 jornadas: 516,32€.
- De 155 a 179 jornadas: 543,22€.
- Desde 180 jornadas: 575,49€.
Además el servicio de empleo se encarga de abonar el importe de la cuota del REASS.
¿Cuál es límite familiar?
Cuando el solicitante conviva con otras personas en una misma unidad familiar (solicitante, cónyuge e hijos mayores de 16 años y menores de 26 años o mayores con discapacidad), únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando, además de no poseer rentas propias, la suma de las de todos los integrantes de aquélla sea inferior, en cómputo anual, a los límites de acumulación de recursos siguientes:
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Buenos días. Siempre he estado recibiendo la prestación de la renta agraria. Pero, tras juntar varios meses por el régimen general, he solicitado una contributiva, la cual ya me han aprobado . Mi duda es si me tienen que cobrar el sello agrícola. Gracias. Un saludo
Cuando se cobra una prestación, SEPE se hace cargo de las cotizaciones.
Salu2.
Hola, estoy inscrita en la renta agraria desde hace tres años, el 24 de marzo termine de trabajar en una fabrica de naranjas, mi pregunta es si pasan 6 meses y no tengo dias, si me retiran la cartulina o si me ocurriria algo ya q hast ultimo de octubre, noviembre no comenzaria de nuevo a trabajar,gracias
Habría que pasar 12 meses sin peonadas, en tal caso, te sacan de dicho régimen.
Salu2.
Hola,estoy cobrando la renta agraria y e empezado a trabajar em el regimen general mi pregunta es si pierdo la renta o se queda parao asta que me quede otra vez parao i la vuelva a reanudar. Gracias.
Las ayudas de SEPE se suspende cuando comienzas a trabajar, después se puede reanudar si pierdes el empleo en un determinado plazo.
Salu2.
Tengo que echar mi paro y han pasado los 15 días que te dejan desde la fecha q lo echas todos los años porque me faltan 12 peonas me lo retiran o lo puedo echar mas adelante ?
Si en 12 meses no acumulas suficientes cotizaciones te quitan de la renta agraria.
Eso sí, en la demanda de empleo puedes renovarlo.
Salu2.
Solicitado el 3 agosto y en la hoja me pone que esta en devengo de determinar fecha. Pero tb pone inicio pago el 10 diciembre. Q no cobrare hasta diciembre?? 3 meses despues… y si es asi que me pagarian en diciembre todo lo atrasado o como? Necesito respuesta gracias
Es así. Según la ficha de la ayuda, se paga a 3 meses desde la solicitud de la ayuda.
Salu2.
Nose, años atras me pagaron el mes siguiente de la solicitud. Yo lo tengo del 4 agosto al 3 febrero. Si cobrara diciembre que me paga todo junto desde 4 agosto o mes a mes normal comenzando en diciembre? Saludos y gracias
En las condiciones de la ayuda indica eso.
Salu2.
Desde el 2014 me di de alta de los sellos , ahora el 1 agosto empiezo con el sello agrario mi preguntas es cuando pague el sello de agosto a primeros de septiembre o a ultimos , y tengo que tirarme un mes entero pagando sellos para echar la renta agraria y trabajar en las calles
A primeros de septiembre.
Hola estoy cobrando la renta agraria desde hace unos años pero este año no tengo las peonadas puesto que no me llama nadie para trabajar en el campo me an dicho que sino presentó peonadas me sacan del régimen agrario eso es cierto? Y si es asi que puedo hacer?
Sí, si en 12 meses no tienes 30 peonadas, te echan del régimen.
Tienes que buscar y conseguir hacer esas peonadas.
Suerte!
Hola…yo cobro la renta agraria…e estado echando 23 peonales al mes y cobrando lo restante.. esas deducciones las cobras al final o las pierdes?? Gracias de antemano
Cuando trabajas la ayuda se suspende, y después se reanuda con el tiempo que te quedaba.
Salu2.
Hola, yo cobro la renta agraria desde hace dos meses, y empezado a trabajar en el regimen general en el ayuntamiento de mi pueblo deberia a ver cortado el desempleo o automaticamente se corta y despues cuando termine se reinicia, saludos
Se supone que es automático, pero conviene comunicarlo.
Salu2.
Tengo60años diez mese de paro agrícola y Quince año cotizado cobro la paga de viudedad aunque es poco,nunca voy a cobrar 1año sin que me oblige a tener35 peina
Si llegas a cumplir los requisitos de la renta agraria para mayores de 52 años, dejan de exigirte las peonadas:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/03/21/subsidio-especial-de-los-52-anos-del-reass/
Salu2.