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10 de septiembre de 2009

Boda Civil: trámites y documentación necesaria

A la hora de celebrar una boda civil surgen muchas dudas sobre los trámites que hay que realizar, qué documentación hay que entregar, dónde hay que solicitarla, si se puede elegir el lugar y la fecha de la boda, cuánto tiempo se tarda en gestionar todo. Así que antes de empezar a planificar conviene conocer toda la información.

¿Qué documentación es necesario presentar?

  • Fotocopia del DNI de los contrayentes, o en su defecto del pasaporte o tarjeta de residencia.
  • Certificado de empadronamiento o residencia, que se obtiene en el Ayuntamiento o Junta de Distrito correspondiente del municipio donde se haya residido durante los dos últimos años (caduca a los tres meses)
  • Declaración jurada respecto al estado civil de los contrayentes que facilita el juzgado.
  • Rellenar la instancia de Registro Civil. Una sola para los dos contrayentes.

¿Si alguno de los contrayentes fuera viudo, divorciado o extranjero?

En ese caso, habría aparte de la documentación anterior, habría que presentar a mayores:

Viudos:

  • Certificación literal de Inscripción de Matrimonio del matrimonio civil anterior. Certificado de Defunción del cónyuge anterior.

Divorciados:

  • Certificado literal del matrimonio anterior, con inscripción marginal de divorcio.
  • En caso de que esta nota no haya sido practicada, deberá presentarse testimonio de la Sentencia, con Declaración de Firmeza, que expedirá el Juzgado en el que se tramitó el mismo.
  • En el caso de españoles divorciados en el extranjero la sentencia de divorcio necesita el Exequátur de la misma (convalidación efectuada por la Sala 1ª del Tribunal Supremo).

Extranjeros:

  • Cuando uno reside en el extranjero, en el consulado del país donde resida tendrá que pedir una declaración de soltería y de nacionalidad española.
  • Si ambos contrayentes son extranjeros, según el artículo 50 del Código Civil podrán celebrar el matrimonio en España según nuestra legislación o cumpliendo lo establecido por la ley personal de cualquiera de ellos.

Una vez reunida la documentación anterior, ¿dónde hay que presentarla?

Una vez reunida toda la documentación anterior:

  • Acudir conjuntamente al Juzgado al Registro Civil a entregar la documentación junto con otros dos testigos (no tiene por qué ser los mismos testigos de la boda)
  • Así se inicia el expediente y en el plazo de uno o dos meses si una vez comprobados todos los datos está todo en regla se da a los contrayentes nuevamente cita para volver al Registro Civil y retirar el auto favorable o no a la celebración.
  • Reservar día y hora en el lugar de celebración (Ayuntamiento o Juzgado)
  • Entregar la documentación necesaria al juez encargado del Registro Civil, el cual una vez recibida la relación de todos los datos relativos a uno y otro contrayente que deban figurar en la inscripción del matrimonio, remitirá dicha documentación al Servicio de Protocolo del Ayuntamiento, donde se abrirá un Libro Registro de las peticiones de matrimonio que se produzcan.
  • El Servicio de Protocolo, comunicará a los futuros contrayentes, con la suficiente antelación, el lugar, fecha y hora de celebración del matrimonio con la advertencia de la necesidad de la presencia en dicho acto de dos testigos mayores de edad.
  • En el expediente se habrá de señalar si se desea celebrar la boda civil en el propio Registro Civil (un Juez será el encargado de llevar a cabo el acto) o en Ayuntamiento o Juntas de Distrito Municipales (donde será el alcalde o uno de los concejales quién se encargará de llevar a cabo la ceremonia)

¿Cuánto se tarda en realizar todos los trámites de la boda civil?

Todos los trámites del expediente ante el Registro Civil duran entre 30 y 50 días.

¿Se puede elegir la fecha?

En general, tanto en los juzgados como en los ayuntamientos, se suelen celebrar en días laborables y por la mañana. Aunque puede haber variaciones dependiendo del Ayuntamiento. Hay algunos que permiten celebrar la boda fuera del mismo (pero dentro del municipio) o durante el fin de semana.

¿Cuándo hay que decidir entre Separación de bienes o Bienes gananciales?

Se deberá elegir entre los 2 regímenes patrimoniales de común acuerdo en el momento del matrimonio.

A falta de capitulaciones o cuando éstas sean ineficaces, el artículo 1316 del Código Civil dice que el régimen será el de la sociedad de gananciales. Por lo que si expresamente no se acuerda la separación de bienes, regirá por norma general la sociedad de gananciales, salvo en algunas CC.AA. como por ejemplo Cataluña en las que se tomaría por defecto el régimen de separación de bienes.

¿Cómo se lleva a cabo la celebración de la boda civil?

En el lugar, día y horas previamente señaladas por el Servicio de Protocolo del Ayuntamiento, deberán personarse ambos contrayentes por sí o, uno de ellos, mediante apoderado a quien se haya concedido poder especial en forma auténtica, -pero siempre será necesaria la asistencia personal del otro contrayente-, además de la de dos testigos mayores de edad.

Se procederá a la lectura de los artículos 66, 67 y 68 del Código Civil por la persona que oficie la ceremonia.

Seguidamente, se preguntará a cada uno de los contrayentes si consienten en contraer matrimonio con el otro y si, efectivamente, lo contraen en dicho acto y, respondiendo ambos afirmativamente, declarará que los mismos quedan unidos en matrimonio.

Una vez celebrado el matrimonio, se extenderá el Acta correspondiente con su firma y la de los contrayentes y testigos y entregará aquellos documentoss acreditativo de la celebración del matrimonio.

Uno de los ejemplares del Acta se remitirá, de inmediato, al Registro Civil para su inscripción en el Registro y para la entrega por éste a los casados, del correspondiente Libro de Familia.

¿Se puede realizar la boda entre españoles en el extranjero?

El artículo 70 del Código Civil dice que cualquier español podrá contraer matrimonio dentro o fuera de España. Españoles que deseen casarse en el extranjero: además de tener que respetar las disposiciones de la ley española (documentos, edad, soltería…) tendrán que adecuarse también a las normas del país donde piensen celebrar la boda.

Si uno de los novios es residente en el extranjero: Tendrá que solicitar al consulado español del país donde reside una declaración de soltería y de nacionalidad española.

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948 comments to Boda Civil: trámites y documentación necesaria

  • patricia

    Ya tengo fecha para iniciar el expediente de matrimonio en el Registro Civil de Madrid y ese dia tengo que llevar la declaración jurada, donde me indican que tengo que poner el domicilio actual y donde he residido en los 2 ultimos años. Yo llevo unos meses viviendo en madrid capital de alquiler, pero sigo empadronada en un pueblo de madrid donde he vivido siempre con mis padres. Me pondrán alguna pega? Pongo directamente que vivo todavia en el lugar donde estoy empadronada? Muchas gracias

    • Si no tienes pensado cambiarte de piso de alquiler pon esa dirección para que si te tienen que enviar alguna notificación te la manden ahí.

      Y como domicilio de los 2 últimos años pon donde estás empadronada.

      Salu2

  • Layla

    Vamos que impossible casarnos por que el esta aquí en francia trabajando i decidimos ir daki dos semanas para casarnos a España i el dice k sera rápido k cogemos cita i yasta pero pami k no i luego subimos a Francia por lo cual no vale la pena que baje asta España k de el los papeles i yasta no? I knd le den la cita bajamos los dos no?

    • En dos semanas es imposible..

      Podéis adelantar llevando tú la documentación para que inicien el expediente, y cuando os den cita y sea necesario que venga ya echa el viaje.

      Los trámites detallados los podéis ver en el artículo superior

      Salu2

  • Nagual

    Muy buenos días,
    Soy médico chileno y actualmente tengo el visado de estudios caducado, pero dentro de los 3 meses de ventana para prórroga. Mi novia y yo hemos decidido casarnos. puedo abrir expediente con el NIE así?. Me espero a renovarlo?.
    Que hay de cierto, que los plazos en los pueblos son más cortos y todo es más expedito que en la ciudad o capital provincial?.

    Un saludo y gracias!

    • Buenos días

      Podéis ver los trámites y documentación necesaria en ese caso (uno de los cónyuges es extranjero) en el artículo superior.

      Generalmente cuanto más pequeña es la localidad donde esté el Registro civil más se agilizan los trámites.. Pero siempre hay que tener paciencia.. no es de un día para otro..

      Salu2

  • laura

    Buenas! Tengo una duda. Para casarse por lo civil he visto que se tiene que acudir por primera vez los dos y dos testigos ( iguales o diferentes a los del día de la celebracion) para entregar la documentacion, es correcto??? Es posible entregarlo sólo uno de los contrayentes??? Si es así, se necesita justificante o algún documento? Un saludo y gracias

    • Buenas

      Para iniciar el expediente en el Registro civil sólo tiene que acudir uno de los dos contrayentes.

      En principio sólo hace falta un testigo y sólo tiene que ir cuando os avisen para ello (ese testigo es para la entrevista con el juez).

      Este testigo no tiene que ser el mismo que los de la celebración (ahí sí que hacen falta 2 testigos que firmen)

      Salu2

  • azucena

    buenas tengo varias preguntas. Es obligatorio casarse en el ayuntamiento o pueden darte permio para firmar en una vivienda particular?
    Que pasos tengo que seguir para que me case u juez de paz?
    gracias

    • Buenas

      Puedes casarte en el juzgado, en el ayuntamiento, o en otros sitios , pero en éste último caso debes consultar las posibilidades y fechas en el ayuntamiento correspondiente.

      Allí te indicarán.

      Salu2

  • Ioana

    Buenos días,
    Hemos presentado todos los documentos al Registro Civil para casarnos allí. Hemos pedido casarnos en septiembre aunque no tendremos fecha concreta ya que el juez encargado las fija de un mes para otro.
    Me han dicho que una vez que tenga fecha me llamaran para la «segunda fase». No me han querido decir en qué consiste. ¿Alguien sabe qué es?
    Muchas gracias

    • Buenos días

      Imaginamos que se refieren a la fecha en que debeis acudir con un testigo para la entrevista con el juez..

      En el artículo superior detallamos cómo van los trámites en estos casos.

      Salu2!

  • LUIS.

    Buenas Noches,
    mi novia es Colombiana y yo pensamos casarnos en junio 2016 yo resido en Alicante España, es posible que yo presente los documentos que se requieren y sin estar mi novia? ella vendría para el matrimonio, como podemos tramitar su venida a España? gracias.

    • Buenas

      Puedes presentar los documentos para que inicien el expediente en el Registro.

      Pero tendrá que venir antes cuando os citen ya que hay que pasar una entrevista con el juez junto con un testigo (para confirmar que no se trata de un matrimonio de conveniencia…)

      Salu2

  • Rosa Mª

    Buenas tardes!
    Presento en el juzgado los papeles el 28 de marzo.
    Pero no hay hueco para casarse en el ayuntamiento hasta octubre.
    Que pasaría con los papeles si realmente caducan a los 3 meses?
    Gracias,
    Un saludo

    • Buenos días

      Los papeles caducan en ese tiempo si los solicitas y no los presentas en el Juzgado..

      Una vez presentados ya no importa que pase ese tiempo, ya que el expediente ya ha sido iniciado.

      Salu2

  • jose

    hola buenos dias tengo una duda yo y mi pareja hemos tramitado el expediente para casarnos yo soy español y mi pareja colombiana y en el registro nos dijeron que tarda dos meses en dar respuesta dicho expediente que rellenamos tambien adjuntaba un cuestionario y fue un testigo mi pregunta es la siguiente a mi futura mujer se le vence el tiempo de estaria de 90 en españa de visa de corta duracion que seria mejor que se quede o se vuelva a colombia y a los tres meses vuelva

    • Buenos días

      No te podemos decir, tenéis que decidir vosotros. No sabemos si puede prorrogar su estancia.. aparte está el gasto del billete de ir y volver otra vez…

      Depende de vuestras circunstancias..

      Salu2 y ánimo. La verdad es que hay que tener un poco de paciencia con todo este papeleo.

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