La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda de 426€ al mes para incrementar las oportunidades de retorno al mercado laboral de determinados colectivos de trabajadores desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar trabajo.
14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda. Editado este artículo con las nuevas condiciones.
¿Quién puede acceder a esta ayuda?
- Los mayores de 45 años o discapacitados de grado igual o superior al 33 % o tener reconocida una incapacidad que suponga una disminución en su capacidad laboral del 33%;
- Agotar su prestación por desempleo de nivel contributivo y/o el subsidio por desempleo de nivel asistencial.
- Ser demandante de empleo e inscrito al menos durante 12 meses de manera ininterrumpida en el servicio de empleo. (Se considera interrumpida la demanda si se ha trabajado 90 o más días en el año anterior a la fecha de solicitud o si se ha salido al extranjero.)
- Carecer de rentas.
- Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica:
- No convivir con el agresor.
- Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
- Carecer de rentas.
- Ser trabajador emigrante retornados:
- Haya retornado del extranjero en los 12 meses anteriores a la solicitud.
- Haya trabajado como mínimo 6 meses en el extranjero desde su última salida de España
- Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
- Carecer de rentas.
Todos los posibles beneficiarios deberá de buscar ectivamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad. La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos.
¿Qué es carencia de rentas?
- Que las rentas del solicitante en su cómputo mensual (incluidas las pagas extras) no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias) que para el 2018 son 551,93 euros.
- La suma de los ingresos de la unidad familiar entre el número de miembros debe de ser inferior a este límite.
Se computará como renta el importe de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.
No obstante, para las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica las rentas individuales del cónyuge o del hijo agresor no se computarán como rentas familiares y estos no deben ser considerados miembros integrantes de la unidad familiar de la víctima.
¿Se puede solicitar varias veces la ayuda?
- Sí, se puede beneficiarse de hasta de 3 veces de la RAI.
- Para poder solicitar una segunda y una tercera vez la RAI, hay que esperar al menos 12 meses desde la última percepción de esta ayuda, salvo que se demuestre condición de discapacitado o víctima de violencia.
¿Cuánto durará la RAI?
La duración máxima de la renta es de 11 meses.
¿De cuánto es la ayuda?
La cuantía de la renta es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento: 430,27 euros al mes para el año 2017.
En el caso de las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica tienen una ayuda adicional por cambio de residencia:
- Ayuda de 3 mensualidades de RAI adicional.
- El cambio de residencia se ha de hacerse en los 12 meses anteriores a la solicitud de la RAI o durante la permanencia en el programa.
¿Cuándo y cómo se pagar esta ayuda?
El pago de la renta se realizará por mensualidades de treinta días y el mes siguiente al que corresponde el devengo, y se suele pagar los días 10 de cada mes.
Se abonará en la cuenta de la entidad financiera que el trabajador determine, salvo en los casos justificados en los que el Servicio Público de Empleo Estatal autorice el pago en efectivo o por ventanilla.
La Renta Activa de Inserción se percibe a partir del día siguiente a la fecha de incorporación al programa.
¿Es compatible con el empleo parcial?
Sí, siempre que se siga cumpliendo los requisitos económicos. SEPE pagará la parte proporcional de la jornada laboral no trabajada.
¿Es compatible con el empleo a tiempo completo?
No, la RAI en sí se suspende, eso sí, SEPE otorga una ayuda del 25% del importe de la RAI durante un plazo máximo de 180 días como forma de incentivar el empleo tanto por cuenta propia como cuenta ajena.
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Hola,estoy cunando el paro desde hace 1año tengo 45años estoy separada y 2 hijos a mi cargo,que ayuda puedo solicitar
Pide la RAI.
he cobrado el plan prepara una vez hace ya tiempo y ahora he visto que el gobierno quiere ampliar el plan prepara para los parados de larga duracion, me gusta saber si lo que hemos cobrado ya el plan prepara tenemos derecho a volver a cobrar la ayuda, tengo 52 años y no tengo ingresos de nada y no tengo trabajo. un saludo. de francisco martinez
El Plan Prepara sólo se cobra 1 única vez en la vida y por un máximo de 6 meses.
Lo que han hecho ha sido prorrogar en el tiempo para su solicitud, no para que cobréis la ayuda más tiempo.
Salu2.
Hola. Tengo 33% de minusvalía y cobro una pensión de 393€ y mi marido también es pensionista y cobra 1016€ al mes. Yo soy parada de larga duración. Tenemos dos hijos menores. Tengo derecho a la rai? La puedo cobrar también cobrando mi pensión? Gracias.
Me temo que no.
Hola
Disculpa dices que tienes una minusvalia de 33% yo estoy peleando por una de 47% y hasta ahora no he odtenido nada porque dicen que debe ser de más del 666%
Podrias darme alguna info. que debo hacer?
gracias
Seguramente, tu estás intentando conseguir una PNC, que requiere 65%:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/01/22/pensio-no-contributiva-de-invalidez/
Salu2
hola hace un año cobre el plan prepara, en enero cumplo 45 años tengo derecho a cobrar la rai.
un saludo
Si llevas dado de alta en la demanda de empleo durante más de 12 meses, lo más seguro es que sí.
Solicité la raí por violencia de género, pero también la ayuda por cambio de domicilio, lleve mi empadronamiento donde salen todos mis cambios de domicilio pero se ve que cambie el 16 de junio y yo interpuse la denuncia el 18 de julio porque mi ex me amenazaba. Me darán dicha ayuda??
Pues no te sé decir seguro.
Lo normal es que den la ayuda para que te mudes una vez que denuncies que eres víctima de violencia… pero pregunta en el SEPE o llama al 901 119 999
Salu2.
La realidad que en su momento tuve que salir del país por las fuentes amenazas en la convivencia pero solo ahora me atreví a denunciar porque no aguantaba más y eh de decir que salí de España embarazada de 7 meses porque temía por mi vida y la de mi bebé, no dan dicha ayuda ni demostrando mi salida al extranjero?
Ufff, cuidado, que la ayuda no dan si te vas fuera de España.
Estoy en paro desde el mes de junio pero solamente tengo acumulado 9 meses y medio por lo que no tengo derecho al paro.Tengo 46 años vivo con mi pareja y tengo una hija de 5 años.Mi pareja trabaja.Antes de esos 9 meses y medio estaba recibiendo el subsidio de desempleo,21 meses de los que cobre 11.¿Podría reanudar los 10 meses que me quedan del subsidio?
Reanuda lo que estabas cobrando.
Lo nuevo cotizado se guardará para más adelante.
hola e cobrado el paro y actualmente la ayuda,me queda un mes y me han contratado dos horas al día doce días.¿puedo solicitar el raí?
Por partes.
Si estás cobrando una ayuda y comienzas a trabajar a tiempo parcial, puedes solicitar la compatibilización de la ayuda y el trabajo. Eso sí, te pagarán la parte proporcional de la jornada laboral de 40 horas semanales no trabajadas.
Si trabajas menos de 3 meses, no se te considera interrumpido la demanada de empleo, así que una vez pasado 12 meses dado de alta podrás pedir la RAI.
Salu2.
Hola.
Estoy percibiendo la ayuda por excarcelacion. Me cumple en diciembre ( prorrogas incluidas). En noviembre cumplo 45. Resido en Cataluña.
¿Puedo acceder a algun tipo de subsidio, ayuda o similar?
Gracias
Puedes pedir la RAI cuando tengas 45 años.
He terminado el dia 10 de agosto de cobrar la ray por sentencia de victima de violencia de genero y quisiera saber si tengo derecho a alguna ayuda por tener dicha sentencia tengo tres hijos y sin ningun tipo de ingresos por mi parte
Puedes pedir otra RAI si mantienes la condición de víctima.