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24 de noviembre de 2009

RAI: Renta Activa de Inserción

La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda de 426€ al mes para incrementar las oportunidades de retorno al mercado laboral de determinados colectivos de trabajadores desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar trabajo.

14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda. Editado este artículo con las nuevas condiciones.

¿Quién puede acceder a esta ayuda?

  • Los mayores de 45 añosdiscapacitados de grado igual o superior al 33 % o tener reconocida una incapacidad que suponga una disminución en su capacidad laboral del 33%;
  • Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica:
    • No convivir con el agresor.
    • Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
    • Carecer de rentas.
  • Ser trabajador emigrante retornados:
    • Haya retornado del extranjero en los 12 meses anteriores a la solicitud.
    • Haya trabajado como mínimo 6 meses en el extranjero desde su última salida de España
    • Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
    • Carecer de rentas.

Todos los posibles beneficiarios deberá de buscar ectivamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad. La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos.

¿Qué es carencia de rentas?

  • La suma de los ingresos de la unidad familiar entre el número de miembros debe de ser inferior a este límite.

Se computará como renta el importe de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.

No obstante, para las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica las rentas individuales del cónyuge o del hijo agresor no se computarán como rentas familiares y estos no deben ser considerados miembros integrantes de la unidad familiar de la víctima.

¿Se puede solicitar varias veces la ayuda?

  • Sí, se puede beneficiarse de hasta de 3 veces de la RAI.
  • Para poder solicitar una segunda y una tercera vez la RAI, hay que esperar al menos 12 meses desde la última percepción de esta ayuda, salvo que se demuestre condición de discapacitado o víctima de violencia.

¿Cuánto durará la RAI?

La duración máxima de la renta es de 11 meses.

¿De cuánto es la ayuda?

La cuantía de la renta es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento: 430,27 euros al mes para el año 2017.

En el caso de las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica tienen una ayuda adicional por cambio de residencia:

  • Ayuda de 3 mensualidades de RAI adicional.
  • El cambio de residencia se ha de hacerse en los 12 meses anteriores a la solicitud de la RAI o durante la permanencia en el programa.

¿Cuándo y cómo se pagar esta ayuda?

El pago de la renta se realizará por mensualidades de treinta días y el mes siguiente al que corresponde el devengo, y se suele pagar los días 10 de cada mes.

Se abonará en la cuenta de la entidad financiera que el trabajador determine, salvo en los casos justificados en los que el Servicio Público de Empleo Estatal autorice el pago en efectivo o por ventanilla.

La Renta Activa de Inserción se percibe a partir del día siguiente a la fecha de incorporación al programa.

¿Es compatible con el empleo parcial?

Sí, siempre que se siga cumpliendo los requisitos económicos. SEPE pagará la parte proporcional de la jornada laboral no trabajada.

¿Es compatible con el empleo a tiempo completo?

No, la RAI en sí se suspende, eso sí, SEPE otorga una ayuda del 25% del importe de la RAI durante un plazo máximo de 180 días como forma de incentivar el empleo tanto por cuenta propia como cuenta ajena.

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8.251 comments to RAI: Renta Activa de Inserción

  • Andres

    Que documentación o papeles tengo que presentar para solizitar después de haber terminado la 1° R.A.I. tengo di capacidad de mas del 33% y 49 años de edad me podría ayudar gracias

  • marcial

    buenas el rai se me acaba este mes me dijieron asta el 27 de julio. este mes lo cobrare entero o solo e de cobrar asta ese dia ,despues ya no cobrare ningun dinero mas?,ya que trabaje tres meses y me seguian ingresando cada mes 100 euros mas, a ke es devido este pago.gracias..

  • marcial

    mire ace 3 años estube trabajando en el plan dipualba 3 meses y como todos estos contratos tienen sus 2 dias y medio por mes de vacaciones,pero mi ayuntamiento me dijo que no tenia derecho a esos 7 dias de vacaciones y me icieron trabajarlos ahora ya se que me corresponden. como puedo reclamar esos dias cuando saben que me corresponden ,pero no me los quieren que puedo acer?…aquien de denuncio.gracias.

  • sandra

    Hola.sí no recibe una notificación y te quita el ayuda por no intregar papeles quando te intera y intrega este papeles recupera ayuda o no?

  • Andres

    Hola tengo 49 años con discapacidad 33% la fecha de la 1° R.A.I. se me termina el 16/09/2015 cuando puedo volver a solicitar la siguiente y en que fecha gracias

  • BENCOMO

    Alguien sabe el motivo de que, teniendo una discapacidad de un 42% y presentando la documentación de esta, se me haya aprobado el RAI solo 11 meses. Pregunto:¿Funciona así?, ¿tengo que volver a renovar hasta llegar a los 22 meses?. Espero que alguien me conteste, por favor. Gracias.

  • Emilio Herandez Rodriguez

    Soy mayor de 45 y parado de larga duracion. Se me acabo el subsidio el día 30/07 y tengo cita el día 5/08 para el Rai en el SEPE. Llevo la documentación preparada (me la entregaron en el INEM donde me informaron que tenia derecho a esta prestación. También llevo lo de la búsqueda de trabajo echa.
    Por lo que leo hay que estar un mes acreditando búsqueda de trabajo ¿pero la solicitud de RAI constara del día 5/08 o después del mes de búsqueda activa de trabajo? (¿un mes en blanco?)por otro lado estoy en 6 portales de trabajo ¿las ofertas presentadas en los portales y que figuran en los certificados son validas como ofertas de trabajo presentadas?

  • Macarena

    Soy beneficiaria de la RAI por violencia de género. He olvidado renovar el DARDE por primera vez desde que la recibo. ¿Me van a retirar la ayuda de forma definitiva?

  • Emilio Herandez Rodriguez

    Pues lo he presentado hoy día 05/08 (se me acabo la subvención el 30/07) y me han tramitado la solicitud del RAI y la hoja de búsqueda activa de empleo sin mas…creo que de mes de espera no hay…salvo que se peguen un mes para tramitarla. A ver que me comentan.

  • Emilio

    El Rai son 11 meses …¿hay que renovar cada seis meses como con la subvención o son continuos?.

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