Si dejamos de pagar un crédito o deuda (préstamos personales, de cuotas de la hipoteca, tarjetas de crédito, el préstamo del coche…), además de incluirnos en la lista de morosos, nos reclamarán la deuda a través de los tribunales y seguramente nos embargarán los bienes presentes y futuros.
En estos casos conviene saber lo que pasará con la nómina si se tiene un trabajo y la cuantía del sueldo que será embargado. En este artículo trataremos aclarar estos puntos y crearemos una calculadora para determinar la cuantía de la nómina embargable.
¿Qué puede hacer una entidad acreedora ante un cliente moroso?
Una de las primeras acciones que pueden hacer las entidades acreedoras es inscribir al deudor en las llamadas lista de morosos. Ello conllevaría el inconveniente de no poder solicitar ningún tipo de préstamo bancario o hipoteca, ya que las entidades bancarias se lo denegarán.
Lo siguiente podría ser contratar los servicios de una empresa de cobros o ir ya por vía judicial.
En caso de tener deudas con administraciones públicas (multas de tráfico, impuestos,..), ¿qué procedimiento seguirían para reclamar la deuda?
Si el acreedor fuera una administración pública, enviarían antes de nada un aviso mediante procedimiento de apremio, comunicando de esta forma al deudor el plazo máximo que dispone para saldar la deuda pendiente.
Estas instituciones pueden ejecutar forzosamente sus propios actos y embargar bienes y derechos de los administrados sin tener que acudir a los Tribunales. La Administración puede proceder directamente al embargo, siempre que actúe de acuerdo con los procedimientos establecidos en la ley (artículos 93 a 101 de la Ley 30/1992)
¿Qué bienes serían embargables?
En el caso de que ambas partes no lleguen a un acuerdo en la forma de pago ante el juez, se podría sentenciar el embargo de bienes empezando por el dinero depositado en las cuentas corrientes, los sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades y mercantiles autónomas suyos y de su cónyuge (dependiendo del régimen matrimonial), bienes materiales (coches, vivienda, joyas, etc)
¿Si no dispusiera de dinero en el banco, fondos, propiedades ni avalistas, ¿cómo le podrían reclamar la deuda pendiente?
En el caso de carecer de avalistas y de fondos suficientes para saldar las deudas, podrían sentenciar el embargo de la nómina, salario o pensión, aunque normalmente es una de las últimas medidas judiciales para el cobro de los impagos (salvo en el caso de las deudas o multas administrativas, o el impago de la pensión alimenticia o compensatoria en separaciones o divorcios).
¿Le podrían embargar la totalidad de la nómina?
Por Ley no se puede embargar la totalidad de la nómina excepto para el caso de hacer frente al pago de la pensión alimenticia de los hijos si los hubiera.
¿Qué cantidades máximas de la nómina le podrían embargar?
Los límites máximos de la nómina que le podrían embargar se fijan en función del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). El SMI se considera la cantidad mínima necesaria para poder subsistir.
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el 2017 es de 707,60 euros/mes.
Se establecen así unos tramos máximos embargables en función de su nómina:
- Si el salario o pensión es de hasta 2 veces el SMI (1.415,20) se embargará el 30% de lo que excede de 707,60 euros.
- Si el salario es hasta 3xSMI (2.122,80€) se embargará el 30% de lo que pase de 707,60 y el 50% de lo que supere los 1415,20 euros.
- Si el salario es de hasta 4xSMI (2.830,40€) se añadirá a los anteriores tramos el embargo del 60% de lo que exceda de 2.122,80 euros.
- Si el salario es de hasta 5xSMI, se sumará a lo anteriormente dicho el embargo del 75 % de la cantidad que exceda de 2.830,40 euros.
- Si el salario o pensión supera cinco veces el SMI, se sumará a lo anteriormente dicho el embargo del 90 % de la cantidad que exceda de 3.538,0 euros.
Calculadora para calcular la nómina embargable
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Hola desde hace un año he dejado de pagar unos prestamos personales por problemas económicos. Cuando tiempo suelen tardar en enbargarme la nómina?
Depende de la presteza en demandarte y la rapidez de los juzgados.
Salu2.
Mi marido es autónomo y yo funcionaria de sanidad, el me pide el divorcio y una cantidad compensatoria, porque alega que no tiene ningun ingreso y yo sí. Sí yo demuestro con papeles mis gastos mensuales y que no puedo pasarle ninguna cantidad, el juez ¿que puede decir?, no tenemos hijos pequeños, pero mi hija vive conmigo ( ya estamos tiempo viviendo separados). Gracias
Que tú tengas muchos gastos no significa que él no tenga derecho a una compensación.
Salu2.
tengo un prestamo y una tarjeta a las cuales llevo3 meses sin pagar,vivimos con unos amigos mi mujer,mi hijo de 8años y yo,no tenemos trabajo y estoy cobrando 900e de paro.q me pueden embargar?un saludo
Te podrá embargar hasta dentro de los límites fijados.
Utiliza la calculadora de arriba, el resultado que muestra es lo máximo que te podría embargar.
Salu2.
¿pero el tendrá que demostrar que no tiene trabajo y que no cobra de ningun sitio?
Claro.
Buenos días.
Mi madre debe una cantidad de dinero a la CAM, hoy ha venido una carta del juzgado diciendo que van a proceder a embargarle la nónima. Ella trabaja de limpiadora en una residencia de ancianos y tiene un contrato de 15 horas (de fin de semana)cobra unos 287€ al mes, la pregunta es ¿le pueden embargar algo de esa nómina?No trabaja en ningún sitio más, por lo tanto no tiene ingresos y mi padre y yo estamos en el paro. Gracias, un saludo.
No, no puede embargar esa nómina ya que tiene que restar el mínimo para vivir.
Salu2.
Buenos días
si despues del embargo te queda una deuda de 80.000 euros por ejemplo y te embargan 300 al mes…quizá me muera y todavia quede deuda por pagar no?
Y la podrian continuar teniendo mis hijos??, o si cuando muero no aceptan la herencia se quedarian limpios no?
gracias
Tus hijos tendrá 2 opciones:
1. Renunciar a su herencia, y por lo tanto a la deuda.
2. Aceptar la herencia y por lo tanto también asume la deuda.
Salu2.
llevo divorciada 3 años.pero ahora meha demandado mi exmarido poruqe hay una deuda pendiente por impago de seguros sociales del año 2005 tengo derecho apagar siya se a disuelto el matrimonio
¿? no entiendo… ¿derecho a pagar?
Estoy recien divorciada con dos hijos a mi cargo, mi ex no me da ninguna manuntencion para los niños. Me ha llegado una carta de la seguridad social como que debo 346 del ultimo mes que estuve de autonoma, dicen que me van a embargar la nomina pero yo solo gano 500 euros de media jornada que estoy contratada.cuanto dinero me van a descontar y donde debo ir para que me asesoren.Gracias.
Sí, las deudas de la Seguridad Social y en general de la administración no respetan los mínimos para vivir.
Intenta hablar con ellos para ver cómo te permiten pagar esa deuda.
Salu2.
Hola tengo una deuda con la seguridad social de unos 4000 euros , de cuando era autonomo,ahora comienzo a trabajar con contrato de 10 horas semanales..me pueden embargar? son unos 250 euros al mes de sueldo
Los embargos de la administración si no quieren no respetan los mínimos para vivir.
Otro tema si finalmente te lo embargan o no…
Tengo varias deudas que no puedo hacer frente. Me pueden embargar la nomina más de una vez por ellas? la pension mensual por dos hijos es intocable? si es así hay que restarlo del nomina para calcular la cantidad a embargar? gracias
No te puede embargar lo que tengas que pasar por pensión alimenticia. Eso es prioritario; pero no resta de tu nómina para embargar el resto.
Es decir, te puede embargar dentro de los límites fijados. Si lo que te queda está por debajo de la pensión que tienes que entregar, te tendrán que embargar algo menos.
Salu2.