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30 de marzo de 2010

Lista de morosos y embargo de bienes y nómina

Si dejamos de pagar un crédito o deuda (préstamos personales, de cuotas de la hipoteca, tarjetas de crédito, el préstamo del coche…), además de incluirnos en la lista de morosos, nos reclamarán la deuda a través de los tribunales y seguramente nos embargarán los bienes presentes y futuros.

En estos casos conviene saber lo que pasará con la nómina si se tiene un trabajo y la cuantía del sueldo que será embargado. En este artículo trataremos aclarar estos puntos y crearemos una calculadora para determinar la cuantía de la nómina embargable.

¿Qué puede hacer una entidad acreedora ante un cliente moroso?

Una de las primeras acciones que pueden hacer las entidades acreedoras es inscribir al deudor en las llamadas lista de morosos. Ello conllevaría el inconveniente de no poder solicitar ningún tipo de préstamo bancario o hipoteca, ya que las entidades bancarias se lo denegarán.

Lo siguiente podría ser contratar los servicios de una empresa de cobros o ir ya por vía judicial.

En caso de tener deudas con administraciones públicas (multas de tráfico, impuestos,..), ¿qué procedimiento seguirían para reclamar la deuda?

Si el acreedor fuera una administración pública, enviarían antes de nada un aviso mediante procedimiento de apremio, comunicando de esta forma al deudor el plazo máximo que dispone para saldar la deuda pendiente.

Estas instituciones pueden ejecutar forzosamente sus propios actos y embargar bienes y derechos de los administrados sin tener que acudir a los Tribunales. La Administración puede proceder directamente al embargo, siempre que actúe de acuerdo con los procedimientos establecidos en la ley (artículos 93 a 101 de la Ley 30/1992)

¿Qué bienes serían embargables?

En el caso de que ambas partes no lleguen a un acuerdo en la forma de pago ante el juez, se podría sentenciar el embargo de bienes empezando por el dinero depositado en las cuentas corrientes, los sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades y mercantiles autónomas suyos y de su cónyuge (dependiendo del régimen matrimonial), bienes materiales (coches, vivienda, joyas, etc)

¿Si no dispusiera de dinero en el banco, fondos, propiedades ni avalistas, ¿cómo le podrían reclamar la deuda pendiente?

En el caso de carecer de avalistas y de fondos suficientes para saldar las deudas, podrían sentenciar el embargo de la nómina, salario o pensión, aunque normalmente es una de las últimas medidas judiciales para el cobro de los impagos (salvo en el caso de las deudas o multas administrativas, o el impago de la pensión alimenticia o compensatoria en separaciones o divorcios).

¿Le podrían embargar la totalidad de la nómina?

Por Ley no se puede embargar la totalidad de la nómina excepto para el caso de hacer frente al pago de la pensión alimenticia de los hijos si los hubiera.

¿Qué cantidades máximas de la nómina le podrían embargar?

Los límites máximos de la nómina que le podrían embargar se fijan en función del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). El SMI se considera la cantidad mínima necesaria para poder subsistir.

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el 2017 es de 707,60 euros/mes.

Se establecen así unos tramos máximos embargables en función de su nómina:

  • Si el salario o pensión es de hasta 2 veces el SMI (1.415,20) se embargará el 30% de lo que excede de 707,60 euros.
  • Si el salario es hasta 3xSMI (2.122,80€) se embargará el 30% de lo que pase de 707,60 y el 50% de lo que supere los 1415,20 euros.
  • Si el salario es de hasta 4xSMI (2.830,40€) se añadirá a los anteriores tramos el embargo del 60% de lo que exceda de 2.122,80 euros.
  • Si el salario es de hasta 5xSMI, se sumará a lo anteriormente dicho el embargo del 75 % de la cantidad que exceda de 2.830,40 euros.
  • Si el salario o pensión supera cinco veces el SMI, se sumará a lo anteriormente dicho el embargo del 90 % de la cantidad que exceda de 3.538,0 euros.

Calculadora para calcular la nómina embargable

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1.127 comments to Lista de morosos y embargo de bienes y nómina

  • Eva

    Otra pregunta,
    de hecho ha estado cobrando paro 848 euros el año pasado y ha trabajado 3 meses en verano y no le han embargado
    ¿sabes si revisa alguien los embargos? ¿y cada cuanto tiempo?
    muchas gracias.

  • samir

    hola tengo un credito de 3000 del banco bbva, años 2003 me page algunos meses yleugo como no hay trabajo me quedo sin pagar banco, años pasado me fue al banco bbva me dejeron que tienes pagar 5 meses de mora ,et me page los 5 meses et leugo mes page 3 meses banco hace 8 meses no me page banco autra ves , me pregunta es sino pago banco para toda la vida que tines que hacen

  • vasile

    Hola , Hice los tramites para cambiar el seguro del coche con otra compania y resulta que segun sus datos no se puede porque estoy en una lista de morosos . No he recibido ningun aviso de ninguna compania que me reclame cualquier deuda aunque , si tengo que decirle que estoy puesto como avalista de un prestamo hipotecario que se dejo de pagar hace unos meses . Debido a la situacion actual , ni yo ni el contractante podemos hacer frente a esos pagos mas los intereses de demoras . ¿ Como puedo saber quien me ha puesto en esa lista y que cantidad se me solicita ? ¿ Puedo contratar servicios como el suministro de gas y de electricidad sin hacer domiciliaciones de pagos ?
    Gracias .

  • diego

    hola tengo una deuda hipotecaria y prestamos personales impagados,en noviembre se subasto mi casa,mi pregunta es,estoy esperando una indemnizacion de fogasa y me da miedo que llegue el dinero y me lo quiten porque es lo que tengo para comer,cuanto tardan en embargar las cuentas desde que empiezas a no pagar?de momento no me han embragado ninguna cuenta.otra pregunta es,cuando embargan la cuenta es auto matico?o me daria tiempo a sacarlo el mismo dia que ingresan=?gracias

  • diego

    y otra pregunta es,me tiene que notificar el embargo de cuenta?la deudo no es administraciones publicas,son prestamos personales y hipoteca,gracias

  • vanesa

    Hola, tengo una deuda con la seguridad social que ya me estan embargando unos 54 € al mes de mi nomina lo que pueden embargar, no tengo bienes de nada, ahora me reclaman otra deuda de un prestamo personal, me amenazan con el embargo del 100% de mi nomina ya se que es mentira porque he ido al juzgado a que me lo explicasen, pero lo que no me di cuenta es de lo siguiente.. si ya tengo el embargo de la seguridad social tengo una nomina de 850 euros, hasta que yo no liquide ese embargo a la seguridad social no me pueden ejecutar otro embargo no? si que me entra un embargo de cuenta al mes que si tengo dinero me lo embargan los de la seguridad social pero el banco esto no lo puede hacer no?? Mil gracias y perdon por el rollo

  • joaquin medina

    Cuantos años el el tiempo maximo q te pueden embargar x un mismo credito impagado??

  • Carmen

    Hola por favor tengo una probl con un centro de estudios a distancia hace un tiempo me ofrecieron hacer un curso cuando me informan de sus métodos accepte formalizando el contracto pasando un periodo breve de tiempo me doy cuenta que dichos acuerdos se incumplen por completo solicito que me cambien de curso o la cancelación de dicho curso y no recibo ninguna respuesta y tomo la decisión de no pagar más las cotas y si que desde ahí muenstran un gran prepotencia y aciendo alarde de sus sistemas jurídicos y me llego una carta que pone requerimiento y tengo un plazo de veinte dyas a presentarme en los juzgados
    Por favor si me pueden alludar en que puedo hasser para dar de baja un servicio o tengo que pagar todo el curso solo porque firme un contracto con ellos muchas gracias un saludo

    • Me temo que tendrás que pagar… de todas formas leete las condiciones del contrato que firmaste.

      Si figura eso en dicho contrato, creo que poco vas a poder hacer.

      De todas formas, pide ayuda profesional si el curso es de mucho dinero.

      Salu2

  • felipe lopez

    hola, resulta que tengo un embargo de 19000 euros y desde el 1 de enero del 2011 me embargan 350 euros al mes, bien, en mi empresa han pillado al jefe de personal que se quedaba dichos embargos, osea nos lo descontaba de la nomina, pero no lo ingresaba al juzgado, una vez aaclarado la empresa me a ingresado 6283 euros que no me habian ingresado, pero desde el 1 de enero del 2011 hasta agosto del 2012, no se me ingreso nada y mi pregunta, como el principal no se a empezado a pagar hasta agosto del 2012, cuantos intereses me a creado y si debo reclamarselos a la empresa???
    muchas gracias

  • angel

    mi pregunta es si compro una vivienda i tengo una deuda no ejecutada de 6000 € n mafre yo tengo una discapacidad65% me la podran embergar porfavor alguien km melo aclare

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