Si dejamos de pagar un crédito o deuda (préstamos personales, de cuotas de la hipoteca, tarjetas de crédito, el préstamo del coche…), además de incluirnos en la lista de morosos, nos reclamarán la deuda a través de los tribunales y seguramente nos embargarán los bienes presentes y futuros.
En estos casos conviene saber lo que pasará con la nómina si se tiene un trabajo y la cuantía del sueldo que será embargado. En este artículo trataremos aclarar estos puntos y crearemos una calculadora para determinar la cuantía de la nómina embargable.
¿Qué puede hacer una entidad acreedora ante un cliente moroso?
Una de las primeras acciones que pueden hacer las entidades acreedoras es inscribir al deudor en las llamadas lista de morosos. Ello conllevaría el inconveniente de no poder solicitar ningún tipo de préstamo bancario o hipoteca, ya que las entidades bancarias se lo denegarán.
Lo siguiente podría ser contratar los servicios de una empresa de cobros o ir ya por vía judicial.
En caso de tener deudas con administraciones públicas (multas de tráfico, impuestos,..), ¿qué procedimiento seguirían para reclamar la deuda?
Si el acreedor fuera una administración pública, enviarían antes de nada un aviso mediante procedimiento de apremio, comunicando de esta forma al deudor el plazo máximo que dispone para saldar la deuda pendiente.
Estas instituciones pueden ejecutar forzosamente sus propios actos y embargar bienes y derechos de los administrados sin tener que acudir a los Tribunales. La Administración puede proceder directamente al embargo, siempre que actúe de acuerdo con los procedimientos establecidos en la ley (artículos 93 a 101 de la Ley 30/1992)
¿Qué bienes serían embargables?
En el caso de que ambas partes no lleguen a un acuerdo en la forma de pago ante el juez, se podría sentenciar el embargo de bienes empezando por el dinero depositado en las cuentas corrientes, los sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades y mercantiles autónomas suyos y de su cónyuge (dependiendo del régimen matrimonial), bienes materiales (coches, vivienda, joyas, etc)
¿Si no dispusiera de dinero en el banco, fondos, propiedades ni avalistas, ¿cómo le podrían reclamar la deuda pendiente?
En el caso de carecer de avalistas y de fondos suficientes para saldar las deudas, podrían sentenciar el embargo de la nómina, salario o pensión, aunque normalmente es una de las últimas medidas judiciales para el cobro de los impagos (salvo en el caso de las deudas o multas administrativas, o el impago de la pensión alimenticia o compensatoria en separaciones o divorcios).
¿Le podrían embargar la totalidad de la nómina?
Por Ley no se puede embargar la totalidad de la nómina excepto para el caso de hacer frente al pago de la pensión alimenticia de los hijos si los hubiera.
¿Qué cantidades máximas de la nómina le podrían embargar?
Los límites máximos de la nómina que le podrían embargar se fijan en función del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). El SMI se considera la cantidad mínima necesaria para poder subsistir.
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el 2017 es de 707,60 euros/mes.
Se establecen así unos tramos máximos embargables en función de su nómina:
- Si el salario o pensión es de hasta 2 veces el SMI (1.415,20) se embargará el 30% de lo que excede de 707,60 euros.
- Si el salario es hasta 3xSMI (2.122,80€) se embargará el 30% de lo que pase de 707,60 y el 50% de lo que supere los 1415,20 euros.
- Si el salario es de hasta 4xSMI (2.830,40€) se añadirá a los anteriores tramos el embargo del 60% de lo que exceda de 2.122,80 euros.
- Si el salario es de hasta 5xSMI, se sumará a lo anteriormente dicho el embargo del 75 % de la cantidad que exceda de 2.830,40 euros.
- Si el salario o pensión supera cinco veces el SMI, se sumará a lo anteriormente dicho el embargo del 90 % de la cantidad que exceda de 3.538,0 euros.
Calculadora para calcular la nómina embargable
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EN FEBRERO DE 2012 EL BANCO SUBASTO MI PISO, LA AGENCIA TRIBUTARIA ME HA EMBARGADO EL TOTAL DE MI DINERO, POR NO PAGAR BASURA Y LA CONTRIBUCION DEL PISO QUE YA NO ES MIO, ¿PUEDES QUITARME EL DINERO QUE RECIBO POR AYUDA, YA QUE EL PARO SE ME AGOTO EN ENERO 2013?
GRACIAS
Esos gastos no son tuyos desde el momento que dejó de ser tuya la vivienda.
Las deudas anteriores sí que tienes que hacer cargo.
En cuanto al embargo, sí que te pueden quitar el dinero de tus cuentas si no pagas.
Salu2.
A mi padre,que tiene 71 años,iberdrola le reclama una deuda de unos 600 euros,el no se niega a pagar,pero como cobra 618 euros de jubilacion solo podria pagar 100 euros al mes y los de iberdrola le estan diciendo que no que lo tiene que pagar en tres veces o le embargan la nomina y le paralizan la cuenta bancaria,eso pueden hacerlo?.Gracias.
Tranquilo, no todas las nóminas son embargables, de hecho por su baja pensión, no es embargable nada.
Eso sí, si que pueden embargar los bienes que ya tenga en este momento, es decir, el dinero que haya en las cuentas bancarias.
De todas formas, para embargarle tendría que acudir a juicio (y posiblemente os toque pagar las costas del juicio).
Yo en vuestro caso, intentaría pagarlo como os indican si existe posibilidades.
Salu2.
Hola,hace mucho tiempo que debo multas a la administracion,pero nunca me las han podido cobrar porque soi insolvente,no tengo nada de nada,pero ahora me estoi planteando el montar una empresa.Seria posible,o que problemas tendria a la hora de hacer los papeleos.Gracias
Es probable que te embarguen tus ingresos.
Salu2.
Si no pago hacienda me pueden cerrar el pequeño negocio que tengo ?. Lo que facturo ahora no me da para poder pagar el modulo a hacienda cada tres meses, no declaro IVA. Que cantidad es el tope que puedo deberle a Hacienda sin que me cierren mi tienda?.
Gracias por la respuesta.
saludos
Te pueden embargar los ingresos… cerrar el negocio, no lo creo.
Salu2.
le debo varias facturas a un proveedor por importe 2.340 €. Me ha demandado y tengo juicio monitorio en 20 días. No voy a poder atender ese pago. Me pueden embargar la maquinaria y muebles de mi tienda ya que no dispongo de propiedades ni soy titular de cuenta en el banco?. Ahora solo facturo para poder pagar el alquiler, luz, agua y poder comer.
Gracias y saludos.
Puedes declararte en concurso de acreedores, de esta forma puedes parar los embargos.
Salu2.
Tengo una deuda de un prestamo de 3000 euros y me an dicho que si no pago mañana me embargan,me vuelto loca intentando consegir el dinero pero en los tiempos que corren….Que es lo que me pueden embargar?
Eso no es así de fácil salvo que sea una deuda con la Agencia Tributaria.
Si es con una empresa o banco, primero tiene que ir a juicio.
Salu2.
Si me declaro en concurso de acreedores tendría que dejar mi tienda y entonces ya no tendría ingresos para comer y pagar el alquiler d emi vivienda, además supongo que costará dinero preparar todo este papeleo y presentarlo y facturo lo necesario para poder sobrevivir de momento.
Ya me quitaron mi piso me embargaron todas las cuentas y se lo llevaron todo pero no llegó para cancelar toda la hipoteca, estaré con la deuda restante toda mi vida. Tengo 54 años y como están los trabajos no creo que nadie me contrate. Por eso mi preocupación de queme cierren la tienda. Cuando mejore la cosa que espero mejore algun día pagaré a la S.S. Hacienda y a un proveedor que le debo 2340 €. Pero este no quiere esperar y me ha demandado y amenazando con que se van a llevar todos los muebles y maquinaria de mi tienda. Por eso me gustaria saber si un juez puede dar orden de embargo de los muebles y maquinaria de la tienda.Son embargables?.
Muchas gracias por tus respuestas y agardecerte enormemmente tu labor.Nos informas de cosas que son bastante desconocidas para la inmensa mayoria, y otros se aprovechan de ese desconocimiento y nos meten miedo.
Saludos.
NO, no tienes que dejar tu tienda… lo que hace es que ver cómo podría seguir tu negocio haciendo alguna quita de tus deudas.
TE recomiendo que pidas ayuda profesional.
Salu2.
hola,mi padre ya es mayor y me ha dejado una herencia para cuando el falte,
Ha hecho testamento y lo ha depositado en el juzgado.
Es dinero en un banco.
Yo tengo la nomina embargada y un credito reclamado.
Me puede afectar en un futuro al recojer la herencia q no me la den y me embarguen la herencia?.
O depende del q el juzgado sepa q voy a heredar?
gracias
Efectivamente, te puede embargar ese bien.
Lógicamente, se tienen que enterar para poderte embargar.
Salu2.
Hola,
Me han cargado en mi cuenta 240 euros por un embargo de editran.
Cómo puedo informarme más sobre este embargo?
En principio, pensaba que eran por unas multas pero esas multas han sido ya saldadas.
Cómo hacer para proteger la cuenta contra esos embargos injustificados? Muchas gracias.
Saludos,
Olivier.
Vete al banco, allí te informarán.
Salu2.
Buenas…tengo un juicio por un taller al que mi aseguradora no le pago la reparacion una vez aceptada la reparacion…asciende a casi 800 y la aseguradora se niega…y el taller actua contra mi pidiendome la cantidad…
Solicitan embargo….yo cobro drl paro 600 con un hijo…sin pareja….de alquiler y coche propio…lo unico que me pueden embargar a malas es el coche …??de la pension leo que no…pero nose porque actuan obtra mi si el que no.paga el el seguro. ZURICH
La aseguradora aceptó inicialmente repararte el coche?
Salu2.