Si dejamos de pagar un crédito o deuda (préstamos personales, de cuotas de la hipoteca, tarjetas de crédito, el préstamo del coche…), además de incluirnos en la lista de morosos, nos reclamarán la deuda a través de los tribunales y seguramente nos embargarán los bienes presentes y futuros.
En estos casos conviene saber lo que pasará con la nómina si se tiene un trabajo y la cuantía del sueldo que será embargado. En este artículo trataremos aclarar estos puntos y crearemos una calculadora para determinar la cuantía de la nómina embargable.
¿Qué puede hacer una entidad acreedora ante un cliente moroso?
Una de las primeras acciones que pueden hacer las entidades acreedoras es inscribir al deudor en las llamadas lista de morosos. Ello conllevaría el inconveniente de no poder solicitar ningún tipo de préstamo bancario o hipoteca, ya que las entidades bancarias se lo denegarán.
Lo siguiente podría ser contratar los servicios de una empresa de cobros o ir ya por vía judicial.
En caso de tener deudas con administraciones públicas (multas de tráfico, impuestos,..), ¿qué procedimiento seguirían para reclamar la deuda?
Si el acreedor fuera una administración pública, enviarían antes de nada un aviso mediante procedimiento de apremio, comunicando de esta forma al deudor el plazo máximo que dispone para saldar la deuda pendiente.
Estas instituciones pueden ejecutar forzosamente sus propios actos y embargar bienes y derechos de los administrados sin tener que acudir a los Tribunales. La Administración puede proceder directamente al embargo, siempre que actúe de acuerdo con los procedimientos establecidos en la ley (artículos 93 a 101 de la Ley 30/1992)
¿Qué bienes serían embargables?
En el caso de que ambas partes no lleguen a un acuerdo en la forma de pago ante el juez, se podría sentenciar el embargo de bienes empezando por el dinero depositado en las cuentas corrientes, los sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades y mercantiles autónomas suyos y de su cónyuge (dependiendo del régimen matrimonial), bienes materiales (coches, vivienda, joyas, etc)
¿Si no dispusiera de dinero en el banco, fondos, propiedades ni avalistas, ¿cómo le podrían reclamar la deuda pendiente?
En el caso de carecer de avalistas y de fondos suficientes para saldar las deudas, podrían sentenciar el embargo de la nómina, salario o pensión, aunque normalmente es una de las últimas medidas judiciales para el cobro de los impagos (salvo en el caso de las deudas o multas administrativas, o el impago de la pensión alimenticia o compensatoria en separaciones o divorcios).
¿Le podrían embargar la totalidad de la nómina?
Por Ley no se puede embargar la totalidad de la nómina excepto para el caso de hacer frente al pago de la pensión alimenticia de los hijos si los hubiera.
¿Qué cantidades máximas de la nómina le podrían embargar?
Los límites máximos de la nómina que le podrían embargar se fijan en función del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). El SMI se considera la cantidad mínima necesaria para poder subsistir.
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el 2017 es de 707,60 euros/mes.
Se establecen así unos tramos máximos embargables en función de su nómina:
- Si el salario o pensión es de hasta 2 veces el SMI (1.415,20) se embargará el 30% de lo que excede de 707,60 euros.
- Si el salario es hasta 3xSMI (2.122,80€) se embargará el 30% de lo que pase de 707,60 y el 50% de lo que supere los 1415,20 euros.
- Si el salario es de hasta 4xSMI (2.830,40€) se añadirá a los anteriores tramos el embargo del 60% de lo que exceda de 2.122,80 euros.
- Si el salario es de hasta 5xSMI, se sumará a lo anteriormente dicho el embargo del 75 % de la cantidad que exceda de 2.830,40 euros.
- Si el salario o pensión supera cinco veces el SMI, se sumará a lo anteriormente dicho el embargo del 90 % de la cantidad que exceda de 3.538,0 euros.
Calculadora para calcular la nómina embargable
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El gobierno prepara una ley que establecerá que ni las Administraciones ni las empresas privadas podrán ejercer el derecho de embargo si los ingresos del trabajador autónomo son inferiores al salario mínimo interprofesional.
Salu2.
Si mediante un sms a mi movil…
Hoy he idp a pedir un abogadp de oficio y me dicem que como la cantidad no supera 2500 euros que le pague a uno…y que haga un escrito y demande a la compañia contraria y a la persona que me dio el golpe
Suerte!!
Hola buenos días una pregunta tengo un coche del año 2007 y con reserva de dominio ya hace 8 meses que ya no pagó ni una letra. Y la financieta se a puedto en contacto conmigo y me dicen que no quieren en el coche por tener más de 6 años y muchos kilometros y el motor cambiando realmente eate coche lo uso para trabjar ya que soy mensajero.¿ Que me pueden embargar? la nómina , porque yo no tengo bienes , aparte mi nomina es de salio base 728 euros. Con lo que mantengo a mi familia. Ahora mi duda es me embargaran mi coche ya q es mi herramienta de trabajo.
Te puede embargar la nómina, pero al ganar tan poco es complicado que te vaya embargar nada.
En caso es que te pueden quitar el coche.
Salu2.
Mi pregunta es si tengo varios préstamos impagados me embargarian por todos o irían uno a uno?
Te embargarán uno por uno y según se vaya resolviendo los juicios de embargo.
Salu2.
Gracias de antemano desde ke dejas de pagar y hasta ke te embargan ke tiempo mas o menos suele pasar es la primera vez y estoy algo preocupado
Eso puede variar mucho:
– Depende de lo rápido que te reclamen la deuda por vía judicial.
– Depende de lo rápido que vaya el proceso judicial.
Salu2.
hola,mi pregunta es una vez que te llega la demanda judicial y en el juicio te declaras insolvente,el juzgado archiva el caso,pero si te llaman pasados dos años o mas por el mismo caso.esos dos años también te han ido incrementando los intereses??? Gracias
No te sé decir seguro, pero creo tener entendido que una vez que hay un juicio, los intereses deja de crecer (pero claro, en tu caso, no haces el pago de la deuda después del proceso judiciar…)
Salu2.
HOLA
TUVE PROBLEMAS DE LUDOPATIA, GRACIAS A DIOS HACE 4 AÑOS BAJO TRATAMIENTO NO JUGUE MAS, PERO ME QUEDARON MUCHAS SECUELAS (DEUDAS) SOLO TENGO UNA NOMINA DE 1000 EUROS YA ME LA EMBARGO UN BANCO ME DESCUENTAN 105 EUROS MAS O MENOS, AHORA ME LLEGA OTRA ORDEN DE EMBARGO DE OTRO BANCO ¿PUEDEN VOLVER A EMBARGARME? TENGO COMO 6 CREIDTOS ALGUNOS FUI PAGANDO PERO OTROS LAMENTABLEMENTE ES IMPOSIBLE, SI ME EMBRAGAN TODOS ME QUEDO SIN NADA.
SIN MAS ESPERANDO UNA RESPUESTA LOS SALUDA MUY ATTE EDUARDO MUCHAS GRACIAS
Se pondrá en la cola, y creo que sí que te pueden seguir embargando.
Salu2.
A mi marido le han embargado las cuentas por ser aval de un piso de alquiler de un familiar que no pago unas cuantas mensualidades. El caso es que le han quitado todo el dinero q hay en la cuenta, y supongo q cuando cobre la nómina se lo quitaran todo. No le han embargado la nómina , sólo las cuentas, cosa q es peor por que te lo quitan todo. Nosotros vamos a alegar que el dinero q se va a ingresar a la cuenta a fin de mes es la nómina para que no se lo puedan quitar todo, solo el porcentaje que corresponde ser embargado. La pregunta que le quiero hacer es si el puede alegar que paga un alquiler y que además de ese alquiler paga un préstamo de 800 e mensuales, ósea q tiene unos gastos fijos, y así q le embarguen menos dinero? No se sí me he explicado bien. Hay alguna forma de que te quiten menos porcentaje del que es habitual? Gracias
No, no tienen en cuenta los gastos, sólo si tiene responsabilidades familiares.
Salu2.
hola,me gustaría saber si habéis escuchado hablar de frontera capital,dicen que han comprado las deudas de la caixa,me han llamado por una deuda que tengo con caixa del 2009,que dicen que ahora se la tengo que pagar a ellos ya que han comprado las deudas de este banco.Son algo estúpidos y te amenazan por tlf que si no pagas te llevan a juicio,he encontrado por Internet algo sobre esta empresa,sabéis algo?? quienes son?? si es real que han comprado las deudas de caixa??existe la misma obligación de pagar ya que se supone que han comprado las deudas a caixa??? Gracias
La empresa CAPITAL FRONTERA S.A.R.L.,con sede en Luxemburgo que parece que compró la deuda a CAXIABANK (La Caixa), suele contratar a empresas de recobro como GESCOBRO S.L., MULTIGESTION IBERIA S.A.U…
Emplean el acoso, coacciones y las amenazas, para obtener un beneficio mediante el cobro de una comisión por su gestión.
Actuan al margen de la Ley, vulnerandola cometiendo presunto delito de extorsión tipificado en la Ley 15/1999 de 13 de diciembre (Ley de Protección de Datos de Carácter Personal).
Te aconsejamos que no les cojas el telf si no quieres ni accedas a sus pretensiones, y que te lo reclamen por vía judicial o mediante aviso de emprender acciones legales por burofax.
Mientras tanto, antes de abonarles nada en todo caso, habla con La Caixa para aclarar todo este asunto.
Salu2!
hola,leo el comentario de arriba y me identifico,quien cojones son estos que llaman con amenazas,yo tengo un prestamo con la caixa que deje de pagar hace 5 años y hace unas semnas me llman estos diciendo que ahora se lo tengo que pagar a ellos,ya que compraron las deudas de la caixa,me hacen incluso una rebaja de 700€ si pago todo si no puedo ir pagando en cuotas,algo extraño ya que de esto hace muchos años…que si no pago me llevan a juicio..sabes quien son estos??? de donde vienen???y que cojones pueden haceme???pueden venir a mi casa a buscarme???esto ultimo es lo que mas me preocupa..Gracias
Puedes ver la respuesta en el comentario anterior, ya que es similar a tu caso.
En el caso de que te sigan acosando, podrías denunciarles, ya que las prácticas de acoso, extorsión o amenazas que utilizan rozan la legalidad y la vulneran en muchos casos.
Salu2