Compara tu inversión
¿Cuánto? 
¿Tiempo? 
Comparar
17 de mayo de 2010

Gruas, inmovilización o retirada del coche al depósito municipal de vehículos

Los agentes de Tráfico, en determinadas circunstancias, pueden retirarnos o inmovilizarnos el vehículo, trasladándolo al depósito municipal donde habrá que abonar gastos por cada día que allí permanezca.

Los agentes de Tráfico pueden ordenar la inmovilización de un vehículo cuando:

  • Su circulación pueda crear un riesgo grave para la circulación, las personas o los bienes. Por ejemplo, conducir una motocicleta sin el casco..
  • Si el vehículo no dispone del seguro obligatorio en vigor.
  • Si el conductor se niega a que se le practiquen las pruebas de alcoholemia.

Por otro lado, pueden ordenar la retirada de un vehículo y su depósito en el lugar que se destine al efecto, en los siguientes casos:

  • Siempre que constituya un peligro o cause graves perturbaciones en la circulación de peatones, vehículos o de los servicios públicos; si deteriora el patrimonio público o si puede presumirse que ha sido abandonado.
    Se considerará abandonado si se deja estacionado por un tiempo superior a un mes y presente desperfectos que hagan imposible desplazarlo o le falten las pacas de matrícula.
  • En caso de accidente que impida que el vehículo pueda continuar la marcha.
  • Cuando haya sido inmovilizado porque presenta deficiencias.
  • Si una vez inmovilizado el vehículo, el infractor se negara a pagar o a garantizar el importe de la multa.
  • Si el vehículo está aparcado en un lugar habilitado por la autoridad municipal como de estacionamiento con limitación horaria, sin colocar el distintivo que lo autoriza (la tarjeta de la ORA) o cuando
  • Permanezca aparcado más del doble del tiempo abonado según se establezca en la ordenanza municipal.
  • Si un vehículo permanece aparcado en los carriles o vías reservadas exclusivamente para la circulación o para el servicio de determinados usuarios (como carril bus o taxi).
  • Cuando deba ser inmovilizado y no haya un lugar adecuado para ello sin obstaculizar la circulación de vehículos o personas.

¿Quién debe abonar los gastos de la retirada del coche del depósito municipal?

Será el titular del vehículo el que tenga que pagar los gastos que conlleve la retirada del coche del depósito en el que se encuentre o garantizar su pago como requisito previo a la devolución del vehículo.

Esto no impediría al titular poder reclamar estos gastos al responsable del accidente, del abandono del coche o de la infracción que ha dado lugar a la retirada del vehículo.

No habría que pagar gastos en el caso de que se hubiera trasladado el coche al depósito tras un robo o haya sido utilizado en contra de la voluntad del titular.

¿Qué procedimiento siguen los agentes para denunciar un vehículo por abandono?

  1. Localización del vehículo en la vía pública.
  2. Acta de observación de vehículo abandonado. Se archiva en la carpeta “sin notificar”.
  3. Al mes, comunicación al titular al domicilio que nos da Tráfico. Normalmente buscan en el padrón de habitantes al titular, porque es frecuente que si se ha cambiado de domicilio no lo comuniquen en tráfico. Pasa a la carpeta notificados.
  4. Haya recibido o no la carta el titular, tras 15 días desde el acuse de recibo o desde que llega la carta de correos devuelta, se retira el vehículo al depósito. Motivos de retirada:

a) siempre que constituya peligro, cause graves perturbaciones a la circulación de vehículos o peatones o al funcionamiento de algún servicio público o deteriore el
patrimonio público. Nos acogemos a éste artículo cuando esté estacionado en la vía pública por largos periodos de tiempo (funcionamiento de servicio
publico de limpieza, por ejemplo). Se necesita decreto del Alcalde, por lo general. Se le comunica.

b) Cuando pueda presumirse racionalmente su abandono, en el siguinete caso:   cuando permanezca estacionado por un período superior a un mes en el mismolugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por suspropios medios o le falten las placas de matriculación. En este caso tendrá el tratamiento de residuo sólido urbano de acuerdo con la normativa ambiental correspondiente.

c) En caso de accidente que impida continuar la marcha.

d) Cuando haya sido inmovilizado por deficiencias del mismo.

e) Cuando, inmovilizado un vehículo, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 67.1, párrafo tercero de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial, el infractor persistiere en su negativa a depositar o a garantizar el pago del importe de la multa.

f) Cuando procediendo legalmente la inmovilización del vehículo no hubiere lugar adecuado para practicar la misma sin obstaculizar la circulación de vehículos y personas.

g) Cuando, inmovilizado un vehículo en la vía pública por orden de los Agentes de la Policía Local, transcurran 48 horas sin que el conductor o propietario hayan
corregido las deficiencias que motivaron la medida.

h) Si está de baja o carece de seguro.

5.  Una vez en el depósito y comunicado el interesado o intentado notificar sólo una vez, y pasados 2 meses, se le vuelve a comunicar, ésta vez por 2 veces si no recibe la primera y, si aún así no la recibiera, se manda a publicar al tablón de anuncios del  Ayuntamiento  (del ayto del interesado, domicilio que aparece en tráfico), y en ambos Boletines Oficiales de Provincia (el de la provincia de la infracción y el de la provincia que le corresponda).

6.  A los 15 días de la publicación se llama a un desguace autorizado (CAT) y con el certificado de destrucción que te dan se llevan el vehículo.

7.  Una vez reunidos un grupo de vehículos ne la misma situación, se hace solicitud que firma el Alcalde para tramitar la baja de oficio en tráfico.

8.  Si Tráfico dice que un vehículo no se puede dar de baja, se intenta localizar el juzgado que lo tiene embargado y se le pide que quite el embargo para la baja, pero no se suele dar el caso, pues esto lo hace la Jefatura Provincial de Tráfico.

Artículos relacionados:

305 comments to Gruas, inmovilización o retirada del coche al depósito municipal de vehículos

  • diego orlando moreno latorre

    La pregunta que tengo es que se me llebaron la moto estando yo en el sitio el polisia no me quiso bajat la moto estando hasta hora subiendola al planchon y se nego a vajarla y sin desirme la causa X que la inmovilisa

    • Te tendría que haber facilitado el boletín de la denuncia indicando la infracción.

      Habría que ver también si corresponde que tuvieran que llevarse la moto o con la multa hubiera sido suficiente..

      Salu2

  • edgar delgado

    Sr llevaron mi motocicleta cuando estaba dentro de un parqueadero. El oficiaal de transito me dijo que yo me habia volado de un reten y que yo habia transitado por una zona peatonal. Me realizo comparendo y mi moto fue llevada a los patios. Que puedo hacer, no fue justo

    • La información que facilitamos es sólo para el caso de España.
      No sabemos si escribes desde este país.

      Se presupone la veracidad de los agentes, por lo que si te han sancionado por transitar por zona peatonal, en principio la infracción sería correcta..

      Salu2 y ánimo.

  • Luis Díaz Aguilera

    Tuve un tiempo aparcado mi vehículo sobre pasando más de un mes en la vía publica, sin estorbo para la circulación, me notificaron mediante una pegatina en el cristal, el vehículo no tenia pasada la I.T.V. me lo comunicaron y retiramos el vehículo mediante una grúa, la sorpresa es que llevamos pagado más de 1.300 de sanción, y ahora nos reclaman después de 7 años 150 de retirada de residuos, es esto normal en Sevilla, o es una ESTAFA de alguien relacionado con el ayuntamiento de esa capital

    • Dispondrían de 4 años para reclamaros el pago de esa cantidad.

      Pasado ese tiempo habría prescrito, salvo que en esos 4 años os lo hayan reclamado y no lo hayáis pagado..

      Podéis solicitar informe sobre en qué fechas anteriores os han notificado para reclamaros eso, y si no lo hubieran hecho, alegar que ha prescrito esa deuda..

      Salu2

  • jorge

    Mi pregunta es la siguiente;

    Me retiro la grua el coche por circular sin el seguro obligatorio, bien, de esto hace mas de dos meses. Hoy que por fin he podido sacar el seguro, me piden 525€ para poder retirarlo ¿esto es legal? yo no tengo ese dinero ¿como puedo sacar el vehículo sin pagar esa cantidad?.

    gracias

    • El problema es que cuánto más tiempo esté el vehículo en el depósito, más cuantía te pedirán..

      Lo mejor es que lo saques cuanto antes como sea… Pidiendo prestado ese dinero..

      Consulta de todas formas si hay alguna forma de pagarlo de forma fraccionada, pero me temo que no..

      Salu2

  • Raul

    Hola queria consultaros mi caso.mi coche fue retirado a las puertas del taller
    Que me lo guardaba mientras estoy fuera.he vuelto y resulta que hace
    Varios meses se lo llevo la grua ya que lo tubo que sacarlo del taller para
    Meter otros coches en el taller.y se encuentra en el deposito municipal.he hablado
    Con deposito,policia local y demas para abonar la multa.pero
    Despues de estar divagando con ellos,por que no sabian si tenian que cobrarme la «estancia» y
    Al final han decidido que si.a dia de hoy son mas de 3000euros.pero yo no lo veo justo.
    He leido por hay que puedo denunciar al deposito.y tendrian que devolverme
    El vehiculo.es posible.quiero recuperar mi coche.pero a mi nadie me a notificado nada,yo no resido en dicho sitio.y volvi a por el coche y me encontrado con esto.si alguien puede ayudarme gracias

    • Hola.

      En principio al ser titular del vehículo eres responsable de lo que con él suceda.

      El taller podría haberte avisado de que se lo llevó la grúa, aunque no estaría obligado a ello.

      Tendrías que haberte preocupado en este tiempo de en qué estado estaba tu coche aunque no residas allí. No vemos mucho remedio…

      Salu2

  • samuel

    Hola a mi se me llevaron el vehículo por un acidente con lesiones. El juez pide la retirada del mismo, cuando voy a recojerlo me dicen que tengo que pagar la grúa y los días de estancia, yo les comente que yo no pedí la grúa , por que no se precinto con un cepo para recaudar? No lo veo justo. Esto es zaragoza de de ser por esto.

  • bernardo

    tuve un accidente con mi coche, el coche no tiene muchos daños pq fue a poca velocidad. mi idea es no arreglarlo hasta que me devuelvan mi carnet, ya que me lo retiraron por conducir alcocholizado. donde deberia dejar el coche para que no me lo declaren como abandonado. en fin quien sepa que me ayude que hacer y me explique las posibilidades que tengo.

    • Tendrás que guardarlo en algún garaje privado. Si lo dejas en la calle sin seguro, por ejemplo, te podrán multar con 800€ de sanción.

      Si lo dejas en la calle sin ITV la multa será de 200€..

      Si te lo retira la grúa por abandono, tendrás que abonar los gastos de grúa y de estancia en el depósito..

      Salu2

  • cesar

    Hola quería prenguntarles como hago a saber donde se llevaron mi coche , fue retirado por la grúa en molinos de segura provincia de Murcia , y no se a que numero dirigirme .. Les ruego me podrían decir a que numero llamar for please

  • Aracely

    No pregunta Es. Me robaron no carro. Y me avisaron k ya lo Ayaron. Pero k ya esta en el corralon y me cobrar x sacarlo. Y pienso k no Es justo.k pague

  • Marta

    Hola me gustaria saber que ocurre en el siguiente caso, si mi motocicleta es interceptada conducida por una persona con el carnet retirado, esta claro que a la persona conductora le pondran la multa o infraccion correspondiente, pero que ocurre con el propietario del vehiculo, tambien recibe alguna multa?

    • Hola

      No. El propietario en ese caso no le corresponde ninguna sanción.

      En ese caso sólo multarán al conductor (que estaría cometiendo delito y tendría que ir a juicio rápido)

      Salu2

Deje un Comentario

Más consultas y respuestas sobre este tema en el FORO...

 

 

Puedes utilizar estas etiquetas HTML

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>