¿Qué requisito hay que cumplir para obtener el subsidio liberado de prisión?
- Estar desempleado.
- Inscribirse como demandante de empleo y suscribir el Compromiso de Actividad.
- No haber rechazado oferta de colocación adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales desde la inscripción como demandante de empleo.
- Carecer de rentas de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
- No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.
- Que la privación de libertad haya durado seis o más meses.
Pueden ser también beneficiarios de este subsidio:
- Los menores liberados de un centro de internamiento en el que hubieran sido ingresados como consecuencia de la comisión de hechos tipificados como delito, siempre que, además de haber permanecido privados de libertad por seis o más meses, en el momento de su liberación sean mayores de 16 años.
- Las personas que hubieran concluido un tratamiento de deshabituación de su drogodependencia, siempre que el mismo hubiera durado un período igual o superior a seis meses y hayan visto remitida su pena privativa de libertad.¿Duración
¿Cuánto dura el subsido liberado de prisión?
Seis meses, prorrogables por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses.
¿Cuánto se cobra por el subsidio?
La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples IPREM que en 2017 es de 426 euros al mes.
¿Qué plazo tengo para hacer la solicitud?
El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles, que empieza a contar desde el día siguiente al cumplimiento del mes de espera. El mes de espera comienza en el momento de inscribirse como demandante de empleo tras la liberación de prisión.
¿Qué documentación hay que aportar?
- Modelo oficial de solicitud.
- El impreso de solicitud incorpora: la declaración de rentas del solicitante, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad, y la autorización de petición de información de la AEAT (Agencia Tributaria).
- Documentos de identificación del solicitante (solamente será necesario su exhibición para verificar dichos datos).
- Justificante del período transcurrido en prisión y de la fecha de su excarcelación.
- Solamente, si la entidad gestora lo solicita, un justificante de rentas.
Artículos relacionados:
termino ahora de cobrar los 18 meses por excarcelacion,puedo pedir al dia siguiente la renta rai para mayores de 45 años?
No sé es si te exigirá 1 mes de espera.
De todas formas, vete a SEPE y consúltalo, y en el caso de permitírtelo, pídelo.
Si he estado en prisión y cis 5 meses y después he tenido la pulsera dos meses más, ¿puedo cobrar el subsidio?
Requiere un mínimo de 6 meses de estancia en prisión para cobrar esta ayuda.
Hola muy buenas queria hacerles un pregunta porfavor.Estoy cobrando un subsidio por cotitacion de trabajo ke realize pero,tambien tengo el paro de excarcelacion ke no lo he cobrado todavia una vez ke termine de cobrar este puedo luego cobrar el paro ke me pertenece de excarcelacion?sin perderle siendo una legitima por desgarcia me pertenece por aver estado tambien en prision.gracias
Acude a SEPE y ellos te indicarán cómo te puedes beneficiar al máximo de las ayudas.
Salu2.
Juan Diego si te pertenecr si as estao más de 6 meses te pertenece pero al salir de la carcel tiene 15 días pa echarlo.. I una pregunta k tengo estoi cobrando x aver estado en el reformatorio i oi konsumio los primero 6 mesee k tngo k ase pa renovarlo??
Efectivamente, esa es el subsidio para excarcelados de más de 6 meses.
Para renovarlo has de acudir a SEPE en el plazo indicado.
Salu2.
Hola.acabo de salir de la carcel y me enterado que se puedr pedir un 60% o el 75% del paro al principio si vas a montar un negocio o algo asin.se puedr pedir ese dinero anticipado?
Sí, si tienes derecho a una prestación de desempleo.
Puedes capitalizar todo ese dinero de golpe:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/06/09/capitalizacion-o-pago-unico-de-la-prestacion-por-desempleo/
Salu2.
Pues esty cobrando x aber estado trabajando en el centro penitenciario pero me a kedao un paro 290 y mirevunta es tengo la pilsera cuando entre en condixional el enero tengo derexo ala escarselacio
Si has estado más de 6 meses encarcelado, tendrás derecho al subsidio de liberados de prisión.
Salu2.
Hola,buenos dias e estado en prision 180,6 meses justos dias mi pregunta es si tengo derecho al SUBSIDIO POR EXCARCELACION.MUCHAS GRACIAS
En SEPE indica que ha de ser superior a 6 meses.
Vete a sEPE y consulta si en el caso de 6 meses es suficiente.
Yo creo que sí… pero al decir que superior…
termino de cobrar el paro excarcelario puedo luego pedir alguna ayuda tengo 49 años
Sí, puedes pedir la RAI:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Salu2.
acabo de salir de prision, despues de 6 años y soy extrangero. estuve mas de 3 años trabajando en prision y actualmente mi NIE esta vencido. puedo solicitar el subsidio con mi pasaporte en vigor?
Vete a SEPE y pide información.
Tu caso es excepcional, si no tienes NIE en vigor, no estás en situación de trabajar en España, deberías de poner al día primero los papeles y después solicitar las ayudas.
Salu2.
Buenas queria saber si el subsidio por excarcelacion se puede embargar por el impago de la pension alimenticia de los hijos. gracias
Sí, se puede embargar además el 100% de dicho subsidio para el pago de dicha pensión.