El Contrato de fomento de empleo tiene como objetivo incentivar la contratación indefinida de determinados colectivos de trabajadores en situación de desempleo, y supone según datos recientes del Ministerio de Trabajo, el 10% de los puestos de trabajo indefinidos.
¿Qué requisitos hay que cumplir?
- Mujeres en general
- Mujeres que sean contratadas en los veinticuatro meses siguientes a la fecha del parto o de la adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente.
- Mujeres que se reincorporen al empleo después de cinco años de inactividad laboral, si, anteriormente a su retirada del mercado de trabajo, hubiesen estado en situación de alta al menos tres años.
- Mayores de 45 años.
- Jóvenes de 16 a 30 años, ambos inclusive.
- Trabajadores inscritos como desempleados ininterrumpidamente en la Oficina de Empleo durante al menos seis meses.
- Trabajadores con discapacidad.
- Trabajadores que tengan acreditada la condición de víctima de violencia de género o doméstica, sin que sea necesaria la condición de desempleado.
- Trabajadores desempleados en situación de exclusión social acreditada por los órganos competentes.
- Trabajadores desempleados con responsabilidades familiares.
¿Cuál es la duración del contrato?
Por tiempo indefinido. Asimismo de duración determinada en la contratación de desempleados con discapacidad, víctimas de violencia de género o doméstica y personas desempleadas en situación de exclusión social.
La jornada laboral puede ser a tiempo completo o a tiempo parcial.
¿Qué beneficios tiene la empresa?
Las empresas tiene bonificaciones en sus cuotas empresariales a la seguridad social que varía entre los 500€ (mujeres en general), hasta los 6.300€ en el caso de contratación de una persona mayor de 45 años y con discapacidad.
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