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28 de febrero de 2011

¿Separación de bienes o gananciales?

Antes de la formalización de un matrimonio, y decidir entre la separación de bienes o bienes gananciales, conviene conocer las diferencias y derechos de uno y otro régimen económico. Cómo se repartirían los bienes en caso de disolución, qué ocurre con las herencias, qué bienes se considerarían propiedad de cada uno y que pasaría en caso de tener deudas.

¿Qué diferencias existe?

En régimen gananciales, los bienes que adquiera y deudas que contraigan durante el matrimonio son de ambos cónyuges y al 50% mientras que en separación de bienes, cada uno es dueño de sus cosas:

  • Los obtenidos por el trabajo o la empresa de cualquiera de los cónyuges.
  • Los frutos o intereses que produzcan tanto los bienes privativos como los gananciales.
  • Los comprados o adquiridos a título oneroso a costa del caudal común, independientemente de que se hayan adquirido para uno de los esposos o para la sociedad de gananciales.
  • Los adquiridos por derecho de retracto de carácter ganancial, aun cuando lo fueran con fondos privativos, en cuyo caso la sociedad será deudora del cónyuge por el valor satisfecho.
  • Las empresas o establecimientos fundados durante la vigencia de la sociedad de gananciales por cualquiera de los cónyuges a expensas de bienes comunes.

Los bienes adquiridos antes del matrimonio son siempre privativos de sus dueños e independientemente del régiment matrimonio, salvo que tenga cargas durante el matrimonio (vivienda con hipoteca). En tal caso, si se casan en régimen gananciales el otro cónyuge puede exigir la parte proporcional del bien en función de la hipoteca pagada durante el matrimonio.

¿Qué cosas no cambia?

Independientemente del régimen matrimonial, existen determinados bienes que son siempre privativos:

  • Las indemnizaciones por daños y perjuicios que se concedan a uno de los cónyuges.
  • Las ropas y objetos de uso personal que no tengan un valor extraordinario.
  • Los materiales o herramientas empleados para ejercer una profesión o empleo. Con excepción de que pertenezcan a una empresa común de los dos cónyuges o hayan sido adquiridos con fondos gananciales, en cuyo caso se repartirían al 50% o se desembolsaría la mitad parte correspondiente.
  • Los bienes de las herencias que obtenga uno de los cónyuges.
  • Las cantidades que cualquiera de los contrayentes obtenga del cobro de créditos que sean privativos para alguno de ellos.
  • Los bienes comprados a plazos por uno de los cónyuges antes del matrimonio se considerarán siempre privativos, aunque se paguen total o parcialmente con dinero ganancial, salvo cuando éstas compras se refieran al la vivienda o ajuar familiar.
  • Los bienes que se adquieran para sustituir alguno de los bienes privativos que estamos comentando.
  • Los bienes y derechos patrimoniales inherentes a la persona y que no se pueden transmitir entre personas vivas.

¿Por qué casarse en separación de bienes?

A parte de lo obvio, separar los bienes de cada cónyuge en los casos de gran diferencia de ingresos y/o patrimonio de los 2 cónyuges, existen otro motivo que sirve para proteger parte de los bienes de la pareja en casos de que uno de ellos soliciten una financiación o préstamo.

  • En separación de bienes, ante una deuda sólo tiene que responder con los bienes del deudor, quedando a salvo los bienes del otro cónyuge.
  • En gananciales, la deuda es de ambos cónyuges salvo que adquiera una deuda privativa. En tal caso, tendrá que responder con los bienes privativos y además con el 50% de los bienes gananciales.

Esto es típico de una pareja en la que uno de ellos se dediquen a los negocios y su los riesgos de dicha empresa: préstamos, acreedores, etc.

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75 comments to ¿Separación de bienes o gananciales?

  • marce

    Soy una mujer de 49 años y mi pregunta es estoy cobrando el subsidio por cuenta mía ya que mi marido percibe una nómina alta ya he cobrado 6 meses si quisiera cobrar la prorroga de ese subsidio por bienes gananciales estamos si me cambiara en separación de bienes podría cobrar esa prorroga del subsidio tengo una hija y estoy parada gracias si puede ser me gustaría qué me contestara por email

  • Ana

    Mi marido y yo estamos casados con separación de bienes, el es adjudicatario de una VPO de alquiler, no propiedad(antes del matrimonio) y yo propietaria de una vivienda ¿son investigables mi sueldo y mi propiedad de cara a su vivienda protegida? o por el contrario al tener Separación de bienes la Administración adjudicadora de la VPO solo puede investigar sus bienes y propiedades (no me encuentro empadronada en su vivienda).
    Gracias por su atención,
    reciba un saludo.

  • Juan

    Están promocionando el divorcio y a que la gente viva sola, además de romper la unidades familiares españolas, estas leyes deben haberlas creado algunas mentes retorcidas que tienen unos salarios exageradamente altos y no acordes a su insuficiente mentalidad , pues un servidor ha estado cotizando 28 años y he mirado de tirar para adelante a mi familia como he podido, mi mujer es ama de casa y tenemos un hijo menor y ahora que me faltan 5 años para retirarme no me conceden el subsidio para mayores de 55 años, porque dicen que el conjunto de rentas de mi unidad familiar sobrepasa el 75% del salario mínimo interprofesional, porque resulta que mi mujer heredo de su madre fallecida hace 4 años un local y un piso, por los que le pagan ahora un total de 1.500 euros brutos al mes de alquiler, esta alquilado hace solo 22 meses, pero antes tuvo que hacer un gasto para reformarlo, para poder alquilarlo pues estaba en estado ruinoso, (Solo miran lo que se cobra en bruto puesto que los Impuestos, gastos del IBI, basuras, seguros, reparaciones, gastos comunidad y etc, que tiene que pagar mi mujer para obtener el alquiler no se lo restan del total bruto), hacemos la declaración anual de la renta por separado.
    Cuando nos casamos firmamos que nuestro matrimonio seria con separación legal de bienes, pero resulta que esto es efectivo para todo, pero ahora en nuestro caso para cobrar el subsidio no es efectivo y yo que he estado cotizando y pensando en que otro día si me quedaba sin trabajo la seguridad social me proporcionaría un subsidio y ahora resulta que si estoy casado no puedo cobrarlo, pero si me divorcio y rompo mi unidad familiar compuesta de tres personas, si que puedo cobrar el subsidio porque mis rentas no superan el 75% del salario minino interprofesional, esto es perfecto para incentivar a plantearse todos los matrimonios con edad avanzada y llenos de achaques debidos a su edad y en muchos casos cansados por trabajos agotadores y realizados con muchos esfuerzos personales, durante muchas horas y días el divorcio como solución para poder cobrar el subsidio para mayores de 55 años.
    Me encuentro indiscriminado por la inseguridad social ahora existente.

    Juan

    • Ya, el tema es que para ellos, se da la ayuda sólo a las familias sin ningún recurso.

      El tema de separación de bienes, es a efectos de saber de quién es cada bien, pero a la hora de ver las rentas de la unidad familiar, les da igual el régimen matrimonial; es similar a si te permiten hacer la declaración conjunta o individual, tampoco se fijan en el régimen.

      Por último, creo que es lamentable que sólo miren las rentas del alquiler en bruto, sin descontar los gastos (ni siquiera el IBI y el coste de mantener dicho local). Otro tema son los impuestos, al igual que las rentas de trabajo, no se descuentan.

      Saludos.

  • carmen

    puedo cobrar la viudedad si tenemos separacion de bienes?

  • natalia

    Hola! nos casamos dentro de poco y tenemos dudas sobre el regimen matrimonial, a ver si nos puedes ayudar un poco.

    Yo como autonoma tenia un negocio que he tenido que cerrar y me quedaron algunas deudas, que estoy pagando poco a poco (entre ellas hacienda) la pregunta: Si nos casamos en regimen de gananciales pueden pedirle a mi pareja que se haga cargo de la deuda?… sobre todo hacienda que me da miedo pueda efectuar embargos de nomina.

    Si optamos por el regimen de separacion de bienes, la pregunta es otra: si a alguno de los dos nos pasara algo (sobre todo en caso de fallecimiento) en que posicion quedaria el hijo y el conyuge?

    muchas gracias de ante mano!

    • Si os casáis en gananciales: Las deudas anteriores al matrimonio son privativos, es decir, sólo tuyos. El problema es que para pagar esa deuda te puede exigir el 50% de los ingresos gananciales.

      Lo ideal sería en separación de bienes. En este caso, cada uno es dueño de sus bienes y sus deudas y el cobro de la misma es de los ingresos de cada uno.

      En caso de fallecimiento, el viudo/a tiene derecho a una pensión.

      Los herederos heredará los bienes del fallecido.

      Salu2.

  • Fionna

    Quiero casarme con mi pareja y el padre de mis hijos. quisiera que sea en separación de bienes por temas de deudas y demas pero queria saber que si el falleciera, espero que no por dios, pero si fuera así yo tendria derecho a pension por viudedad.

    Es que visto que si soy pareja de hecho si, entonces si me caso y la pierdo… no tendria sentido.

  • Silvia

    Buenos días
    Tengo una duda llevo 30 años casada y en estos años estuve separada durante un periodo de tiempo.Al arreglar los papeles no nos dieron nada respecto a la conciliación y me he enterado que estoy en separación de bienes desde entonces.Para divorciarme ahora tendría derecho a una pensión?Lo pregunto puesto que nunca he trabajado fuera de casa y los hijos son independientes.
    Gracias

  • Luis

    Hola , tengo 25 años , me case a los 23 años con separación de bieness y dure 1 amo 4 mese con ella
    Nosotros construimos una casa en el sitio de mi ex sueño, y cuando me separe todo quedo allá , lavadora , tele , cocina , hartas cosas que yo compre, a hora yo quise ir a buscar mis cosas a la casa pero no me dejaron entrar a buscar mis cosas que son mías .. Como hago que me entreguen mis cosas que son mías ? ….. Cuando yo me case yo di esa dirreccion donde mi ex suegros….

  • Maikel

    No tengo derecho al subsidio mayor de 55 pq mi mujer trabaja y cobra 1000 euros, estamos pensando en hacer una separacion de hecho.
    Sería posible? que consecuencias tendrá en un futuro:Tendría que empadronarme en otro domicilio.
    Es que con 1000 euros y pagando 500 de hipoteca no podemos vivir dos personas, ( luz, agua etc)
    Cuanto nos costaria una separacion de hecho, y quién las hace?

  • miguel ángel

    Quería hacerle una pregunta,si puede ser: Tengo un plan de pensiones en la Mutua del C.N.P.; me encuentro prejubilado, en la situación Administrativa d «2ª Actividad»; quería rescatarlo, pero me penalizan; mi esposa tiene 57 años, se encuentra en paro; tenemos bienes gananciales, podría rescatar mi esposa, el 50%, por encontrarse en el paro; al parecer, tampoco puede pedir el subsidio para mayores de 55 años, porque nuestra renta per-capita supera los 486€; gracias, saludos desde Granada.

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