Hoy comienza la campaña de presentación del modelo 347, la declaración anual de operaciones con terceros de obligado presentación para empresarios y profesionales que haya realizado operaciones con terceros por cuantías superiores a los 3.005,06 euros.
¿Quíén tiene que presentar el modelo 347?
Están obligados a presentarlo las personas físicas o jurídicas, públicos o privadas, así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria (entidades en atribución de rentas), que desarrollen actividades empresariales o profesionales.
También, las sociedades, asociaciones, colegios profesionales u otras entidades que, entre sus funciones, realicen la de cobro, por cuenta de sus socios, asociados o colegiados, de honorarios profesionales o de derechos derivados de la propiedad intelectual, de autor u otros estarán obligadas a declarar.
¿Qué se declara en el modelo 347?
Cualquier tercero con el que se haya tenido operaciones que en su conjunto supere los 3.005,06 euros durante el año natural, computando de forma separada las entregas y las adquisiciones de bienes y servicios.
¿Tiene algún coste?
La declaración de operaciones con terceros no implica ningún gasto o movimiento económico sino que representa una información suministrada a la Hacienda Pública sobre los movimientos económicos con otras entidades u organismos que al cabo del año hayan superado los 3.005,06 euros.
¿Cómo y Cuándo se declara?
Para realizar la declaración hay que rellenar el Modelo 347 o utilizar el programa de ayuda que facilita Hacienda, y el plazo de presentación es entre el 1 y el 31 de marzo, sobre datos del año anterior.
¿Qué pasa si no lo presento?
Si no se presenta se está cometiendo una infracción tributaria tipificado en el artículo 93 y 94 del LGT con una sanción pecuniaria fija de 20 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad que se haya omitido, con un mínimo de 300 y un máximo de 20.000 euros.
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Tengo que presentar mi primer 347. Tengo un par de dudas:
1)los autónomos pagados mes a mes los tengo que poner dentro del 347?
2) Cuando me hice autónomo pedi la ayuda del cobro del paro, (lo cobro fraccionado mes a mes para pagar los autónomos) la suma de todos los mese supera los 3005,..euros, se tiene que declarar en el 347?
gracias
Tengo entendido que no, sólo lo tiene que presentar estos movimiento la administración que concede las ayudas, no los beneficiarios de estas ayudas.
De cualquier forma puedes hacer una consulta en la Agencia Tributaria.
Salu2.
muchisimas gracias, así lo hare…
soy propietario de un local comercial y durante el año 2011 lo he tenido alquilado a otra empresa la cual me ha practicado retenciones en el recibo mensual.
Yo he presentado mis correspondientes pagos trimestrales de iva (modelo 303).
¿estoy obligado a presentar el modelo 347?
Si las operaciones superan los 3.000 euros, creo que sí.
Salu2
en el 347, para declarar los cobros de mas de 6000€ si por ejemplo de un cliente voy cobrando 1000 € en efectivo cada
mes correspondiente a facturas que le voy haciendo, en el
347 tengo que poner el cobro de 12000 € o no pongo nada
porque los cobros son de 1000 y no superan los 6000 €.
Gracias
Sí, lo tienes que declararlo lo que corresponda a cada trimestre: sumando todas las facturas de cada trimestre.
Salu2.
Al rellenar el 347 con la plataforma informativa no me permite introducir cantidades anuales inferiores a 6000 € como es posible si hay que declarar todas la operaciones superiores a 3005 € ?
Gracias por vuestra ayuda
quita el campo «cobro en metalico»
En 2011 he cobrado en metalico facturas del ejercicio 2010.
Las facturas del ejercicio 2011 y cobros en metalico no supera 6000 euros.
Pero si sumo el efectivo cobrado de las facturas 2010 y 2011 , si que supero los 6000 euros.
Que declaro en el 347????????????
Yo creo que no, ya que en ninguno de los 2 ejercicios superas el límite.
he emitido facturas de cliente en el 1 trimestre pero la he contabilizado en el 2 trimestre en el 347 el cliente mio la declara en el 1 trimestre yo la declaro en el 2 trimestre es correcto
Creo que tenía que haber sido en el primer trimestre…
Pero no creo que te ponga problemas, porque a fin de cuentas, al final cuadran los datos.
Salu2.
el modelo 347 va paralelo a la declaracion trimestral del modelo 303
Sí, es otra declaración que hay que hacer.
Salu2.
YO NO HE EMITIDO FACTURA POR 3005 €, PERO AMI SI ME HAN EMITIDO FACTURA UN SOLO PROVEEDOR POR 200.000 €, DEBO PRESENTAR EL 347?
Sí, claro.
Salu2.
Tengo emitidas facturas de más de 3.005 € con gravación de Iva y con descuento de retención. ¿Qué hay que declarar?
Ufff… pues todo: IVA, IRFP, MOdelo 347…
Mejor acude a una asesoría o una gestoría para que lleven los paples.
Salu2.