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23 de mayo de 2011

Notificación de las sanciones y multas de Tráfico: procedimiento

En el artículo 74 de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre establece que:

1. Los Agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia del tráfico deberán denunciar las infracciones que observen cuando ejerzan funciones de vigilancia y control de la seguridad vial.

¿Qué datos deben figurar en la notificación o denuncia?

En las denuncias por hechos de circulación deberá constar, en todo caso:

  • La identificación del vehículo con el que se hubiese cometido la supuesta infracción.
  • La identidad del denunciado, si fuere conocida.
  • Una descripción del hecho, con expresión del lugar o tramo, fecha y hora.
  • El nombre y domicilio del denunciante o, si fuera un Agente de la Autoridad, su número de identificación profesional.

En las denuncias que los Agentes de la Autoridad notifiquen en el acto al denunciado deberá constar además:

  1. La infracción presuntamente cometida, la sanción que pudiera corresponder y el número de puntos cuya pérdida lleve aparejada la infracción.
  2. El órgano competente para imponer la sanción y la norma que le atribuye tal competencia.
  3. Si el denunciado procede al abono de la sanción en el acto deberá señalarse, además, la cantidad abonada y las consecuencias derivadas del pago de la sanción. art. 80
  4. En el caso de que no se proceda al abono en el acto de la sanción, deberá indicarse que dicha denuncia inicia el procedimiento sancionador y que dispone de un plazo de 20 días naturales para efectuar el pago, con la reducción y las consecuencias establecidas en el artículo 80, o para formular las alegaciones y proponer las pruebas que estime convenientes. En este caso, se indicarán los lugares, oficinas o dependencias donde puede presentarlas.
  5. Si en el plazo señalado en el párrafo anterior no se hubiesen formulado alegaciones o no se hubiese abonado la multa, se indicará que el procedimiento se tendrá por concluido el día siguiente a la finalización de dicho plazo.
  6. El domicilio que, en su caso, indique el interesado a efectos de notificaciones. Este domicilio no se tendrá en cuenta si el denunciado tuviese asignada una Dirección Electrónica Vial.

Las denuncias formuladas por los Agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia del tráfico darán fe, salvo prueba en contrario, de los hechos denunciados y de la identidad de quienes los hubieran cometido, así como, en su caso, de la notificación de la denuncia, sin perjuicio del deber de aquéllos de aportar todos los elementos probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado.

Notificación de la denuncia.

1. Las denuncias se notificarán en el acto al denunciado.

2. No obstante, la notificación podrá efectuarse en un momento posterior siempre que se dé alguna de las siguientes circunstancias:

  • Que la denuncia se formule en circunstancias en que la detención del vehículo pueda originar un riesgo para la circulación. En este caso, el Agente deberá indicar los motivos concretos que la impiden.
  • Que la denuncia se formule estando el vehículo estacionado, cuando el conductor no esté presente.
  • Que la autoridad sancionadora haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo.
  • Novedad (09/05/2014): Que los agentes se encuentren realizando tareas de vigilancia y control del tráfico o si carecen de medios para perseguir al vehículo que debe ser sancionado.

Práctica de la notificación de las denuncias.

1.- La Administración sancionadora de Tráfico notificará las denuncias que no se entreguen en el acto y las demás notificaciones a que dé lugar el procedimiento sancionador en la Dirección Electrónica Vial (DEV).

En el caso de que el denunciado no la tuviese, la notificación se efectuará en el domicilio que expresamente hubiese indicado para el procedimiento, y en su defecto, en el domicilio que figure en los Registros de la Dirección General de Tráfico.

El sistema de notificación en la Dirección Electrónica Vial (DEV) permitirá acreditar la fecha y hora en que pone a disposición del denunciado la notificación, así como el acceso a su contenido, momento a partir del cual la notificación se entenderá practicada a todos los efectos legales.

2.- Si existiendo constancia de la recepción de la notificación en la Dirección Electrónica Vial, transcurrieran 10 días naturales sin que se acceda a su contenido, se entenderá que aquélla ha sido rechazada, salvo que de oficio o a instancia del destinatario se compruebe la imposibilidad técnica o material del acceso.

El rechazo se hará constar en el expediente sancionador, especificándose las circunstancias del intento de notificación, y se tendrá por efectuado el trámite, continuándose el procedimiento.

3.- Cuando la notificación se envie el domicilio del interesado, de no hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación, podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad.

Si nadie se hiciera cargo de la notificación, se anotará esta circunstancia en el expediente sancionador, junto con el día y la hora en que se intentó, y se practicará de nuevo dentro de los tres días siguientes. Si tampoco fuera posible la entrega, se dará por cumplido el trámite, procediéndose a la publicación en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA).

Si estando el interesado en el domicilio rechazase la notificación, se hará constar en el expediente sancionador, especificándose las circunstancias del intento de notificación, teniéndose por efectuado el trámite y continuándose el procedimiento.

Si el resultado de la notificación es que el interesado es desconocido en el domicilio al cual se dirigió la misma, la Administración procederá a la publicación en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA).

(Ley 18/2009, de 23 de noviembre)

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346 comments to Notificación de las sanciones y multas de Tráfico: procedimiento

  • Tx

    Hola,

    Recientemente me multaron en un control de alcoholemia por dar 0.38, con multa administrativa de 500 euros (250 por pronto pago) y retirada de 4 puntos, con lo que paso de tener 15 a 11.

    La multa me la dieron en mano con número de expediente, motivo de denuncia,….etc. La multa la he pagado via internet.

    Mi pregunta es: ¿Me mandarán notificación de la denuncia o del pago de la misma a mi dirección?

    Gracias por atenderme y un saludo

  • sx

    hace poco me multaron por ir bebido 250euros y 6puntos aunque no hubo detencion que consecuencias podria tener?muchas gracias

  • netxu

    Buenas noches. Hoy día 12 de marzo he recibido una notificación de denuncia proveniente del ayuntamiento y firmada por el responsable de multas a fecha de 13 de marzo (mañana). ¿Se considera esto un defecto de forma? ¿Puedo alegar/recurrir? Si alego, ¿perderé el derecho al descuento del 50% por pronto pago?

    La notificación la ha entregado el cartero, en mano, y he firmado el acuse de recibo, tanto en papel como en digital (aunque no tengo ninguna copia).

    Es una multa por circular en sentido contrario (500€ y 6 puntos).

    Muchas gracias!

  • Xavi

    Buenas,

    Ayer me multaron con 4 puntos y 500€ (250 si pago por adelantado) y me dieron la notificación en mano.

    ¿El pago lo puedo hacer a partir del dia siguiente?
    ¿Me llegará la notificación en casa?
    ¿Dónde se puede hacer efectivo el pago?

  • quelop

    el sabado dia 30 de marzo, fui denuciado en Teruel, exactamente entrando en el parque diniapolis, por no hacer correctamente un STOP, hasta aqui todo correcto, acepto la denuncia a regañadientes pero que le vamos a hacer, el agente de la G.C. de turno me comenta que son 4 puntos y 100 euros si la pago antes de 15 dias, si no recuerdo mal, no hay excusa, pero con los niños y hacia media hora que estabamos buscando el parque estaba nervioso, le doy prisas al agente, los niños estaban ya con ganas de parque, al final por lo visto el terminal no le funciona y me comenta que ya me llegara a mi casa, que no me hace esperar mas tiempo, ahora vistos los comentarios, si no tengo este documento no podre pagar antes de los 15 dias, mi pregunta es, como puedo pagar esta multa que no tengo fisicamente, puedo ir a trafico y pagarla, si no tengo ningun documento? si me podeis ayudar, muchas gracias

    • Si no te dieron el boletín en mano, tienes que esperar a que te llegue la notificación de la sanción a tu casa. Una vez que la recibas dispones del plazo que en la misma te indiquen para poder pagarla con el descuento por pronto-pago.

      Salu2 y ánimo.

  • Ramon

    Hola,

    Hoy he ido a recoger una entrega de paquete que resulta que es una multa del Ayuntamiento de Bcn. Se trata de una PROVIDENCIA DE APREMIO por exceso de velocidad con fecha 29 /03.
    El caso es que es la primera noticia que tengo de esta multa. La notificacion ha llegado a la direccion de mis padres donde hace 8 años que no vivo, y en los registros del coche, transito y ayuntamiento figura mi direccion correcta.
    En esta multa solo especifica la matricula del coche, el dia de la infraccion 29/09/12 y el tipo de infraccion (velocidad). No aparece ninguna foto donde vea que es mi coche, ni la hora de la infraccion.
    Puedo hacer algun tipo de alegacion? no pagare una multa de una infraccion que no se ni si he cometido, y sin ningun comprobante de dicha infraccion no? Y ademas me cobran recargos.

    Gracias por su ayuda! no se que hacer

  • novata

    Hola,

    Hace unas semanas nos paró la guardia civil e iba conduciendo el coche de mi padre mi novio, el cuál no tenia carnet de conducir en ese momento, aunque si llevaba 30 practicas y se había examinado 2 días antes, pero suspendió. A la semana se examinó de nuevo y aprobó.

    Mi chico iba conduciendo porque era una emergencia en un trayecto de escasos 3 km hacia el hospital más cercano, ya que yo estaba con un ataque de ansiedad (del cuál informamos a los agentes, e hicieron caso omiso, informándoles de mi adormecimiento de piernas por la ansiedad).
    De mi ataque de ansiedad dispongo el informe médico que nos dieron en urgencias según nos dejaron ir los guardias, (tuve que conducir yo, que tengo 5 años de carnet, a duras penas ya que no nos ayudaban)
    Aún indicándoles esto, nos multaron por no llevar las luces a las 15:30 de la tarde, y tuvimos que esperar a los atestados para que nos tomasen nota.

    Me gustaría saber que es lo que podemos hacer, que nos puede pasar, tanto a mi novio que no tenia carnet como a mi o a mi padre por poner el coche.
    Nos dijeron que necesitaríamos abogado, pero no sabemos que podemos hacer.

    Muchas gracias por anticipado.

  • Mª Begoña

    He recibido una sanción por estacionamiento en carril de circulación, con la orden de pago del total impote 200 euros, sin haber recibido previamente la notificación con el periodo para el pago con importe reducido.
    Nadie en mi domicilio ha recibido dicha notificación. Puesta en contacto telefónico con la Policía Municipal, me indican me dirija a Correos para que me justifiquen de alguna manera la falta de entrega de la mencionada notificación. Cuantas veces el servicio de correos debe intentar la entrega? Que posibilidades tengo de que prospere mi alegación?

    • Antes de nada revisa que la dirección que figura en el Permiso de circulación de tu coche esté actualizada esté actualizada.

      Muchas veces no consiguen notificar por ese motivo.

      3.- Cuando la notificación se envie el domicilio del interesado, de no hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación, podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad.

      Si nadie se hiciera cargo de la notificación, se anotará esta circunstancia en el expediente sancionador, junto con el día y la hora en que se intentó, y se practicará de nuevo dentro de los tres días siguientes. Si tampoco fuera posible la entrega, se dará por cumplido el trámite, procediéndose a la publicación en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA).

      Más información en el artículo superior.

      Salu2

  • jose

    Hola hace 5 meses me quede sin puntos y hasta ahora no me llega la carta certificada para hacer el curso y recuperar los tengo el carnet profecional y tengo que esperar 3 meses después de que me llegue la carta ? Queria saber si puedo recurir cuando me llegue porque son 5 meses de perdida de tiempo y yo no puedo perder tanto tiempo sin trabajar espero su respuesta gracias

    • Hola.

      Una vez que la DGT constata que has perdido todos los puntos, en el plazo de quince días, notificará al interesado la pérdida de
      vigencia de su permiso o licencia de conducción.

      Podrás obtener de nuevo el permiso pasados 3 meses desde la fecha de la notificación (para profesionales). El curso lo puedes ir realizando dentro de esos 3 meses para ganar tiempo.

      En ocasiones no llega correctamente o en plazo normal la notificación debido a que la dirección que figura en el permiso de circulación de tu coche no está actualizada. Revísala por si acaso.

      Si la dirección fuera correcta, y no hubieran cumplido el plazo de 15 días para notificar la pérdida del carnet que te indicábamos antes podrías recurrir. De todas formas este tema deberías consultarlo con alguna empresa especializada en recursos de sanciones que puedes ver en:

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/09/02/empresas-quitamultas-%C2%BFcomo-recurrir-multas/

      Salu2

  • Francisco

    Hola,
    Ayer recibí un notificación de una multa por exceso de velocidad, 83 km/hora en un limite de 60km/hora,100 euros.
    El caso es que la notificación me ha llegado por correo ordinario, sin certifcar… En el momento de la multa la guardia civil hizo el amago de pararme, pero sin que tenga mucha lógica primero me indicaron que parase y cuando iba a hacerlo me dijo que siguiese…
    ¿Que debo hacer?

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