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12 de julio de 2011

¿En qué plazo prescriben las sanciones o multas de Tráfico?

Todos en alguna ocasión hemos cometido alguna infracción de Tráfico y muchas veces nos queda la duda de si nos llegará la multa o si con un poco de suerte no llegará nunca.

Para no estar tanto tiempo preocupados con qué pasará, indicamos el plazo en que las multas de Tráfico y los antecedentes de las infracción cometidas prescriben.

¿En qué plazo prescriben las sanciones de Tráfico?

El plazo de prescripción de las infracciones desde la última modificación de la Ley de Tráfico, con entrada en vigor el 23 de Mayo de 2010 es de:

¿Desde cuándo empieza a contar este plazo?

El plazo de prescripción comenzará a contar a partir del mismo día en que se cometió la infracción.

¿En que casos se interrumpiría este plazo?

La prescripción se interrumpiría por:

  • cualquier actuación administrativa de la que tenga conocimiento el denunciado o esté encaminada a averiguar su identidad o domicilio.
  • también se interrumpe por la notificación efectuada en el momento de la infracción, en el domicilio, en el DEV o a través del TESTRA.

El plazo de prescripción se reanudará si el procedimiento se paraliza durante más de un mes por causa no imputable al denunciado.

Caducidad de la infracción

Si no se hubiera producido la resolución sancionadora transcurrido un año desde la iniciación del procedimiento, se producirá su caducidad y se procederá al archivo de las actuaciones.

Plazo de prescripción de las sanciones sólo económicas.

El plazo de prescripción de las sanciones consistentes sólo en multa económica será de 4 años.

El cómputo y la interrupción del plazo de prescripción del derecho de la Administración para exigir el pago de las sanciones consistentes en multa económica se regirán por lo dispuesto en la Ley General Tributaria.

Anotación y cancelación de infracciones antecedentes

Las sanciones graves y muy graves serán comunicadas al Registro de Conductores e Infractores en el plazo de los 15 días naturales siguientes a su firmeza en vía administrativa.

Las autoridades judiciales comunicarán al Registro de Conductores e Infractores, en el plazo de los 15 días naturales siguientes a su firmeza, las penas de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores que impongan por sentencias por la comisión de delitos o faltas contra la seguridad vial.

En el Registro de Vehículos quedarán reflejadas las sanciones firmes graves y muy graves en las que un vehículo tanto matriculado en España como en el extranjero estuviese implicado y el impago de las mismas, en su caso. Estas anotaciones formarán parte del historial del vehículo.

Las anotaciones se cancelarán de oficio, a efectos de antecedentes, una vez transcurridos 3 años desde su total cumplimiento o prescripción.

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546 comments to ¿En qué plazo prescriben las sanciones o multas de Tráfico?

  • David W. Glez

    Buenas,

    Buenos días,
    Quería pediros vuestra opinión sobre mi caso.
    En marzo 2012 recibí notificación negativa de embargo de bienes. La empresa que me recurrió la multa habló entonces de prescripción de la misma.
    Sin embargo hace unos días me llegó un aviso de que en breve se iniciaría procedimiento de embargo de los bienes inmuebles inscritos en el registro de la propiedad. En concreto Notificación de Localización de bien inmueble objeto de embargo.
    Por un lado no entiendo el carácter negativo de la primera puesto que en mis cuentas había y hay saldo para cubrir la deuda.
    Por otro no entiendo la amenaza actual si por ley, el orden establecido para el cobro sitúa a cuentas y créditos antes que los bienes inmuebles.
    Gracias.

  • Alvaro

    Buenos dias
    Recibo hoy dia 8 de Abril del 2014 un embargo de cuenta por una infracción cometida el día 2 de junio de 2008 en Sevilla, en coche de alquiler.No me pararon ni me han realizado notificación alguna que me conste. Se por las fechas que era coche de alquiler en AVIS , compañía que debió de identificarme.Mi domicilio actual es el que figura en mi dni, carnet de conducir, Hacienda etc. Telefónicamente me dijeron ( no tengo constancia) que se habia enviado a un domicilio antiguo, anterior al 2006 (dato por confirmar).En el caso de que la propia multa no estuviese prescrita….¿Existe prescripción en el cobro?. Gracias

    • Buenos días

      Tendrías que confirmar con Tráfico a ver a qué dirección y en qué fechas te intentaron notificar para ver si cumplieron la normativa.

      Si ya has recibido embargo de cuenta, no habría prescripción en el cobro. Te lo retirarán de la cuenta.

      Salu2

  • t_gan85

    Hola a todos,

    Tengo una duda sobre el cómputo de los plazos de prescripción de las infracciones de tráfico y de las sanciones… os comento…

    El día 26/08/13 usé el claxon de manera inmotivada (…), el día 15/10/13 recibí en mi domicilio la correspondiente notificación de denuncia de tráfico (calificando el hecho como falta leve). Entiendo que al ser falta leve, y ser el plazo de prescripción de 3 meses, la notificación SÍ se hizo en el plazo correspondiente. (Por el momento, todo controlado y correcto).

    El día 4/11/13, presenté escrito de descargos y alegaciones, y el día 8/4/14 (5 meses y 4 días más tarde) he recibido resolución desestimando mis alegaciones, imponiendo la sanción señalada y notificándome que la resolución es definitiva en vía administrativa. A partir de ahora es donde surgen mis dudas…

    Tengo claro varias cosas:

    – La [u]prescripción de las infracciones[/u] leves (en mi caso), prescriben a los 3 meses desde que fueron cometidas y que la prescripción se reanuda si el procedimiento se paraliza durante más de un mes por causa no imputable al denunciado.

    – La [u]prescripción de la sanción[/u] es de un año, computado desde el día siguiente a aquél en que [i]adquiera firmeza[/i] la resolución por la que se imponga la correspondiente sanción.

    Y con esto, me surgen varias dudas:

    – ¿Cuándo terminó el plazo de prescripción de la infracción? Yo entiendo que me han notificado fuera de plazo la resolución de mis alegaciones ya que con esta última notificación es cuándo me indican que la resolución es definitiva en vía administrativa, por tanto, el plazo debiera haber sido de 3 meses (lo hacen 5 meses y 4 días más tarde) ¿qué día fue el que prescribió? (si es que entendéis que ha prescrito)

    – La prescripción de las infracciones se reanudan si el procedimiento se paraliza durante más de un mes por causa no imputable al denunciado. ¿A qué se refiere? Yo únicamente presenté alegaciones y no he recibido más notificaciones que las que he mencionado. ¿Ha habido interrupción?

    – ¿Cuándo adquiere firmeza la sanción? En principio entendí que al haberme desestimado mis alegaciones y ser la resolución definitiva en vía administrativa, ya estaríamos ante una sanción FIRME, pero cuando indican en el escrito la forma y lugar de pago, indican lo siguiente «el importe de la sanción podrá hacerlo efectivo dentro del plazo de 15 días hábiles siguiente a la fecha de su firmeza»… ¿pero cuándo es firme? ¿cuándo pase el mes que tengo para interponer recurso de reposición? ¿o ya lo es?

    – Tengo pensado, una vez tenga resuelta todas estas dudas de plazos, presentar un recurso de reposición. ¿Debo pagar la multa antes de presentar el recurso? ¿o puedo esperar a que resuelvan el mismo?

    Bueno, de antemano, muchas gracias a todos!!

    Saludos!!

    • Hola

      Si no la abonas en ese plazo indicado, la pasarán vía ejecutiva, de ahí via apremio y al final la acabarán cobrando mediante embargo de tu cuenta con los recargos e intereses correspondientes.

      Por los plazos que has comentado no habría prescrito.

      Salu2

  • jose

    Recibi un aviso de multa (aparcamiento sin pagar) pero no pude recogerlo por estar de vacaciones. En el trafico, me indicaron que no es de trafico. ¿Sabe alguien donde hay que pagar la multa y como?

  • Garcia

    Hoy me ha llegado una carta de embargo de vehiculo por una multa del 2009 de mi vehiculo,si no me han notificado hasta ahora ni era yo el conductor en ese preciso momento ya que tenia una empresa ybpor esas fechas yo no estaba en ese lugar.
    Pueden embargarme el vehiculo sino me han avisado hasta hoy.

    • Tendrías que consultar en Tráfico a qué dirección y en qué fechas te han intentado notificar antes. Tráfico desconoce si eras tú o no el conductor. La deben haber enviado ante la falta de respuesta al titular del coche que suponemos que eres tú.

      Salu2

  • Joshua

    Muy buenas en primer lugar felicitaciones al foro y al forero que contesta a todo tan bien. Haber si a mi me podrías ayudar con mi caso… nunca mejor dicho soy un caso!!!
    Tengo varías multas de trafico, por beber en la calle, hasta por mear en la calle todo me viene por el ayuntament de barcelona. las fechas de estas multas son entre finales del 2009 y principios del 2012. Época un poco loca de mi vida sabes.. mi pregunta es si todo esto preinscribe al cabo de 4 o 5 años. ellos me van enviando periódicamente una carta certificada con la lista de todas estas multas… cada vez que me llega esta carta se pone a 0 el marcador de prescripción? o no? es que no entiendo nada si es así nunca me prescribirán! me encantaría saber seguro algo claro sobre este tema que me quita el sueño ya!

    • Mientras te sigan enviando cartas de aviso de que tienes esas multas pendientes no prescribirían..

      Como bien dices, cada vez que recibes una de esas cartas el marcador del plazo de prescripción se vuelve a poner a 0…

      Salu2

  • Fernanda

    Hola tengo unas multas sin pagar desde el año 2008 yo no tengo carnet de conducir lo que sucede es q mi ex pareja puso su coche a mi nombre y x eso me han llegado las multas a mi, Hacienda ha querido enbargarme pero como no supero el salario mínimo x eso no lo han hecho, lo que no se es si esas multas todavía estarán vigentes??? T si cuando consiga otro trabaja me embargaran???

    • Hola.

      Si te llegan más multas tendrías que identificar a tu pareja como conductor del vehículo para que se las reenvíen a él.

      Mientras te envíen cartas reclamando su pago, el plazo de prescripción se interrumpe, y no prescriben.

      En cuanto dispongas de dinero en las cuentas te embargarán.

      Habla con tu ex para transferir el coche a su nombre (si circulara sin seguro, la multa corresponde al titular y son 1.500€… De esa no te librarías..)

      Salu2

  • enrique

    me intervinieron manejando un vehículo en el mes de febrero de 2011 en el callao bajo el efectos de alcohol y me pusieron una papeleta.
    consulta el día de hoy 8 de mayo del 2014 me notifica la municipalidad del callao por esa papeleta y que cuento con 7 días para reclamar o cancelarla.
    consulta esta papeleta ya creo que prescribió.

    • Si durante ese tiempo hubieran hecho algún intento ya de localizarte o reclamarte esa multa, el plazo de prescripción se habría interrumpido y no habría prescrito.

      Puedes consultar con tu Jefatura de Tráfico en qué fechas te han intentado localizar antes.

      Salu2

  • paco

    hola a todos
    me an multado por una tasa de halcool de 0,28
    o sea la primera vez di 0,32 y la 2 0,28
    la multa acciende a 500 euros
    y 4 puntos de carnet
    mi pregunta es si lo puedo recurrir y que solo se paso 0,3
    del obligatorio 0,25,que devo hcer.
    aparte le dije al policia que mi situaccion es desempleado y que no tenia ingreso y me dijo que no la pagara que por ser insolbente no psaria nada
    pero tengo a mi nombre el coche y la casa
    que ocurre si no la pago y cuanto tiempo engo que esperar para que suscbra
    gracias y un saludo.

  • paco

    ok gracias
    para pagarla tengo que esperar a que llegue la carta
    o con la factura que me dio el gualdia.

    • Lo puedes pagar con el boletín que te dio el guardia, ya que ya se considera notificada la infracción.

      Dispones de un plazo concreto para pagarla con la reducción. Que no se te pase.

      Salu2

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