La nueva ley de jubilaciones entrará en vigor a partir del 2013. La introducción de esta ley se hará de forma progresiva con un periodo transitorio de hasta el año 2027.
Para entonces se fijará la edad de 67 años para la jubilación, aunque existen excepciones, el cómputo de los últimos 25 años de cotizaciones para calcular la pensión de jubilación y la doble posibilidad de prejubilación a los 61 o 63 años de edad son alguno de los cambios más importantes.
Edad de jubilación
- Se ampliará la edad de jubilación desde los 65 hasta los 67 años.
- Se podrá jubilar a los 65 años, si has cotizado al menos 38,5 años con el 100% de la pensión, con una disposición transitorio.
Derecho a una pensión de jubilación
- Para tener derecho a la jubilación se ha de cotizar al menos durante 15 años, de los cuales, 2 sea en los últimos años antes de la jubilación.
Cuantía de la pensión de jubilación
- Se utilizará la media de las cotizaciones de los últimos 25 años, y no tiene menor peso cuanto más años se cotiza hasta llegar los 37 años (jubilación a los 67) / 38,5 años (jubilación de los 65) para cobrar el 100%.
Prejublaciones o jubilación anticipada
2 modalidades de prejubilación:
- Por voluntad de los trabajadores a los 63 años.
- Por causa ajenas al trabajador a los 61 años.
Régimen transitorio
Algunos puntos de la nueva ley de pensiones entrará de forma progresiva a lo largo de ciertos años:
- El retraso de la edad de jubilación se hará de forma progresiva desde el 2013 hasta el 2027.
- Los 38,5 años que se requiere para jubilarse a los 65 años se hará de forma pregresiva desde los 35 años actuales desde el 2013, hasta 2025.
- El computo de los 25 años de cotizaciones para el cálculo de la pensión se hará de forma progresiva, aunque se puede aplicar la media de los 20 años o 25 años antes de terminar el periodo transitorio si es beneficioso para el trabajador.
¿Más detalle por favor?
Sí, podéis leer los siguientes artículos que amplia la información sobre cada uno de estos puntos relatados:
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En agosto de 2013 cumplo 60 años y tendré 39 años y 8 meses de servicios, soy funcionaria de clases pasivas o MUFACE.
me podré jubilar en esa fecha? Hasta el 31 de diciembre de 2012 mis compañeros en las mismas circunstancias sí han podido. Gracias
Las jubilaciones voluntarias como muy pronto será a los 63 años de edad:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/27/nueva-ley-de-pensiones-jubilaciones-anticipadas-o-prejubilaciones/
Salu2.
Hola: me quiero jubilar en abril de 2013, con 61 años, y me gustaría saber qué coeficiente de reducción me aplicarán teniendo en cuenta que empecé a trabajar en abril de 1966 y tengo cotizados más de 45 años. Muchas gracias.
Para poderte jubilar a los 61 años de edad, tienes que perder el empleo de forma no voluntaria y siempre por motivos económicos de la empresa:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/27/nueva-ley-de-pensiones-jubilaciones-anticipadas-o-prejubilaciones/
En cualquier otro caso, tendrás que tener 63 años.
En cuanto a los coeficientes… será 6,5% por cada año de adelanto.
Salu2.
en abril del 2013 cumplire 64 años de edad y con una antiguedad de 45 años , me podre jubilar y que descuento tendre,trabajo en la s.s.
Sí, con un descuento del 6,5%.
Salu2.
Tengo 60 años y 14 años cotizados. Cuando me podre jubilar? para cobrar el 100 * 100 o bien que es lo que tengo que hacer
Tu edad de jubilación será a los 65 años y 5 meses, y como es lógico por tener tan poco tiempo cotizado, no cobrarás el 100%… lo más que te corresponderá será la pensión mínima:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/26/nueva-ley-de-jubilacion-edad-de-jubilacion-prejubilacion/
Salu2.
Soy funcionario de admon. local y me gustaria saber si con 63 años me podria jubilar y cuanto me quedaria,habiendo cotizado para entonces 38,6 años. Saludos y Gracias.
Sí, de forma voluntaria:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/26/nueva-ley-de-jubilacion-edad-de-jubilacion-prejubilacion/
Salu2.
Soy funcionario y en Febrero del 2013 cumplo 65 años.-
Entre el año 2003 al 2008 estuve de excedencia por cuidado de familiar enfermo.-Por esto tengo cinco años sin cotizar.-
Dos preguntas :
1.- Me computarian los ultimos 20 años de cara a la jubilacion ???
2.- Podria solicitar prolongacion de vida laboral.- Lo contempla la Ley…???
1. No estoy seguro… vete a SS y allí te lo dirán.
2. Sí, pero te podrían obligar jubilarte, eso depende de rrhh.
Salu2.
tengo 60 años y cotizados 24 años a que edad me podria jubilar y me quedaria el minimo gracias.
La jubilación anticipada sólo se puede acceder si tienes al menos 33 años cotizados.
Salu2.
en mayo del 2013 cumplo 65 tengo 23 años cotizados, estoy en el paro desde septiembre 2012, cuando llegue mayo del 2013 me puedo jubilar y tener derecho a la pension correspondiente?
Tendrás que esperar 1 mes más, es decir en junio de 2013.
Salu2.
Hola, muy buenas,llevo 20 años cotizando ss, tengo 42 años y me estoy platenado salir fuera de españa para trabjar, en el caso que me fuera,,, este tiempo trbajado me valdría??? una vez llegada la jubilación correspondiente??
O por contra lo que vale realmente son los ultimos años antes de llegar a los 65 ???
muchas gracias
Sí, si hay un convenio bilateral entre ambos países.
Cuenta todos los años cotizados para ver si te dan el 100% o menos de tu base de cotizaciones.
Y cuenta los últimos 15 o 20 o 25 años de cotizaciones para el cálculo de tu base de cotizaciones.
Salu2.
mi pregunta es tengo 62años cotizados 23 per cotice antes del 67 y me han dicho que si quiero puedo jubilarme por haber cotizado antes del 67¿es cierto?
¿? Nos dices que has cotizado antes de 67 y que te dicen que para jubilarte tienes que haber cotizado antes de 68 ¿?
Si quieres jubilarte anticipadamente tienes que tener al menos 33 años cotizados, cosa que no cumple, y ese es el motivo fundamental que te impedirá jubilarte anticipadamente.
Salu2.