La nueva ley de jubilaciones entrará en vigor a partir del 2013. La introducción de esta ley se hará de forma progresiva con un periodo transitorio de hasta el año 2027.
Para entonces se fijará la edad de 67 años para la jubilación, aunque existen excepciones, el cómputo de los últimos 25 años de cotizaciones para calcular la pensión de jubilación y la doble posibilidad de prejubilación a los 61 o 63 años de edad son alguno de los cambios más importantes.
Edad de jubilación
- Se ampliará la edad de jubilación desde los 65 hasta los 67 años.
- Se podrá jubilar a los 65 años, si has cotizado al menos 38,5 años con el 100% de la pensión, con una disposición transitorio.
Derecho a una pensión de jubilación
- Para tener derecho a la jubilación se ha de cotizar al menos durante 15 años, de los cuales, 2 sea en los últimos años antes de la jubilación.
Cuantía de la pensión de jubilación
- Se utilizará la media de las cotizaciones de los últimos 25 años, y no tiene menor peso cuanto más años se cotiza hasta llegar los 37 años (jubilación a los 67) / 38,5 años (jubilación de los 65) para cobrar el 100%.
Prejublaciones o jubilación anticipada
2 modalidades de prejubilación:
- Por voluntad de los trabajadores a los 63 años.
- Por causa ajenas al trabajador a los 61 años.
Régimen transitorio
Algunos puntos de la nueva ley de pensiones entrará de forma progresiva a lo largo de ciertos años:
- El retraso de la edad de jubilación se hará de forma progresiva desde el 2013 hasta el 2027.
- Los 38,5 años que se requiere para jubilarse a los 65 años se hará de forma pregresiva desde los 35 años actuales desde el 2013, hasta 2025.
- El computo de los 25 años de cotizaciones para el cálculo de la pensión se hará de forma progresiva, aunque se puede aplicar la media de los 20 años o 25 años antes de terminar el periodo transitorio si es beneficioso para el trabajador.
¿Más detalle por favor?
Sí, podéis leer los siguientes artículos que amplia la información sobre cada uno de estos puntos relatados:
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Cumplo 65 el 12 enero del 2013 reuno todos los requisitos¿tengo que trabajar un mes mas por 12 dias?
Tienes que trabajar 1 mes más si no tienes 35 años y 6 meses cotizados.
Salu2.
Para acogerte a la jubilación voluntaria con 63 años y 36,5 cotizados, con un salario de 1500 euros brutos mes, que me quedaría aproximadamente de pension?
Te aplican una reducción del 13,5%, así que tu pensión estará en torno a 1.200 euros.
Salu2.
Con 65 años,dentro de 11 años, habré cotizado 47 años. ¿tengo derecho a algún tipo de compensación? Gracias
No, que te puedes jubilar a los 65 años en lugar de a los 67.
Es como mucha gente que cotizan tanto por el régimen general y de autónomos simultáneamente, tampoco tiene ninguna compensación.
Salu2.
Hola mi esposo nacio el 3/2/48 cumple ya 65 años
trabajo en comercio como dueño pero no hizo aportes
¿podra jubilarse?
Si no ha cotizado…
Tengo 67 años, he trabajado hasta los 65 porque no me dejaron segui más apesar de no poder jubilarme por no tener 15 años cotizados,se me terminaron los 2años de paro en septiembre y aún me faltan otros 2.Ahora estoy cotizando por mi cuenta a la S.Social 486€ mes.
¿Merece la pena que siga pagando?
¿Cobraré jubilación después?
Gracias y un saludo
1. Claro, así puedes cobrar una pensión de jubilación. Pero claro, depende de tu esperanza de vida.
2. Una vez que tengas 15 años cotizados, cobrarás una pensión cuya cuantía puedes acudir a la SS y pedir una simulación.
Salu2.
tengo 65 años e sido autonoa 22años que pension me coresponde
Pues depende de lo que hayas cotizado por ese régimen y al tener sólo 22 años, no cobrarás el 100% de tu base.
Salu2.
Hola soy interino y llevo cotizando 27 años, en abril cumplire 55 años, si me despiden tendria derecho a jubilacion anticipada cuando llegara a la edad, de ser así cuanto cobraria, y cuando llegue a la edad de jubilacion normal que me quedaria, tendria derecho a alguna prestacion mientras llego a la edad de jubilacion, estoy casado y mi mujer gana 2000 euros al mes. Gracias.
Leete:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/27/nueva-ley-de-pensiones-jubilaciones-anticipadas-o-prejubilaciones/
Entre tanto puedes pedir el subsidio de desempleo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/14/subsidio-por-desempleo-para-trabajadores-mayores-de-52-anos-requisitos-plazos-y-documentacion/
Salu2.
Tengo 45 años, llevo 27 años trabajando, o lo que es lo mismo, cotizando. Si ahora dejara de trabajar para siempre, ¿tendría derecho a jubilacion? Gracias.
No, no tendrías porque no tendrías 2 años cotizados en los últimos 15 años antes de la jubilación.
Salu2.
Hola, mi marido cumple el 22 de Enero 64 años y se quiere jubilar anticipadamente. Tiene 37años cotizados. ¿Tiene que trabajar un mes mas? Gracias.
El problema es que han suspendido la jubilación anticipada voluntaria.
Salu2.
Muchas gracias por vuestra respuesta. Saludos.
Un placer…