Las madres tiene derecho a cobrar una prestación de 16 semanas de duración por la baja por maternidad siempre que tenga un mínimo de cotizaciones:
- Madre menor de 21 años: Sin mínimo de cotización
- Madre entre 21 y 26 años: Mínimo de 90 días cotizados en los últimos 7 años o 180 días cotizados a lo largo de toda su vida.
- Madre de más de 26 años: Mínimo de 180 días en los últimos 7 años o 360 días a lo largo de toda su vida laboral.
En los casos de parto múltiple se amplia en 2 semanas a partir del segundo hijo, al igual que en los partos prematuros e hijos discapacitados.
Si el bebé es prematuro, la baja por maternidad se prolonga durante la hospitalización del niño, hasta un máximo de 13 semanas más. Durante este periodo cobrarás gran parte o incluso la totalidad de tu sueldo, dependiendo del convenio de tu empresa.
¿Cómo se solicita la baja por maternidad?
Los pasos que se ha de dar para solicitar la baja son:
- Si te encontrabas de baja en los últimos días del embarazo, deberás de acudir al médico de la seguridad social para que te dé de alta.
- Solicitar en el hospital el certificado de hospitalización y del nacimiento del bebé.
- Acudir al Registro civil y dar de alta el nuevo miembro de la familia en vuestro libro con los papeles que se os ha entregado en el hospital.
- Acudir a tu empresa para os dé el certificado de vuestros ingresos y entregarle las partes de baja y alta al igual que el certificado de hospitalización y nacimiento.
- Presentar todos los papeles anteriores junto a un certificado de cuenta bancaria y fotocopia del DNI en la oficina del INSS más cercana a tu domicilio, donde solicitaréis la baja por maternidad. El padre también tiene derecho a 13 días de paternidad, y se puede tramitar simultáneamente con el permiso de maternidad.
Estos papeles no hace falta que los haga la madre, puede acudir el padre u otra persona en su lugar.
¿Qué más hay que hacer?
Sí, se puede aprovechar la visitar al INSS para dar solicitar la tarjeta sanitaria del nuevo miembro de la familiar. Para ello hay que ponerle como beneficiario de la tarjeta sanitaria de la madre o del padre.
Los papeles que hay que presentar son:
- DNI del padre o de la madre.
- La tarjeta sanitaria del padre o de la madre.
- Libro de familia.
El INSS emitirá un documento sellado en la que figura el bebé como beneficiario y tenéis que acudir a vuestro centro de salud para que os asigne un pediatra e igualmente tramitarte la emisión de la tarjeta sanitaria del bebé.
Ya que estáis en vuestro centro de salud, solicitad cita con el pediatra para la primera revisión para cuando el bebé cumpla 15 días.
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En el INSS hay que presentar DNI, LIBRO DE FAMILIA CON EL BEBE INSCRITO,INFORME MEDICO DESCANSO MATERNIDAD (lo emite el medico de cabecera de la seg.social)y CERTIFICADO EMPRESA CON BASE COTIZACION MES ANTERIOR AL INICIO DESCANSO MATERNIDAD. Esto para la maternidad y para la paternidad, la misma documentación a excepción del informe medico.todo en original y fotocopia, además de los datos de la cuenta bancaria donde se desee que se realice el ingreso.
puedo solicitar la baja maternal después de la baja por riesgo laboral una vez de a luz??
Sí, claro.
Salu2.