Los morosidad pública y privada, los impuestos, la rigidez de normativa, y la crisis en general, ha hecho que muchos autónomos pasarán asfixia para salir ha flote en estos últimos años.
Sin embargo, las negociaciones entre el Gobierno y la ATA (Asociación de Trabajadores autónomos) dieron sus frutos, y aunque aún falta mucho por hacer, te indicamos las 18 más importantes mejoras conseguidas para este colectivo durante esta legislatura.
1.- Tarifa plana de cotización de 50€
Quienes inicien una actividad empresarial, independientemente de la edad que tengan (compatibilizando así pensión y trabajo) podrán beneficiarse de la Tarifa plana de cotización.
Esto significa que durante los primeros 6 meses sólo pagarán 50€ de cotización en vez de los 250€ de la tarifa general.
La reducción es de 80% en la cuota mínima por contingencias comunes.
Los trabajadores con discapacidad, víctimas de violencia de género y terrorismo podrán beneficiarse de la tarifa plana de 50€ durante 1 año. La mitad en los 4 meses siguientes.
Y los nuevos autónomos en pluriactividad disponen de una reducción del 50% en la base de cotización.
2.- Jubilación anticipada a los 63 años
Los autónomos desde el 2013 pueden jubilarse de forma anticipada a los 63 años.
3.- Cobro del paro en pago único para emprendedores, ahora sin límite de edad.
Los autónomos o emprendedores de cualquier edad ya pueden capitalizar hasta el 100% del paro para iniciar una actividad por cuenta propia.
Desde el pasado mes de Octubre se ha eliminado el límite de edad para poder cobrar toda la prestación de desempleo en un solo pago (antes sólo podían solicitarlo los emprendedores menores de 30 años).
Podrán hacerlo también por cese de actividad si fracasan y empiezan un nuevo negocio.
4.- Prestación por desempleo y alta en el RETA compatibles ahora sin límite de edad.
Los parados mayores de 30 años también pueden compatibilizar durante un máximo de 9 meses la prestación por desempleo con el alta en el RETA (hasta ahora sólo era posible para los menores de dicha edad)
5.- Ampliado el plazo para reanudar el cobro del paro si el negocio no fuera bien.
Los autónomos pueden compatibilizar la prestación por desempleo y una actividad por cuenta propia y reanudar el cobro del paro si fracasan en su negocio emprendido hasta 5 años después de haberlo iniciado.
Si el negocio emprendido no fuera bien y dejara de ser viable, podrán disponer de la prestación por desempleo que dejaron de percibir cuando comenzaron a emprender.
Se amplía el plazo, desde los 24 hasta los 60 meses, para que los autónomos mayores de 30 años puedan reanudar el cobro de la prestación por desempleo una vez iniciada una actividad por cuenta propia.
Se ha mejorado también la prestación por cese de actividad involuntaria para los autónomos en el régimen de módulos.
6.- Tributación reducida para las nuevas sociedades
Las sociedades de nueva creación tributarán a un tipo reducido del 15% (hasta una base imponible de trescientos mil euros y del 20% (resto de la base) durante los 2 primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos.
7.- Reducción Rendimientos netos
Los autónomos que inicien actividades económicas podrán aplicar una reducción del 20% en los rendimientos netos que obtengan durante los 2 primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos.
8.- IVA y rebaja de retenciones al 15%
Las empresas que facturen menos de 2 millones de euros no tienen que liquidar el IVA con el fisco hasta que cobren la factura.
También se han rebajado al 15% las retenciones a profesionales, se ha mantenido el régimen de módulos y en 2016 se ampliará el límite de facturación a 250.000 en general y a 150.000 a empresas.
9.- Incentivos fiscales para fomentar el autoempleo en régimen de autónomo:
Los desempleados que decidan establecerse como autónomos podrán beneficiarse de la exención completa en el IRPF de las prestaciones por desempleo cuando el abono de la prestación sea en forma de pago único (hasta ahora están exentos sólo hasta 15.500 euros).
10.- Aplazamiento de deudas tributarias sin aval hasta 30.000 euros
Ahora las pymes y autónomos podrán solicitar aplazar o fraccionar el pago de deudas tributarias hasta 30.000€ sin necesidad de pedir para ello aval bancario.
Hasta ahora el límite estaba en 18.000€.
11.- Deducción por reinversión
Deducción del 10% por reinversión de beneficios en inmobilizado, tanto material como inmobiliario.
A estas medidas se une la rebaja de la retención al 7% para nuevos emprendedores profesionales durante el primer ejercicio de inicio de actividad y los dos siguientes.
12.- Incentivos fiscales para la contratación laboral de jóvenes hasta que el paro se sitúe por debajo del 15%:
- Cuota de la empresa a la Seguridad Social reducida en un 75% para empresas de más de 250 trabajadores y en un 100 % para el resto, cuando se contrate a tiempo parcial con vinculación formativa a menores de 30 años sin experiencia laboral previa o que provengan de sectores donde no haya demanda de empleo o que se encuentren desempleados desde hace más de doce meses.
- Los autónomos y las empresas de hasta 9 trabajadores se beneficiarán de una reducción del 100% de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes durante el primer año por la contratación indefinida de un desempleado menor de 30 años.
- Contrato “primer empleo joven”: modificación del contrato temporal para contratar a menores de 30 años desempleados sin experiencia profesional previa, con incentivos a su trasformación en indefinido (bonificación de 500 €/año durante 3 años o 700 euros si se suscribe con mujeres).
- Incentivos al contrato en prácticas para que aquellos jóvenes de hasta 30 años que hayan terminado su periodo formativo puedan tener una primera experiencia laboral vinculada a su titulación. Se establecerá una reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes de hasta el 50%.
13.- Bonificación por altas de familiares colaboradores
Los autónomos colaboradores tendrán una bonificación del 50% durante 18 meses y del 25% durante los seis siguientes.
Podrá beneficiarse de esta bonificación el cónyuge, pareja de hecho y familiares de trabajadores autónomos por consanguineidad hasta el segundo grado inclusive.
14.- Reducción Impuesto Sociedades
En 2013 se aprobó una reducción en el tipo de gravamen aplicable al Impuesto sobre Sociedades para las empresas de nueva creación.
Durante los dos primeros periodos impositivos en los que la base imponible sea positiva, es decir, en los dos primeros ejercicios en los que se obtenga beneficio, se aplican los siguientes tipos de gravamen: el 15% para la base imponible comprendida entre cero y los 300.000 euros y el 20% para el resto de base imponible.
15.- Derecho a formación y más representatividad
Los trabajadores por cuenta propia ya pueden beneficiarse del derecho individual a la formación y participar en su planificación y diseño.
Los autónomos también han logrado participar en los órganos de gobierno de la Cámara de España, esta abierta la posibilidad de que puedan también participar en las cámaras autonómicas y provinciales, y formar parte de los órganos de control de las mutuas.
16.- Exclusión de las empresas incumplidoras de las licitaciones
Las empresas deberán acreditar que cumplen con el periodo medio de pago a sus proveedores y defender su solvencia en las licitaciones de contratos públicos.
Podrán ser excluidas en las licitaciones las sociedades que tengan un periodo medio de pago a proveedores superior al que fija la ley.
17.-Buzón de denuncias contra el fraude laboral
Los autónomos también se benefician del buzón de denuncias puesto en marcha para que los ciudadanos puedan denunciar de forma anónima casos de fraude laboral.
18.- Creación exprés de empresas
Las actividades en locales de hasta 500 metros tendrán licencia exprés.
Eliminado el libro de visitas de la Inspección de trabajo, lo que supone un ahorro de 700 millones, y la necesidad de acudir al registro mercantil para obtener un certificado de administrador.
Es la Agencia Tributaria la que comprueba los datos de los administradores para la obtención del certificado digital de autónomos y sociedades.
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Hola buenas yo estaba damo de alta como autónomo me di de baja en agosto quisiera saber que ayudas tengo por se autónomo .Gracias un saludo
Los autónomos no tienes derecho a ninguna ayuda de SEPE, salvo que hayas cotizado por la contingencia de desempleo y cumplir muchos requisitos.
Has ido ya a SEPE a preguntar?
Salu2.