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3 de noviembre de 2016

Vender coche comprado con descuentos por minusvalía antes de los 4 años, ¿cuánto toca liquidar en Hacienda?

Tener minusvalía superior al 33% y además movilidad reducida, supone poder beneficiarse de importantes descuentos en la compra de coche nuevo, como son la exención del Impuesto de matriculación, así como la aplicación del IVA reducido al 4%.

Pero Hacienda exige que el vehículo no pueda ser vendido ni transferido antes de que transcurra un plazo de 4 años.

En caso de incumplimiento, ¿cuánto habría que liquidar a Hacienda?   ¿La totalidad, o se prorratea?   … lo vemos.

Descuentos en la compra de coche con minusvalía

Existen 3 principales descuentos (o beneficios fiscales) a la hora de comprar un vehículo para las personas con minusvalía:

1.- Exención del Impuesto de matriculación

2.- Aplicación de IVA reducido al 4%

3.- Exención del Impuesto municipal de circulación

Las 2 condiciones de Hacienda para los descuentos por minusvalía

A la hora de poder beneficiarse de estos descuentos por minusvalía, Hacienda exige dos condiciones:

1.- Prohibido vender o transferir el vehículo en el plazo de 4 años

  • En el caso de desee comprar un nuevo vehículo aplicando otra vez los citados descuentos por minusvalía, debe transcurrir al menos un plazo de 4 años desde la compra del anterior vehículo. Excepto si hubiera habido un siniestro total en el vehículo que se intenta sustituir con la compra de uno nuevo.
  • En el caso de que decida vender el vehículo adquirido con los descuentos de Hacienda por minusvalía, la transferencia debe realizarse en una fecha posterior al plazo de 4 años a contar desde la fecha de matriculación del mismo.

2.- Uso exclusivo para la persona con minusvalía

Los vehículos matriculados con los beneficios fiscales por minusvalía deben ser para uso exclusivo de la persona con discapacidad.

Si vendo el coche antes de los 4 años, ¿cuánto habría que liquidar en Hacienda?

En caso de que no haya transcurrido el plazo de 4 años desde la fecha de la matriculación del vehículo adquirido con los descuentos por minusvalía, para que éste se pueda vender o transferir a una tercera persona, habrá de liquidarse en Hacienda la totalidad de las cuotas ahorradas en su día al matricular el vehículo en cuanto a Impuesto de matriculación e Iva reducido.

Habría por tanto que liquidar e ingresar los impuestos por el valor del vehículo en la fecha de matriculación.

No se aplican reducciones ni prorrateos por el tiempo transcurrido desde la fecha de la matriculación hasta la venta.

Una vez realizada esta liquidación, podría volver a comprar un nuevo vehículo aplicando de nuevo todos los descuentos por minusvalía.

¿Podría comprar otro vehículo nuevo con los descuentos por minusvalía manteniendo el anterior coche?

Sí. Puede comprar un nuevo vehículo aplicando otra vez los descuentos por minusvalía manteniendo el anterior coche a su nombre.

Sólo tiene que tener en cuenta que:

  • En el caso de que NO haya transcurrido el plazo de 4 años desde la fecha de matriculación del anterior coche comprado con los descuentos por minusvalía, para poder adquirir uno nuevo volviendo a aplicar esos beneficios fiscales, deberá liquidar todo lo ahorrado en su día en el momento de la matriculación del anterior vehículo.

Una vez liquidado esto, podrá matricular el nuevo vehículo aplicando de nuevo esos descuentos.

  • En el caso de que SI haya transcurrido el plazo de 4 años desde la fecha de matriculación del anterior coche comprado con los descuentos por minusvalía, sí que podrá volver a adquirir un nuevo vehículo aplicando los mismos descuentos, manteniendo el coche anterior y sin tener que liquidar nada en Hacienda por ello.

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167 comments to Vender coche comprado con descuentos por minusvalía antes de los 4 años, ¿cuánto toca liquidar en Hacienda?

  • teresa rico arques

    en mi caso queiro adquirir un vehiculo nuevo, hace dos años adquiri otro y me beneficie de la bonificación del iva reducido, quiero abonar lo que me ahorre para poder solicitar la deducción del nuevo, pero no se como hacerlo he consultado con 2 asesorías pero no lo tienen muy claro, ¿podriais decirme donde puedo encontrar informacion para saber si los documentos de liquidación los he hecho bien?. gracias.

    • Pregunta en Hacienda.

      Si tienes la factura original, que pagaste un 4%, habría que sumarle el % que falte hasta el tipo impositivo del año de adquisición (vamos, lo que te ahorrasta).

      Salu2.

  • Carmen

    Mi hermano ha fallecido y ha dejado su vehiculo pagado con su discapacidad de un 80%.
    No se puede utilizar, no se vende.
    Que podemos hacer???

    • Se puede heredar y después utilizarlo sin problemas; porque existe una causa justificada.

      Eso sí, después no se puede vender si no quieres pagar lo no pagado, hasta cumplir el plazo de 4 años.

      Salu2.

  • Jose Manuel

    Mi padre tiene minusvalía tiene un coche con 15 años y se acaba de comprar uno nuevo con beneficio de iva reducido. Si me cede su vehiculo a su nombre lo puedo utilizar?

  • Marcos

    Hola,buenos días.
    En mi caso,mi padre quiere comprar un vehiculo,el qual es de segunda mano,y procedente de concesionario, por tanto le aplican el Iva correspondiente. Dado que mi padre cumple con los requisitos para aplicarle el Iva superreducido (movilidad reducida) mi pregunta es:
    El iva del 4% se aplica solo a los vehículos nuevos? o a cualquier vehiculo sujeto al iva?
    Se puede realizar algún documento para que, en caso de multa de tráfico,no se penalice al propietario del vehiculo,sino a su conductor ocasional?
    Muchas gracias por su ayuda
    Saludos

  • Ina

    El titular de un vehículo que se haya beneficiado de las exenciones y pago de impuestos por minusvalía, podría traspasarlo o venderlo antes de cuatro años a otra persona que también tenga reconocida minusvalía de más del 65% y éste último estar también exento del pago de los impuestos hasta que transcurran los cuatro años, contando con el tiempo que lo tuvo el primer titular?

    • Una segunda venta, no está sujeta a Impuesto de Matriculación, ni a IVA. Así, que el comprador, sin beneficios.

      El vendedor, pierde sus beneficios si lo vende antes de los 4 años, así que le tocaría devolver todo.

      Salu2.

  • Juan

    Hace 3 años compre un vehiculo con el ahorro del 4.75 a la hora de vender tuve que pagar lo que no habia pagado 1800eur ese mismo coche lo tuve que cambiar por otro el cual me venficie de 1800eur a las 2 años se rompio y desde hacienda me digeron que tenia que pagar la parte proporcional de los 4 años 1613eur cosa que hice puedo sacar otro coche ahora que han trascurido 3 años

    • Ese es uno de los motivos por el que no te tienes que quedarte con el coche 4 años, y por eso te hicieron devolver sólo la parte proporcional.

      Por lo que dices, ha pasado ya 5 años (2+3), así que puedes comprar otro.

      Entre uno y otros coche con exención, ha de pasar 4 años.

      De hecho, incluso en tu caso, por causas de fuerza mayor incluso podría ser antes, pero consulta en la Agencia Tributaria.

      Salu2.

  • Alejandro

    Buenas tardes, una duda.
    Una empresa de alquiler me vende una furgoneta adaptada de 4 años y medio que se benefició en su día de la reducción y está homologada como tal.

    Quiero comprarlo y cambiar la homologación a vehículo vivienda. En la ITV me dicen que por su parte no hay problema, pero en el concesionario me dicen que quizás no se pueda cambiar en Hacienda o tráfico.

    Gracias

    • Creemos que no debe de haber problemas. Salvo que tengas cargas, Hacienda no podrá problemas, y en tráfico, tampoco debería si pasa bien la ITV.

      De todas formas, pregunta en esos organismos.

      Salu2

  • FRANCISCO G.

    Buenos días,
    Cómo puedo saber la cantidad exacta… y
    que documentación y/o impreso hay que presentar ante Hacienda para devolver el IVA al que me vi beneficiado por compra de vehículo con movilidad reducida hace 3 años y al querer adquirir ahora otro y poder volver a tener dicha reducción de IVA por minusvalía???
    Gracias!

    • Pide cita y acude a Hacienda.

      No hemos localizado el modelo que hay que presentar. Segun información de Hacienda, tienes que regularizar tu situación antes de pedir nada, pero no dice cómo.

      Salu2.

  • Inmaculada

    Mi padre se ha comprado un coche y es minusvalido con movilidad reducida y por lo tnto tan solo ha pagado un 4% de IVA hace dos años y ahora como el ya no puede conducir me lo quiere ceder a mi que yo tambien soy minusvalida con movilidad reducida, al hacer el cambio de nombre que hastos me conllevaria, habria de pagar mas IVA, gracias

    • El tendría que pagar el IVA porque no puede transferir el vehículo en 4 años.

      Tú si le compras, tendrías que pagar el impuesto de transmisiones.

      Salu2.

  • Mati

    hola muy buenas ,mi marido tiene una minusvalía del 58%, y se compró un coche nuevo, no pago el impuesto de matriculación , se lo compro en el 2016 el coche nuevo en septiembre ,y lo quiero vender para comprar otro de segunda mano ,y mi pregunta es, ya an pasado casi 5 años, si mi marido lo compra de segunda mano, y lo vende tanto el comprador como el vendedor ,tienen que pagar algo del dinero del impuesto de matriculación, que se ahorro por la discapacidad, mi marido cuando lo compro nuevo, el coche ,muchas gracias.

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