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23 de noviembre de 2016

¿Cómo calcular lo que Hacienda debe devolverte por tu Prestación maternal? 6 pasos

Para solicitar a Hacienda la devolución del IRPF abonado por la Prestación maternal, ya facilitamos el Modelo de rectificación con todos los datos que hay que rellenar.

Está vez indicamos cómo Calcular la cantidad que Hacienda te debe devolver por el IRPF que pagaste por las 16 semanas de prestación de baja maternal.

En el caso de la reciente sentencia del TSJ de Madrid Hacienda está obligada a devolver 3.135€ a la madre que lo solicitó.

¿Cómo calcular cuánto te tiene que devolver Hacienda por la prestación maternal?  7 pasos

Te indicamos cómo calcularlo en 7 pasos.

1º.- ¿En qué año nació tu hijo?

Lo primero debes fijarte en qué año nació tu hijo, para saber en qué año/s te beneficiaste de la Prestación maternal (y por tanto saber a qué ejercicio fiscal afecta):

Se puede solicitar a Hacienda la devolución de los impuestos pagados (irpf) de la Prestación maternal cobrada a partir del 2012.

Hay que tener en cuenta también que las Declaraciones de la Renta se hacen por años naturales, pero una misma prestación maternal se puede cobrar en 2 años naturales. (Los niños que hayan nacido a partir del 10 de septiembre, parte se cobra en el año de nacimiento y parte al año siguiente).

Ejemplo: Martina nació el 12 de Noviembre de 2013, por lo cual su madre cobró la Prestación maternal parte en ese año 2013 y parte en 2014

  • En caso de que se cobrara la Prestación maternal sólo en 1 año, sólo hay que solicitar la devolución de la autoliquidación (declaración de la renta) de ese año.
  • En caso de cobrarlo en 2 años naturales, supone algo más de trabajo ya que habrá que solicitar la devolución de 2 autoliquidaciones

En el caso de Martina, su madre deberá solicitar la devolución correspondiente a la parte cobrada en 2013 y a la parte del 2014)

2º. Averiguar la cuantía de la prestación maternal cobrada de cada ejercicio fiscal.

Para cada ejercicio fiscal (año natural) que solicites la devolución, has de obtener la cuantía total de Prestación maternal cobrada en dicho año.

En el caso de Martina, su madre deberá averiguar cuánto cobró de Prestación maternal cobrada en 2013 y cuánto en 2014.

Se puede averiguar de varias formas:

  • A través de los DATOS FISCALES del BORRADOR:

Si tienes guardado el Borrador de la declaración de la renta de ese año y/o los datos fiscales, si te fijas en el listado de ingresos figura la Prestación maternal que te pagaron ese año.

Si no se tiene el Borrador se puede descargar de AEAT:

->> Descargar e imprimir Borrador, eso sí, sólo deja para los ejercicios 2013, 2014, y 2015 y has de tener Certificado Digital, Clave PIN o el Número de Referencia para poder descargarlo. Para el año 2012 hay que acudir a las oficinas de Hacienda a solicitarlo.

Ejemplo de la imagen:   Prestación maternidad  7.421,12€

  • A través de la BASE DE COTIZACIONES:

Hay que averiguar la base de cotizaciones durante los meses que se cobró la prestación maternal (las 16 semanas siguientes a la fecha de nacimiento de tu hijo).

Puedes ver tu Base de Cotizaciones de esos meses rápidamente tal como indicamos en:

->> ¿Cómo conseguir tu Informe de Bases de Cotización en un minuto?

Obtenido este valor, se calcula la Prestación cobrada en ese año de la siguiente forma:

Base de cotizaciones / 30 * nº días con derecho a prestación en ese año

Si se cobró toda la prestación en 1 año natural, se multiplicaría por 112 días (son los días correspondientes a las 16 semanas con derecho a prestación).

Ejemplo de la imagen:    Para el niño Adrián que nació el 4 de Abril de 2012, la madre tenía de Base de Cotización en Marzo (se tiene en cuenta la base del mes anterior al del nacimiento)   1.987,80€

1.987,80€ (Base cotización) /30 * 112 = 7.421,12 €

3º.- Descargar el Programa Padre del año a solicitar la devolución e instalarlo:

Os facilitamos el enlace para descargarlo (debéis descargar el del año/s en que cobrasteis la Prestación de maternidad)

4º.- Introducir los datos de tu declaración de la renta del año en cuestión.

Es la parte más laboriosa pero es sencillo.

Sólo debes copiar todos los datos de la Declaración de la Renta del año/s en que cobraste la Prestación de maternidad en el Programa padre.

  • Si no dispones de una copia de la Declaración de la Renta de aquel año, la puedes descargar de la AEAT:

->> Descargar e imprimir Declaración de la Renta   (se requiere Certificado Digital, Clave PIN o Número de Referencia)

Pero sólo admite descargarla de los ejercicios de 2013, 2014 y 2015. Si tu hijo nació en 2012 y no te quedaste con copia de tu Declaración de ese año, tendrías que ir Hacienda a solicitarla.

Una vez introducido todos los datos, apuntar la cifra que figura en la Casilla con el Resultado de la Declaración (verificar que coincide con lo que figura en la copia de tu declaración para comprobar que has metido bien los datos):

Para cada año esa Casilla en la que te debes fijar es diferente:

  • 2012: casilla 770.
  • 2013: casilla 540.
  • 2014: casilla 620.
  • 2015: casilla 610.

Ejemplo:   Por Adrián su madre cobró 7.421,12 € total de Prestación de maternidad.   Adrián nació en el 2012. En la Declaración de la Renta de ese año a su madre en la Casilla 770 figuran 112€ de cantidad a pagar.

Hecho esto, no cierres el Programa Padre!!!, que vamos al punto 5º donde sólo tendrás que cambiar el valor de una casilla y volver a ver el nuevo Resultado de la Declaración

5º. Modificar casilla de Rendimientos de trabajo (casilla 001).

Hay que hacer una sencilla resta:

  • Debes restar de la cantidad que figura en la Casilla 001 (Rendimientos del Trabajo) del Programa Padre la cuantía de la Prestación maternal (la calculada en el Punto 2º)
  • Indica en la Casilla 001 ese resultado de la resta.

Estás así recalculando tu Declaración sin pagar Impuestos por la Prestación Maternal, como debería ser.

6º.- Vuelve a mirar la Casilla Resultado de la declaración.

La diferencia entre lo que marcaba el Resultado de la Declaración antes de modificar esa Casilla 001 y lo que marca ahora, es lo que HACIENDA te tiene que devolver de ese ejercicio fiscal y lo que debes solicitar en la Solicitud de Rectificación de Autoliquidación a presentar en Hacienda para que te lo devuelva.

Imprimir la Declaración modificada para adjuntarla en los documentos que hay que presentar la Solicitar la Devolución en Hacienda que podéis ver en:

->> ¿Cómo solicitar la devolución del IRPF de la Prestación por maternidad a Hacienda? – Modelo –

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254 comments to ¿Cómo calcular lo que Hacienda debe devolverte por tu Prestación maternal? 6 pasos

  • sara

    Hola
    mi duda es la siguiente. ¿Todas estas indicaciones sirven para los que presentamos declaraciones en el País Vasco? En la web de la Hacienda de Gipuzkoa no he encontrado la manera de simular una declaración de IRPF de ejercicios anteriores. EL programa PADRE no sirve para este caso ya que no incluye al País Vasco
    gracias

  • Carlos

    Hola, ante todo muchas gracias por la información tan útil que facilitáis.
    Aunque ya se ha repetido varias veces que la única casilla a modificar en la declaración es la 001, en mi caso, en los datos fiscales de la prestación por maternidad aparecen dos cantidades, la correspondiente a la retribución dineraria (que está claro que no hay que poner para el nuevo cálculo de la declaración) y otra cantidad como gastos deducibles.
    Mi duda es si también hay que quitar del nuevo cálculo de la declaración esos gastos deducibles (al no consignar la retribución dineraria) o sí que habría que mantenerlos.
    Espero puedan aclarármelo.
    Un saludo.

  • Nuria

    Soy de Muface (funcionaria), y en los datos fiscales del borrador del 2012, no me aparece la prestación maternal así como lo indicais en vuestro ejemplo. En mi caso cobré la nómina tal cual como otro mes cualquiera y lo paga la misma Administración donde trabajo.

    Entiendo que para calcular la prestación debo de calcular el salario bruto cobrado durante las 16 semanas que dura el permiso de maternidad, es correcto???

    Luego tendría que seguir con los pasos 5º y 6º que indicáis no???

    Gracias por el apoyo.

    • Yo entiendo que sí.

      El artículo que menciona el juez para dar la sentencia es la siguiente:

      » Las prestaciones familiares reguladas en el Capítulo IX del Título II del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, y las pensiones y los haberes pasivos de orfandad y a favor de nietos y hermanos, menores de veintidós años o incapacitados para todo trabajo, percibidos de los regímenes públicos de la Seguridad Social y clases pasivas.

      Asimismo, las prestaciones reconocidas a los profesionales no integrados en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos por las mutualidades de previsión social que actúen como alternativas al régimen especial de la Seguridad Social mencionado, siempre que se trate de prestaciones en situaciones idénticas a las previstas en el párrafo anterior por la Seguridad Social para los profesionales integrados en dicho régimen especial. La cuantía exenta tendrá como límite el importe de la prestación máxima que reconozca la Seguridad Social por el concepto que corresponda. El exceso tributará como rendimiento del trabajo, entendiéndose producido, en caso de concurrencia de prestaciones de la Seguridad Social y de las mutualidades antes citadas, en las prestaciones de estas últimas.

      Igualmente estarán exentas las demás prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción, hijos a cargo y orfandad.

      También estarán exentas las prestaciones públicas por maternidad percibidas de las Comunidades Autónomas o entidades locales.»

  • Irene

    Hola!
    Muchísimas gracias por la información tan clara de la ayuda que prestan. He seguido los pasos como bien indican. El importe total de la declaración, pasó de ser a devolver 245€ a pagar 710€, ¿es normal lo que ha sucedido? ¿qué tengo que hacer al respecto? ¿influye esto con lo que estamos solicitando?
    Gracias!

  • Irene

    Y a la hora de poner la fecha en la última página del borrador, pondría la de ahora (la misma que la del escrito/solicitud), no?

  • Nuria

    Tengo otra duda respecto punto 6º:

    Ejemplo: Me salió la declaración anterior valor +300 euros, y ahora me sale la declaración realizando todos los pasos: -900 euros.

    Entiendo paso 6º: (+300)-(-900)= +1200 tengo que pagar 1200 euros o me tienen que devolver 1200 euros?????

    O os referís a que hay que hacer la diferencia de los valores absolutos, y te devolvería siempre que la segunda declaración (la que resta la prestación) salga negativa????

    Perdón por preguntar de nuevo y muchísimas gracias por adelantado.

    • Te tienen que devolver 1.200€.

      Declaración presentada: pagaste 300€.

      Declaración real teniendo en cuenta la exención de la prestación: -900€.

      Si se hubiera presentado la real desde el principio, Hacienda te devuelve 900€, pero como pagaste los 300€ (no tenías porqué), también te lo tiene que devolver.

      Salu2.

  • MAMEN

    Buenos días.
    Yo tuve a mi hijo mientras cobrara el paro, entiendo que al causar baja maternal, pasa a pagarme la seguridad social ,se considera prestación maternal,y puedo reclamar, ¿es así?.

    • Tenías derecho a la prestación maternal, pero lo tenías que haberlo solicitado.

      Ahora… pues no sé qué decirte.

      Vete a la Seguridad Social y pregunta.

      Salu2.

  • Nuria

    Buenos días, tengo una última duda, he calculado lo que me tiene que devolver la AEAT sobre la declaración complementaria, mi duda es si sería correcto el cálculo. Gracias y saludos.

  • Nuria

    Perdón, sobre mi consulta anterior, mi pregunta es si es correcto calcular todos los pasos que describís sobre la declaración complementaria.

    Gracias de nuevo.

    • Sí, es necesario que realices todos esos cálculos.

      Para quien no esté acostumbrado a realizarse la declaración de la renta, pueden ser un poco complicados, pero para eso puede solicitar ayuda a un gestor que le eche una mano con el cálculo.

      Salu2!

  • Anita G

    Muchísimas gracias por la ayuda.
    Es fácil de entender y va al grano.

    Solo me queda una duda, como el resultado de la declaración del 2014 (cuando percibi la prestación por maternidad) y con el recálculo me cale a devolver, tendría que generar el nuevo borrador como «declaración complementaria» para poder añadir lo pagado inicalmente?

    Gracias de antemano!

    • No sé si te va a dejar.

      Las complementarias es para pagar más.

      Puedes presentar ambas declaraciones y en el escrito indicar que el resultado con la Pretación Maternal exenta, sale: – xxx.xx euros.

      Mientras que la original, salía a pagar yyy.yy euros.

      Por lo tanto, Hacienda ha de devolverte, -xxx.xx – yyy.yy euros.

      Salu2.

    • Anita G

      Y la última cuestión: (1) sobre los plazos a seguir así como documentos a acompañar en cada uno de los recursos hasta llegar a la via administrativa, nos podrías orientar un poco?
      (2) para inicial el procedimiento judicial, es imperativo contratar abogado o representante o procurador?

      Gracias de antemano.

    • 1. http://www.preguntasfrecuentes.net/2016/11/22/como-solicitar-la-devolucion-del-irpf-de-la-prestacion-por-maternidad-a-hacienda-modelo/

      Explicar más detalle, sería muy muy extenso.

      Sólo apuntar 1 dato:

      – La administración puede contestar o no. Si no contesta en 6 meses, significa negativa por silencio administrativo y te da pie a seguir con el siguiente paso.

      2. Depende de la cuantía.

      Abogado y procurador no se necesitan:

      – Los juicios verbales cuya cuantía sea inferior a 2.000 €.
      – En la petición inicial de los procedimientos monitorios.

      Salu2.

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