Las ayudas para la compra y alquiler de vivienda destinadas a los jóvenes menores de 35 años, a las personas mayores de 65 años y a personas en situación de desahucio, dentro del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, entró en vigor el pasado 10 de marzo cuando salio publicado en el BOE.
En este artículo trataremos sólo de las Ayudas para los menores de 35 años tanto de alquiler o como a la adquisición de viviendas siempre localizadas en municipios de menos de 5.000 habitantes.
En otros artículos trataremos las disponibles para los mayores de 65 años y los demás casos.
Ayudas a la Compra de Vivienda
Disponibles para los jóvenes que sean menores de 35 años en el momento de realizar la solicitud.
- Cuantía
La cuantía de la ayuda será de hasta 10.800 euros, con el límite del 20% del precio de adquisición, como ayuda para el pago de la entrada del inmueble.
- Condiciones para las Ayudas a la compra de vivienda
Para acceder a esta Ayuda a la Compra de Vivienda será necesario cumplir una serie de condiciones como por ejemplo:
- La vivienda adquirida deberá ser la residencia habitual y permanente del solicitante durante 5 años (que es el periodo de las ayudas)
- El solicitante no debe ser propietario o usufructuario de otra vivienda en España (excepto no disponibilidad por separación, divorcio o causas ajenas a su voluntad)
- Los ingresos del solicitante deben ser inferiores a 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), equivalente a 22.365,42 euros anuales según el IPREM actualizado. Se tendrán en cuenta los ingresos brutos anuales reflejados en la última declaración de la renta presentada.
Ayudas al Alquiler de vivienda para los Jóvenes
Disponibles tanto para los jóvenes que sean menores de 35 años en el momento de realizar la solicitud
- Cuantía de las ayudas al Alquiler de vivienda de hasta el 50% del alquiler mensual.
- La ayuda al alquiler tendrá una duración de 3 años
Condiciones a cumplir:
En este caso, para poder beneficiarse de estas ayudas se requiere:
- la renta de la vivienda debe ser igual o inferior a 600 euros mensuales (o a 900€ mensuales en casos justificados)
- los ingresos del solicitante deben ser inferiores a 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), equivalente a 22.365,42 euros anuales según el IPREM actualizado para 14 pagas. Se tendrán en cuenta los ingresos brutos anuales reflejados en la última declaración de la renta presentada.
- El solicitante no debe ser propietario o usufructuario de otra vivienda en España (excepto no disponibilidad por separación, divorcio o causas ajenas a su voluntad)
- La vivienda arrendada debe ser el domicilio habitual y permanente.
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Se os ha olvidado algo muy importante respecto a la ayuda para Jovenes de menos de 35 años, la vivienda tiene que estar localizada en municipios de menos de 5.000 habitantes. Y en el caso de la compra no puede exceder 100.000€
Efectivamente, así es.
Salu2.
Buenos días, si un matrimonio cumple todos los requisitos, pero uno de los cónyuges es mayor de 35 años, ¿ se puede solicitar la ayuda de alquiler o compra- venta, del nuevo plan estatal de vivienda?
Muchas gracias.
Saludos.
Sólo se podrá beneficiar la persona que es menor de 35 años.
Salu2.