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23 de noviembre de 2016

¿Cómo calcular lo que Hacienda debe devolverte por tu Prestación maternal? 6 pasos

Para solicitar a Hacienda la devolución del IRPF abonado por la Prestación maternal, ya facilitamos el Modelo de rectificación con todos los datos que hay que rellenar.

Está vez indicamos cómo Calcular la cantidad que Hacienda te debe devolver por el IRPF que pagaste por las 16 semanas de prestación de baja maternal.

En el caso de la reciente sentencia del TSJ de Madrid Hacienda está obligada a devolver 3.135€ a la madre que lo solicitó.

¿Cómo calcular cuánto te tiene que devolver Hacienda por la prestación maternal?  7 pasos

Te indicamos cómo calcularlo en 7 pasos.

1º.- ¿En qué año nació tu hijo?

Lo primero debes fijarte en qué año nació tu hijo, para saber en qué año/s te beneficiaste de la Prestación maternal (y por tanto saber a qué ejercicio fiscal afecta):

Se puede solicitar a Hacienda la devolución de los impuestos pagados (irpf) de la Prestación maternal cobrada a partir del 2012.

Hay que tener en cuenta también que las Declaraciones de la Renta se hacen por años naturales, pero una misma prestación maternal se puede cobrar en 2 años naturales. (Los niños que hayan nacido a partir del 10 de septiembre, parte se cobra en el año de nacimiento y parte al año siguiente).

Ejemplo: Martina nació el 12 de Noviembre de 2013, por lo cual su madre cobró la Prestación maternal parte en ese año 2013 y parte en 2014

  • En caso de que se cobrara la Prestación maternal sólo en 1 año, sólo hay que solicitar la devolución de la autoliquidación (declaración de la renta) de ese año.
  • En caso de cobrarlo en 2 años naturales, supone algo más de trabajo ya que habrá que solicitar la devolución de 2 autoliquidaciones

En el caso de Martina, su madre deberá solicitar la devolución correspondiente a la parte cobrada en 2013 y a la parte del 2014)

2º. Averiguar la cuantía de la prestación maternal cobrada de cada ejercicio fiscal.

Para cada ejercicio fiscal (año natural) que solicites la devolución, has de obtener la cuantía total de Prestación maternal cobrada en dicho año.

En el caso de Martina, su madre deberá averiguar cuánto cobró de Prestación maternal cobrada en 2013 y cuánto en 2014.

Se puede averiguar de varias formas:

  • A través de los DATOS FISCALES del BORRADOR:

Si tienes guardado el Borrador de la declaración de la renta de ese año y/o los datos fiscales, si te fijas en el listado de ingresos figura la Prestación maternal que te pagaron ese año.

Si no se tiene el Borrador se puede descargar de AEAT:

->> Descargar e imprimir Borrador, eso sí, sólo deja para los ejercicios 2013, 2014, y 2015 y has de tener Certificado Digital, Clave PIN o el Número de Referencia para poder descargarlo. Para el año 2012 hay que acudir a las oficinas de Hacienda a solicitarlo.

Ejemplo de la imagen:   Prestación maternidad  7.421,12€

  • A través de la BASE DE COTIZACIONES:

Hay que averiguar la base de cotizaciones durante los meses que se cobró la prestación maternal (las 16 semanas siguientes a la fecha de nacimiento de tu hijo).

Puedes ver tu Base de Cotizaciones de esos meses rápidamente tal como indicamos en:

->> ¿Cómo conseguir tu Informe de Bases de Cotización en un minuto?

Obtenido este valor, se calcula la Prestación cobrada en ese año de la siguiente forma:

Base de cotizaciones / 30 * nº días con derecho a prestación en ese año

Si se cobró toda la prestación en 1 año natural, se multiplicaría por 112 días (son los días correspondientes a las 16 semanas con derecho a prestación).

Ejemplo de la imagen:    Para el niño Adrián que nació el 4 de Abril de 2012, la madre tenía de Base de Cotización en Marzo (se tiene en cuenta la base del mes anterior al del nacimiento)   1.987,80€

1.987,80€ (Base cotización) /30 * 112 = 7.421,12 €

3º.- Descargar el Programa Padre del año a solicitar la devolución e instalarlo:

Os facilitamos el enlace para descargarlo (debéis descargar el del año/s en que cobrasteis la Prestación de maternidad)

4º.- Introducir los datos de tu declaración de la renta del año en cuestión.

Es la parte más laboriosa pero es sencillo.

Sólo debes copiar todos los datos de la Declaración de la Renta del año/s en que cobraste la Prestación de maternidad en el Programa padre.

  • Si no dispones de una copia de la Declaración de la Renta de aquel año, la puedes descargar de la AEAT:

->> Descargar e imprimir Declaración de la Renta   (se requiere Certificado Digital, Clave PIN o Número de Referencia)

Pero sólo admite descargarla de los ejercicios de 2013, 2014 y 2015. Si tu hijo nació en 2012 y no te quedaste con copia de tu Declaración de ese año, tendrías que ir Hacienda a solicitarla.

Una vez introducido todos los datos, apuntar la cifra que figura en la Casilla con el Resultado de la Declaración (verificar que coincide con lo que figura en la copia de tu declaración para comprobar que has metido bien los datos):

Para cada año esa Casilla en la que te debes fijar es diferente:

  • 2012: casilla 770.
  • 2013: casilla 540.
  • 2014: casilla 620.
  • 2015: casilla 610.

Ejemplo:   Por Adrián su madre cobró 7.421,12 € total de Prestación de maternidad.   Adrián nació en el 2012. En la Declaración de la Renta de ese año a su madre en la Casilla 770 figuran 112€ de cantidad a pagar.

Hecho esto, no cierres el Programa Padre!!!, que vamos al punto 5º donde sólo tendrás que cambiar el valor de una casilla y volver a ver el nuevo Resultado de la Declaración

5º. Modificar casilla de Rendimientos de trabajo (casilla 001).

Hay que hacer una sencilla resta:

  • Debes restar de la cantidad que figura en la Casilla 001 (Rendimientos del Trabajo) del Programa Padre la cuantía de la Prestación maternal (la calculada en el Punto 2º)
  • Indica en la Casilla 001 ese resultado de la resta.

Estás así recalculando tu Declaración sin pagar Impuestos por la Prestación Maternal, como debería ser.

6º.- Vuelve a mirar la Casilla Resultado de la declaración.

La diferencia entre lo que marcaba el Resultado de la Declaración antes de modificar esa Casilla 001 y lo que marca ahora, es lo que HACIENDA te tiene que devolver de ese ejercicio fiscal y lo que debes solicitar en la Solicitud de Rectificación de Autoliquidación a presentar en Hacienda para que te lo devuelva.

Imprimir la Declaración modificada para adjuntarla en los documentos que hay que presentar la Solicitar la Devolución en Hacienda que podéis ver en:

->> ¿Cómo solicitar la devolución del IRPF de la Prestación por maternidad a Hacienda? – Modelo –

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254 comments to ¿Cómo calcular lo que Hacienda debe devolverte por tu Prestación maternal? 6 pasos

  • Esther

    Buenos dias, quisiera haceros una consulta.
    Mi hijo nació en enero de 2014 y cobré la baja por maternidad. El caso es que ahora revisando papeles para reclamar lo de la retención del IRPF me he dado cuenta de un error del que en su momento, al hacer la declaración, no me di cuenta. Resulta que por un lado en las bases de cotización de 2014 no me consta que me pagara la baja la seguridad social, si no que pone que todos los meses cobré de mi empresa. Y en cambio en el certificado del IRPF que me dio mi empresa pone que esos meses ellos no me pagaron… En la declaración consta como si todo lo hubiera cobrado de mi empresa.
    Ahora no sé que tengo que hacer para arreglaro, ni se seguro si arreglarlo me va a beneficiar.
    ¿Por donde deberia empezar? ¿Preguntando en la seguridad social por que no consta que esos meses me pagaron ellos?
    Gracas.

    • No, tranquila. Que todos esos ingresos se meten en la misma casilla.

      Ahora tienes que rehacer dicha declaración restando de esa casilla el importe de la prestación.

      La diferencia de resultado, es lo que tienes que solicitar a Hacienda para que te devuelva lo pagado extra.

      Salu2.

    • Esther

      Gracias por responder tan rápido.
      El problema es el que menciono antes, que me he descargado web de la seguridad social la hoja de las bases de cotización de 2014 y en todos los meses del año pone que cobré de mi empresa, no consta que ningún mes ellos me pagaran la prestación por la baja (aunque yo tengo guardada la hoja que me dieron al solicitarla donde detalla los dias que me pertencen e importe a percibir).

    • EN la Seguridad Social figura lo que cotizaste, lo que importa es el papel que tienes y también los datos fiscales de ese año (te tuvieron que enviar la Agencia Tributaria junto con el borrador).

      Salu2.

  • raikard s

    buenas, tu experiencia que te dice sobre esto? que presentemos rapidamente las rectificaciones o esperemos un poco? total, hay plazo hasta junio de 2019… sabes si hacienda las echaba para atrás y hay que ir a juicio o las devuelve sin rechistar? gracias de antemano

    • No, esta vez ya van a dar paso.

      No tiene nada que hacer vía judicial y lo único que haría sería tener que pagar las tasas judiciales, porque hay doctrina del TS.

      Todas los juicios lo perdería de forma sistemática.

      Lo que no sabemos y deberían de hacerlo es devolverlo de oficio, sin tener que reclamar.

      Como hay plazo, esperate un poco y a lo mejor te puedes ahorrar el esfuerzo de hacer los calculos tú y tener que presentarlo, y es Hacienda el que de forma proactiva te devuelve lo pagado de más.

      Salu2.

  • silvia

    Buenas tardes,

    Tengo la siguiente duda; mi hijo nació el 07/09/15 y mi contrato finalizó el 30/09/2015. Entiendo que la prestación, aunque ya no estuviese cotizando, no estuvo exenta de IRPF en la declaración que presenté en 2016 y que por ello puedo reclamar la devolución, ¿es así?.

    Gracias de antemano y un saludo,

    Silvia

    • Sí, puedes reclamar. Aunque perdieras el empleo, cobraste la prestación, y te retuvieron y pagaste más o menos IRPF por dicha prestación.

      El tema es que si pagaste algo, ese algo te lo tienen que devolver.

      Salu2.

  • Marta Gómez Ruiz

    Hola mi pregunta es la siguiente, mi hijo nació el 30 septiembre de 2016 ese año no estaba obligada a hacer la declaración porque no llegaba al mínimo, al año siguiente 2017 la hize conjunta con mi marido porque nos salía mejor. Como debo hacerlo?

    • Si nació en 2016, afecta a la declaración de la renta del año 2016, que se hace en el año 2017.

      Por lo que indicas, puedes reclamarlo.

      Si no se ha presentado la declaración, se podría presentarlo también y reclamar lo retenido, lo malo es que habrá una pequeña sanción por presentarlo fuera de plazo.

      Habría que analizar si dicha sanción es superior o inferior a lo que te tiene que devolver.

      Salu2.

  • Francisco

    Hola buenos días
    Ayer estuve modificando la declaración de mi mujer del 2015, y mi pregunta es, solo hay que restar la cuantía del dinero que le pago la seguridad social en la casilla 001 o también hay que restar la cantidad que la retuvieron de IRPF y de seguridad social?

    Muchas gracias
    Un saludo

    • Sólo los ingresos de la casilla 001. El resto hay que dejarlo como está.

      Lo que te retuvieron, se retuvo mal. A partir de ahora dejarán de retener.

      Lo que se pagó a la SS de cotizaciones, son deducibles y lo pagaste.

      Ambos hechos ocurrió y hay que dejarlo como está.

      Lo que hay que cambiar es la cuantía que se puso en la casilla 001 como ingresos sometidos a IRPF, que ahora el TS ha declarado que no es así, y por eso, es lo único que hay que quitar.

      Salu2.

  • Rocio

    Buenos días,
    Mi caso es un poco diferente, ya que soy funcionaria. La prestación de maternidad no me la pagó la seguridad social, sino Muface. Los meses que estuve de baja de maternidad cobré las nóminas con normalidad (como si estuviera trabajando), por lo que en los datos fiscales la cantidad de la prestación de maternidad no viene separada ni indicada (está unido con el resto), pero tengo un papel con la resolución de permiso de maternidad de Muface (indicando las fechas en las que estuve de baja de maternidad).

    ¿Cómo tendría que calcular la prestación de maternidad? Con las nóminas de los meses en los que estuve de baja? Y los meses que no estuve de baja en el mes completo ¿hago reparto proporcional de los días que estuve de baja? Y, de las pagas extras de ese año, ¿hay parte que corresponde a la prestación de maternidad? ¿La retención que le aplico es la que aparece en la nómina de cada mes?

    No veo ningún comentario en ningún sitio del caso de las funcionarias de Muface, pero debemos ser muchas las afectadas.

    Muchas gracias y un saludo

  • Cristina

    Buenas, en diciembre de 2016 mande una reclamación a hacienda solicitando la devolución de lo que la sentencia ahora confirma. Solicité la devolucion de la parte correspondiente a 2012 de mi hija y a 2015 de mi hijo. En ambas reclamaciones me dijeron que no, y yo volví a remitir otro escrito diciendo que no estaba conforme con su respuesta y volvía a insistir. No recibí ninguna notificación. Mi pregunta, puedo reclamar o tengo que ir por juzgados? Y en este caso al solicitar la devolucion de 2012 antes de que prescribiese puedo volver a solicitarlo? Gracias!

  • richal

    los gastos deducibles tambien se tienen que restar?

  • Rocio

    Respecto al comentario anterior, me consta que el Supremo estima que el alcance de esta exención “no se limita” como establecía la anterior sentencia del TSJ de Madrid a las CCAA y municipios, sino que abarca todas las prestaciones por maternidad, sin distinción del órgano público del que se perciban, entendiéndose también las de la Administración Central y Muface…

  • PILAR

    Buenos días:
    En mi caso, di a luz en Septiembre de 2014.
    En esa época, me encontraba percibiendo la prestación por desempleo.
    En los meses que van desde Septiembre a Diciembre, no me figura nada en el informe de cotización, es como si se hubiera paralizad, pero si que percibi mi baja de maternidad.
    Eso porque es?
    Como puedo saber la cantidad que tengo que poner.
    Muchas gracias por su ayuda.

    Un saludo

    • Es así, porque cuando uno está cobrando el paro, al ser madre, tiene derecho a la prestación maternal.

      Durante la percepción del a prestación maternal, se suspende la prestación de desempleo.

      Tienes derecho a solicitar la devolución de lo pagado en el IRPF por la prestación maternal.

      La cuatía lo podrías ver en el borrador que te enviaron en 2014, de no tenerlo, podrías acceder a la web de aeat y obtenerlo.

      Salu2.

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