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9 de abril de 2009

¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

En el caso de vender nuestro vehículo antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto de Circulación, indicamos a quién correspondería legalmente abonarlo.

¿Qué es el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)?

El Impuesto municipal de Circulación o de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) es un impuesto que están obligados a pagar todos los vehículos matriculados que no hayan causado baja, así como los provistos de permisos temporales y grava la titularidad de dichos vehículos aptos para circular por las vías públicas.

¿Quién está obligado a pagarlo?

Está obligado a pagarlo la persona o entidad que figure como titular del vehículo y por tanto en el Permiso de Circulación, a día 1 de Enero de cada año.

Es decir, el titular registral, independientemente de que coincida o no con el titular real, o de que el coche vendido haya sido transferido antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto.

¿Qué ocurre si nuestro vehículo vendido al concesionario lo dan de baja temporal por transmisión?

Este caso es muy habitual cuando en la compra de un vehículo nuevo, entregamos nuestro antiguo coche en el concesionario.

El concesionario muchas veces procede a dar de Baja Temporal el vehículo entregado hasta que haga la venta a un tercero y se transfiera.

Por lo que para evitar que en el año siguiente nos llegue el recibo del Ayuntamiento del Impuesto de Circulación, deberemos proceder a darlo de baja en el Ayuntamiento correspondiente (que será el que figure en el Permiso de circulación).

De esta forma, el concesionario podrá mantener el vehículo de baja temporal hasta 1 año, sin tener que abonar dicho impuesto, ya que a fecha 1 de Enero, será poseedor registral y no titular registral de ese vehículo.

Si pasado ese año máximo que lo puede tener de baja temporal el concesionario no lo hubiera vendido, deberá poner el vehículo a su nombre, y por tanto darse de alta y pagar dicho impuesto en el Ayuntamiento correspondiente.

Si el vehículo se vendiera antes de transcurrirse ese año, será el nuevo adquiriente el que al transferir el vehículo deberá liquidar ese Impuesto de Circulación.

De todas formas, hay que tener en cuenta que muchas veces el precio de venta pactado por el vehículo puede incluir ya, habiéndose pactado, los impuestos, aunque legalmente el obligado sería el comprador.

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1.207 comments to ¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

  • zlatan

    hola he comprao un coche el dia 22 de enero 2010 de un particular y queria saber si yo que tengo que pagar el impuesto de circulacion o bien pertenece al vendidor mucha gracias si era el que tiene que pagar a mi eso no me perjudica ?? gracias

    • Como a fecha 1 de enero el coche estaba a nombre del vendedor, el Impuesto de este año le llegará a él y le tocará pagarlo.

      El año que viene ya te llegará a ti automáticamente a la dirección que figure en el Permiso de Circulación de tu coche.

      Así que no te preocupes, porque aunque el vendedor decidiera no pagarlo, a ti no te influiria en nada. Es responsabilidad suya y se lo reclamarán a él.

      Salu2!

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  • teresa

    buenas tardes. una pregunta que agradecería me pudieran contestar. A finales de enero de este año me compré un coche de segunda mano en un concesionario. Me han entregado el permiso de circulación y la ficha técnica del vehículo ya a mi nombre. Pero me he dado cuneta que del impuesto de circulación no me han entregado ningún documento, ni justificante, y no me dijeron nada, yo tampoco pregunté porque es mi primer coche y tampoco soy una experta. ¿es obligatorio llevar recibo por si me para la policía o guardia civil? ¿debo pedirlo en el concesionario? ¿debo ir a mi ayuntamiento? o hasta el año que viene no me lo pueden exigir?. Muchas gracias por vuestra respuesta.

    • Buenas tardes Teresa

      No te preocupes porque el Impuesto municipal de Circulación depende del Ayuntamiento de cada ciudad. No es un tema competencia de Tráfico por lo que no te pueden multar por no llevarlo en el coche.

      Aclaración:(te lo pueden pedir si te paran los agentes, suelen hacerlo como medida de presión para que la gente lo pague, pero no te pueden multar por no tenerlo)

      No hace falta que lo pidas al concesionario. De hecho, como a fecha 1 de Enero de este año no estaba a tu nombre, no es responsabilidad tuya pagarlo ni te lo podrán reclamar a ti.

      El año que viene te llegará automáticamente a la dirección que figure en el Permiso de Circulación de tu coche. No hace falta que vayas al Ayuntamiento ni nada.

      Esperamos que te sea de ayuda.

      Salu2!

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  • rafaela alvarez

    me he divorciado y mi coche continua ha nombre de miex. ahora mi suegra me da los resibo para que yo pague yo no puedo pagar etoy en el paro y me niego a pagar cuando el coche este ami nonbre pagare » que me puede suceder. les corresponde ael pagar espero. respuetas

    • Si el coche no está a tu nombre no es responsabilidad tuya abonarlo, a no ser que en las condiciones del divorcio se especifique algo en concreto sobre ese tema…

      Se lo enviarán al titular que figure en el Permiso de Circulación del coche a fecha 1 de enero del 2010 al domicilio que ahí figure.

      Y en caso de no abonarlo, se lo reclamarán al titular, no a ti, así que no te preocupes.

      En caso de no pagarlo en años sucesivos, si decidieran vender el coche no podrán hacerlo ya que es necesario presentar el recibo en Tráfico para poder transferirlo.

      También es posible que en caso de impago el Ayuntamiento pueda embargárselo de su cuenta.

      Esperamos que te sirva de ayuda y te quedes más tranquilo.

      Salu2!

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  • Pedro

    Buenas, yo tengo una moto (scooter) que lleva parada en el garage 9 años, y ahora estoy pensando en ponerla a funcionar para este verano, pero tengo la duda si tengo que pagar los 9 años anteriores de permiso de circulacion, o pago el de este año y via? espero ansiosamente una respuesta, gracias

    • Buenass Pedro.

      Los 9 años del Impuesto municipal de Circulación no, pero sí que te pueden reclamar el pago de hasta los últimos 4 años (los anteriores habrían prescrito)

      Puedes intentar pagar el último año y depende de si se dan cuenta o no, te reclamarán o no los anteriores.

      Hay muchos usuarios en tu mismo caso, ya que en los Ayuntamientos cometen bastantes errores de cobro de este tipo, así que ya nos contarás para ver que te dicen y a ver si te piden que pagues los anteriores o no..

      Ya nos informarás de cómo acaba el tema.

      Salu2!

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  • marisol

    Con fecha 4/01/10 compre un coche, al antiguo propietario de Huesca le han cobrado el impuesto de circulacion,de Huesca, y a mi me han mandado una carta el ayuntamiento de Zaragoza, donde yo vivo,»invitandome» a pagarlo antes del 15 de junio. Esto como lo hacemos.

    • Pues según eso a ti no te correspondería pagarlo este año y tu Ayuntamiento no te lo debería cobrar.

      Tendrías que ir a Tráfico y allí solicitar el Historial de ese coche donde aparecerá reflejada la fecha en que se transfirió.

      Una vez que tengas ese Historial tendrías que ir al Ayuntamiento que te corresponda a reclamar que como a Fecha 1 de Enero de este año el coche no estaba a tu nombre, no te correspondería pagarlo a ti, sino al anterior titular al que ya se lo han cobrado.

      Esperamos que te lo solucionen y ya nos contarás.

      Salu2!

      Si tiene 10 años cumplidos podrías utilizarlo para el 2000E.

      Pero echa un vistazo para ver todas las condiciones en el artículo en el punto «¿Qué requisitos habrá que cumplir?»

      Y en el concesionario en el que vayas a comprar el coche nuevo consultales antes de nada si aún tienen cupo para poder aplicarlo o no. En principio el presupuesto para el Plan 2000E está prácticamente agotado en estos momentos.

      Salu2

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  • antonio

    compre un coche de segunda mano en el mes de abril pero por problemas personales lo tengo que vender nuevamente.El antiguo propietario me dio el papel del impuesto de circulación pero es el del año pasado(con ese mismo papel me en trafico me hicieron la transferencia) tendre algun problema a la hora de vender el coche?

    • Buenas tardes Antonio.

      Sí, con el recibo del pago del 2009 deberías poder transferirlo de nuevo en Tráfico sin problema.

      Cuando vayas a Tráfico a realizar el trámite, si es que vas tú, coméntales que ya se hizo una transferencia del coche dentro de este mismo año (así que ya se comprobó en ese momento que el Impuesto de circulación estaba pagado)

      El impuesto de Circulación de este año 2010 será imposible que lo tengas, así que con el del 2009 te valdrá perfectamente.

      El de este año le llegará al que te vendió a ti el coche, puesto que era el titular del coche a fecha 1 de enero del 2010.

      Salu2!

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  • Marc

    Buenas,

    Acabo de vender una moto que tiene el motor roto. La moto lleva así desde hace meses y para hacer el cambio de nombre debe pasar antes la ITV (cosa imposible hasta que se arregle). Por lo que he visto en tus respuestas, me toca a mi pagar el impuesto de 2010, pero ¿cómo me protejo para no tener que pagar el de 2011? Hay una gran posibilidad de que aún no esté arreglada y no llegue a realizarse el cambio de nombre.

    Gracias y un saludo.

    • Buenas Marc.

      Puedes transferir la moto aunque no tenga la ITV pasada.

      Se harían los trámites igual (pago Impuesto de Transmisiones en Hacienda y presentar la documentación en Tráfico para hacer el cambio de titular).

      La única diferencia es que al no tener la ITV pasada, al hacer la transferencia en Tráfico quedará hecho el cambio de titular pero no os entregarán el Permiso de Circulación hasta que se pase la ITV.

      Así que si has vendido la moto, te recomendamos que hagas la transferencia ahora y dejeis todo arreglado ya para evitar problemas futuros.

      Si no la transfieres y el año que viene a fecha 1 de Enero sigue a tu nombre, te lo cobrarán a ti de nuevo como corresponde legalmente y no te quedará más remedio que abonarlo.

      Esperamos te sea de ayuda.

      Salu2!

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  • joaquin

    hola hace 19 años vendi mi primer coche ,le hicimos la transfericia al coche la provisional y desde entoces nunca me ha venido nada de ese coche a mi , pero ahora me pide el ayuntamiento un pago del impuesto de circulacion de este año de ese coche cuando yo nunca he recibido nada de ese coche y ademas tramite dicha transferencia lo que pasa que me he mudado varias veces y ahora no puedo demostrar nada pues el recibo despues de 19 años ya no lo tengo

    • Hola Joaquín.

      La verdad es que después de 19 años es raro que te reclamen ahora eso.

      Lo mejor sería primero que acudieras a Tráfico y pidas el historial de ese coche (te lo darán previo pago de unas tasas de 8€ aprox.) Ahí te figuará a nombre de quién está, si se hizo la transferencia correctamente, el ayuntamiento en el que corresponde el pago del Impuesto de circulación actual, etc..)

      Si después de los 4 años siguientes al año que ahora te reclaman no te enviaron ninguna notificación de pago, estaría ya prescrito..

      El impuesto de Circulación le corresponde pagarlo al titular que figure en el Permiso de Circulación a fecha 1 de Enero de cada año. Comprueba en el historial que ese coche no aparezca a tu nombre o podrán reclamarte más años posteriores..

      Ya nos contarás como sigue tu caso..

      Salu2!

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  • Concha

    He realizado la declaración de la renta y me han descontado el impuesto de vehículos de la localidad de Murcia del año 2002 hasta el 2006, cuando ya hace catorce años que me cambié de vivienda y empadronamiento pagando el citado impuesto en la provincia donde resido, ahora nadie se aclara ni hacienda, ni tráfico ¿qué puedo hacer? dispongo de los certificados que garantizan que el pagp está realizado además supongo que si en tráfico de Murcia consta que no he abonado en el de mi nueva localidad figurará que si lo he hecho, pero parece que me toca pagar dos veces….

    • El Impuesto municipal de Circulación hay que liquidarlo en el domicilio que figure en el Permiso de Circulación del coche.

      Ese domicilio será el que figure en el DNI (salvo que presentes el Certificado de empadronamiento) en el momento de matricular un coche nuevo, o al transferirlo si lo hubieras comprado de ocasión.

      Has ido a Tráfico en estos años pasados a cambiar en algún momento ese domicilio de Tráfico? Si no es así deberían habertelo enviado todos estos años al mismo sitio.

      No tienes por qué pagarlo en dos sitios a la vez. Busca los recibos de los años pasados a ver en qué domicilio los pagaste entonces y en cuáles te los han descontado ahora, y habla cuanto antes con el Departamento de Recaudación de ambos Ayuntamientos para aclarar lo sucedido y que te devuelvan la parte correspondiente si es que lo hubieras pagado dos veces.

      En tráfico no figura si lo has abonado o no, ya que ese eso es competencia del Ayuntamiento.. En Tráfico sólo queda registrado en su base de datos el domicilio que figura en el Permiso de Circulación, en cuyo ayuntamiento te tocará pagarlo.

      Ya nos contarás cómo sigue todo y a ver qué te comentan. Esperamos haberte aclarado un poco..

      Salu2!

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  • javier

    Hola, mi pregunta es que yo compre un coche de km, cero el 27 de agosto del 2009,entonces el concepcionario lo matriculo a su nombre y alos sei meses me lo han puesto a mi nombre el dia 14 de mayo del 2010,y ahora me dicen que tengo que pagar yo el impuesto del ayuntamiento, Quien tiene que pagar dicho impuesto el concepcionario o yo,

    • Hola Javier.

      Legalmente le corresponde pagarlo y se lo reclamarán al concesionario, ya que a fecha 1 de Enero de 2010 en Tráfico constaban sus datos.

      Otra tema es que acordaseis en el momento de la venta que tú le abonarías ese importe..

      Si no te comentaron nada en su momento, no figura esa claúsula en tu contrato de venta y el coche ya está transferido, y tienes la documentación en tu poder, no tendrías porqué abonarle ese importe al concesionario..

      Ya nos contarás qué decides hacer 😉

      Salu2

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