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9 de abril de 2009

¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

En el caso de vender nuestro vehículo antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto de Circulación, indicamos a quién correspondería legalmente abonarlo.

¿Qué es el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)?

El Impuesto municipal de Circulación o de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) es un impuesto que están obligados a pagar todos los vehículos matriculados que no hayan causado baja, así como los provistos de permisos temporales y grava la titularidad de dichos vehículos aptos para circular por las vías públicas.

¿Quién está obligado a pagarlo?

Está obligado a pagarlo la persona o entidad que figure como titular del vehículo y por tanto en el Permiso de Circulación, a día 1 de Enero de cada año.

Es decir, el titular registral, independientemente de que coincida o no con el titular real, o de que el coche vendido haya sido transferido antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto.

¿Qué ocurre si nuestro vehículo vendido al concesionario lo dan de baja temporal por transmisión?

Este caso es muy habitual cuando en la compra de un vehículo nuevo, entregamos nuestro antiguo coche en el concesionario.

El concesionario muchas veces procede a dar de Baja Temporal el vehículo entregado hasta que haga la venta a un tercero y se transfiera.

Por lo que para evitar que en el año siguiente nos llegue el recibo del Ayuntamiento del Impuesto de Circulación, deberemos proceder a darlo de baja en el Ayuntamiento correspondiente (que será el que figure en el Permiso de circulación).

De esta forma, el concesionario podrá mantener el vehículo de baja temporal hasta 1 año, sin tener que abonar dicho impuesto, ya que a fecha 1 de Enero, será poseedor registral y no titular registral de ese vehículo.

Si pasado ese año máximo que lo puede tener de baja temporal el concesionario no lo hubiera vendido, deberá poner el vehículo a su nombre, y por tanto darse de alta y pagar dicho impuesto en el Ayuntamiento correspondiente.

Si el vehículo se vendiera antes de transcurrirse ese año, será el nuevo adquiriente el que al transferir el vehículo deberá liquidar ese Impuesto de Circulación.

De todas formas, hay que tener en cuenta que muchas veces el precio de venta pactado por el vehículo puede incluir ya, habiéndose pactado, los impuestos, aunque legalmente el obligado sería el comprador.

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1.207 comments to ¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

  • MANUEL

    Bueno mi caso es q yo compro un 4×4 el 15 enero 2010 y me hacen la transferencia a mi nombre
    2 meces despues lo vendo aun DESGUECE pero solo firmo los documentos de tranferencia pero no la hago porque el desguece me dice q quieren arreglarlo para venderlo mas tarde. Tambien firmo los documentos de baja por si el desguece no puede arreglarlo y le da de baja.
    PREGUNTA: Como puedo saber yo para mi tranquilidad q el impuesto del proximo año no me vendra a mi.

    • Hola Manuel.

      Podrás comprobar si te llegará a ti el próximo año 2011 o no el Impuesto municipal, solicitando a finales de año el historial de ese vehcíulo en Tráfico.

      Ahí aparecerá si lo han dado de baja, lo han vendido o no han hecho nada y sigue estando a tu nombre…

      De esta forma confirmarás qué ha ocurrido realmente con tu coche, independientemente de lo que te diga el desguace…

      ¿Por qué no hablas con el desguace y que lo transfieran a su nombre y así te despreocupas?

      Si quieres te podemos calcular lo que costaría transferirlo aproximadamente… (necesitaríamos saber modelo exacto, motor, acabado y fecha de 1ª matriculación..)

      Salu2!

  • MANUEL

    Claro q si seria una gran solucion para mi q transfirieran a su nombre mi coche mejor dicho a nombre del desguace para mi tranquilidad y despreocupaciones pero los cab.. no les interesa ..jaja claro q si. La unica solucion q veo es esperar a fin de año haber q hacen si lo venden o no y pasar por el desguece a echarles la bronca para q no me toque a mi el impuesto. Pero como sabras estas empresas de mierda siempre se salen con las suyas. Ya veremos. Gracias por todo vuestra ayuda
    ahhh… en caso de q el 30 de diciembre de este año no hayan vendido el coche o hecho la transferencia podria yo amenazarles o denunciarles? … siempre estamos indefensos con estos abusos..
    Gracias por todo.
    Un saludo

    • En caso de que a 30 de dic no hayan hecho nada, ya será tarde… Tienes que actuar y dejarlo resuelto antes.

      No sabemos de qué documentos de la venta dispones pero quizás estaría bien que los reunieras todos y acudieras a Tráfico para ver si puedes realizar el «Trámite de notificación de venta».

      Los consejos más importantes al vender un coche son:

      a) nunca entregues el vehículo sin tener en tus manos el contrato de compraventa o una fotocopia del mismo (si es entre particulares) o factura (si lo entregas a un compraventa) y una fotocopia del documento de identidad en España del comprador (DNI/Tarjeta de Residencia, si son personas físicas, o CIF, si son empresas). Si es una empresa o compraventa, deberá constar el CIF en la factura. Es importante indicar en el contrato la hora y minutos en que entregas el vehículo: recuerda que las multas de los radares fijos y por no haber pasado la ITV te seguirán llegando en tanto no se produzca en el Registro de Vehículos el cambio de titularidad.

      b) indica al comprador que antes de 15 días te remita copia del permiso de circulación donde conste que el vehículo ya está a su nombre .Si no has recibido este documento en el plazo de 15 días, dirígete a la Jefatura de Tráfico para comunicar que has vendido el vehículo (trámite de notificación de venta).

      O sino llega a un acuerdo con el desgauce y pagar los gastos de transferencia a medias, aunque sea.

      Cuando el desguace venda el coche a un particular, al estar a nombre de empresa no tendrá que pagar Impuesto de TRansmisiones patrimoniales.

      Salu2!

  • paco

    hola,compre un coche el 28 de febrero de 2010,y ahora he decidido venderlo,pero resulta que en mi ayntamiento no aparece ese coche como inscrito,osea que no lo puedo pagar,que debo hacer?gracias de antemano.

    • HOla Paco.

      Al haber comprado el coche dentro del 2010, significa que ya en Febrero se presentó en Tráfico el recibo del impuesto municipal de circulación.

      Avisa de esa circunstancia en TRáfico para que no te lo pidan al venderlo ahora, puesto que como a Fecha 1 de enero de 2010 el coche no estaba a tu nombre, este año no te llegará a ti, y no habrá forma de que lo tengas.

      Comenta estos datos en Tráfico y te lo tendrían que transferir sin problema.

      Ya nos contarás.

      Salu2!

  • paco

    Muchas gracias por la respuesta,les comento lo que me han dicho:que es cierto que si se pago(pues en febreo se puso a mi nombre) no habra problemas para la transferencia,pero como el que me compra el coche es de fuera de mi ciudad,yo por mi tranquilidad(quiero hacerlo todo bien) prefefiro hacer lo que me han recomendado en trafico,y es que haga una autoliquidacion del impuesto de mi coche en mi ayuntamiento,asi me daran un recibo y todo bien para el comprador,ahora les pregunto ¿creen que no tendre problemas para realizar dicha autoliquidacion?¿o me pondran alguna pega en el ayuntamiento?muchas gracias por todo,pues esto es un lio de papeles porque encima resulta que el que me vendio el coche no era el titular,no doy con el,etc,pero gracias a vosotros esta todo mas claro.saludos cordiales.

    • NO estamos seguros de si te pondrán pegas o no en tu ayuntamiento, ya que ese impuesto de ese coche este año no te correspondería pagarlo a ti…

      Normalmente cuando lo que se quiere es pagar, no sulene poner pegas 😉

      DE todas formas, como ya te dijimos deberían transferírtelo sin ponerte ningún inconveniente aunque no lo presentaras, dado como ha sido tu caso, pero si te quedas más tranquilo así, acude a tu ayuntamiento a ver qué te comentan.

      Ya nos dirás si te dejan pagarlo.

      Salu2!

  • paco

    Hola de nuevo!bueno en mi ayuntamiento no me dejan hacer esa posibilidad que ya les comente.Que hago entonces,pues no se si en trafico de barcelona que es donde yo vendo el coche tendran constancia de que ya se ha vendido este año y le dejen hacer al que me compra el coche los papeles.Que le digo al comprador que no le hace falta el numerito ?como lo puede justificar ante tarfico de barcelona?un saludo y gracias como siempre.

    • Hola de nuevo Paco.

      Al no corresponderte a ti el pago de ese Impuesto de circulación de este año, es normal que no te dejen pagarlo.

      No te preocupes porque en Tráfico te tienen que hacer la nueva transferencia sin problemas.

      Pero no olvideis indicarle al que os vaya atender, que ese coche ya se transfirió en Feb de este año (y ya en ese fecha se mostró el pago del Impuesto de circulación por el anterior titular).

      Para justificar que realmente fue así, si os fijais en el Permiso de Circulación del coche, hay una casilla donde se indica la fecha en que se realizó esta transferencia (casilla done pone (I.1)

      ESperamos que te sirva de ayuda.

      Salu2 y ya nos contarás cómo fue todo.

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  • Déborah

    Hola!
    Resulta que he vendido un coche en el mes de marzo, y sé que me toca pagar a mi el rodaje.

    Mi pregunta es, ¿Estoy obligada a darle el recibo del rodaje a la persona que me lo compró?

    un saludo.

    • Ese recibo es el justificante de que ya lo has pagado por si por si acaso por algún error el Ayuntamiento te lo reclamara.

      No estás obligada a entregárselo al comprador, puesto que no va a su nombre ni le corresponde a él pagarlo.

      Si se lo entregarás no pasaría tampoco nada. En el caso de que te hiciera falta por algún motivo podrías solicitar un duplicado.

      Si el que te ha comprado el coche decidiera venderlo, tampoco lo necesitaría, pero le facilitaría las cosas para evitar tener que dar explicaciones en Tráfico para que realicen el cambio de titular sin tener que presentarlo.

      Salu2!

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  • Déborah

    Gracias por contestarme.

    Es que el comprador no para de pedirme el papel del rodaje, y en mi ciudad se lo han enviado a todo el mundo pero a mi no me ha llegado aun.
    Cree que le estoy dando largas, pero con eso yo no gano nada.

    ¿Puede la policia multar al dueño del coche por no llevar el papel? (creo que es una pregunta estúpida, pero prefiero que me contestes si eres tan amable).

    Un saludo, y muuuchas gracias por contestarme tan pronto.

    • Hola de nuevo!

      ¿Tu coche ya está transferido al comprador no?

      (para hacer el cambio de titular en Tráfico es necesario presentar el último Recibo del Impuesto de Circulación. Si este año aún no te ha llegado imaginamos que tuviste que presentaste el del año pasado)

      Si el impuesto de circulación de este año no te ha llegado, y el coche ya está transferido, sería ya problema y responsabilidad tuya pagarlo o no.. No del comprador de tu coche. Ese impuesto va a tu nombre y es tema tuyo.

      Si los agentes le pararan, podrían pedirle el recibo del pago de ese impuesto (a veces lo piden como medida de presión para que la gente lo pague), pero no le podrían multar en ningún caso si no lo llevara.
      (date cuenta de que el de este año no es reponsabilidad suya, ni va a su nombre ni lo tiene que pagar él).

      Así que no te preocupes más por este tema, y explícale al comprador todo esto. Si aún así no lo entendiera… y te siguiera insistiendo, pues no le hagas ya mucho caso.

      Y si te podemos ayudar an algo más, pues por aquí seguimos.

      Salu2!

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  • Buzz Meeks

    Hola, a ver si me podéis ayudar.
    Yo vendí mi coche al finales de diciembre de 2009. El comprador me entregó un papel firmado por la gestoría en la que constaba que estaban tramitando la venta. Ahora resulta que el impuesto de circulación de 2010 me ha llegado a mí porque (según me han dicho en la gestoría) el comprador no lo puso a su nombre hasta finales de enero. Dado que lógicamente no puedo devolver el recibo porque me lo harán pagar con recargo, ¿tengo algún derecho? ¿Puedo reclamárselo?

    • En tu caso todo apunta a que el comprador sabía perfectamente que si se esperaba a transferir el coche a Enero, se evitaría pagar este año ese Impuesto municipal de Circulación..

      Sentimos decirte que salvo que hables con el comprador y llegueis a un acuerdo de que te devuelva ese importe amistosamente, o figure algo referente al pago de este impuesto en el contrato de compraventa que firmarais..,no hay mucho más que puedas hacer.

      Ese coche estaba a tu nombre a Fecha 1 de Enero y por tanto legalmente te correspondería abonarlo a ti. Salvo lo que te hemos comentado antes, no hay otra forma de que te puedas evitar que te llegue a ti o pagarlo tú..

      Salu2!

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  • Buzz Meeks

    Muchas gracias por la ayuda, aunque no me sirva para recuperar el dinero 😉
    Me estoy planteando denunciar al tipo por la jugarreta esta. ¿Tengo posibilidades? ¿Crees que merece la pena?

    • Hola de nuevo!

      No creemos que te merezca la pena denunciar por varios motivos:

      – Por la cantidad de la que se trata, que será como mucho de unos 150€..
      – Porque al no figurar nada sobre el abono de ese Impuesto de Circulación en contrato no hay mucho que alegar.
      – Y porque a fecha de 1 de Enero al figurar el coche a tu nombre legalmente te corresponde pagarlo a ti.

      Está vez ya no hay mucho remedio.., pero para el siguiente coche seguro que estarás pendiente de la fecha en la que se transfiere.

      Salu2 y sentimos no darte mejores noticias..

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  • javier

    hola quiero agradecer la imformacion facilitada, al final sobre el impuesto de circulacion yo pague la mitad y el consecionario del vehiculo pago la otra mitad, Asi que todo arreglado , GRACIAS

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