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9 de abril de 2009

¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

En el caso de vender nuestro vehículo antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto de Circulación, indicamos a quién correspondería legalmente abonarlo.

¿Qué es el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)?

El Impuesto municipal de Circulación o de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) es un impuesto que están obligados a pagar todos los vehículos matriculados que no hayan causado baja, así como los provistos de permisos temporales y grava la titularidad de dichos vehículos aptos para circular por las vías públicas.

¿Quién está obligado a pagarlo?

Está obligado a pagarlo la persona o entidad que figure como titular del vehículo y por tanto en el Permiso de Circulación, a día 1 de Enero de cada año.

Es decir, el titular registral, independientemente de que coincida o no con el titular real, o de que el coche vendido haya sido transferido antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto.

¿Qué ocurre si nuestro vehículo vendido al concesionario lo dan de baja temporal por transmisión?

Este caso es muy habitual cuando en la compra de un vehículo nuevo, entregamos nuestro antiguo coche en el concesionario.

El concesionario muchas veces procede a dar de Baja Temporal el vehículo entregado hasta que haga la venta a un tercero y se transfiera.

Por lo que para evitar que en el año siguiente nos llegue el recibo del Ayuntamiento del Impuesto de Circulación, deberemos proceder a darlo de baja en el Ayuntamiento correspondiente (que será el que figure en el Permiso de circulación).

De esta forma, el concesionario podrá mantener el vehículo de baja temporal hasta 1 año, sin tener que abonar dicho impuesto, ya que a fecha 1 de Enero, será poseedor registral y no titular registral de ese vehículo.

Si pasado ese año máximo que lo puede tener de baja temporal el concesionario no lo hubiera vendido, deberá poner el vehículo a su nombre, y por tanto darse de alta y pagar dicho impuesto en el Ayuntamiento correspondiente.

Si el vehículo se vendiera antes de transcurrirse ese año, será el nuevo adquiriente el que al transferir el vehículo deberá liquidar ese Impuesto de Circulación.

De todas formas, hay que tener en cuenta que muchas veces el precio de venta pactado por el vehículo puede incluir ya, habiéndose pactado, los impuestos, aunque legalmente el obligado sería el comprador.

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1.207 comments to ¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

  • pedro

    hola,efectivamente si tuviera copia de documentos y de venta no tendria problemas para dar de baja temporal para el impuesto,pero no lo tengo y es un problema que seguro que en proximas compras o ventas no me pasara,fui a trafico y la persona que me informo (trafico de zaragoza)no me dio ninguna solucion y que no podia hacer absoluntamente nada y me deriva a un abogado,todo esto mal tratado con cara de pocos amigos la verdad que me quede mal no se como puede haber funcionarias tan poco eticas pero en fin, ahora no se uqe hacer estoy en un callejon sin salida,la policia me dijo que si denunciaba seria peor para mi pues si lo cojen va al calabozo y tiene un documento compra ¿que hago? gracias por contestar.

    • Es verdad que tu caso es complicado pero tampoco le hubiera costado mucho a la funcionaria de Tráfico contestarte amablemente que ya bastante tienes encima.

      ¿Qué datos dispones del comprador? Si tuvieras al menos copia de su DNI podrías intentar ponerte en contacto con él a la dirección que ahí apareciera.

      También dado que no dispones de documentos, sí que es verdad que convendría que te pusieras en manos de algún abogado que te pueda dar alguna salida.

      Si no respondiera a la carta anterior, podrías enviar un Burofax (con acuse de texto y recibo) a esa dirección dándole un plazo para ponerse en contacto contigo o en caso contrario tomarás las medidas judiciales oportunas para finalizar la compraventa.
      El escrito del Burofax tiene validez en un juicio, por lo que la gente suele darle bastante importancia.

      ¿Tienes el justificante de pago del coche? Si te hizo transferencia probablemente puedas solicitarlo al banco.

      Si se nos ocurre algo más que pudieras hacer no te preocupes que te lo comentamos.

      Ya nos contarás a ver de qué datos dispones..

      Salu2

  • pedro

    hola de nuevo,agradezco mucho las respuestas que me dais,lo unico que recuerdo de habler hablado es que era de andorra de teruel o cercano ma he ido por alli y nadie sabe nada de hecho la policia local se tomo la mtricula del coche Z 8406 BJ un corsa color verde de 2 puertas,pero hasta ahora nada,a ver si mas adelante hay suerte,ya os cotare,en fin paciecia, gracias por todo.

  • RAFAEL

    mi vehículo ha sido incautado por la Guardia Civil, por un proceso penal.Ha llegado a la empresa donde trabajo una ejecución de embargo de nómina por no pagar el impuesto municipal por los años 2008 y 2009. ¿Puedo solicitar a la Audiencia Provincial una certificación de que el coche está aún incautado, para que levantar la orden de embargo de nómina?

    • Desconocemos el tiempo que lleva incautado el vehículo por la Guardia Civil.
      Si te ha llegado embargo de nómina por el impago del Impuesto Municipal de esos años, imaginamos que te cargarán el importe de dichos impuestos con el regargo correspondiente.

      Que el coche esté incautado por un proceso judicial no creemos que te exima del pago de esos impuestos, pero en tu Ayuntamiento correspondiente te lo podrán confirmar exactamente..

      Salu2!

  • matriculacion de Vehiculos nuevos de dos personas

    Se puede matricular un vehiculo nuevo a nombre de dos personas , en el concesionario me dicen que NO , pero tengo mis dudas …
    Alguuien me puede ayudar?

    • Es cierto. Desde la entrada en vigor de la Nueva Ley de Tráfico el pasado 25 de Mayo ya no pueden figurar dos titulares en el Permiso de Circulación. Sólo puede figurar uno.

      En el caso de que el vehículo sea propiedad de varios titulares tendreis que inscribirlo acudiendo al Registro de Bienes Muebles en vuestra localidad. Es este registro el que se tendrá en cuenta a la hora de acreditar la propiedad y no la base de datos de Tráfico.

      De todas formas, si tienes dudas respecto al concesionario, para mayor tranquilidad puedes llamar a la Jefatura de Tráfico de tu localidad y así confirmar que lo que te dicen es cierto por tu cuenta 😉

      Salu2!

  • jose

    hola buenas!!
    queria saber si me va a venir el impuesto de circulacion a mi nombre el coche lo compre en una compra y venta fue en marzo y en alicante ya esta biniendo los impuestos y ami no me dieron el impuesto pagado del año pasado.mi prewgunta es,¿me viene ami o al antiguo dueño?

    • Hola Jose!

      El Impuesto de Circulación de este año le llegará al anterior titular.

      A ti te llegará el del 2011 y te corresponderá pagarlo al Ayuntamiento que figure en el Persmiso de Circulación de tu coche.

      En el articulo en la parte de arriba indicamos por qué es así. (Ver el punto «¿Quién está obligado a pagarlo?»)

      Salu2!

  • Xavi

    Buenas, tengo un problema, mi padre fallecio y su coche estaba a nombre de mi madre, y ahora le embargaron la cuenta por el impago de 5 años del impuesto de circulacion,bien eso ya esta, pero claro, ahora queremos dar de baja al coche y resulta que ni tenemos los papeles ni sabemos donde esta el coche,si sabemos que estaba totalmente roto, pero no sabemos donde lo llevo a desguazar. ¿¿como puede mi madre darlo de baja???
    Gracias.

    • Hola Xavi.

      Lo primero sería que acudierais a Tráfico a solicitar el Historial de ese vehículo (sólo ghace falta que sepais la matrícula). Ahí te aparecerá si en el desguace lo dieron de baja o cula es la situación legal del vehículo.

      En el caso de que en su día no se diera de baja definiva (cosa que aparecería en el historial) debéis consultar en la propia Jefatura de Tráfico cómo se podría tramitar la baja explicándole vuestro caso.

      Una vez pedido el historial y comprobado que no está dado de baja, quizás tengais que poner una denuncia por desaparición y presentarla en Tráfico para que os lo den de baja aunque no tengais la documentación ni el vehículo..

      De todas formas, lo mejor es que lo confirmeis todo en Tráfico antes de nada.

      Ya nos contarás a ver qué te dicen.

      Salu2!

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  • Xavi

    Gracias amigo, si creo que no nos queda otro remedio que ir a trafico a explicar el problema,
    Un afectuoso saludo.

  • Sergio

    Hola, tengo una duda. En febrero del 2010, entrego mi coche en un concesionario de compraventa, y compro uno nuevo. ¿Tengo que pagar el rodaje del 2010 de mi anterior coche?. ¿En caso de que el coche haya sido dado de baja tengo que pagar igual, solo la parte proporcional o nada?. Gracias

    • Sí, tendrías que pagar el impuesto de circulación de tu anterior coche este año también puesto que a fecha 1 de Enero de 2010 figuraba a tu nombre.

      Si el coche se ha dado de baja (por ejemplo si lo entregaste para el Plan 2000E), presentando la baja en el Ayuntamiento de tu localidad, te devolverán la parte proporcional de los trimestres que resten para final de año desde la fecha de la baja.

      Asegúrate de qué hizo el concesionario con tu coche. Confirma que efectivamente lo dieron de baja o que ya no figura a tu nombre. Sino seguirás siendo el responsable de ese vehículo o si no se dió de baja o se transfirió el Impuesto del año 2011 te volverá a llegar a ti.

      Echa un vistazo por si te sirve a:

      En caso de entregar nuestro coche o vehículo al concesionario, ¿qué trámites hay hacer?

      Salu2!
      __________
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  • sheila

    Necesito me aclareis, os cuento mi caso:

    En junio del pasado año, mi novio vendío un vehículo que figuraba a su nombre (en tráfico iba a la dirección del pueblo de Aldaia-Valencia). Ahora ha llegado en la casa donde el residía en Aldaia el cartero con una carta certificada reclamando el ayuntamiento el impuesto de circulación del pasado año, aquí vienen mis dudas:
    ¿Debe abonar el impuesto aunque el ya no resida en ese pueblo?. ¿Aunque el coche lo haya vendido el año pasado? y, la más dudosa, el era extranjero, osea que tenía NIE y este año le concedieron la nacionalidad Española, osea que ya opera con DNI y el NIE ya no existe, ¿podría librarse pagar por ello? porque el documento le llega con el NIE y el ya tiene DNI y en su nuevo ayuntamiento ya fue a comunicar el cambio.

    Bueno espero me ayuden.

    Un saludo

    • Hola Sheila.

      Es correcto y os tocará abonarlo sin remedio, porque:

      – Como a Fecha 1 de Enero de 2009 el coche estaba a nombre de tu novio y con dirección de Tráfico Aldaia, le corresponde abonar el Impuesto Circulación de ese año en esa localidad.

      Independientemente de que después en Junio vendiera ese coche, al figurar a fecha 1 de enero a su nombre le corresponde abonarlo a él.

      El Impuesto de Circulación de este año 2010, como a Fecha 1 de Enero ya figura como titular otra persona, ya no os corresponde abonarlo a vosotros, sino a quién figurara en esa fecha.

      Aunque este año tenga DNI ya en vez de NIE no le exime de tener que pagarlo.

      Así que no hay remedio..
      Esperamos haberte aclarado, pero si te queda alguna consulta más, por aquí seguimos, ok.

      Salu2!

  • jon

    hola.

    en marzo de este año 2010, compre una moto de segundamano en lugo y me la dieron con el impuesto de circulacion del 2009, puesto que todavia no estaba pasado a cobro el de el 2010. el caso es que ahora soy yo quien vende la moto y no logro localizar al antiguo propietario de la moto para solicitarle el impuesto del 2010 que me haria falta para la venta. yo soy de bilbao. tengo alguna opcion de sin haber sido yo el titular a dia 1 de enero de hacerme con el impuesto para realizar la vneta?

    un saludo y gracias

    • Hola Jon.

      Cuando sobre el vehículo a vender ya se ha realizado una transferencia dentro del mismo año (en tu caso en Marzo), en la segunda transferencia dentro de este año tendrían que realizarte el trámite en Tráfico sin necesidad de tener que presentar de nuevo el recibo del Impuesto.

      Es lo lógico puesto se da por supuesto que en la primera transferencia en Marzo cuando la compraste, ya se presentó.

      Así que explica cuando vayais e Tráfico que ya se transfirió y presentó el recibo en Marzo (no digas que os lo tramitaron son el certificado de que no había salido a cobro..) y que al no estar a tu nombre a efcha 1 de Enero este año no te ha correspondido pagarlo a ti.

      Te lo deberían tramitar sin problemas comentándolo así, pero ya sabes, que depende del funcionario que te atienda en Tráfico te pondrán más o menos pegas..

      Hemos tenido más casos como el tuyo y comentándolo así se lo han transferido.

      Ya nos contarás, ok.

      Salu2!

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