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24 de noviembre de 2009

RAI: Renta Activa de Inserción

La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda de 426€ al mes para incrementar las oportunidades de retorno al mercado laboral de determinados colectivos de trabajadores desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar trabajo.

14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda. Editado este artículo con las nuevas condiciones.

¿Quién puede acceder a esta ayuda?

  • Los mayores de 45 añosdiscapacitados de grado igual o superior al 33 % o tener reconocida una incapacidad que suponga una disminución en su capacidad laboral del 33%;
  • Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica:
    • No convivir con el agresor.
    • Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
    • Carecer de rentas.
  • Ser trabajador emigrante retornados:
    • Haya retornado del extranjero en los 12 meses anteriores a la solicitud.
    • Haya trabajado como mínimo 6 meses en el extranjero desde su última salida de España
    • Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
    • Carecer de rentas.

Todos los posibles beneficiarios deberá de buscar ectivamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad. La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos.

¿Qué es carencia de rentas?

  • La suma de los ingresos de la unidad familiar entre el número de miembros debe de ser inferior a este límite.

Se computará como renta el importe de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.

No obstante, para las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica las rentas individuales del cónyuge o del hijo agresor no se computarán como rentas familiares y estos no deben ser considerados miembros integrantes de la unidad familiar de la víctima.

¿Se puede solicitar varias veces la ayuda?

  • Sí, se puede beneficiarse de hasta de 3 veces de la RAI.
  • Para poder solicitar una segunda y una tercera vez la RAI, hay que esperar al menos 12 meses desde la última percepción de esta ayuda, salvo que se demuestre condición de discapacitado o víctima de violencia.

¿Cuánto durará la RAI?

La duración máxima de la renta es de 11 meses.

¿De cuánto es la ayuda?

La cuantía de la renta es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento: 430,27 euros al mes para el año 2017.

En el caso de las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica tienen una ayuda adicional por cambio de residencia:

  • Ayuda de 3 mensualidades de RAI adicional.
  • El cambio de residencia se ha de hacerse en los 12 meses anteriores a la solicitud de la RAI o durante la permanencia en el programa.

¿Cuándo y cómo se pagar esta ayuda?

El pago de la renta se realizará por mensualidades de treinta días y el mes siguiente al que corresponde el devengo, y se suele pagar los días 10 de cada mes.

Se abonará en la cuenta de la entidad financiera que el trabajador determine, salvo en los casos justificados en los que el Servicio Público de Empleo Estatal autorice el pago en efectivo o por ventanilla.

La Renta Activa de Inserción se percibe a partir del día siguiente a la fecha de incorporación al programa.

¿Es compatible con el empleo parcial?

Sí, siempre que se siga cumpliendo los requisitos económicos. SEPE pagará la parte proporcional de la jornada laboral no trabajada.

¿Es compatible con el empleo a tiempo completo?

No, la RAI en sí se suspende, eso sí, SEPE otorga una ayuda del 25% del importe de la RAI durante un plazo máximo de 180 días como forma de incentivar el empleo tanto por cuenta propia como cuenta ajena.

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8.251 comments to RAI: Renta Activa de Inserción

  • Imanol

    Buenos días, me surge la pregunta de si la subención por desempleo para trabajadores mayores de 52 años puede volver a estar vigente ya que se elevo a la edad de 55 años.
    Muchas gracias por atenderme.

    • Sigue a 55 años y no creo que tengan dinero para rebajarlo a 52 años.

      Antes de emplezar, Bruselas ya está exigiendo nuevos recortes por valor de 8.000 millones de euros.

      Salu2.

  • Maria del Carmen

    Hola amigos, he ido a la oficina de empleo para solicitar el pago parcial de la RAI,ya que tengo un empleo de 12 horas semanales,y me han dicho que no es compatible.Sin embargo, vosotros decis que sí(os dejo vuestra propia información al respecto) Vuestra información:¿Es compatible con el empleo parcial?Sí, siempre que se siga cumpliendo los requisitos económicos. SEPE pagará la parte proporcional de la jornada laboral no trabajada

    • Sí que es compatible. El tema es cómo compatibilizar y los momentos.

      Estando desempleado TOTAL, se concede la RAI.

      Mientras se cobra la RAI, si encuentras empleo a tiempo parcial puedes pedir compatibilizar.

      Todo es lógico, la RAI se conceden a desempleado de larga duración. Es decir, a los que no tienen trabajo.

      Pero una vez concedido la RAI, no van a penalizar por ejemplo a una persona que encuentre un empleo por muy pocas horas o incluso ganando menos que la RAI. En esos casos, lo que hace es permitirle compatibilizar y de esta forma fomentar a que busque empleo y ganar algo más de dinero.

      Salu2.

  • manoli

    hola soy manoli y el viernes solicite la ayuda por segunda vez y he mirado hoy y la tengo aprobada cobrare el mes que viene
    gracias
    un saludo

  • trinidad

    Tengo una hija con minusvalia del 41%,es estudiante ,quiere apuntarse al paro agrario bueno el nuevo no se cual es..llegado su hora podria cobrarlo o pedir la rai y q fuera compatible con las becas…aun no cobro ninguna beca.

    • ¿Paro agrario, el nuevo? a qué se refiere?

      La RAI lo podría pedir por tener el 42% de discapacidad, pero claro, ha trabajado alguna vez?

      Debe de apuntarse a la demanda de empleo.

      Salu2.

  • amparo izquierdo mora

    HOLA.ESTABA COBRANDO LA RAI Y EL 29 /12/2015 ME CONTRATARON POR SEIS MESES A TIEMPO PARCIAL 26 HORAS Y 15 MINUTOS MENSUALES.MI NOMINA ES DE 595 EUROS EL SEPE ME OBLIGO A COMPTABILIZAR CON LA RAI
    Y ME ABONA 127.
    HE COBRADO 3 MESE DE RA.MI PREGUNTA ES PIERDO LOS 8 MESE QUE MEQUEDAN.
    GRACIAS

  • luis carlos

    buenas tardes cuanto suelen tardar en comunicarte si tienes derecho a la rai gracias

  • Manuel

    Soy parado de larga duracion. He agotado el Rai, no tengo derecho a mas. Mi pregunta es. ¿Tengo derecho al Plan Pepara?. Por favor necesito noticias. Saludos, gracias.

  • Ana

    Hola tengo una discapacidad del 65% y cobro una pension no contributiva de 366,90 al mes me la quitan si cobro la rai

    • No se puede cobrar las 2 cosas a la vez.

      Yo si fuera en tu caso, no pedía nada, porque si te conceden te suspenden la PNC y después te tocar reanudarlo, para cobrar prácticamente lo mismo.

      Salu2.

  • Cipriano

    Buenos dias, estoy cobrando la RAI y me van a hacer un contrato de 15 horas semanales con un sueldo de 491,85 con ese contrato la RAI me la quitan total o solo una parte.
    Gracias

    • Puedes compatibilizarlo o suspenderlo.

      Si compaitiblizas, te pagarán sólo la parte proporcional de la jornada laboral no trabajada, en tu caso, será de 266,25€.

      Si suspendes y después pierdes el empleo (antes de 6 meses) puedes reanudar la ayuda por tiempo pendiente de cobrar.

      Salu2

  • Toñi

    Hola,tengo una discapacidad superior al 65%,me la han concedido hace apenas unos dias,tengo derecho a cobrar la pension no contributiva pero cumplo todos los requisitos para cobrar la rai,puedo cobrar la rai y despues solicitar la pension no contributiva?
    Y una duda mas,un requisito para la rai es lo de la busqueda de trabajo,vale con enviar 3 curriculum o tienen que ser 3 formas diferentes de busqueda?
    Gracias

    • Pide la RAI y a la vez la PNC.

      La PNC tarda mucho en resolverse, así que entre tanto puedes ir cobrando algo.

      Eso sí, no se puede cobrar las 2 cosas a la vez.

      En cuanto a lo de currículom, tienes que tener algo que puedas justificar que has buscado empleo.

      Vale con echar currículums en los portales de empleo de internet.

      Salu2.

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