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24 de febrero de 2010

Garantía coches de ocasión: ¿reparación con piezas nuevas o usadas?

La compra de un coche de segunda mano o de ocasión siempre conlleva un riesgo de que nos de una avería imprevista por vicios ocultos o fallos que no detectáramos antes de efectuar la compraventa.

Ante estos problemas, los concesionarios o empresas compraventas están obligados a dar un año de garantía.

Pero, ¿podemos exigir como clientes que realicen la reparación a su cargo con piezas nuevas?

¿Deben repararme el coche con piezas nuevas o pueden hacerlo con piezas usadas?

Para subsanar un vicio o defecto oculto en un coche de ocasión, el taller no tiene la obligación de utilizar piezas nuevas en la reparación, puede utilizar recambios usados.

Ya que si el vendedor reparara el vehículo utilizando piezas nuevas que sustituyan a piezas antiguas o con un kilometraje grande, estaría asumiendo un coste que para el comprador supondría un beneficio injustificado, ya que se incrementaría el valor del coche respecto al momento en que lo adquirió. (Real Decreto legislativo 1/2007 – Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios)

El valor del vehículo quedaría igualado si se sustituyeran las piezas defectuosas por otras de otros vehículos de similares características o piezas reacondicionadas.

La utilización de estas piezas viene recogida en el Decreto de talleres, aunque se exige para ello la previa conformidad escrita del cliente. (art 9.1.a del Real Decreto 1457/1986 prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos)

Por otro lado, el Instituto Nacional de Consumo, también que indica que en el caso de que haya que emplear para la reparación piezas de recambio podrán utilizarse piezas reacondicionadas, reconstruidas o usadas, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Que sea técnicamente posible la reparación del vehículo haciendo uso de tales piezas.
  • Que la pieza incorporada tenga un estado de conservación conforme al contrato.
  • Que no se trate de elementos activos o conjuntos de los sistemas de frenado, suspensión y dirección del vehículo.

¿Puede el taller reparar con piezas usadas el vehículo sin avisar de ello previamente al cliente?

El cliente debe dar su consentimiento por escrito, que podrá anotarse en el presupuesto o en la hoja de taller de la utilización de piezas de recambio usadas para la reparación.

¿Y si el comprador insistiera que las piezas de la reparación sean nuevas?

En el este caso, sería el propio comprador el que tendría que asumir el sobrecoste que conlleve adquirir las piezas de recambio en vez de emplear unas ya usadas o reacondicionadas.

¿Y si el comprador se negara a abonar el sobreprecio de instalar piezas de recambio nuevas?

En el caso de que el comprador no diera su consentimiento para la utilización de piezas usadas de recambio y exigiera que se colocaran piezas nuevas negándose a pagar el sobreprecio de éstas, el vendedor estaría oficialmente en su derecho de reclamar contra el comprador por el enriquecimiento de éste.

Guía de vehículos de ocasión:

135 comments to Garantía coches de ocasión: ¿reparación con piezas nuevas o usadas?

  • Esti

    Compré un C3 a un particular y a los 4 meses con tan sólo 1700km hechos se ha estropeado la dirección asistida, entiendo que el coche ya es mío pero también que no estaba en perfectas condiciones, qué puedo hacer?

    • En el caso de la compraventa entre particulares es más complicado reclamar garantía, ya que no se rige a través de Consumo como ocurre si lo compras a un compraventa, sino a través del Código civil, por lo que para reclamar tendrías que interponer una denunbcia, acudir a juicio y demás…

      Dependiendo del coste de la reparación y de los gastos que denunciar te puede ocasionar, tendrás que decidir si merece la pena intentarlo o no..

      De antemano te diremos que no lo tienes fácil, ya que no todos los defectos se consideran vicios ocultos, y en tu caso no está claro..

      La compra de coches de ocasión la verdad es que siempre es una lotería.

      Salu2

  • Alfredo

    Compre a una Compra Venta un BMW X3 de segunda mano,despues de 9 meses se me estropean los Inyectores y me dice que esto no lo cubre la Garantia de un Año,quisiera saber si esto es correcto.

    gracias,

    • La garantía de un año cubre los defectos ocultos que siempre son bastante subjetivos de definir…

      En este caso después de 9 meses es complicado que te lo acepten como defecto oculto, ya que también es cierto que los coches de ocasión son una lotería y pueden dar avería en cualquier moemnto, no siempre achacable a defecto oculto.

      Te aconsejamos que acudas a la Oficina de Información al Consumidor para que te indiquen cómo interponerle una reclamación para que Arbitraje de Consumo intermedie y dictamine quien debe correr con los gastos de esa avería.

      Esperamos que tengas suerte y te paguen sino todo, al menos una parte, ya que no es una avería nada barata.

      Salu2 y suerte

  • laura

    Hola, en mayo compremos un coche de segunda mano en un concesionario, a la semana ya nos dejo tirados en plena carretera, esto ha seguido pasando, hasta 11 veces, en el taller de nuestra confianza le han encontrado todo tipo de fallos( tubo de escape podrido, fuga del gas del climatizador, perdida de acite, filtros podridos..), el tio del concesionario nos dice que son tonterias, pero lo cierto es que este coche es un peligro ya que no le encuentran el fallo y sigue parandose cuando estamos en carretera. Tenemos derecho despues de 4 meses de pedir un cambio de vehiculo o la devolucion de nuestro dinero? Muchas gracias

    • Hola Laura

      Al haber comprado el coche a un concesionario os corresponde un año de garantía por Ley sobre defectos ocultos.

      En vuestro caso, que el vehículo se pare sin más consideramos que se trata de un defecto oculto ya que es muy probable que no pueda ser detectado al probar el coche antes de comprarlo.

      Así que te aconsejamos que acudas a la Oficina al Consumidor de tu localidad con el contrato de compraventa para que indique como interponer la reclamación a través de arbitraje de Consumo y que te reparen esos defectos ocultos.

      Más información en:

      Garantía compraventa de coches de segunda mano

      Salu2 y ya nos contarás. Animo!

  • miguel

    hola hace un año compre un coche a una persona que no me dijo que era compraventa, el caso es que a los pocos dias el coche empezo a dar problemas, posteriormente y despues de hacer averiguaciones desmontamos el fronta resulta que el coche habia tenido un sinsiestro o y en vez de repararlo con piezas nuevas o no rotas le montaron las piezas rotas, es decir cogidas con bridas los faros sujetos con alambres, es decir un monton de piezas que se pudieron comprobar cuando se desmonto el frentre del vehiculo. he pensasdo denunciar a esta persona pero no se si merecera la pena. la reparacion ascciende a mas de 6000€ y es lo que costo el coche

    • Hola.

      La garantía por Ley que debe dar un compraventa o concesionario sobre vicios o defectos ocultos es de un año desde la fecha de la compra.

      Revisa a ver si ha pasado ese plazo.

      Sobre que a los pocos días te empezara a dar problemas el vehículo, podrías haber intentado reclamarle por ello entonces.

      En cualquier caso, denunciar es siempre complicado ya que hay que desmotrar que el coche en su momento lo compraste así, y eso no siempre es fácil.. El vendedor, dado el tiempo transcurrido siempre puede alegar que lo has ido reparando tu así..

      Te recomendamos que recopiles todos los datos sobre la compra de ese coche, como contrato de compraventa, DNI y datos del vendedor, facturas de reparaciones que hayas hecho y acudas con todo ello a Consumo para que te indiquen cómo reclamar mejor al respecto.

      Hecho esto acude al compraventa para ver si accede a negociar, y aunque no te pague el precio total de la reparación, al menos que cubra una parte.. En caso contrario, interpon una reclamación.

      Sobre el tam de poner una denuncia, tendrás que consultar ya con un abogado especializado a ver qué te comenta, pero no suele salir muy rentable. Supòne muchos gastos, tiempo y paciencia, para tener un resultado incierto…

      Salu2

  • miguel

    he podido saber que es compraventa por la licencia fiscal. estoy recabando datos por que mi intencion es denunciarle salvo que me salga mas caro denunciarle reparalo yo

  • Antonio

    Hola, a primero de Agosto compré un Land Rover Freelander del año 99, a un compraventa, hace aproximadamente 1 mes estuve casi 10 dias sin coche porque tuve una perdida de liquido refrigerante en el motor, me dijeron que tenía un pequeño agujerito y me lo arreglaron de momento eso no me ha vuelto a dar problemas, pero ayer por la mañana, al ir a sacar el coche del garaje, meti la primera y al ir soltando pegó un chasquido y se caló, el pedal del embrague se quedó muerto, le pisaba y no volvia, lo tenia que atraer yo, llamé al compraventa vino con un mecanico y lo vieron el mecanico me dijo que el problema era de la bomba y el bombin del embrague, el compraventa me dijo que eso no lo cubre la garantía ya que es una pieza de uso?, no obstante en el contrato me pusieron que tenía 1 mes de garantía, no lo hice mucho caso porque creo que por ley es un año, mi pregunta es si realmente se pueden escudar en que es una pieza de uso para que no lo cubra la garantia. Un saludo y gracias.

    • Buenas tardes.

      Por lo que vemos, el compraventa respondió bien en el caso de la pérdida de líquido refrigerante (muchos compraventas a la primera avería da igual de lo que sea, ya no quiere saber nada del tema)..

      Sobre la nueva avería en el embrague, es cierto que éste de forma general suele considerarse como elemento de desgaste y por tanto no entrar en garantía, aunque debería depender de la pieza del embrague que se haya averiado, pero bueno..

      En tu caso, te aconsejamos acudir a Consumo para que ellos te aconsejen en concreto si corresponde reclamar por ello o el compraventa efectivamente tiene razón. En caso de reclamar, te indicarán exactamente cómo tienes que proceder.. La garantía en coches comprados a concesionarios y compraventas es efcetivamente de un año por Ley.

      Pero ten en cuenta que muchas piezas las considerarán de desgaste y que te dé más averías es también cuestión de suerte y el uso que le des y kms que vayas a hacer teniendo en cuenta que es un vehículo del año 99.

      Esperamos que podáis llegar a un acuerdo y que no surjan más problemas en el coche.

      Salu2 y ánimo.

  • maria

    buenas!!!
    Cambie mi golf por un coupe que tiene 13 años,en un concesionario que se dedica a compraventa y no me dio ninguna garantia.Resulta que a la semana de tenerlo se me estropea el embraque le llevo al taller de este concesionario,no me dan presupuesto por el arreglo,y cuando voy a recogerlo me dice que se lo tengo que pagar,mi pregunta es tengo garantia????
    Gracias.

    • Buenos días.

      Aunque no te ofrezcan garantía como tal, en la compraventa por profesionales la Ley te ampara con un año de garantía para poder reclamar por vicios y defectos ocultos.

      Puedes ver información más detallada sobre este tema en:

      Garantía en la compraventa de vehículos

      El inconveniente en tu caso, es que el embrague se considera un elemento de desgaste y por tanto no suele entrar en garantía (ni en los coche nuevos ni en los coches de ocasión..)

      Aún así, intenta negociar con ellos a ver si podéis llegar a un acuerdo. Antes de llevarlo o dar orden de reparar, conviene pedir ciempre presupuesto de antemano para luego no llevarse sorpresas desagradables con el precio que nos quieran cobrar. Convendría que hubieras aclarado todo esto antes tanto con el vendedor como con el taller.

      En caso de irregularidades, no dudes en acudir a Consumo a solicitar consejo y te indicarán si corresponde o no interponer una reclamación.

      Salu2 y ánimo..

  • Enrique

    El 28 de diciembre de 2011 he comprado un A3 SB 2.0 TDI 140 CV a un concesionario oficial audi con 26.000 kilómetros, al cabo de 20 días de la compra y después de hacerle yo tan solo…….300 kilómetros!!!!!!!………se me ha roto el embrague, directamente el pedal del embargue se ha quedado hundido y no entran las marchas………….al ponerme en contacto con el concesionario me dice que no lo cubre la garantía porque es producto del desgaste……..¡¡¡Con 26.000 kilómetros y sólo 300 hechos por mí!!!!
    Me gustaría saber como puedo reclamar porque me parece una estafa que el embargue de un vehículo se rompa con ese kilometraje.
    Un saludo.

    • Buenas tardes.

      Es cierto que el «disco de embrague» es un elemento de desgaste que no cubren las garantías, ni en los coches nuevos ni en los de ocasión.

      Pero en tu caso según comentas no se trata del Disco de embrague, sino de una avería en accionamiento del pedal del embrague y eso no es desgaste..

      En el momento en que te lo entregaron estaba correcto y habría que ver hasta que punto se considera como defecto oculto… pero sí que puedes al menos intentar reclamarlo.

      Antes de reclamar lo mejor es llegar a un acuerdo amistoso con el vendedor, para que si no abona la totalidad sí que pague parte de la reparación.. A ver qué te comenta.

      Salu2, ánimo y ya nos contarás.

  • Esteban

    Hola, buenos días haber si alguien me puede solucionar esta pregunta: he comprado una Peugeot Parnet y se me ha averiado estando fuera de garantía y he hablado con mi abogado y me dice que me tenían que dar 12 meses de garantía y el vendedor me dice que por ser vehículo industrial solo son seis meses esto es así?

    • Buenas tardes.

      Sí que es cierto que en el caso de los vehículos industriales el asunto no está muy claro.

      Por un lado los concesionarios y compraventas tienen que dar por Ley 1 año de Garantía por la Ley de Bienes de Consumo, sin embargo, en el caso de que hayas comprado el vehículo como empresa para tu actividad profesional, se entiende que no serían consumidores a los efectos del Real Decreto legislativo 1/2007, y por tanto
      no les sería de aplicación esta obligación de garantía.

      En este caso, el comprador deberá reclamar mediante demanda judicial interpuesta en el plazo de 6
      meses desde la entrega del vehículo, bien una rebaja proporcional del precio a juicio de peritos o bien la resolución del contrato.

      Salu2 y ánimo.

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