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30 de marzo de 2010

Lista de morosos y embargo de bienes y nómina

Si dejamos de pagar un crédito o deuda (préstamos personales, de cuotas de la hipoteca, tarjetas de crédito, el préstamo del coche…), además de incluirnos en la lista de morosos, nos reclamarán la deuda a través de los tribunales y seguramente nos embargarán los bienes presentes y futuros.

En estos casos conviene saber lo que pasará con la nómina si se tiene un trabajo y la cuantía del sueldo que será embargado. En este artículo trataremos aclarar estos puntos y crearemos una calculadora para determinar la cuantía de la nómina embargable.

¿Qué puede hacer una entidad acreedora ante un cliente moroso?

Una de las primeras acciones que pueden hacer las entidades acreedoras es inscribir al deudor en las llamadas lista de morosos. Ello conllevaría el inconveniente de no poder solicitar ningún tipo de préstamo bancario o hipoteca, ya que las entidades bancarias se lo denegarán.

Lo siguiente podría ser contratar los servicios de una empresa de cobros o ir ya por vía judicial.

En caso de tener deudas con administraciones públicas (multas de tráfico, impuestos,..), ¿qué procedimiento seguirían para reclamar la deuda?

Si el acreedor fuera una administración pública, enviarían antes de nada un aviso mediante procedimiento de apremio, comunicando de esta forma al deudor el plazo máximo que dispone para saldar la deuda pendiente.

Estas instituciones pueden ejecutar forzosamente sus propios actos y embargar bienes y derechos de los administrados sin tener que acudir a los Tribunales. La Administración puede proceder directamente al embargo, siempre que actúe de acuerdo con los procedimientos establecidos en la ley (artículos 93 a 101 de la Ley 30/1992)

¿Qué bienes serían embargables?

En el caso de que ambas partes no lleguen a un acuerdo en la forma de pago ante el juez, se podría sentenciar el embargo de bienes empezando por el dinero depositado en las cuentas corrientes, los sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades y mercantiles autónomas suyos y de su cónyuge (dependiendo del régimen matrimonial), bienes materiales (coches, vivienda, joyas, etc)

¿Si no dispusiera de dinero en el banco, fondos, propiedades ni avalistas, ¿cómo le podrían reclamar la deuda pendiente?

En el caso de carecer de avalistas y de fondos suficientes para saldar las deudas, podrían sentenciar el embargo de la nómina, salario o pensión, aunque normalmente es una de las últimas medidas judiciales para el cobro de los impagos (salvo en el caso de las deudas o multas administrativas, o el impago de la pensión alimenticia o compensatoria en separaciones o divorcios).

¿Le podrían embargar la totalidad de la nómina?

Por Ley no se puede embargar la totalidad de la nómina excepto para el caso de hacer frente al pago de la pensión alimenticia de los hijos si los hubiera.

¿Qué cantidades máximas de la nómina le podrían embargar?

Los límites máximos de la nómina que le podrían embargar se fijan en función del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). El SMI se considera la cantidad mínima necesaria para poder subsistir.

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el 2017 es de 707,60 euros/mes.

Se establecen así unos tramos máximos embargables en función de su nómina:

  • Si el salario o pensión es de hasta 2 veces el SMI (1.415,20) se embargará el 30% de lo que excede de 707,60 euros.
  • Si el salario es hasta 3xSMI (2.122,80€) se embargará el 30% de lo que pase de 707,60 y el 50% de lo que supere los 1415,20 euros.
  • Si el salario es de hasta 4xSMI (2.830,40€) se añadirá a los anteriores tramos el embargo del 60% de lo que exceda de 2.122,80 euros.
  • Si el salario es de hasta 5xSMI, se sumará a lo anteriormente dicho el embargo del 75 % de la cantidad que exceda de 2.830,40 euros.
  • Si el salario o pensión supera cinco veces el SMI, se sumará a lo anteriormente dicho el embargo del 90 % de la cantidad que exceda de 3.538,0 euros.

Calculadora para calcular la nómina embargable

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1.127 comments to Lista de morosos y embargo de bienes y nómina

  • Silvia

    aval de una hipoteca con procedimiento judicial
    de cobro, tengo un coche con reserva de dominio aparte
    De embargarme la nómina me quitarían también el coche
    Aunque sea año 2005?
    Gracias

  • muhamed

    Yo tengo dueda d hipoteca. 1010000 € MI LLEGANDO CARTAS D GASCOBROs mi. Nomiña 1276€ tengo 3hijos nenors y mi mujer no tiene trabajo. Cuanto me embargan. Porfavor?????

  • carmen

    Mi marido y yo somo avalistas d un prestamo q no e est pagando. El cobra 1100 yo 426.en caso d embargo sumarian loa ingresos par calcular la cantidad a embargar?podemos hacer separacion d bienes?asi embargarian menos puesto q d mis 426 no tocarian nda

  • Rosa Maria

    Hola, debo dinero a hacienda desde hace un año y desde entonces e estado sin trabajo… Ahora e salido un mes para trabajar en el ayuntamiento y quisiera saber que puede pasar con mi nomina y si voy a cobrar el mes trabajado. Gracias

  • Ana

    Mi marido lleva más de tres años en paro sin cobrar ningún tipo d ayuda,ha dejado d pagar una tarjeta de crédito la cual tiene un seguro que pagaba cada mes casi 80euros.Mi pregt es este seguro no tiene q hacerse cargo de la cantidad pendiente?Estamos casados con separación d bienes y el banco me ha mandado a mi una carta coaccionandome q me pondrán en la lista d morosos si no pago,los puedo denunciar cuando yo no soy clienta ni tengo ninguna deuda pendiente?

  • bilbo

    Estoy trabajando en una empresa, y voy a pedir baja voluntaria, para incorporarme a otra.
    Tengo embargada la nomina.
    Quisiera saber si también se me va a embargar la parte que corresponda del finiquito.
    Por otro lado, en la nueva empresa también se me va a embargar el sueldo ?

    En el caso de que haya un despido improcedente, también se embarga la parte de la indemnización?

    Gracias y saludos,

    • La parte que corresponda a salario del finiquito, seguramente, sí; lo que es indemnización, seguramente, no.

      En la nueva empresa, hasta que tenga conocimiento de dicho embargo, nada, pero cuando se le comunique, te lo embargarán.

      Salu2.

  • Montse

    Yo cobro 1700 y esta calculadora dice que me pueden embargar hasta 400 euros pero tengo 2 hijos menores también es el mismo cálculo

    • Artículo 1 de Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio:

      Inembargabilidad de ingresos mínimos familiares

      En el caso de que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley Hipotecaria, el precio obtenido por la venta de la vivienda habitual hipotecada sea insuficiente para cubrir el crédito garantizado, en la ejecución forzosa posterior basada en la misma deuda, la cantidad inembargable establecida en el artículo 607.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se incrementará en un 50 por ciento y además en otro 30 por ciento del salario mínimo interprofesional por cada miembro del núcleo familiar que no disponga de ingresos propios regulares, salario o pensión superiores al salario mínimo interprofesional. A estos efectos, se entiende por núcleo familiar, el cónyuge o pareja de hecho, los ascendientes y descendientes de primer grado que convivan con el ejecutado.

      Los salarios, sueldos, jornales, retribuciones o pensiones que sean superiores al salario mínimo interprofesional y, en su caso, a las cuantías que resulten de aplicar la regla para la protección del núcleo familiar prevista en el apartado anterior, se embargarán conforme a la escala prevista en el artículo 607.2 de la misma ley.

  • eduardo cornide ramos

    Hola desgraciadamente para mi tengo unos 1.800 euros entre multas de aparcamiento y de no pagar los impuestos de rodaje del vehiculo al que ya le pusieron una orden de precinto para que no pudiera ni venderlo siquiera… encontré un trabajo de lunes a viernes 3 horas al dia y cobrare unos 600 o 650 como maximo netos y tengo miedo de que me embarguen muchos euros porque la cosa esta muy mal para todos y no quiero sorpresas es cierto que hay una tabla embargable segun el SMI muchas gracias de antemano su web seguro que sirve de ayuda y orientación a mucha gente tan ignorante como yo gracias

  • jorge lopez

    tengo una deuda con un banco de hace 6 años ¿quisiera
    saber si ha prescrito ya, o me lo cobraran en algún momento?

  • Sol

    Buenas.
    Hoy la grúa se ha llevado mi vehículo por dejarlo mal estacionado. Me han obligado a pagar 154 euros para poder retirarlo del deposito, además de una multa de200 euros. Mi sueldo es de728 euros brutos y mantengo a dos hijos menores sin ninguna ayuda ni pensión de alimentos. La multa supone el 50% de mi salario,me resulta imposible pagarlo. Hay algo que pueda hacer? ? Como fraccionarlo,declararme insolvente o algo por el estilo?? No sé cómo hacer gente a ese gasto extraordinario. .
    Gracias.

    • Nada, pagar la multa; en caso de no hacerlo, te podría venir un embargo por parte de la Agencia Tributaria (no respetan mínimos) y además te denegarán todas las ayudas que puedieras tener derecho de la administración.

      En cuanto a fraccionamiento, me temo que tampoco es posible.

      Salu2.

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