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10 de noviembre de 2010

Los embargos de la Agencia Tributaria a los morosos

Que la recaudación de la Agencia Tributaria ha bajado en los últimos años no es ningún secreto, por lo que últimamente están intentando “pillar” dinero donde pueden.

Uno de los medios que ahora emplean es el embargo de bienes a los morosos del fisco; hasta ahora los principales método de recaudación eran mediante el bloqueo de las cuentas bancarias, depósitos a plazo y las nóminas, pero ahora intentan incluso ir a por los fondos de inversión.

¿Qué pueden embargar Hacienda?

Hasta ahora los productos que solían embargar eran:

  • Nómina y salarios: pero sólo después de un procedimiento judicial y sólo una parte para permitir la subsistencia del afectado.
  • Otros bienes: vehículos, vivienda …

Pero recientemente, la Agencia Tributaria se ha puesto las pilas y embargan incluso los fondos de inversión que hasta ahora estaban salvaguardados de estas intervenciones.

¿Cómo ocultar el dinero de la Agencia Tributaria para evitar embargos?

La forma más fácil para evitar embargos es cumplir con las obligaciones tributarias y no ser moroso de la agencia tributaria, pero en caso de necesidad se podría ocultar el dinero de las siguientes formas:

  • Si se quiere contratar algún producto de inversión hay que ponerlo a nombre de una persona libre de sospecha y que lo gestione por ti en calidad de autorizado, aunque conlleva ciertos problemas fiscales para dicha persona.
  • No sacar el dinero a la luz.

¿Qué ocurre si el moroso comparte una cuenta bancaria con otro titular?

Hacienda tiene potestad para embargar hasta 20.000€ por contribuyente, pero en caso de las cuentas compartidas, habría que establecer el titularidad del dinero y sólo podrá embargar lo que le corresponda al moroso.

En principio, la Agencia Tributaria presupone, salvo prueba en contra, que el dinero de las cuentas bancarias corresponde a partes iguales a todos sus titulares, así si una cuenta tiene 2 titulares, cada uno poseerá el 50% del dinero.

Pero si se puede aportar prueba en contra, y demuestrar que el dinero pertenece sólo a uno de los titulares y siempre que éste no tenga deudas fiscales, Hacienda no podrá tocar dicha cuenta.

¿Cómo recurrir si te embargan?

Los recursos contra embargos de la Agencia Tributaria son muy complejos y se recomienda siempre acudir a un especialista en estos temas, el cual mediante una simple entrevista telefónica del caso, podrá aconsejarle sobre seguir o abandonar el proceso.

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181 comments to Los embargos de la Agencia Tributaria a los morosos

  • mara

    hola me acaba de llegar una notificacion de que mi vehiculo esta en preocedimiento de embrago por 675€ q pertenecen a algun recibo de IBI y uno de IVTM.MI PREGUNTA ES¿ SE PUEDE PARAR ESE EMBARGO Y PAGAR LA DEUDA A PLAZO?
    ES QUE A MI NO ME HAN LLEGADO ANTES NOTIFICACIONES NINGUNA.

  • Fatima Tiger

    Parece que estamos en una Crisis Financera Etica y Moral GENERALIZADA sin precedentes!… pero, de ahi, a encontrar mi cuenta bancaria con el deposito minimo para alimentar mi familia por 30 dias, de 3 personas y pagar la luz y el telefono, de apenas 240 euros, en cero, eso, ya raya la loucura de la irresponsabilidad y la mala fe’, de la Administracion Publica!!! Somos unos padres de 60 anos, con un hijo de 16 a nuestro cargo…estamos todos en el paro y luchando para sobrevivir con el minimo y evitando solicitar ayuda Social de cualquier tipo. Por que antes de entrar en las cuentas de ciudadanos miserables como nosotros, no intentan esta eficacia y austeridad para embargar los milliones en los Paraisos Fiscales o buscar responsabilidad en los despilfarros Bancarios, financeros y administrativos, etc.y dejenos, al menos, con lo minimo para no morrinos de hambre? O sera’ que estamos en Guerra? He contribuido con mi deber siempre, sin que nadie me obligase apesar de los empleados de la oficina tributaria, se rieran de nosotros cuando pagamos integralmente el montante calculado pero, hoy, en nuestras circunstancias, no nos fue explicado lo que debemos y a quien y ni fueron oidas nuestras circunstancias… asi que, tampoco entiendo que tasa o obligacion es mas importante, ahora, que la sobrevivencia de las personas… A que la AEAT no se entero’ que desde 2008 vivimos pasando necesidades, verdad? Esta es la Denuncia de una familia honesta, trabajadora y desesperada por no poder, siquiera, alimentar minimamente, a los suyos!… si hasta la agua tengo que comprar embotellada porque no hay agua potable en mi barrio… Verguenza me da una Administracion Publica QUE SE DICE DEMOCRATICA actuar independiente de la posibilidad de sobrevivencia de sus ciudadanos!!!!! Entrar en mi cuenta bancaria sin mi consentimiento, sin una orden judicial previa, es, para mi, uma estafa… Solo una preguntita: Por que nosotros ciudadanos de a pie, tenemos que pagar con nuestras vidas, una Crisis Financera creada por unos pocos CODICIOSOS SIN ESCRUPULO para enriquecerse??? LA PACIENCIA TIENE LIMITE, Senores!!!

  • …pido perdon por el desahogo… y mirando mas atentamente, percebi que es una seccion de preguntas… y que debo ir al Banco averiguar de que deuda se trata, tambien, ya he entendido que aqui, lo que menos importa son las circunstancias y la honestidad de la gente, que la deuda de un miserable no prescribe, por menor que sea solo, las grandes estafas! Muchisimas gracias y acepto cualquier informacion que entiendas puede ayudarme! AGRADECIDA!…

    • Sentimos la situación por la que estais pasando. La verdad es que corren malos tiempos para muchas familias y es muy duro el día a día.

      Como bien comentas, debes acudir al banco para ver de qué se trata esa deuda y ver cómo solventarla de alguna forma para que no vaya a más, o no os embarguen el dinero que tengais en la cuenta.

      Por otro lado, hay bastantes subsidios para los desempleados. No sabemos cuanto tiempo llevais en paro o habeis estado trabajando. Si acudis al SEPE (antiguo INEM) quizás os puedan informar si teneis derecho a algún subsidio o ayuda.

      Por otro lado, en el siguiente enlace podeis ver información sobre esos subsidios que actualmente hay y enlaces a más ayudas, para ver si encajais en alguna.

      Suerte y ánimo para seguir adelante. Seguro vendrán tiempos mejores..

  • Carlos Zara

    Hola:
    Mi empresa es SAU y arrastra deudas tributarias importantes desde 2006 (unos 100.000 euros). He ido recurriendo liquidaciones. Finalmente pedí suspensión de ejecución y aplazamiento con dispensa de garantías pues no puedo aportarlas. Me ha llegado la denegación y me han dicho que el día 20 de Junio, o sea ya, empieza el apremio. La empresa no posee nada, y yo tampoco pues soy el principal acreedor de la misma pues lo he dejado todo ahí por un romanticismo tonto. Me han dicho que en un mes o poco más, en el momento que no vean dónde cobrar a la empresa, me derivarán la responsabilidad como administrador. Por tanto, supongo que debo ir cambiando todas las domiciliaciones porque no sé si el embargo de cuentas tanto de empresa como luego de las personales: ¿es en oleadas, permanente, una vez cada X semanas o meses, aleatorio?
    Yo no declaro renta hace 3 años. Me he limitado a vivir cobrando una pequeña parte de lo que la empresa me debe, aunque fue una cantidad importante pues la deuda hacia mi es muy alta. Ese cobro se hizo en Julio de 2010.
    ¿Me pueden responsabilizar de haber cobrado un 20% o 25% de lo que se me debe?
    Esos dos años atrás que miran…¿cuentan desde la fecha 20 de Junio 2012 en la que entra el tema en apremio o desde que me deriven las responsabilidades a mí?
    Si dejo las cuentas a cero, sin renta, y con mis bienes hipotecados…¿Cuándo dan la deuda por incobrable?
    Gracias anticipadas por su respuesta

  • JAVIER

    A MI HACIENDA NO ME RECONOCE LA DESGRAVACION POR VIVIENDA. VIVO EN ZONA NO URBANA Y CUANDO ME HICE LA VIVIENDA ESTABA PENDIENTE LA NORMA PARA REGULAR LAS CONSTRUCIONES. YO HICE LA VIVIENDA EN EL PLAZO QUE MARCA LA LEY PERO NO ME LO RECONOCIERON AL NO TENER LA CERTIFICACION DE FINAL DE OBRA. LO QUE APORTE FUERON,FACTURAS,CONTRATO CON LA COMPAÑIA ELECTRICA,CERTIFICADO DE AYUNTAMIENTO DE QUE LA CONSTRUCCION SE HABIA HECHO EN PLAZO, PERO NO LO CONSIDERARON SUFICIENTE.PRESENTE RECURSO ANTE EL TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO Y HA FALLADO EN MI CONTRA. EN ESTE TIEMPO HACIENDA ME EMBARGO PARTE DE MI PENSION Y DE MIS AHORROS, AUNQUE LUEGO DEJO DE HACERLO ,PIENSO PORQUE NO LLEGA AL SALARIO MINIMO. LO QUE TEMO AHORA ES QUE ME PUEDAN EMBARGAR LA CASA QUE ES EL UNICO BIEN, JUNTO CON UN COCHE QUE TENGO. LA DEUDA ES DE 13000 EUROS. ALGUIEN PODRIA DECIRME DE QUE PLAZOS DISPONGO SI SE CONCRETASE LA DEMANDA DE EMBARGO.GRACIAS Y UN SALUDO.

  • Lola

    Pueden decirme por favor si hacienda tiene derecho a embargar una cuenta bancaria destinada a cobrar la pension de invalidez total?
    Muchas gracias.

  • maria

    ¿puede acienda embargarte la ayuda para mayorea de 55 años de 426 euros?

  • Kevin Mendoza

    Hola ,agencia tributaria me a embargado la cuenta del banco hace algun tiempo por una multa de trafico que sobrepasa lo 1.500 euros , cuando me embargo la cuenta tenia 20 euros ingresados ,mi pregunta es ¿si ahora ingreso dinero en mi cuenta me lo embargarian tambien ?¿y si tengo mas de una cuenta, embargan una o todas las que esten a mi nombre? porque hasta el momento que yo sepa solo me han embargado una cuenta . gracias

  • Miguel

    Hola acabo de comprar un coche de segunda mano, confiando en las personas ya lo pagué y por curiosidad miré el historial en trafico y sale un embargo y estos datos AE AEAT-ANOTADO POR REGIS.B.M., esto que quiere decir? esta embargado o pendiente de pago o pagado no lo entiendo, estoy pensansome en denunciarlos pero antes quisiera que alguién me informará sobre esto, evidentemente no he puesto el número de embargo que también lo tengo, gracias anticipidas.

    • Hola.

      Sobre ese vehículo pesan deudas u orden de embargo, por lo que en este caso, conviene que conserves muy bien guardado el justificante de haberlo pagado, el contrato de compraventa firmado por ambas partes con fecha y hora de la entrega del coche, así como todos los documentos del vendedor por si tuvieras que presentarlos como justificantes de que tú has comprado el coche de buena fe.

      En el siguiente artículo puedes ver qué hacer en este caso.

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/05/10/como-evitar-la-compra-de-vehiculo-embargado-precintado-o-con-reserva-de-dominio/

      Acude a pedir información a la AEAT con el número de referencia que figure en el Historial a ver qué te comentan, y habla con el vendedor cuanto antes para que pague la deuda pendiente y se levante ese embargo o reserva en el registro y puedas transferir el coche a tu nombre.

      Salu2 y ánimo.

  • Miguel

    Soy yo otra vez, mi pregunta es que si me pueden quitar el coche que ya he pagado y perderlo todo? gracias de nuevo

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