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13 de junio de 2011

Conducir sin carnet o sin puntos: delito penal

Conducir sin tener el carnet, ya sea permiso o licencia de conducción o circular habiendo agotado el saldo de puntos o teniendo el carnet retirado se considera delito penal.

Antes de la Reforma del código penal, se consideraban sólo infracción administrativa.

Circular de esta manera está castigado por el Código penal con las siguientes penas (art. 384):

  • Conducir un vehículo o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de 3 a 6 meses o con la de multa de 12 a 24 meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
  • La misma pena se impondrá al que circule con un vehículo tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que conduzca un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca el permiso o la licencia de conducción.

Este punto concreto de reforma del Código Penal está en vigor desde el 1 de Mayo de 2008.

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894 comments to Conducir sin carnet o sin puntos: delito penal

  • ivan

    yo soy d barcelona y me pararon en huesca.puedo ablar antes con el abogado d oficio para explicarle mi caso.como ya dije en el comentario anterio n sabia nada.y la retirada me vin por la perdida d puntos por multas de alcolemia en una epoka k me quede sin trabajo y mi expareja me dejo.ahora nunka bebo y lo unico que pienso es en mi nueva pareja y en mi futuro con ella.y estoy muy arrepentido d todo.una multa economica me iria fatal ya que mi madre n trabaja y mi padre tiene una pekeña pension por invalidez y ayudo a la economia familiar.gracias.k es lo mas normal que me pase?

  • Arancha

    Hola, buenas! He entendido en pasados comentarios que las sanciones que son delito no afectan a la retirada de puntos, he entendido mal? Lo pregunto porque hace 1 año y 7 meses fui sancionada en test de alcoholemia, con sanción muy grave (pérdida de 6 puntos y 600 euros de multa), porque aún no había cumplido los dos años de carnet y en el test de alcoholemia aún figuraba como novel,cosa que yo ignoraba, entonces doblé lo estipulado (0,15 mg) al dar 0,40 mg.

    El caso es que esto es delito penal? Y después ¿recuperaría, a los dos años sin sanción, 1 punto o los que tenía en ese momento? Se supone que también pasas de 8 a 12 a los dos años de carnet sin sanciones… En mi caso, tardaría mucho en tenerlos (cada 2 años 1 punto)? O como es el procedimiento habitual?

    Gracias y un saludo!

    • Buenas tardes.

      Si te pusieron de sanción 6 puntos y 600€ se trató como sanción administrativa y no como delito penal.

      Una vez transcurrido 2 años sin haber sido sancionado de nuevo por infracciones que conlleven retirada de puntos vía administrativa, los titulares de los permisos o licencias de conducción afectados por la pérdida parcial de puntos recuperarán la totalidad del crédito inicial de 12 puntos.

      Sin embargo, en el caso de que la pérdida de alguno de los puntos se debiera a alguna infracción muy grave, el plazo para recuperar la totalidad del crédito será de 3 años.

      Salu2

  • ANA

    Hola buenas noches.mi pregunta es la siguiente: a mi pareja ya le quitaron el carnet 2 años y 6 meses por alcoholemia.el otro dia le pararon por ir a mas de lo permitido,cual es la sorpresa de que cuando le piden la documentaciòn ,carnet y demàs,nos encontramos con la sorpresa de que le habian vuelto a retirar el carnet,como puede ser si en ningun momento nosotros no recibimos ninguna notificacion?….no entendimos nada.nos quedamos muertos.que puede pasar aqui?.No ira a la carcel verdad?.si la primera retirada la cumplr,lleva el carnet a donde corresponde ya pasada la pena se lo dan..que ha podido pasar aqui?. por favor necesito saber algo.muchas gracias

    • Hola Ana.

      Podéis solicitar a Tra´fico el informe de cuándo se ha realizado esa notificación y a qué domicilio.

      También tenéis que comprobar que la dirección suya que figure en Tráfico sea la actualizada, ya que sino puede que haya más notificaciones que no reciba con los problemas que ello conlleva.

      En este caso tendrá que acudir a juicio de nuevo y será el juez quién tome la decidisión sobre qué penas imponer, no te podemos concretar.

      Salu2

  • Jose.A

    Hola buenas queria saber que sanción te puede caer si circulas con una moto de 150 cc sin tener la licencia de esta ,pero teniendo el carnet B de coche.gracias

    • Buenos días.

      En tu caso entendemos que sería:

      CONDUCIR UN VEHÍCULO CON UN
      PERMISO O LICENCIA QUE NO LE
      HABILITA PARA ELLO

      Tendrían que detallar tipo de vehículo que se conduce y el tipo de permiso que se posee.

      Esta sanción sería de 500€ y retirada de 4 puntos.

      Salu2

  • Jose.A

    Hola de nuevo el tipo de permiso que posee es B y el vehiculo que se conduce es de 150cc una moto scooter.En caso de que fuese esa la sanción , ademas de esa sanción mencionada anteriormente el vehiculo se requisa o no.

    • Aparte de la sanción, si no estás habilitado con el carnet B para conducir esa moto, en teoría te la inmovilizarán o trasladarían en grúa al depósito municipal de vehículos, ya que no estarías autorizado a seguir conduciéndola..

      Salu2

  • jota

    hola soy novel y he tenido un accidente dandome conta ua farola la farola no ha tenido desperfectos pero di 0.81 en alcoholemia cual podria ser mi pena estoy n poco asustado

  • pedro

    Hola!! tengo una pequeña duda, conducir un vehiculo x ejemplo un autobus, con otro tipo de permiso que no sea el habilitante para ello como por ejemplo el A por poner un caso extremo. Como se calificaria??? infraccion administrativa o delito contra la seguridad vial???
    gracias de antemano.

    • Hola.

      Pensamos que si dispones de carnet de conducir, se trataría como sanción administrativa y entendemos que sería la siguiente infracción:

      CONDUCIR UN VEHÍCULO CON UN PERMISO O LICENCIA QUE NO LE HABILITA PARA ELLO – los agentes tendrán que detallar tipo de vehículo que se conduce y el tipo de permiso que se posee.
      – Descripción: Se denunciará por estas opciones cuando la persona sea titular de una autorización para conducir que no habilita para el vehículo que se conduce.
      – Sanción: 500€ y retirada 4 puntos del carnet. (Normativa CON 001 1 5C)
      – Responsable: Conductor

      Sin embargo, quizás deberías confirmarlo llamando a Tráfico ya que es posible que no se tramite igual la sanción en el caso de que el vehículo que se conduzca sea un vehículo Público para el transporte de personas…

      Sería mejor estudir el caso concreto de qué vehículo concreto se va a cnducir y con qué permiso…

      Ya nos contarás.

      Salu2

  • juan antonio

    mi pregunta es la siguiente ayer iba con mi coche cuando me detuvieron los agentes de la guardia civil , les di mi carnet y para mi sorpresa me dicen que no tengo carnet desde un año¡¡¡¡ el problema fue tal ue hacia cuatro años habia tenido unos multas , e hicimos un pliegue de descarga solicitando la reunificacion y no lo aceptaron¡¡ solo estuve sin carnet un mes por eso yo ssegui conduciendo¡¡¡ ami no me han notificado que no tenga caarnet¡¡¡ qu eme puede pasar el juicio es el dia 15 de noviembre¡¡

    • EN tu caso te recomendamos acudir a Tráfico cuanto antes para solicitar el informe donde figure en qué momento te han notificado la retirada del carnet, a qué dirección, comprobar si ésta es correcta, ver si la dirección que figura en el Permiso de Circulación de tu coche es la actualizada y sino aprovecha que estás allí para modficarla, y que te comenten todo.

      Los puntos que te quedan para evitar quedarte sin ellos sin darte cuenta los puedes consultar siempre que quieras en:

      DGT: Consulta de saldo de puntos

      Acude cuánto antes para ver qué ha sucedido y por qué no te ha llegado la notificación de la retirada. Con la información que te den consulta con un abogado especializado o con alguna de las empresas especializadas en recurrir multas, si la tramitación ha sido la correcta.

      Salu2

  • JOSE

    Hola buenas tardes¡
    Me han realizado atestado por cuatro veces en un mes teniendo perdidos todos los puntos. Que sanción me puede caer. Un saludo.

  • alejandro

    hola buenas tardes,expondre lo mas resumido posible mi caso…Hace casi un año tuve un choque frontal(arañazos y un parachoque)contra un vehiculo policial(policia local),en ningun caso hubo parte de lesiones o fractura alguna por ninguna de las partes..pero ahora es donde viene mi problema.He sido juzgado y condenado como autor criminal de un delito contra la seguridad vial,dichos agentes no me hicieron la pueba de alcoholemia(etilometro roto en jefatura)y dichos agentes dijeron en juicio que iba bajo los efectos del alcohol y que me negue a hacerme la prueba de sangre.Logicamente no me negue a ello pero esto es lo que dijeron el el juicio(sopor y agotamiento,olor a alcohol en el vestido,rostro sudoroso,congestionado y arrebolado,ojos velados y brillantes,arrogante con loquocidad extrema,habla pastosa,alitosis etilica muy fuerte de cerca,y notoria distancia y diambulacion titubeante con movimientos oscilantes de la verticalidad del cuerpo…)En ningun momento quede detenido!!!mi vehiculo si lo inmovilizaron,fui a la jefatura con los agentes pero en ningun caso detenido!!!Se lo inventaron todo!!!!recae sobre la multa de 1200 euros y 1 año y tres dias de retirada de carnet!!!Y SIN PRUEBA DE ALCOHOL!!!AH y como no antecedentes penales!mi preguntas son….¿ES ESTO JUSTICIA¿?me han juzgado como si condujera con mas de 0.60 y estuviera borracho sin estarlo!!¿vale mas la palabra de 2 agentes locales?Aparte en el juicio los agentes se contradijeron en varias partes,mis testigos quedaron anulados y un sin fin de irregularidades!!!ahora solo me queda esperar a que me llegue la cartita..¿como lo ven ustedes?alguien me puede echar una mano?el recurso lo perdi pero no me quiero quedar quieto,quiero hacerlo publico y en fin..todo por llevar a 3 amigos mios(que si que habian bebido a sus casas y por culpa de un choque fortuito la que me ha caido)me puede ayudar alguien si puedo hacer algo con mi caso¿?¿?MUCHAS GRACIAS A TODOS Y SALUDOS DESDE MALAGA

    • Buenos días.

      Lo mejor es que solicites asesoramiento de un abogado dado el tema que se trata y la situación en que te encuentras, para ver si se puede hacer algo al respecto. Aunque quizás lo mejor hubiera sido contratarlo antes del juicio para que te hubieras podido defender.

      Esperamos que aún te pueda ofrecer alguna solución.

      Salu2

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