La nueva ley de jubilaciones entrará en vigor a partir del 2013. La introducción de esta ley se hará de forma progresiva con un periodo transitorio de hasta el año 2027.
Para entonces se fijará la edad de 67 años para la jubilación, aunque existen excepciones, el cómputo de los últimos 25 años de cotizaciones para calcular la pensión de jubilación y la doble posibilidad de prejubilación a los 61 o 63 años de edad son alguno de los cambios más importantes.
Edad de jubilación
- Se ampliará la edad de jubilación desde los 65 hasta los 67 años.
- Se podrá jubilar a los 65 años, si has cotizado al menos 38,5 años con el 100% de la pensión, con una disposición transitorio.
Derecho a una pensión de jubilación
- Para tener derecho a la jubilación se ha de cotizar al menos durante 15 años, de los cuales, 2 sea en los últimos años antes de la jubilación.
Cuantía de la pensión de jubilación
- Se utilizará la media de las cotizaciones de los últimos 25 años, y no tiene menor peso cuanto más años se cotiza hasta llegar los 37 años (jubilación a los 67) / 38,5 años (jubilación de los 65) para cobrar el 100%.
Prejublaciones o jubilación anticipada
2 modalidades de prejubilación:
- Por voluntad de los trabajadores a los 63 años.
- Por causa ajenas al trabajador a los 61 años.
Régimen transitorio
Algunos puntos de la nueva ley de pensiones entrará de forma progresiva a lo largo de ciertos años:
- El retraso de la edad de jubilación se hará de forma progresiva desde el 2013 hasta el 2027.
- Los 38,5 años que se requiere para jubilarse a los 65 años se hará de forma pregresiva desde los 35 años actuales desde el 2013, hasta 2025.
- El computo de los 25 años de cotizaciones para el cálculo de la pensión se hará de forma progresiva, aunque se puede aplicar la media de los 20 años o 25 años antes de terminar el periodo transitorio si es beneficioso para el trabajador.
¿Más detalle por favor?
Sí, podéis leer los siguientes artículos que amplia la información sobre cada uno de estos puntos relatados:
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Voy a cumprir 60 años me quiero juvilar a los 61 tengo 42 años cotizados .Bengo de un here de un combenio de los dos ultimos años de cotizacion . Que la empresa ya los a cotizado a la seguridac social. Mepuedo jubilar a los 61 años recien cumpridos. Gracias.
Sí, claro. Tu jubilación se considera forzosa:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/27/nueva-ley-de-pensiones-jubilaciones-anticipadas-o-prejubilaciones/
Salu2.
Mi pregunta: he sido despedido por motivos objetivos o por un ere de la empresa con 58 años y 5 meses, despues de agotar el desempleo con son 2 años mi edad será de 60 años y 5 meses.Supero más de 40 años cotizados.-¿ podré jubilarme con esa edad, o deberé esperar a los 61 años?.
Tienes que esperar a los 61.
Salu2.
Se ha cambiado la ley de jubilación para cantantes musicos?
Muchas gracias
Ha cambiado para todos, y no hay nada especial para los cantantes músicos.
Salu2.
Que yo sepa.
en septiembre acabe de cotizar los 15 años, naci en 1952. tengo derecho a una juvilacion?
que cobraria una viuda de 60 años, si el marido tiene una pension de /1500e /gracias.
Si tienes 15 años cotizados y al menos 2 años en los últimos 15 años cuando cumplas la edad de jubilación, sí.
La pensión de viudedad es del 52%:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/09/28/pension-de-viudedad-derecho-y-cuantia/
Salu2.
Alos 65 años tendre 20 años cotizados de autonomos i 23 a la seguridad social me puedo juvilar a los 65 con el 100%de la juvilacion en el 2019
A los 65 años, no. Te tocará trabajar unos meses más, creo que son 8 meses:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/26/nueva-ley-de-jubilacion-edad-de-jubilacion-prejubilacion/
Salu2.
Soi mutualista empece acotizar en el oño 1965 tengo 43años cotizados mefaltan 3años para 65 si mejubilara cuanto me descontarian ypor cuanto se divede la base de cotizacion,antes eran 180 mese creo y ahora. gracia
Leete:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/27/nueva-ley-de-pensiones-jubilaciones-anticipadas-o-prejubilaciones/
Salu2.
MI PREGUNTA:
Cumplo 61 año en el mes de Agosto de 2013 llevo dos años de paro . Fui despedido por motivos Objetivos.
Empeze a trabajar en el año 1966 soy mutualista tengo algo más de 40 años cotizados mi pregunta es podría jubilarme a los sesenta y uno o sesenta y dos años.
Te puedes prejubilar a los 61, y además se te aplicarán la anterior ley:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/03/17/jubilacion-anticipada-y-coeficientes-reductores-de-la-jubilacion/
Salu2.
TENGO 64 AÑOS Y E APORTADO A LA SEGURIDAD SOCIAL 11AÑOS DE APORTE ACTUAL MI PREGUNTA PODRE JUBILARME A LOS 65 AÑOS
No tienes suficientes cotizaciones para cobrar una pensión.
Tienes que tener 15 años cotizados.
Salu2.
Hola. Quisiera hacerles una pregunta a ver si me pueden ayudar. Hasta el día de hoy, mi suegro cobra la pensión por jubilación y dentro de ella una parte es por el hecho de tener a su esposa a su cargo, pese a que su esposa cobra una pequeña pensión de 70€ al mes por un tiempo que ella trabajó en Holanda en los años 70. Hasta ahora él tenía derecho a eso, puesto que, como os podeis hacer a la idea,nadie vive con 70€ al mes. Pues bien, ahora acaban de avisarlo de que la ley cambió en diciembre del 2012 y que por el hecho de que ella cobre esos 70 €, le quitan a él la parte correspondiente por tenerla a ella a su cargo. Además también le han explicado que ella no puede estar en su misma tarjeta sanitaria, puesto que tiene que solicitar una tarjeta a Holanda que sería para su atención médica aquí. Además como la ley fue aplicada desde diciembre, le obligan a devolver la parte correspondiente que cobró por ella desde el mes de Enero hasta el día de hoy. Por lo tanto, dejan a un matrimonio de 78 años con sólo 600€ al mes, y dan por entendido que por lo visto una mujer puede subsistir con 70 € al mes sin depender de nadie(alucinante). Si podeis ayudarme, quisiera saber, si efectivamente este cambio en la ley es cierto y si como bien les han explicado es correcto que les reduzcan casi 200€. Me parece alucinante. gracias por la ayuda.
Le recomiendo que acudas a una asesoría laboral y pedir ayuda.
mi marido tiene 60 años tiene cotizado 40 años esta desde los 52 cobrando la ayuda , podra jubilarse a los 62 con la nueva reforma?
¿Qué ayuda está cobrando? El subsidio de mayores de 55 años.
Si perdió el empleo antes de 1 de abril de 2013 puede jubilarse a los 61.
Salu2.