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3 de julio de 2018

A partir del próximo jueves el permiso de paternidad será de 5 semanas

A partir del próximo jueves, día 5 de julio de 2018, 1 día después de la publicación de la Ley del Presupuesto Generales del Estado (LPGE) del 2018 en el BOE, se ampliará el permiso de paternidad de 4 a 5 semanas de duración.

¿Cuántos días durará el Permiso de paternidad?

El permiso de paternidad, se ampliará de los 28 días actuales a 35 días el próximo jueves día 5 de julio.

La ayuda inicialmente era de 13 días, pero fue ampliado hasta 4 semanas en Enero de 2017.

¿En qué consiste el Permiso de Paternidad?

El Permiso por paternidad es una medida para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral que otorga a los trabajadores el disfrute de 5 semanas de permiso en los supuestos de nacimiento de hijos/as , adopción o acogimiento.

Será 4 semanas ininterrumpidas, y una quinta semana a disfrutar cuando se quiera dentro de los primeros 9 primeros meses desde el nacimiento del bebé.

Estos días de permiso son a mayores e independientes a los días que tenga el trabajador derecho por convenio y que corren a cargo de la empresa.

Además se podrá disfrutar en régimen de jornada completa o parcial de un mínimo del 50% previo acuerdo entre empresario y trabajador.

La prestación económica por paternidad consiste en un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora correspondiente.

¿Quiénes lo pueden solicitar?

Al igual que la veza anterior, seguramente al permiso de 5 semanas sólo tendrán derecho por los padres de los niños nacidos o acogidos desde el día siguiente a la publicación de LGPE en el BOE.

Los nacidos antes de dicha fecha, darán derecho sólo a 4 semanas de permiso.

¿Y si nació antes, y solicito el Permiso de paternidad después de entrar en vigor la nueva ley?

Sobre los padres cuyos niños nacieron o fueron adoptados antes de la entrada de la nueva ley, aunque soliciten el permiso de paternidad después de entrar en vigor la nueva ley, no tendrán las 5 semanas de permiso.

El régimen jurídico aplicable es el vigente en el momento de acaecer el hecho que origina el derecho al descanso y motiva la suspensión del contrato de trabajo, es decir: la fecha del nacimiento, adopción o acogida y no el momento en el que se empiece a disfrutar del permiso, que puede ser en cualquier momento durante la baja de la madre.

Es por ello que aunque el padre se espere para solicitar el Permiso de paternidad, no podrá beneficiarse de la ampliación a 5 semanas.

¿Qué condiciones hay que cumplir para poder solicitar el Permiso de Paternidad?

Lo pueden solicitar todos los trabajadores por cuenta ajena y los trabajadores autónomos y pertenecientes a otros regímenes especiales de la Seguridad Social.

Es necesario tener cubierto un periodo de cotización de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha del inicio de dicha suspensión ó 360 días a lo largo de su vida laboral con anterioridad a la mencionada fecha.

¿Cuándo se puede solicitar el Permiso de paternidad?

Los trabajadores por cuenta ajena pueden solicitar el Permiso de paternidad, bien desde la finalización del permiso retribuido previsto legalmente (mínimo de 2 días ó 4 cuando es necesario un desplazamiento) por el nacimiento un hijo, o a la vez que la suspensión del contrato por maternidad de la madre, o si lo prefieren inmediatamente después de dicha suspensión por maternidad.

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