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17 de octubre de 2019

Mesa electoral: ¿me ha tocado? ¿tengo que ir? ¿me pagan?…

Esta semana los Ayuntamientos han sorteado los nombres de los miembros para las mesas electorales para las elecciones generales del 10 de noviembre.

¿Cómo se elige los miembros de la mesa electoral?

Serán más de medio millón de ciudadanos de entre 18 y 70 años que sepan leer y escribir (los mayores de 65 años pueden renunciar en un plazo de 7 días).

La elección del presidente, 2 vocales y los 2 suplentes por cada uno de los miembros de cada mesa serán elegidos por sorteo.

El Presidente deberá tener el título de Bachiller o el de Formación Profesional de segundo Grado, o subsidiariamente el de Graduado Escolar o equivalente.

Se notificará en el plazo de 3 días a los elegidos.

¿Qué pasa si soy suplente?

Los suplentes al igual que los titulares de las mesas han de acudir al colegio electoral a las 8 de la mañana del día de las elecciones.

Si se presentan todos los titulares, la Mesa se constituye y los suplentes quedan exentos de sus obligaciones.

Si algún titular no se presenta, ocupará su puesto el primer suplente.

¿Qué puedo alegar para no ir?

Se puede alegar en el plazo de 7 días por causa justificada con documentación acreditativa para la no aceptación la designación.

Existen muchas causas:

1. Situación personal:

  • Si tienes entre 65 y 70 años.
  • Si tienes alguna discapacidad
  • Si estás de baja por incapacidad temporal
  • Embarazada a partir del sexto mes o en el periodo de baja maternal.
  • Internado en centro penitenciario u hospitales psiquiátricos.
  • Si ya has formado parte de hasta 3 veces de una mesa electoral en los últimos 10 años.
  • Si tienes una orden de alejamiento contra alguno de los votantes de ese colegio electoral.
  • Otras situaciones a valorar por la Junta Electoral de cada zona.

2. Situación familiar:

  • Madres con hijos en periodo de lactancia (hasta los 9 meses).
  • Cuidado de menores de menores de hasta 8 años o de personas con discapacidad física.
  • Cuidado de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad por razones de edad, enfermedad o accidente por la que no pueden valerse por sí mismos.
  • Celebración de hechos relevantes inaplazables de familiares de hasta segundo grado de consanguidad.
  • Madre o padre de menores de catorce años, cuando se acredite que el otro progenitor no puede ocuparse del menor durante la jornada electoral.

3. Causas profesionales:

  • Quienes durante el día de la votación deban prestar sus servicios a las Juntas Electorales, a los Juzgados y a las Administraciones Públicas que tengan encomendadas funciones electorales.
  • Quienes deban prestar durante la jornada electoral servicios esenciales de la comunidad de importancia vital, como los de carácter médico, sanitario, de protección civil, bomberos, etcétera
  • Los directores de medios de comunicación de información general y los jefes de los servicios informativos que deban cubrir la jornada electoral.
  • Los profesionales que deban participar en acontecimientos públicos a celebrar el día de la votación.

¿Cuánto pagan por estar en una Mesa Electoral el 10N?

Cada titular de la Presidencia y cada Vocal de la Mesa recibirá 65€ sin retención fiscal alguna en concepto de dietas.

Además de Cobertura Seguridad Social: Los miembros de la Mesa (Presidencia y Vocalías) están protegidos por el Sistema de la Seguridad Social frente a las contingencias y situaciones que se pudieran derivar de su participación en las elecciones.

En el caso de tener que hacer uso de dicha cobertura deberá ponerse en contacto con la Delegación /Subdelegación del Gobierno.

Derecho a reducción de jornada laboral el 11 de Noviembre.

Por otro lado, las personas titulares de la Presidencia y de las dos Vocalías de la Mesa electoral tienen derecho a un permiso retribuido y no recuperable para las 5 primeras horas de su jornada laboral el 11 de noviembre, que es el día siguiente a las elecciones, siempre que se trate de trabajadores o trabajadoras por cuenta ajena o funcionarios/funcionarias públicos.

Para ello, la empresa u organismo oficial podrá solicitarles como justificante para el citado permiso la hoja de la notificación de su nombramiento como miembro de Mesa.

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