Las personas con minusvalía o movilidad reducida cuentan con varias ayudas en la compra de coches nuevos, conocidas como descuentos por minusvalía, como es la reducción en el pago del IVA y la exención del Impuesto de matriculación, que se aplicarán siempre que se cumplan las condiciones requeridas.
¿Qué porcentaje de minusvalía hay que tener para no tener que pagar Impuesto de Matriculación?
Para estar exento del pago del Impuesto de Matriculación en la compra de coche nuevo matriculado a nombre de minusválidos para su uso exclusivo, y beneficiarse así del descuento por minusvalía, se tendrá en cuenta lo siguiente:
- Deberá acreditarse una minusvalía del 33% o superior, mediante certificado o resolución del IMSERSO u órgano competente de la Comunidad autónoma correspondiente.
¿Qué requisitos deben cumplirse?
Además de acreditarse la minusvalía anteriormente indicada, deben cumplirse todos los siguientes requisitos:
- Que hayan transcurrido al menos 4 años desde la matriculación de otro vehículo en análogas condiciones. Como excepción, este requisito no se exigirá en los supuestos de siniestro total de los vehículos, siempre que estén debidamente acreditado.
- Que el vehículo comprado con estos beneficios no sea objeto de una transmisión posterior durante el plazo de los 4 años siguientes a la fecha de su matriculación.
¿Qué ocurriría si se vende o transfiere posteriormente el vehículo comprado con el descuento por minusvalía?
Si antes de que transcurran 4 años desde la primera matriculación, se matriculara otro vehículo en las mismas condiciones, o se transfiriera el coche que se compró con este descuento por minusvalía, estaría obligado a liquidar el impuesto del que se benefició en el momento de la compra.
Habría que diferenciar entre dos casos posibles, en función de que se adquiera o no un nuevo vehículo:
- Si lo que se desea es comprar un segundo vehículo y matricularlo a nombre de la misma persona con minusvalía, el devengo se retrotrae al momento de la matriculación del primer vehículo y tanto la base imponible como el tipo impositivo deben hacer referencia a dicho momento.
- Si no se matricula un segundo vehículo, el devengo se produce en el momento de modificación de las circunstancias, por tanto la base imponible y el tipo impositivo serán los vigentes en ese momento. Habría que tener en cuenta el cambio en los Impuestos de Matriculación que se llevaron a cabo a partir del 1 de enero de 2008.
Si el titular con minusvalía falleciera antes de los 4 años, ¿habría que liquidar este Impuesto?
Para beneficiarse de la exención del Impuesto matriculación, una de las condiciones que se exige cumplir es que el vehículo no se transfiera dentro de los 4 años siguientes a la matriculación, sin embargo, al tratarse de transmision mortis, se considera un caso excepcional y no habría que proceder a liquidar ese impuesto, tal como indica la AEAT:
De la interpretacion conjunta de los articulos 66.1.d) y 65.3 de la ley 38/1992, cabe deducir que cuando un vehiculo matriculado con exencion a nombre de un minusvalido sea objeto de transmision mortis causa antes del plazo de 4 años desde la matriculacion del vehiculo al amparo de dicha exencion, esto no supone una modificacion de los requisitos determinantes del supuesto de exencion, por lo que dicha transmision no da lugar a la autoliquidacion e ingreso del impuesto especial sobre determinados medios de transporte.
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ok, gracias.
Hola,despues de que haya comprado un coche con el iva reducido y que el concesionario haya tramitado todo el papeleo hace falta volver a la hacienda y presentar algun documento?
Tengo enyendido que debo llevar la factura y el permiso de circulacion,si es cierto hay que ir enseguida lo tenga o no corre prisa?De momento me van a dar el provisional,hace falta esperar el permiso definitivo?
Gracias,un saludo!
Respondido ya en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/08/12/descuento-por-minusvalia-en-la-compra-de-coche-reduccion-del-iva-al-4/comment-page-34/#comment-278173
Salu2
Hola me llamo 42 a?os tengo una minusvalia del 65% y hace un a?o y medio compre un coche nuevo puedo reclamar lo del IVA reducido gracias
Respondido ya en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/12/23/impuesto-municipal-de-circulacion-exencion-por-minusvalia/comment-page-13/#comment-278441
Salu2
Además del vehiculo con la exección del impuesto, puedo tener otro vehiculo a mi nombre sin dicha exección, Gracias
Sí, todos los que quieras.
Lo único a tener en cuenta es que sólo se puede comprar un coche con exención cada 4 años.
Sin exención puedes comprar todos los que quieras y cuando quieras.
Salu2
buenos días, tengo un 35% de minusvalía, y quiero comprarme mi primer coche con los descuento que corresponden a minusválidos un vehiculo de 15.000.000€ en cuanto se me podría quedar? Gracias anticipadas por la ayuda.
Buenos días.
Con ese % de minusvalía tienes derecho a la exención del Impuesto de matriculación y del Impuesto municipal de circulación.
Salu2
Gracias
hola, tengo un coche que compre en diciembre de 2012 con el descuento del impuesto de matriculación por minusvalía y ahora quiero venderlo sin comprar otro. Cuanto tendría que pagar por el impuesto de dicho vehículo? Donde y como se hace efectivo el pago?
Hola
Tendrías que liquidar lo ahorrado en su día en Hacienda. Allí te lo podrán calcular exactamente.
Para quedar exento de pagar nada al venderlo deben transcurrir 4 años desde la fecha de su matriculación.
Salu2
por cierto, cuanto en % del precio del vehiculo seria aproximadamente?
El impuesto de matriculación varía en función de lo que contamine.
Así que cuanto más CO2 emita el coche, más te ahorrarás.
Salu2
Hola!
Tengo intención de comprar un turismo en Alemania (no es nuevo) y tengo un 45%de minusvalia. Mi pregunta es sí al matricularlo en España tengo q pagar el impuesto de matriculación
Gracias
Hola
No. Puedes solicitar en Hacienda la exención del impuesto de matriculación por minusvalía pero siempre antes de matricular el coche en España.
Salu2
Hola a todos. Tengo movilidad reducida y quiero cambiar el coche, he mirado nuevos pero se me escapan a mi economia. Tengo iva reducido en uno de segunda mano comprado en alguna compra-venta???
Hola.
No. El vehículo debe ser nuevo y sin matricular.
Los beneficios fiscales por minusvalía en la compra de coche no se aplican ni a los de segunda mano, ocasión ni tampoco a los km0.
Salu2
Hola.
Voy a vender el coche que tengo desde hace 10 añosccomprado con el descuento de minusvalía , cuando cambie de dueño el tomador tendrá que pagar el impuesto del IVA que no pagé yo en su dia .
Gracias.
Hola.
No, ya ha quedado exento del pago de ese impuesto al haber transcurrido más de 4 años desde la fecha de la compra y matriculación del mismo.
Así que no te preocupes por eso.
Salu2