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13 de agosto de 2014

Los parados con convenio especial con la S.S. no podrán jubilarse a los 61 años, a pesar de haber perdido el empleo antes de abril de 2013

En los últimos 2 meses se ha venido quejándose muchos desempleados a los que la Seguridad Social les han denegado la jubilación anticipada a los 61 años de edad a pesar de haber perdido su empleo antes de abril de 2013, fecha clave para poderse acoger a la anterior ley de jubilación anticipada.

Los afectados son los parados que tienen un Convenio Especial con la Seguridad Social para complementar sus cotizaciones hasta la edad de jubilación.

¿Quién se podía jubilar a los 61 años?

Todas las personas que hayan perdido el empleo antes de abril de 2013, a los que se les aplica la anterior legislación (requiriendo sólo 30 años de cotizaciones).

Las personas que pierdan el empleo después de dicha fecha, y que sea por causa de la crisis.

¿Qué ha cambiado?

Los afectados son los del primer caso, los que han perdido el empleo antes de abril de 2013 y que hayan seguido cotizando, aunque sea mediante un Convenio Especial de la Seguridad Social se les aplicarán la nueva ley:

  • Para poder jubilarse anticipadamente deben de tener 35 años cotizados en lugar de 30.
  • Para prejubilarse a los 61 ha de haber perdido el empleo por causas de la crisis.

Criterios que muchos dejan de cumplir y por lo tanto les obligan a esperar a los 63 años para prejubilarse o incluso no permitirle la jubilación anticipada por falta años de cotizaciones.

Además, se les aplicarán los nuevas reglas para el cálculo de su pensión de jubilación: peores coeficientes reductores, más años para el cálculo de la base de cotizaciones.

¿Por qué ha cambiado las condiciones?

El  Ministerio de Empleo no ha dado ninguna explicación. Según el cual, no se trata de un cambio de criterio y que las condiciones no han cambiado, sino que están aplicando una interpretación «coherente» con la ley y la reforma que entró en vigor en el 2013.

Es decir, considera que, si están cotizando a la Seguridad Social (aunque no estén trabajando), su situación es equiparable a estar dado de alta en el sistema como trabajador en activo.

De esta forma, envió un circular interno en el mes de junio que modificaba este criterio, denegando prejubilaciones a muchos desempleados que incluso llegaron quejarse en nuestro blog.

¿Cuántas personas se verán afectadas?

Lo cierto es que no hay un número oficial, según Empleo habla de unos 7.000 al año, mientras que los sindicatos los cifran en 132.000 a fecha de julio.

¿Qué pasará ahora?

Hay quejas por parte de los afectados, y de UGT y CCOO, consideran que ha cambiado las reglas en mitad del partido; sobre todo porque recomendaba los Convenios Especial con mejor vía para completar las cotizaciones y tener una buena jubilación, y ahora se les penalizan.

A ver qué resulta de todo esto.

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