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17 de diciembre de 2009

Descuento por minusvalía: ¿Qué ocurre si el conductor no es la persona con minusvalía?

En la compra de un vehículo nuevo existe una serie de ayudas por descuento por minusvalía como son la reducción del IVA al 4% y la exención del Impuesto de matriculación e Impuesto municipal de Circulación para personas con el certificado de minusvalía.

Sin embargo, ¿puede uno comprarse un vehículo aprovechando la minusvalía de un familiar para beneficiarse de estas ventajas fiscales? ¿Qué ocurriría si nos pararan y ven que el titular del coche no coincide con el conductor? ¿Y si se trata de un coche familiar y lo conduce el cónyuge que no tiene la minusvalía? ¿Podría utilizarlo una persona diferente al titular con minusvalía?

Respondemos a éstas y otras consultas sobre este tema.

¿Cuáles son las ventajas fiscales en la compra de coche con descuento por minusvalía?

Las ventajas fiscales con las que podría contar una persona con certificado con minusvalía superior al 33% en la compra de un vehículo nuevo y sin matricular, y en el caso de cumplir las condiciones especificadas en los enlaces siguientes son:

  • Exención en el Impuesto de matriculación.
  • Reducción del IVA al 4%.
  • Exención en el pago del Impuesto municipal de Circulación (también denominado Impuesto de vehículos de tracción mecánica, IVTM)

¿Podría utilizar el vehículo una persona diferente al titular con la minusvalía?

Una de las condiciones que se exige para beneficiarse de estas ventajas o ayudas en el precio, tal como se especifica en la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, es que sólo se aplicarán a los vehículos automóviles matriculados a nombre de minusválidos para su uso exclusivo.

La expresión “uso exclusivo” da lugar a una posible interpretación demasiado estricta y obligaría para cumplirla, de cara a la Administración, a que la persona minusválida titular del vehículo se encuentre siempre a bordo del mismo cuando circule, con independencia de que lo conduzca otra persona.

¿Podrían privar a la persona con minusvalía de las ventajas fiscales si se acreditan que el vehículo lo utilizan terceras personas?

En los casos que se acredite que el uso del vehículo lo realiza una tercera persona para asuntos particulares, el discapacitado se vería privado de la exención en el Impuesto de matriculación, aunque este uso por terceros fuera ocasional o estuviera motivado por circunstancias económicas.

¿Habría alguna excepción en este tema?

A pesar de los puntos anteriores, hay que decir que se admitirá que el uso exclusivo del vehículo por el discapacitado también se produce cuando es conducido por otra persona sin que la persona minusválida vaya en el coche, siempre que sea para satisfacer determinadas circunstancias de su interés.

Por ejemplo, en los casos en que la persona minusválida no pueda conducirlo por él mismo y se le traslada a algún sitio, o se regresa más tarde a recogerlo; o si lo conduce otra persona para atender compras, encargos u otras necesidades del titular; o meramente si otra persona lo lleva a un taller mecánico para revisión o reparación, supondría cumplir la condición de uso exclusivo para el minusválido aunque en ese momento no viajara en el coche.

¿Qué organismo se encarga de la verificación de la correcta aplicación de la exención del Impuesto de matriculación?

El órgano competente para realizar comprobaciones sobre este impuesto es la a Inspección de Aduanas e Impuestos Especiales de la Dependencia Regional correspondiente al domicilio del contribuyente o el Servicio de Vigilancia Aduanera adscrito a la misma Dependencia.

Normalmente este tipo de comprobaciones, aunque no son habituales, se realizan por personación en el domicilio del beneficiario de la exención.

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390 comments to Descuento por minusvalía: ¿Qué ocurre si el conductor no es la persona con minusvalía?

  • Patricia

    Gracias por contestarme tan rápido, solo una cosa más, los dtos. se hacen por tener una minusvalía o porque esa minusvalía sea de movilidad reducida? mi niño tiene la minusvalía pero no está basada en movilidad reducida. también somos familia numerosa, todo esto se puede utilizar o si pones una cosa no vale ya la otra.
    Gracias nuevamente.

    • Hola de nuevo Patricia

      Si tiene certificado que indique minusvalía superior al 33% tendreis ya derecho a la Exención del Impuesto de matriculación.

      Para tener también derecho a la reducción del Iva al 4% hay que cumplir más requisitos aparte de tener ese 33%. Tendría que ser persona con movilidad reducida declarada, deslazarse en silla de ruedas o ser alguno de los casos especiales incluidos (pertenecer a la ONCE, pensionistas con incapacidad permanente…etc)

      – Ver todos los casos en: http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/08/12/descuento-por-minusvalia-en-la-compra-de-coche-reduccion-del-iva-al-4/

      —-

      Por otro lado está el descuento por familia numerosa. Con este descuento teneis derecho a la reducción del 50% en el Impuesto de matriculación.

      Sin embargo, como con el descuento de minusvalía ya estais exentos, es mejor que en este coche utiliceis el de minusvalía y el de familia numerosa lo utiliceis si comprais otro coche posteriormente.

      Esperamos que os sea de ayuda.

      Salu2!

      — Más respuestas y opiniones en el http://www.preguntasfrecuentes.net/foro

  • veronica

    con una invalidez permanente absoluta y una minusvalia del 60% podria beneficiarse en la compra de un vehiculko nuevo del impuesto de matriculacion y el 4% del iva

    • Hola verónica.

      Como mínimo tendrás derecho a la exención del Impuesto de matriculación al tener un certificado de minusvalía superior al 33%.

      Sobre la reducción del Iva al 4% tendrás que mirar a ver si cumples las condiciones exigidas.

      En la parte de arriba del artículo, en un recuadro con marco azul Titulado «Impuesto compra coche» tienes los enlaces a toda la información ampliada sobre la reducción del Iva y la exención del impuesto de matriculación.

      Echales un vistazo si quieres y si aún te quedara alguna consulta escríbenos, ok. 😉

      Salu2

      — Más respuestas y opiniones en el http://www.preguntasfrecuentes.net/foro

  • veronica

    gracias por contestar con tanta rapidewz una cosita mas aunque me llameis pesada he leido el apartado que me habeis dicho y viene un pasrrafo en el que se concede la reduccion del iva a la personas que cobren una pension de invalidez permanente absoluta y ahi va mi pregunta en silla de ruedas o no en silla de ruedas gracias y agradeceria me contesteis con la misma rapidez besooooooos

    • Con la pension de invalidez permanente absoluta, o estando en silla de ruedas, en ambos casos supondría tener Movilidad reducida y poder acogerte a la reducción del Iva.

      No osbtante es mejor confirmarlo con Hacienda presentádole la documentación de que dispones antes de nada por si acaso.

      Salu2!

  • alfonso merchan garcia

    Quisiera saber si en las revisiones rutinarias también se paga el 4% de IVA.

    • No te preocupes, porque tal como indicamos en el artículo, el órgano competente para realizar comprobaciones sobre los descuentos fiscales en la compra por minusvalía es la a Inspección de Aduanas e Impuestos Especiales de la Dependencia Regional personandose en el domicilio correspondiente.

      Pero aún no conocemos ningún caso que hayan ido a su casa o haya tenido problemas.

      Lo normal es que a la hora de matricular el coche, si hubiera algo que no cuadrara te lo echen para atrás y no te puedas beneficiar de ello. Pero una vez matriculado el coche ya no hay inconveniente y si te pararan los agentes tampoco te van a requerir nada de ello.

      Salu2

  • FRANCISCO JAVIER

    HOLA, MI ACABA DE RECIBIR UNA RESOLUCION DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, EN DONDE SE LE RECONOCE UNA DISCAPACIDAD DEL 77%, ENTONCES MI PREGUNTA ES SI PODRIA COMPRAR UN TURISMO Y PONERLO A NOMBRE DE MI PADRE, SIENDO YO EL CONDUCTOR HABITUAL Y PONIENDO TAMBIEN EL SEGURO A MI NOMBRE.

    • Para evitar inconvenientes a la hora de gestionarlo, conviene poner el coche a nombre de la persona con minusvalía para poder beneficiaros de las ayudas fiscales (al ser parientes de primer grado de consaguineidad podrías consultar si prefirierais ponderlo a nombre de la otra persona, pero son ya más jaleos..).

      Aunque pongais el coche como titular de la persona con minusvalía, no hay problema en que en el seguro figure como conductor y tomador el nombre de otra persona. Son temas independientes (date cuenta que no siempre la persona con minusvalía puede conducir..)

      Salu2!

  • Agustin Arrizibita

    Tengo una hija de 17 años, con una minusvalia superior al 50 %, además somos familia numerosa, que descuentos sobre el iva podríamos tener a la compra de un coche nuevo.

    Gracias anticipadas un saludo- Agustin

  • ANTONIO

    Estimad@s compañeros,

    En 2007 compré un coche a nombre de mi hermano que tiene una minusvalía del 35% y me ahorré el impuesto de matriculación. El seguro está puesto a nombre de mi mujer. Ayer mismo recibí la visita de un inspector de aduanas en mi casa que emitió una diligencia de constancia de hechos donde reflejó que el vehículo en cuestión lo utilizaba un hermando del titular del mismo ( esto és , yo) y que el seguro estaba puesto a nombre de mi esposa. Desde ayer no hago más que darle vueltas a la cabeza y no dejo de pensar en la mala suerte que te tenido.

    Si mi hermano no tiene carnet y no puede conducir, ¿tiene sanción el hecho de que yo utilice el vehículo, aunque alegue que es el vehiculo familiar que utiliza para desplazarse? ¿que tipo de sanción me puede caer? ¿conoceis alguna experiencia similar?, agradezco de antemano cualquier información,link o comentario al respecto.

    TAMBIÉN DEJO CONSTAR ESTE AVISO PARA TODO AQUEL QUE ESTÉ PENSANDO EN PONER EL COCHE A NOMBRE DE UN MINUSVÁLIDO.

    Saludo2,

    • Hola Antonio.

      ES cierto que cada vez estamos viendo más casos de inspecciones de Hacienda a los vehículos comprados con dtos. por minusvalía..

      El resultado de la inspección dependerá de la justificación que deis. No necesariamente tiene que conducir la persona con minusvalía, ya que en muchos casos esto no es posible. Puede ser un veh´ciulo que utilizais para su desplazamiento.

      En el siguiente enlace puedes ver más información sobre esto en el artículo, en los puntos «¿Podrían privar a la persona con minusvalía de las ventajas fiscales si se acreditan que el vehículo lo utilizan terceras personas?» – «¿Habría alguna excepción en este tema?»

      Es importante también que en el seguro como Propietario, tomador y conductor (este último cuando sea posible) figure la persona con minusvalía.
      Es posible que muchas visitas de inspectores empiecen la inspección revisando que estos datos no coinciden con el titular con minusvalía, levantando las sospechas y dando pie a una revisión de comprobación.

      Salu2 y ya nos contarás si has tenido alguna notificación más desde que nos escribiste.

      Más casos en:

      Inspector de Hacienda visita mi casa – Coche comprado con minusvalía

  • veronica

    con una pension de invalideaz permanente absoluta se considera movilidad reducida?

    • Para que te consideren persona con Movilidad reducida, tendrá que aparecer esa condición de forma expresa en tu Certificado de minusvalía, o sino tendrás que pertener a alguno de los siguientes casos que también se consideran de esa forma:

      También serán consideradas como tales:

      – Las personas ciegas o con deficiencia visual afiliadas a la ONCE, que acrediten su pertenencia a dicha organización mediante certificado expedido por la misma.

      – Las personas que tengan derecho a la utilización de tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, expedida por las Corporaciones Locales, ajustada al modelo europeo y válida en todo el territorio nacional.

      Leer más: http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/08/12/descuento-por-minusvalia-en-la-compra-de-coche-reduccion-del-iva-al-4/

      Salu2!

  • MIGUEL ANGEL

    Tengo una hija menor de edad con una minusvalía que me ha permitido comprar un coche con reducción del IVA. Hoy, dos inspectores de la Agencia Tributaria me han abordado a la salida del coche para hacerme algunas preguntas sobre el uso del vehículo. Se trata de un vehículo que utilizo yo y que empleo para recoger a mi hija del colegio (lo llevo al trabajo cuando a las tres de la tarde tengo que ir a por ella y ese día mi mujer no puede hacerlo). En el maletero, unico coche de la familia en el que cabe, siempre llevo la silla de ruedas por si en algún momento la necesitara. Entiendo, que aunque mi hija no viaje en el vehículo, éste está siendo utilizado en su beneficio y por ello, podría llevarlo al trabajo cuando después de salir de éste tuviera que ir a recogerla. De la misma manera, no sabría como cumplir la ley cuando toda la familia nos desplazamos a un apartamento que tenemos en un pueblecito de Granada. ¿Tengo que dejar el coche aparcado allí cuando voy a cenar con mi mujer y no vienen los niños? o tengo que llevar dos coches durante 460 Km de ida y otros 460 Km de vuelta para usar uno en cada caso, o quizá sea mejor ir con un coche y volverme en avión para llevar el otro coche? Es posible que se puedan cogerme en alguna situación de ésta pero desde luego creo que saldríamos en los periódicos. Les ruego que me informen de lo que debo hacer. Un saludo.Miguel Angel Adrados.

    • Buenos días Miguel Angel.

      No te preocupes porque en tu caso está totalmente justificado el uso del vehículo para la persona con minusvalía y de hecho llevando la silla de ruedas en el propio coche si se la has enseñado, ya no se puede justificar mejor.

      En tu caso no va a pasar nada, ya que por lo que nos comentas es un uso totalmente correcto del coche, así que no te preocupes.
      Date cuenta que son Inspecciones que están realizando en estos tiempos de crisis para detectar infractores a los que sancionar, pero en tu caso el uso es totalmente correcto.

      El Inspector de Hacienda habrá realizado un informe favorable y no te pasará nada ni tienes que hacer nada. Y en el caso de que te llegara cualquier tipo de notificación, cosa que en tu caso dudamos, tienes todo a tu favor para alegar.

      Así que ya ves que ha sido algo rutinario, no le des más vueltas y sigue con tus tareas habituales.

      Esperamos que te sirva para tranquilizarte.

      Salu2!
      ___________
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  • tere

    Hola, quiero comprar un vehiculo y mi hermano es minusvalido incapacitado, yo soy su tutora legal.
    Quisiera saber si el coche tiene que ir a mi nombre o al suyo?

    • Buenas tardes Tere.

      En principio se exige que el vehículo vaya a nombre de la persona con minusvalía (esto no quiere decir que tenga que conducirlo o sea necesario tener carnet, simplemente es la titularidad del coche).

      Sin embargo, permiten también que se ponga a nombre de parientes hasta cierto grado de parentesco. No estamos seguros de si el grado de hermano o tutor legal esta incluído, por lo que te facilitamos el telf de la Agencia Tributaria para que te lo confirmen antes de nada, ok.

      AEAT – Agencia Tributaria
      # Información Tributaria: 901 33 55 33
      # Centro de Atención Telefónica: 901 200 345

      Es mejor que te informes tú directamente, te digan lo que te digan en el concesionario, ya que una vez matriculado el vehículo no se podrá rectificar.

      Salu2 y ya nos dirás a ver qué te dicen si llamas, ok.

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