Compara tu inversión
¿Cuánto? 
¿Tiempo? 
Comparar
25 de enero de 2011

Impuesto Circulación vehículos IVTM: ya no es obligatorio en Tráfico

Desde el 1 de enero de 2011, ya no es obligatorio presentar el recibo del Impuesto municipal de Circulación (IVTM) en Tráfico para realizar ningún trámite de compra, venta, transferencia o baja de ningún vehículo.

Así ya no tendremos que tener que buscarlo, o el inconveniente de que lo tenga el anterior propietario que nos vendió el coche, o la molestia de tener que solicitarlo de nuevo al Ayuntamiento.

Todos aquellos que hayan abonado el recibo del Impuesto de Circulación (IVTM – Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica), ya no tendrán la obligación tener que presentarlo en la Jefatura de Tráfico cuando vayan a realizar algún trámite relacionado con su vehículo

Esta nueva normativa se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en julio de 2010, fijándose así su entrada en vigor a partir del 1 de enero de 2011.

Y si no pagara el Impuesto de Circulación, ¿podré realizar los trámites igualmente?

No. En el caso de que en la base de datos figure que el Impuesto de Circulación del vehículo no ha sido abonado por su titular, le requerirán la presentación del recibo que justifique el pago del mismo.

¿Cómo controlarán quién ha pagado dicho Impuesto y quién no?

Para llevar a cabo esta medida, los ayuntamientos, al finalizar el periodo de recaudación del Impuesto de Circulación remitirán informáticamente cada año al Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico el listado de contribuyentes que no hayan abonado dicho impuesto, y se les exigirá únicamente a ellos la presentación del recibo justificante del pago cuando realicen trámites antes las jefaturas de Tráfico.

El antes y el después de la entrada en vigor de esta medida

Antes de la entrada en vigor de esta resolución, en las Jefaturas de Tráfico no se podía tramitar el cambio de titularidad de un vehículo o transferencia del mismo en el caso de una compra o venta, mientras el titular del mismo no acreditara el pago del Impuesto Municipal de Circulación correspondiente al periodo impositivo del año anterior al que se realizaba el trámite.

¿Por qué se ha llevado a cabo esta modificación?

El Ministerio del Interior asegura que esta nueva normativa supondrá un ahorro de 3 millones de fotocopias al año, ya que se presentaba el recibo en los 3 millones de cambios de titularidad que de media hay anualmente.

Se producirá también así ahorro de las jornadas correspondientes a los cerca 100 funcionarios de la Administración Central y Local, actualmente encargados de fiscalizar el cumplimiento del impuesto, y el ahorro aproximado de 22 millones de euros de los ciudadanos en jornadas laborales y costes de desplazamiento que suponía esa falta de interconexión entre las jefaturas y los ayuntamientos.

¿Qué opinas de esta modificación?    ¿Crees que realmente generará tanto ahorro?

Envíanos tu opinión al respecto y otras posibles mejoras que tú propondrías en el apartado de Comentarios al final de la página.

Artículos relacionados:

148 comments to Impuesto Circulación vehículos IVTM: ya no es obligatorio en Tráfico

  • Raul Bajo Corral

    Buenas tardes:
    Voy a comprar un vehiculo este mes, con lo que al sacar el vehiculo del cocesionario tengo pagado el impuesto de circulacion, la casa se queda con mi coche anterior pero como el impuesto lo tengo domiciliado y se abona el ultimo dia habil de mayo tendria el año 2012 pagado tambien el mio.
    ¿Que ocurre en este caso?
    ¿Que debo hacer?
    Gracias

  • ivan garcia

    ola buenas noxes me van a dar un koxe pero resulta k el k me lo da no a pagado el numerito nunca y a la hora de acer la trasferencia no se si me dejaran.si me dejaran perfecto porke yo ya me ago kargo de el de el año k viene y punto pero no se como va esas cosas y ke puedo acer ya ke es un regalo k me viene de lujo!!!

    • Hola.

      ve antes de nada a Tráfico y pide el Historial de ese coche donde vendrá si tiene algún Impuesto o carga pendiente y consulta si tiene alguna limitación para transferir.

      Si figura algún impuesto pendiente no te dejarán ponerlo a tu nombre hasta que se abone.

      Salu2

  • acmiusic

    hola buenas, yo quiesiera saber como y donde pagar el numerito del año pasado, si me podeis ayudar os lo agradezco.

    • Buenas

      Te corresponde pagar el Impuesto en el Ayuntamiento que figure en el Permiso de Circulación de tu coche (salvo que lo hayas modificado en Tráfico por alguna transmisión o actualización).

      Tendrías que ponerte en contacto con ese Ayuntamiento para que te indiquen Banco y número de cuenta para abonarlo, y qué te confirmen la cantidad a pagar, ya que al estar fuera de plazo te cobrarán seguramente un recargo.

      Salu2

  • Raúl

    Hola, mi duda es la siguiente, vendí mi coche a un concesionario a Madrid a finales 26 o 27 de diciembre del 2010 la tranferencia la hicieron a primeros de enero, ahora resulta que el ayuntamiento de Sevilla me pide que pague el impuesto de circulación de 2011. Que hago? Debo de pagarlo o ya me desentiendo? Me lo quitaran de la cuenta?

    Un saluo y gracias de antemano

  • eduardo

    Hola
    TENGO UN COCHE QUE HACE CASI 4 AÑOS NO USO ESTA APARCADO AFUERA EN LA CALLE Y AHORA QUE QUIERO VENDERLO TENGO QUE PAGAR EL IMPUESTO VEHICULAR COMO SI HUBIESE CIRCULADO? TAMBIEN POR AHI ME HAN COMENTADO QUE EN ALGUNOS AYUTAMIENTOS HAY ADMISTIA

    • Hola.

      Si no ibas a utilizar el coche durante ese tiempo, tendrías que haberlo dado de Baja temporal en Tráfico (cuesta sólo 8€ y se tramita al momento). Mientras está el coche dado de Baja temporal, no se genera ni tienes que pagar el Impuesto de circulación.

      Tráfico no sabe si has utilizado ese coche o no, por lo que al estar dado de alta te toca pagar los impuestos de esos años, hayas circulado con él o no.

      Si alguno de esos impuestos figura en Tráfico como impagado, no te permitirán transferir el coche hasta que no lo abones. Ve a Tráfico y consulta si tu vehículo tiene alguna limitación para poder transferir y te lo confirmarán.

      Salu2

  • benjamin

    HOLA QUISIERA DAR DE BAJA UN CICLOMOTOR PERO TENGO PENDIENTE UNA VIÑETAS PUEDO DARLA DE BAJA PARA NO SEGUIR ACUMULANDO VIÑETAS ES KE NO PUEDO PAGARLO TODO DDE GOLPE Y SIGO ACUMULANDO CADA AÑO MAS

  • juanjo

    Hola, he comprado un coche y faltaba el impuesto municipal este. Aun así tengo el contrato de compraventa y eso pero el coche no esta a mi nombre aun. Al estar el coche a su nombre puedo anular la compra? hay alguna forma de devolver el coche? gracias

    • Hola.

      Anular la compra no es tan fácil, más que nada porque el vendedor no te va a querer devolver el dinero así porque sí..

      Habla con él para llegar a un acuerdo y que abone el Impuesto de circulación pendiente.

      Salu2

  • gabriel

    hola mi pregunta es por que boy a comprar un coche en valencia y yo soy de madrid pero el vendedor no tiene pagado el numerito de los dos ultimos años me afectaria al ser el traspaso en madrid

  • Emilio Alonso

    He dado de baja un coche porque tuve un accidente y dicho coche se fue directamente al desguace. Esto tuvo lugar en el mes de julio. ¿puedo pedir la devolución del dinero abonado en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica correspondiente hasta final de año?

    • Sí. Tendrías que solicitarlo en el Ayuntamiento correspondiente presentando el Certificado de destrucción y baja definitiva.

      Te deben devolver la parte de los trimestres no consumidos hasta final de año.

      Salu2

  • Alex

    Hola,
    Voy a comprarle el coche a un familiar.
    Yo estoy en Bcn y él en Madrid, pero haremos allí el papeleo.
    Sin embargo, para poder acelerar el proceso, puedo pagar en Barcelona el impuesto de circulación si tener aún el coche a mi nombre ni documentación?

    • Hola.

      El impuesto de circulación de cada año le corresponde abonarlo al titular del coche a fecha 1 de enero de ese año.

      Si el coche aún no está a tu nombre, los impuestos que se deban hasta ahora le corresponde abonarlos al anterior titular.

      Salu2

Leave a Reply to ALBERTO

Más consultas y respuestas sobre este tema en el FORO...

 

 

Puedes utilizar estas etiquetas HTML

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>