La jubilación anticipada es un derecho que tienen determinados trabajadores por su condición de mutualista o porque han cotizado al menos 30 años y se han quedado en desempleo.
Cuando una persona se prejubila antes de tiempo, no cobrará el 100% de su pensión de jubilación, sino que hay que aplicarle unos coeficientes reductores.
16 de Marzo 2013:
¿Quién se puede prejubilar?
Para poderse prejubilar se ha de cumplir ciertos requisitos que en el caso de los Mutualistas son:
- Tener al menos 61 años de edad.
- Tener al menos 15 años cotizados, de los cuales 2 sean en los últimos 15 años.
Los NO Mutualistas además tienen que cumplir las siguientes condiciones:
- Tener al menos 30 años cotizados, de los cuales 2 sean en los últimos 15 años.
- El cese del empleo no debe de ser imputable al trabajador, es decir el cese ha de ser involuntario, salvo en el caso de tener la condición de mutualista.
- Encontrarse inscritos en las oficinas de empleo como demandantes de empleo durante un plazo de, al menos, seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la jubilación.
¿Qué son los coeficientes reductores?
Los coeficientes reductores son un porcentaje de rebaja de la pensión de jubilación por cada año que se delante de la edad de jubilación, es una penalización por jubilarse antes de tiempo.
¿Cuáles son los coeficientes reductores?

No existe un tipo único de coeficiente sino que depende de los años que haya cotizado el trabajador que se vaya a prejubilar.
Por regla general y para ceses involuntarios de su empleo los coeficientes en función del tiempo cotizado son:
- Entre 30 y 34 años completos de cotización acreditados: 7,5 %.
- Entre 35 y 37 años completos de cotización acreditados: 7,0 %.
- Entre 38 y 39 años completos de cotización acreditados: 6,5 %.
- Con 40 o más años completos de cotización acreditados: 6,0 %.
En el caso de los mutualistas con menos de 30 años cotizados o que se hayan dado de baja de forma voluntaria, el coeficiente reductor que se aplica es del 8% por cada año que se adelanta de la edad de jubilación.
Artículos relacionados:




Tengo 57 años y debido a una concursal he salido de la empresa el pasado 27 de Marzo, tengo 40 años y 8 meses cotizados.
Mi idea es jubilarme anticipadamente a los 61, y mi pregunta es, si trabajo de nuevo 1 ó 2 años y no me despiden por problemas económico, sino por finalizar contrato, podré igualmente a los 61 o tendré que esperar a los 63.Gracias.
No, tendría que ser a los 63.
Salu2.
Hola, buenas noches
Han salido ya las tablas para los cálculos de las cotizaciones y así saber la pensión que nos pueda quedar al jubilarnos???
Muchas gracias..
Con la nueva ley aún no está disponible.
Buenos días,
al jubilarse de manera anticipada, la pensión se ve reducida en un tanto por ciento según el tiempo de prejubilación, mi pregunta es, al cumplir la edad de jubilación total (los 65), ¿aumenta la pensión hasta el total que te correspondería? es decir, si ahora se ve reducida en un 20%, por poner un ejemplo, al cumplir los 65 ¿recuperaría ese tanto?
Gracias de antemano.
No, se pierde ese porcentaje para siempre… si no fuera así, todo el mundo se prejubilaría.
Salu2.
tengo 56 años y tengo cotizados 38 años y 33 meses a que edad me podria jubilar lo antes posibe y que tanto me descontarian por año jubilado anticipadamente gracias
A los 63 si es voluntaria y los coeficientes lo puedes ver en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/27/nueva-ley-de-pensiones-jubilaciones-anticipadas-o-prejubilaciones/
Salu2.
Hola buenas tardes, tengo 57 años de edad, me acaban de despedir forzosamente el 15 de Marzo con un ere, aplicandome el art.64, tengo cotizados 40 años y 3 meses, mi pregunta es la siguiente: si no encontrase trabajo, me podria jubilar a los 61 años y que porcentaje me descontarian de ser asi.
Muchas gracias por la respuesta
1. sí.
2. Tu jubilación es forzosa.
3. Los coeficnetes que se te aplica lo puedes ver en el siguiente artículo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/27/nueva-ley-de-pensiones-jubilaciones-anticipadas-o-prejubilaciones/
Salu2.
tengo 63 años cotizados 35 de ellos 11 son por mayor de 52 mi cotizacion en 2011 era de 935&¿cuanto me quedara de jubilacion aproximadamente? muchas gracias
No mucho más de la pensión mínima:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2013/02/12/cuantias-minimas-de-las-pensiones-contributivas-de-2013/
Salu2.
Tengo casi 57 años,acabo de terminar de cobrar el paro por despido improcedente,tengo mas de 40 años cotizados.¿puedo prejubilarme ya?
Hola Margarita, Estoy en tu misma situación con 40 años cotizados y 57 años, según la Seguridad Social y mi abogado , no me puedo prejubilar hasta los 61 años, por despido improcedente, yo he acabado de cobrar el parel dia 10 de Mayo
Tenéis que esperar a tener 63 años de edad.
Salu2.
Hola mi nombre es Pedro pregunta tengo 54 años con 39 años cotizados tengo una discapacidad del 41/100 me puedo
prejubilar gracias saludos un abrazo
Las jubilaciones anticipadas voluntarias es a partir de los 63 años de edad.
Salu2.
Hola, desearía saber si no tengo posibilidad de acogerme a la ayuda para mayores de 55 años, que otra opción tengo? Termino de cobrar el paro este mes y espero poder jubilarme a los 61 años anticipadamente, según INSS pero me comentaron que si vuelvo a trabajar seguramente tendré que jubilarme a los 63 años. Si me acojo a otra ayuda INEM perderé la opción de los 61 años?. Gracias.
perdona, ahora tengo 58 y 5 meses
Puedes pedir el subsidio de desempleo si tienes cargas familiares:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/20/subsidio-de-desempleo/
Podrías pedir la RAI, si no tienes cargas:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Pero claro, en todas las ayudas tienes que cumplir los mismos requisitos económicos:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/12/07/requisito-de-carencia-de-rentas-para-los-subsidios-de-desempleo/
Si vuelves a trabajar… para poder jubilarte a los 61, te tiene que despedir por causas económicas, en caso contrario, la edad de jubilación sería a los 63, eso sí, hay que tener en cuenta el periodo transitorio:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/26/nueva-ley-de-jubilacion-edad-de-jubilacion-prejubilacion/
Salu2.
Buenas Tardes: Hago 59 años en Agosto.Fui despedido por causas objetivas y económicas en 2010.Se declaró Improcedente.Ahora estoy cobrando el Subsidio mayores 55 años.Tengo cotizados 33 años y 8 meses.H establecido convenio con la S.S. el pasado Mayo¿Me podré Jubilar a los 61 años ?Y que pensión me quedaría aprox.Gracias por su Ayuda
1. Sí, te podrás jubilar.
2. ¿Qué pensión? Calcularán tu base utilizando lo cotizado de los últimos 15 años.
Al tener más de 30 años cotizados, tu pensión es del 100%.
Si te jubilas a los 61 te aplicarán los coeficientes reductores de arriba.
Salu2.