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25 de octubre de 2011

Multas de aparcamiento y paradas (en zona carril bus, zona carga y descarga, minusválidos)

¿Cuántas veces hemos dejado el coche en doble fila un momento, o hemos parado en una zona de carga y descarga para hacer alguna compra o trámite rápidamente?

Seguramente muchas, pero conviene saber que nos puede salir caro ya que en estos momentos aparcar o parar en zona prohibida supone que nos sancionen casi de forma instantánea.

Indicamos la cuantía de la multas de aparcamiento por dichas infracciones que habría que abonar en cada uno de esos casos y si conlleva retirada de puntos.

En caso de aparcamiento o parada en sitio inadecuado, la responsabilidad de dicha infracción y por tanto quién recibirá la sanción será el titular o arrendatario, salvo designación de conductor habitual o conductor responsable. En caso de que el conductor sea identificado en la denuncia, este será el responsable.

Infracciones sancionadas con 200€ (100€ con reducción):

  • Parar un vehículo de tal forma que impide la incorporación a la circulación de otro vehículo debidamente parado o estacionado.
  • Parar un vehículo cuando se obstaculice la utilización normal del paso de salida o acceso a un inmueble de personas o animales o de vehículos en un vado señalizado correctamente.
  • Estacionar un vehículo cuando se obstaculice la utilización normal del paso de salida o acceso a un inmueble de personas o animales o de vehículos en un vado señalizado correctamente.
  • Parar un vehículo obstaculizando la utilización normal de los pasos rebajados para discapacitados físicos.
  • Estacionar un vehículo obstaculizando la utilización normal de los pasos para personas con movilidad reducida.
  • Parar un vehículo en mediana, separador, isleta u otro elemento de canalización del tráfico.
  • Estacionar en doble fila.
  • Estacionar un vehículo en zona reservada a carga y descarga durante las horas de utilización.
  • Estacionar un vehículo en doble fila sin conductor.
  • Estacionar sobre la acera, paseo y demás zonas destinadas al paso de peatones (precisar el lugar concreto donde se producen los hechos denunciados).
  • Estacionar un vehículo en una parada de transporte público, señalizada y delimitada.
  • Estacionar el vehículo constituyendo un peligro u obstaculizando gravemente el tráfico de peatones, vehículos o animales (deberá indicarse el peligro o grave obstáculo creado)
  • Estacionar en zona señalizada para uso exclusivo de minusválidos.
  • Parar en un carril destinado al uso exclusivo del transporte público urbano.
  • Parar en zona destinada para estacionamiento y parada de uso exclusivo para el transporte público urbano.
  • Parar en un carril reservado para las bicicletas
  • Parar en zona señalizada para uso exclusivo de minusválidos.
  • Parar en zona señalizada como paso para peatones.

Infracciones sancionadas con 90€ (45€ con reducción):

  • Estacionar en zona señalizada para carga y descarga.
  • Estacionar el vehículo en zona habilitada por la Autoridad Municipal con limitación horaria, manteniendo estacionado el vehículo en exceso sobre el tiempo máximo permitido por la Ordenanza Municipal.

Infracciones sancionadas con 80€ (40€ con reducción):

  • Parar o estacionar el vehículo indicado dentro de la calzada en vía interurbana, o dentro de la parte transitable del arcén en vía interurbana.
  • Parar o estacionar el vehículo obstaculizando la circulación o creando peligro para otros usuarios (especificar hechos)

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339 comments to Multas de aparcamiento y paradas (en zona carril bus, zona carga y descarga, minusválidos)

  • José

    Hola:
    Me han puesto una multa por aparcar » sobre paseo destinado al paso de peatones» 200€, no hay señal de prohibido aparcar, ni ninguna señal que indique que está reservado al paso de peatones, es calle de sentido único adoquinada el adoquin donde aparqué es de color diferente al de circulación y está separado por bolardas del resto de la calzada, al ir a protestar a la comisaria de la policia local, me dicen que no hay señal de prohibido aparcar porque ya están las bolardas, las cuales no son señales, en calles perpendiculares si hay señales de prohibido estacionar. Será recurrible?

  • Félix

    Hoy me a llegado una multa por aparcar ( mejor dicho por circular por una zona prohibida) , me explico , para aparcar en esa zona tienes que subir por una calle que tiene una señal de prohibido circular , me acuerdo de estar aparcando y ver a dos agentes abajo de la calle a 30 metros mirando hacia mi coche , no me dijeron nada y no me multaron en el momento , cuando baje ya se habían marchado con lo que pensé que no me iban a multar ,no entiendo como no subieron eses 30 metros a multarme (vagos?),el caso es que dicen que no me pararon por seguridad , decir que esa calle no tiene salida solo se puede salir por el mismo sitio que se entra ,tengo entendido que es obligatorio notificarlo en el momento a no ser que haya algún motivo de seguridad y no te puedan parar , en este caso es ridículo que se argumente eso, creéis que es recurrible . Un saludo y gracias .

    • No podemos confirmarte que admitan tu recurso alegando eso.

      Si no hubieran indicado el motivo por el cual no te lo entregaron en mano, sí que se hubiera podido recurrir.

      Creemos que no será motivo suficiente así que te recomendaríamos abonar beneficiándote al menos de la reducción del 50%…

      No subieron 30m para así no tener que «discutir» contigo.

      Salu2 y ánimo. Ya ves cómo están las cosas.

  • Xevi

    Hola,

    Mi mujer ha parado en un aparcamiento para minusválidos el tiempo justo para hacer un ingreso en el cajero, no había más sitios y las prisas son malas.

    En esos 2 minutos el urbano ya la estaba multando, le ha pedido la documentación del coche, le ha dicho que le perdonaba la vida por no llevar el recibo del seguro, y encima no le ha dado ninguna copia de la multa.

    Además, para acabar de vacilarla, le ha dicho que no va a tener bonificación en el pago.

    Sé que ella no debería de haber aparcado ahí, lo que no sé es si se puede alegar parada en vez de estacionamiento.

    ¿El resto de amenazas es cierto? Bonificación, puntos, etc.

    • Hola.

      Una vez que reciba la notificación de la denuncia, en ésta debe figurar el motivo por el cual el agente no se lo entregó en mano, sino podría recurrir.

      Por otro lado, sí que tendrá derecho a bonificación, como cualquier que recibe una multa de ese tipo.

      No es obligatorio ya llevar el recibo del seguro (aunque es recomendable)

      No conlleva retirada de puntos.

      La parada también sería sancionable. En cualquier caso tampoco hay forma de demostrar el tiempo que se estuvo parado.. así que en ese sentido no hay mucho que se pueda hacer.

      Salu2

  • Carlos Esapñol

    el otro dia la grua se llevo mi moto por estar aparcada en la acera delante de un hotel con señal azul de «hotel max. 20 minutos»

    es correcto que estuviera mal aparcada?

    Gracias por vuestras respuestas

    carlos

  • juan

    Buenas hace 21 dias q supuestamente me denunciaron por parar al lado de la cera en una linea blanca continua y me hicieron 4 fotos al coche, y me dicen q estaba denunciado y no me llego , cuanto suelen tardar si te llega?

    • Buenas

      No creemos que tarde en llegarte, pero podría tardar hasta 3 meses en el caso de infracciones leves y hasta 6 meses en el caso de graves y más graves.

      Si no te intentan notificar antes de ese plazo, habría prescrito.

      Salu2

  • juan

    Buenas una pregunta , no se si es el sitio para preguntar pero hay va no dicen q si eres conductor novel y llevas 2 años sin perder puntos te dan 4 para sumar 12 yo llevo 2 años y dias y no me sumaron los 4 q hay q avisar . GRACIAS

  • maria

    Buenas noches:mi pregunta estaba recogiendo a mi marido pues va con muletas pues tiene un pie roto entoces e tenido qx parar el coche con las intermitencias puestas al lado del carril vici sin ostaculizar pues podian pasar, unos minutos el estaba dentro del coche mientras yo estaba recogiendo unas cosas de el y a pasado el coche de la policia local con la camara y an tirado la foto,por esas ciscurtancias te pueden multar sino yo no aparcaria nunca hay pero con el pie roto no tenia mas remedio qxiero que me informe .gracias

  • Manuel

    Buenas tardes, me pusieron una multa por aparcar en carga y descarga, con retirada de grúa, ahora bien, al ir a recogerlo al depósito municipal y abonar el importe de la grúa, me entregaron la multa en la cual viene indicado por el policía local que me multó que el importe era de 80 €, y haciendo el «pronto pago» la reducción sería del 50 % quedándose en 40 € la sanción, ahora bien, ayer me remiten la «multa oficial» y en ella viene indicado que el importe a abonar es de 200 € !!! ¿Tiene solución la cosa? ¿En caso de hacer algún tipo de reclamación perdería los 40 € abonados inicialmente y posteriormente tendría que abonar los 200 que me solicitan? Gracias por a respuesta.

    • Buenas tardes

      ¿Ya habías pagado los 40€?

      Por otro lado, la notificación «oficial» te la han enviado certificada? Si no te la hubieran enviado así, no tendrías por qué haberla recibido, y en caso de que te reclamarán algo más adelante, puedes presentar el justificante de que esa sanción ya está abonada (no lo pierdas)

      SAlu2

  • Daniel Gonzalo

    Buenos ayer domingo me multaron (90 eur) por aparcar en zona de carga y descarga con horario de 7:00 a 13:00 vehículos hasta 16.000 kg. Yo lo deje a las 14:30, en la receta pone que aparque sobre la aceras paseos o zonas peatonales… Puedo recurrir? Tengo fotos..

    • Buenas tardes

      Parece que el horario en el que aparcaste era correcto, así que sobre ese tema puedes recurrir.

      Sobre que aparcaste o no sobre la acera te será más complicado de demostrar, ya que aunque tengas fotos, no es suficiente para acreditar que las fotos las hiciste aquel día..

      Puedes solicitar fotos tú para que sean ellos los que acrediten si aparcaste o no sobre la acera..

      Salu2

  • Isabel

    Hola
    quería haceros una consulta, tengo tarjeta de minusvalía y el otro día olvidé el coche aparcado toda la noche en una parada de bus nocturno (lod ejé por la tarde). El caso es que no hay señal de prohibido aparcar, tiene una señalización azul con un autobus dibujado y el horario, y en el suelo están pintadas (ya medio borradas) las rayas amarillas de parada de bus (ya que anteriormente fue parada tb durante día).
    ¿Tiene sentido recurrir? De acuerdo a la reglamentación de la tarjeta puedo aparcar en todos los lugares «por el tiempo indispensable, excepto en zonas peatonales, vados, salidas de emergencia, prohibición de parada». Se considera prohibido parada a la parada de bus?
    Un saludo y gracias
    Isabel

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