A continuación os dejamos una tabla con información sobre las diferentes sanciones que existen por conducir con tasa de alcohol positiva.
La cuantía de las sanciones siempre es siempre de 500 euros por tratarse de una infracción muy grave, pero los puntos que se retiran del carnet de conducir por esta infracción depende tanto de la tasa de alcohol como del tipo de conductor.
En algunos casos también se procede a la inmovilización del vehículo.
Ultimas noticias (09/05/2014): Se incrementa la multa para los conductores reincidentes y los que hayan ingerido drogas:
Con la última Reforma de Tráfico serán sancionados con 1.000€ y la retirada de 6 puntos:
- Los conductores que ya hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por dar tasa de alcohol positiva.
- Los que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida.
Además, circular habiendo ingerido drogas se castigará con una sanción de 1.000 euros y detracción de 6 puntos.
Con. | Infracción | Sanción | Retirada puntos |
Circular con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,25 miligramos por litro, que es la reglamentariamente establecida, sobrepasando los 0,50 mg/l | 500€250€ Pronto pago | 6 puntos. | |
Circular con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,50 gramos por mil c.c, que es la reglamentariamente establecida, sobrepasando 1,00 gr/l. | 500€250€ Pronto pago
Posible inmovilización y depósito del vehículo (arts. 84 y 85 LSV). |
6 puntos. | |
Circular con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,15 miligramos por litro, que es la reglamentariamente establecida, sobrepasando los 0,30 mg/l. | 500€250€ Pronto pago | 6 puntos. | |
Circular con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,30 gramos por mil c.c, que es la reglamentariamente establecida, sobrepasando los 0,60 gr/l. | 500€250€ Pronto pago | 6 puntos. | |
Circular con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,25 miligramos por litro, que es la reglamentariamente establecida. | 500€250€ Pronto pago | 4 puntos. | |
Circular con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,50 gramos por 1000 c.c., que es la reglamentariamente establecida. | 500€250€ Pronto pago | 4 puntos. | |
Circular con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,15 miligramos por litro, que es la reglamentariamente establecida | 500€250€ Pronto pago | 6 puntos. | |
Circular con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,30 gramos por 1000 c.c., que es la reglamentariamente establecida. | 500€250€ Pronto pago | 4 puntos. |
Notas:
- Debe tenerse en cuenta el margen de error del etilómetro para poder incluir los hechos en esta opción.
- La referencia sancionadora es la de la tasa menor con etilómetro homologado. Causa de posible inmovilización y depósito del vehículo (arts. 84 y 85 LSV).
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Hola mira me retiraron el carnet por 1año y 8meses esto se cumplió en agosto de 2012 el 26 deenero de 2013 me hicieron control de alcoholemia salió positiva +0.60 puedo ir a prisión o q me pasaría
Hola.
Tasa de alcohol de +0,60 supone delito penal, por lo que tendrás que acudir de nuevo a juicio si así te notifican y será el juez quien decida las nuevas penas a cumplir..
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/11/22/delitos-seguridad-vial-exceso-velocidad-y-conduccion-con-alcohol-o-sin-carnet/
Salu2
Hola,
Este fin de semana tuve una salida de la via en Viella debido a la nieve que habia en la carretera sin ningun tipo de daño personal o material…cuando llegaron los mossos me hicieron el test de alcoholemia y di positivo en 0,47.
No inmobilizaron el coche y yo pude reanudar la marcha en cuanto me ayudaron a sacarlo de la nieve.
Alli mismo me dieron la citacion para un juicio rapido,pero no entiendo por que ya que con 0,47 debiera ser solo sancion administrativa.
Que es lo que puede pasarme?
Un saludo.
Hola.
Sólo a partir de 0,60 de tasa de alcoholemia en aire expirado se considera delito penal tal como puedes ver en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/11/22/delitos-seguridad-vial-exceso-velocidad-y-conduccion-con-alcohol-o-sin-carnet/
Debería tratarse sólo como infracción administrativa y deberían haber inmovilizado el vehículo y no permitirte irte con él estando en ese estado…
Quizás debas consultar con alguna empresa especializada en recursos de multas a ver de qué se trata esa notificación que te han dado, porque no está nada claro. Te indicamos datos de contacto en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/09/02/empresas-quitamultas-%C2%BFcomo-recurrir-multas/
Salu2
que significa eso k pone en el dorsode la multa de k queda abierta la via contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde que este se produce ,ante el organo judicial competente. no lo entiendo gracias
Significa que tienes esas vías para recurrir en el caso de que no estuvieras de acuerdo con la sanción.
Salu2
hola buenas he tenido un accidente con un coche aparcado vino la policia y me hicieron el control y di 0.58 0.57 la cosa que me dieron la multa pero me dijeron que no la podia pagar de 500 e y 6 puntos la cosas que me dijeron es que tendria un jucio ,no se por que por que no llega al 0.60 que se cosidera delito no,bueno el juicio no sera rapido tendre un juicio normal cuando llegue ,otra cosa es que tengo un antecedente por robo con fuerza eso fue hace 18 años … que pasara con todo esto tendre la multa ,los puntos y retirada de carnet puede ser algo mas serio
Buenas
Se considera delito a partir de 0.60. Tendrás que esperar a que te llegue la notificación de juicio y ver qué cargos te imputan. Imaginamos que será para la responsabilidad en los daños respecto al otro vehículo.
En caso de tasas positiva, es posible que tu seguro no te cubra y te toque abonar los gastos a ti.
Aparte de esto la sanción administrativa y retirada de puntos correspondiente.
SAlu2
A finales del 2009 tuve un accidente en una rotonda y rompí una señal y un pilar de hormigón, el coche fue siniestro y me lo abono el seguro pero al tiempo el MOPU me reclamo los daños y el seguro me notifico que si se demostraba en el juicio alcoholemia se reservaba el derecho de reclamarme lo que me habían pagado. El juicio fue en julio del 2012 que no se celebró por llegar a un acuerdo con la fiscalía y la sentencia por conducir bajo efectos del alcohol y negación de someterme a las pruebas fue en agosto de 2012, lo que me dio una pena de 1 año de retirada por cada delito y multa. Mi pregunta es que tiempo tiene la aseguradora y el MOPU para reclamarme las cantidades del coche y de los desperfectos. Tanto el MOPU como la compañía aseguradora estuvieron en el juicio.
Creemos que disponen de 4 años, pero tampoco te lo podemos confirmar exactamente..
Salu2
Buenas tardes: El 19 de Enero 2013 tuve un accidente con el coche.
En la prueba de alcoholemia di positivo 0’87 y la sancion que me han impuesto es la retirada del carnet de conducir durante 12 meses.
Hoy recibi una carta del ministerio del interior en la que me informa que para poder conducir de nuevo tengo que hacer un curso de sensibilizacion vial y que yo tengo que pagar el coste del curso.
Tengo contrato con el seguro hasta el 8 de agosto del 2013 y una de las clausulas dice que si pierdo el carnet ellos pagan el curso,al dar positivo por alcoholemia ¿¿pueden negarse??
gracias por su ayuda
Buenos días.
Si en tu póliza de seguro contratado tienes eso firmado, no podrán negarse a pagártelo. En caso contrario tendrías que interponerles la reclamación oportuna.
Salu2
En 2012 me retiraron en carnet durante 8 meses por dar una taxa de alcohol de 0.71.
Hace dos dias me pararon en un control de alcoholemia y di..0,45. Me han puesto 250€ de multa y 4puntos.
Hay algun problema por ser reinciente.?
Gracias
No. En este caso sólo va por vía administrativa, no judicial así que no tiene que ver nada con la anterior ocasión.
Salu2
buenos dias, buenna pagina ante todo me a resuelto muchas dudas, mi caso es.. 1 prueba 0,91 y 2 prueba 0,89, y acabo de cojer la conformidad de 1 año de retirada y 48 dias de trabajo en beneficio ala comunidad, que se quedaria en 8 mese y 32 dias, creo que no esta mal para la cagada que e hecho , por que el copiloto de mi coche poseia carne y no abia bebido, pero borracho uno no piensa.. gracias y Saludos.
Buenos días.
No queda otro remedio que cumplir las penas impuestas y aprender la lección para no repetirlo otra vez.
Salu2 y está bien saber reconocer los errores.
hola muy buenas…. queria preguntar como recurrir una multa de alcoholemia estando aparcado… puesto q en ningun momento movimos el coche cuando una patrulla se acerco a ver q haciamos y al ver q ibamos 3 dentro nos toco la ventanilla para pedirnos la documentacion y al inspeccionar el coche vio botellas de cerveza dentro lo cual me pregunta si e bebido y le digo q si… pero q llevo aparcado buen rato y nos dice qnos metamos al coche cuando a la media hora aparece otro coche y me hacen soplar quisiera saber como reclamarla… muchas gracias
LO mejor es que en ese caso te pongas en contacto con alguna de las empresas especializadas en recursos de sanciones que puedes ver en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/09/02/empresas-quitamultas-%C2%BFcomo-recurrir-multas/
Salu2
Hola intentare explicame bien. aver ace un año me retiraron el carnet 12 meses a falta de un mes de cumplir la pena me multaron por conducir con una tasa de alcolemia de o,47. bien aparte de la multa administrativa de 500 euros y 4 puntos me condenaon a 480 por via judicial por conducir sin carnet. e de pagar la multa administrativa o recurrirla?
Hola.
Un tema es la multa por alcoholemia, que es administrativa y tendrás que abonar.
Y otro tema es conducir sin carnet que es delito penal y tendrás que pagar con las penas que te hayan impuesto también.
En el caso de la multa administrativa, sólo perderías el carnet por 6 meses en el caso de que al quitarte los puntos que fueran, te quedaras sin ninguno.
Salu2